Hola, ya he publicado dos, ahora le público unos cuantos más, copia y pega
CASO-GUÍA 3 UN TESORO EN MI FUNDO
« Cayo descubre un tesoro enterrado en el fundo de Ticio y cuando vuelve para excavar
Ticio no se lo permite y lo expulsa del fundo. Dias después. Estico, esclavo común de Ticio,
propietario del fundo, y de Sempronio, excava y desentierra el Tesoro que entrega a sus
dueños, Ticio y Sempronio.»
Labeón, ap. Pomponio, 18 Sab. D.10.4.15
Trifonino, 7 disp. D.41.1.63.2
INSTITUCIONES (papel de cada sujeto)
•Adquisición de la propiedad (Tesoro) •Damnum (posible)
Como consecuencia de la
excavación •Furtum (posible) Si Ticio cambia dolosamente de sitio el tesoro. •Possessio solo
animo (del inventor Cayo ) •Copropiedad del esclavo. •Copropiedad del tesoro.
•Esclavitud/Carencia de personalidad/No representación
RECUROS PROCESALES: A favor de quién, contra quién y porqué:
Cayo (inventor) - - > Ticio (dueño del fundo)
•I. unde vi . Al verse impedido por la fuerza de entrar en el fundo donde se encuentra el
Tesoro que él ha descubierto y que en un 50% le pertenece al aplicarse las reglas del
Tesoro.
•Actio furti Caso de que Ticio dolosamente lo cambie de sitio.
•Actio communi dividundo Para disolver la sociedad que sobre el tesoro ,y por aplicación de
las reglas relativas al mismo , se formaría entre Cayo (inventor) y Ticio (dueño del fundo)
Ticio (dueño del fundo) -> Cayo (inventor)
•I. uti possidetis Por el que podría haber impedido la entrada de Cayo en su fundo.
•I. unde vi Caso de verse él impedido de entrar en su fundo.
•Cautio damni infecti Caución que puede exigir para precaverse de los posibles deterioros que
en su finca pueda producir la excavación efectuada para desenterrar el tesoro.
• A. iniurarum, si después de prohibírselo Cayo, éste entra en el fundo sin prestar la cautio
damni infecti.
•Actio legis aquiliae. Para obtener resarcimiento por los posibles daños ocasionados en su
finca como consecuencia de la excavación.
•Actio communi dividundo. Con el mismo objeto anteriormente descrito.
Sempronio (copropietario del esclavo) carece de acciones
SOLUCION RAZONADA
•El auténtico inventor o descubridor es Cayo. El esclavo Estico, que lo desentierra, aparte de
que es mero instrumento de sus dueños, no descubre nada. En consecuencia el tesoro
pertenece al 50% a Cayo (inventor) y a Ticio (dueño del fundo).
•Sempronio comoquiera que el esclavo no es inventor no tendrá derecho a nada. Caso de que
efectivamente el descubrimiento lo hubiese hecho el esclavo, a Sempronio le correspondería
el 25% del tesoro pues el 50% que corresponde al descubridor habría de repartirlo con Ticio
copropietario del esclavo, que obtendría el 75% (el 50 como dueño del fundo y el 25 como
inventor)