Hola Alber_Mad,
Tampoco dice que no haya entrega. En cualquier caso, tú mismo lo dices con la cita de Gayo: "hay contrato de compraventa desde el momento en que las partes se ponen de acuerdo en el precio, aunque éste no haya sido pagado ni hayan mediado arras". El contrato de compraventa atribuye la posesión y por lo tanto, ésta se hace efectiva en el momento en el que se celebra dicho contrato. Pero es que además, en este caso, también se da el hecho de que Marco Copinio ha pagado el 100% del precio acordado, cumpliendo la principal obligación del comprador y no hay nada que lleve a indicar en el texto que Lucio Ticio no haya cumplido su parte como vendedor, que no es otra que entregarle el inmueble.
Yo sigo opinando que es un contrato de compraventa absolutamente NORMAL, sin ningún incumplimiento por ninguna de las partes a la hora de establecerlo y que el comprador adquiere la posesión de la casa que le ha sido vendida. De lo contrario, cosa que no se menciona (o al menos yo no la encuentro), Lucio Ticio estaría incumpliendo la obligación principal del vendedor, que es entregar la cosa vendida. Entiendo que si deduces que Lucio no ha entregado la casa a Marco, estás contemplando las acciones que éste ha de emprender contra aquel por incumplimiento del contrato, ¿no?.
Que conste que estoy muy pez en esta asignatura, pero yo considero que Marco es poseedor en el momento que se produce la segunda venta por mancipatio.
Un saludo !!