Raul, yo creo que que una vez teniendo presente el fondo de la cuestion,( que como ya he dicho para mi es el pago hecho por tercero), hay que explicar el trabajo con todas las opciones posibles. En principio se presupone que el hijo y la nuera prestan su consentimiento al pago hecho por Begoña (muy raro seria que no lo supieran), en tal caso creo que habria que preguntarse en cuales de las deudas pagadas por Begoña, se puede aplicar la subrogacion y en cuales la accion de reembolso o accion de reintegro ( dejar claro que es lo mismo). Y de otra parte, suponiendo lo raro, que ni el hijo ni la nuera sabian del pago hecho por Begoña o que se hubiesen opuesto al mismo, parece ser que solo cabria la accion del reembolso. Todo esto sin tener en cuenta los plazos de prescripcion, que tambien habra que tenerlos en cuenta para saber si las mencionadas acciones son posibles o no. Desde luego puedo estar equivocado, pero no veo ningun otro articulo del C.C. que me encaje mas en este asunto.