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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12  (Leído 72247 veces)

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Desconectado teufel

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #240 en: 29 de Abril de 2012, 23:36:49 pm »
Pues yo, fíjate, no veo que haya habido dolo por parte de los vendedores y sí por parte de los compradores. Las pintadas son una buena prueba del estado del edificio, cosa que los compradores entiendo sabían de antemano, de ahí el precio "asequible" del piso, pero ahora pretenden que se les vuelva a rebajar el precio............quiero decir, a sabiendas de que el piso no estaba en condiciones por la "aluminosis", los compradores firman y consienten y ahora reclaman¡¡¡......no es esto dolo, bueno o malo, pero dolo?

saludos


Desconectado wham31

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #241 en: 29 de Abril de 2012, 23:43:31 pm »
Creo que lo mas importante de todo es mirar las posibilidades desde el punto de vista del vendedor, que es quien encarga el trabajo a nosotros, el mirar lo que puede hacer el que compro me da que sobra.
saludos.

Desconectado teufel

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #242 en: 30 de Abril de 2012, 00:01:22 am »
Totalmente de acuerdo Wham31, es lo que realmente se nos encarga

saludos

Desconectado Iker014

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #243 en: 30 de Abril de 2012, 00:25:57 am »
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Totalmente de acuerdo Wham31, es lo que realmente se nos encarga

saludos

Completamente de acuerdo, yo enfoqué la PEC desde el punto de vista del vendedor, al fin y al cabo es el que, como dice Wham31, nos encarga el trabajo.
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado Iker014

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #244 en: 30 de Abril de 2012, 00:28:51 am »
En lo relativo a la concurrencia de las dos acciones, yo también considero que los tiros van por ahí.

Me parece que ambas acciones no pueden ser interpuestas de manera conjunta y, es más, considero que la acción quanti minoris excluye la interposición de la acción de nulidad.
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado Anitajons

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #245 en: 30 de Abril de 2012, 03:11:33 am »
Hola compañeros:

La Pec q nos han colgado está basada en un hecho real y hay sentencia de la misma. En este enlace teneis todos los detalles de la misma.

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Espero q esto pueda aclarar muchas dudas.

Suerte.

Desconectado sevpau

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #246 en: 30 de Abril de 2012, 09:19:22 am »
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Hola compañeros:

La Pec q nos han colgado está basada en un hecho real y hay sentencia de la misma. En este enlace teneis todos los detalles de la misma.

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Espero q esto pueda aclarar muchas dudas.

Suerte.

si, a mi al menos me ha ayudado un monton


muchas gracias

Desconectado Naca

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #247 en: 30 de Abril de 2012, 10:49:58 am »
Tengo una duda...sería aplicable el artículo 1484?
Estoy hecha un lío....si alguien pudiera ayudarle a la hora de como resolver el caso, o más bien de como desarrollarlo...

Desconectado kudyo

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #248 en: 30 de Abril de 2012, 20:24:34 pm »
Creo que debeis olvidaros de todo eso, no hay mas camino que el que la demanda esta mal redactada. Quiero decir, que no es que no sean compatibles ambas acciones, lo que pasa es que la solicitud de anulabilidad del contrato es absurda directamente. ¿Por que? pues porque la accion principal solicita una reduccion del precio, en caso de que la sentencia fuera favorable, se aplicaria la reduccion del precio, en caso de sentencia negativa, implicaria que el juez da la razon al vendedor y que el contrato supondria que es perfecto, con lo cual la accion subsidiaria de anulabilidad es implanteable, puesto que es imposible. No da lugar.

Si me equivoco ... la habre jodido. xD
Con paso firme, sin titubear...

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #249 en: 30 de Abril de 2012, 20:54:58 pm »
Además, son incompatibles  tal y como está planteada la demanda, en cualquier caso, con carácter principal debería ir la acción de anulabilidad y como subsidiaria la acción quanti minoris (1486)........de cualquier manera, se desestima la demanda.

Pero creo que no es eso lo que piden en la PEC, que ni me he leído.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #250 en: 30 de Abril de 2012, 22:24:30 pm »
Yo lo veo incompatible pero por la pretensión en sí, es decir...si para que el dolo sea determinante de nulidad, ha de ser grave, y esta gente lo que pide es una rebaja, en primer término, muy grave no les debe de parecer el hecho más que el poder regatear, dicho mal y pronto...y aunque sea grave, no se puede otorgar más de lo que se pide en la pretensión, por lo que se sigue deduciendo que tanta no es la gravedad para ellos para ser motivo de nulidad, digo yo...
--Liz--
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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #251 en: 30 de Abril de 2012, 23:04:01 pm »
Por si le sirve a alguien para reflexionar, aunque queda poco tiempo, pero es que no la he podido hacer antes, por culpa del dolor del cuello, ahí va mi conclusión final


CONCLUSIÓN

   Mi informe final, sin decantarme por las posibles opciones, la base fundamental porque no se si el plazo para ejercitar la acción está o no prescrito, y por ello lo único que me lleva es a replantearme una serie de observaciones a lo anteriormente planteado.

