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Autor Tema: POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12  (Leído 189732 veces)

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Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #280 en: 10 de Abril de 2012, 18:55:58 pm »
Vale pues yo he comenzado asi:
De momento he descartado como correctas la B y la D.
Expongo brevemente:
- La B porque en ella hace una conexion entre en art 13.2 y 23 cuando en la declaracion nos dice que unicamente contraría al art 13.2.
- La D porque autoriza al Gobierno a aprobar la reforma cuando en la C.E nos dice que ese no es el procedimiento.
Ahora mi duda esta entre A y C, y a la C no le veo nada que me diga que esta mal, en donde falla la A?


Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #281 en: 10 de Abril de 2012, 19:02:36 pm »
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Vale pues yo he comenzado asi:
De momento he descartado como correctas la B y la D.
Expongo brevemente:
- La B porque en ella hace una conexion entre en art 13.2 y 23 cuando en la declaracion nos dice que unicamente contraría al art 13.2.
- La D porque autoriza al Gobierno a aprobar la reforma cuando en la C.E nos dice que ese no es el procedimiento.
Ahora mi duda esta entre A y C, y a la C no le veo nada que me diga que esta mal, en donde falla la A?
Añado que si afectara al art 23 la reforma deberia de hacerse mediante el procedimiento del art 168.

Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #282 en: 10 de Abril de 2012, 19:04:53 pm »
Creo que el error de la A, es que no se trata de un conflicto entre seguir un procedimiento agravado u ordinario, sino de la incompatibilidad el art.8.b del Tratado y el 13.2 de la CE

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #283 en: 10 de Abril de 2012, 19:16:37 pm »
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Creo que el error de la A, es que no se trata de un conflicto entre seguir un procedimiento agravado u ordinario, sino de la incompatibilidad el art.8.b del Tratado y el 13.2 de la CE
Si, creo que ese es buen argumento para descartar la A.

Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #284 en: 10 de Abril de 2012, 19:50:56 pm »
En cuanto a la segunda pregunta tengo dudas entre la A y la B

¿se necesita una resolución del TC, para permitir la aplicación directa de la Constitución por los jueces y tribunales ordinarios?

Un saludo

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #285 en: 10 de Abril de 2012, 20:03:15 pm »
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Si, creo que ese es buen argumento para descartar la A.

Yo sólo he mirado la primera. ¡Es que vais muy rápido!

Para mí no es la A porque no es primero un procedimiento de reforma y después una discrepancia, por la cual se consulta al TC, sino al revés, primero está la discrepancia, luego la consulta y en consecuencia surge ell procedimiento de reforma.

La B tampoco, porque aunque el 23 no cambia, sí está protegido por el 168, y la B dice que no.

Para mí la C es cierta.

La duda la tengo en la D. Para mí la palabra "autoriza" no encaja, porque no es una autorización lo que da el TC, sino una declaración. Ahora bien, ¿se podría interpretar la palabra "autoriza" como sinónimo de "apoya" o "defiende". Si eso fuese así, la C debería ser errónea, pero no sé por qué.

Voto por la C.

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #286 en: 10 de Abril de 2012, 20:38:56 pm »
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Yo sólo he mirado la primera. ¡Es que vais muy rápido!

Para mí no es la A porque no es primero un procedimiento de reforma y después una discrepancia, por la cual se consulta al TC, sino al revés, primero está la discrepancia, luego la consulta y en consecuencia surge ell procedimiento de reforma.

La B tampoco, porque aunque el 23 no cambia, sí está protegido por el 168, y la B dice que no.

Para mí la C es cierta.

La duda la tengo en la D. Para mí la palabra "autoriza" no encaja, porque no es una autorización lo que da el TC, sino una declaración. Ahora bien, ¿se podría interpretar la palabra "autoriza" como sinónimo de "apoya" o "defiende". Si eso fuese así, la C debería ser errónea, pero no sé por qué.

Voto por la C.
Pero el Gobierno no puede aprobar una reforma constitucional, esto segun el  art de 167 de la C.E: 1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

El gobierno corresponde la iniciativa, que no la aprobacion de la reforma.

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #287 en: 10 de Abril de 2012, 20:42:44 pm »
Perfecto. Entonces, en la primera, la correcta es la C.

¿Alguien tiene algo en contra?