   Si bien, como he expuesto en los considerandos las acciones conjuntas que en el supuesto se exponen no pueden ser ejercitadas conjuntamente. Esto sería favorable al vendedor.

   Por otro lado, tampoco “veo” con claridad el que se pueda haber dado “un vicio oculto” con los requisitos exigidos en el Código Civil para que podamos estar ante un supuesto de anulabilidad del contrato. Asimismo favorable al vendedor.

Otrosí, es cierto que para las acciones edilicias no es requisito que el vendedor conozca el vicio (art. 1485.1), pero sí es relevante que, conociéndolo, lo oculte en el sentido, simplemente, de que no lo manifieste (art. 1486.2).
Para poder juzgar ambas acciones, para comprobar en qué hechos se funda una y otra, la afirmada “identidad de supuestos fácticos” no impediría la acumulación eventual, sino que, examinadas ambas acciones en el orden en que se pide, llevaría a la desestimación de la subsidiaria.
Mi última reflexión, se hace sobre lo recogido en el art. 1.475: “El vendedor responderá de la evicción aunque nada se haya expresado en el contrato. Los contratantes, sin embargo, podrán aumentar, disminuir o suprimir esta obligación legal del vendedor”.

Este último expósito es el único que me hace dudar de la improcedencia de la demanda interpuesta por los compradores y, consecuentemente, el que algún Juez emitiese fallo a favor, no obstante y, dado que no tenemos “nada” salvo lo poco que se nos aporta en el “supuesto”, me pronunciaría sobre el hecho planteado a la vista del contrato de compraventa, por si “acaso” ante las pintadas que existían en el barrio, se hubiese hecho constar una cláusula expresa de minoración de la compraventa, en el supuesto de que una vez ocupada la vivienda, al cabo de pocos meses se encontrases con que también padecía de “aluminosis” y, esta cláusula condicional no se hubiese cumplido por los vendedores.

Desconectado lulu1985

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #252 en: 01 de Mayo de 2012, 15:20:34 pm »
yo lo he enfocado desde tres puntos de vista:

- el primero que el comprador debido a la cantidad de informacion de la generalitat y de las pintadas deberia haber tenido en cuenta la posible aluminosis.

- el segundo que el comprador sabia la aluminosis y no lo comento, por lo que seria vicio oculto.

-  la tercera posibilidad que ninguno de los dos sabia nada sobre la aluminosis. en esta ultima hice referencia al articulo 1...84 no recuerdo el numero pero el que deciais por ahi.

no se si estara bien enfocado, pero la conclusion era que al no disponer de gran informacion proponia tres posibilidades en funcion de la informacion que pudieramos conseguir.

como lo veis?

Desconectado estibaliz

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #253 en: 01 de Mayo de 2012, 19:48:44 pm »
La aceptación: el valor del silencio

No lo entieno, por una parte pone que es negativo el silencio, pero por otra parte que "se ha de reputar que consiente"

Desconectado crimiast

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #254 en: 03 de Mayo de 2012, 18:33:03 pm »
¿donde se puede conseguir el practicum resuelto? Muchas gracias

Desconectado sevpau

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #255 en: 03 de Mayo de 2012, 19:15:07 pm »
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La aceptación: el valor del silencio

No lo entieno, por una parte pone que es negativo el silencio, pero por otra parte que "se ha de reputar que consiente"

yo, no se si lo he entendido bien, pero entiendo que quien debe hablar y calla, consiente.


Desconectado Onaiplu

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #256 en: 03 de Mayo de 2012, 19:37:52 pm »
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¿donde se puede conseguir el practicum resuelto? Muchas gracias

Pásame un privado con tu correo y lo te lo mando

Desconectado Onaiplu

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #257 en: 03 de Mayo de 2012, 19:48:48 pm »
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yo, no se si lo he entendido bien, pero entiendo que quien debe hablar y calla, consiente.

El que calla, pues eso, calla y no consiente, salvo en los casos en que ya existe una relación previa en la que el modo corriente de proceder implica que deba hablar, de lo contrario se entiende que consiente.

Un ejemplo que creo que no me he expresado bien....

Tengo una relación con una bodega riojana, estoy abonado y cada x tiempo me envía una oferta a la que he de contestar si, en ese momento no me interesa la oferta; en caso de no responder, se entiende que la acepto.
En esa relación está estipulado ese modo de proceder.

Si vas al Dia, que seguro está repleto de ofertas, y no dices no "pío" ni te llevas ningún producto, evidentemente es que no consientes.

Saludos

Desconectado hollygrial

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #258 en: 04 de Mayo de 2012, 13:00:17 pm »
Una pegunta.
Si en el primer parcial tengo un 4 y en el segundo tengo un 6,5. Estoy aprobada pero ¿tengo que ir en septiembre al primer parcial?  :-\

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #259 en: 04 de Mayo de 2012, 13:13:45 pm »
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Una pegunta.
Si en el primer parcial tengo un 4 y en el segundo tengo un 6,5. Estoy aprobada pero ¿tengo que ir en septiembre al primer parcial?  :-\

No no tienes que ir, si hace media no, lo que no sé si este año hacen media, unos que sí otros que no.  Si tienes un 6 en el segundo también estás aprobada siempre que haga media claro.