Desconectado evila60

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #288 en: 10 de Abril de 2012, 21:08:49 pm »
De verdad que estoy "espanta"  :D con los ojos haciendo chirivitas. Si no me equivoco y despues de haberlo leido varias veces, el examen tiene un espacio tasado de un folio. Por favor hay algun alma caritativa, que me pueda explicar, como meter cualquiera de las preguntas puestas en años anteriores por la cuota de Alzaga, en un cuarto de folio? Por más que resumo, de lo ya resumido por nuestros estupendos compañeros, de los que chupamos, en el buen sentido una gran mayoria, no encuentro la manera de ajustar el espacio.
Por cierto aprovecho, para dar mis más inmensas gracias a IBM, Victoria y todos los demas, que no nombro por no hacerme pesada. Sois unos campeones

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #289 en: 10 de Abril de 2012, 21:30:02 pm »
A ver, en los manuales y resumenes en el tema III viene esto asi:

1.1.Diversos procedimientos de reforma

> Participacion popular:
Las fórmulas empleadas en el Derecho constitucional comparado son reducibles a tan sólo dos.
La primera es la de exigir la disolución de las Cámaras que aprobaron la reforma constitucional, la celebración de nuevas elecciones y ratificación de la  modificación por el Parlamento durante esta nueva legislatura.
 Más habitual es que las Constituciones contemporáneas contemplen el referéndum constitucional, obligatorio o simplemente facultativo.

Y la segunda donde esta? Digo yo que se referira al referendum?

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #290 en: 10 de Abril de 2012, 21:45:58 pm »
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De verdad que estoy "espanta"  :D con los ojos haciendo chirivitas. Si no me equivoco y despues de haberlo leido varias veces, el examen tiene un espacio tasado de un folio. Por favor hay algun alma caritativa, que me pueda explicar, como meter cualquiera de las preguntas puestas en años anteriores por la cuota de Alzaga, en un cuarto de folio? Por más que resumo, de lo ya resumido por nuestros estupendos compañeros, de los que chupamos, en el buen sentido una gran mayoria, no encuentro la manera de ajustar el espacio.
Por cierto aprovecho, para dar mis más inmensas gracias a IBM, Victoria y todos los demas, que no nombro por no hacerme pesada. Sois unos campeones

Ademas, que no vale eso de si hay tres preguntas contestar dos y dejar una sin contestar. El examen se califica de manera global, esto quiere decir que se contesta a todo. Evidentemente si dicen que de 4 preguntas escojas 3, esas 3 son de las que hablamos.

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #291 en: 10 de Abril de 2012, 22:21:47 pm »
Volviendo a la PEC, en la segunda pregunta, para mí la A, C y D son falsas, así que me queda la B como verdadera. ¿Alguien ve algo en contra?
 

Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #292 en: 10 de Abril de 2012, 22:48:18 pm »
Yo también creo que la B es la más exacta

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #293 en: 10 de Abril de 2012, 22:50:10 pm »
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La sentencia del ejercicio 2 es esa?

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #294 en: 10 de Abril de 2012, 22:59:06 pm »
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La sentencia del ejercicio 2 es esa?

Sí, esa es.

Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #295 en: 10 de Abril de 2012, 23:01:05 pm »
Si, es esa, aunque se ve fatal.
Se lee mejor aquí:

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Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #296 en: 10 de Abril de 2012, 23:02:50 pm »
¿Qué me decís de la tercera pregunta? Voto por la A, pero la veo tan clara que me da miedo meter la pata. ¡A ver si se me está escapando algo!

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #297 en: 10 de Abril de 2012, 23:05:52 pm »
Joder con la sentencia de la 2, en el fundamento juridico no se dajaron nada en el tintero, que simpaticos...

Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #298 en: 10 de Abril de 2012, 23:06:51 pm »
Yo también creo que es la A, por descarte de las demás.

Voy a ver que tal se da la cuarta.

Un saludo

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #299 en: 10 de Abril de 2012, 23:19:50 pm »
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En cuanto a la segunda pregunta tengo dudas entre la A y la B

¿se necesita una resolución del TC, para permitir la aplicación directa de la Constitución por los jueces y tribunales ordinarios?

Un saludo

Bueno, al igual que el compañero IBM os ofrezco mi ayuda si la queréis. Para ello me hace ver la PEC.

Una de las personas a las que se le reconoce capacidad para interponer una cuestión de inconstitucionalidad, puesto que la Norma Suprema no es de aplicación en la vía jurisdiccional, viene desarrollado de la siguiente manera en el art. 35 LOTC: "Cuando un juez o tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Cosntitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley".

Se deduce de la pregunta que expones que hace mención a este planteamiento de la cuestión de inconstitucinalidad, por lo que la sentencia que pueda ser dictada por el Juez o el Tribunal, queda a la espera del pronunciamiento por el TC, que se pronunciará en forma de resolución.