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Autor Tema: Ser abogado.  (Leído 6011 veces)

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Ser abogado.
« en: 22 de Mayo de 2012, 23:22:17 pm »
Hola, estoy a punto de Licenciarme.
Tendré que hacer el máster y el examen.

Pues bien, después de hacer el examen, ¿cuánto tardaré en poder abrir ya mi despacho?

Si repartiera por las calles y pegase en las farolas anuncios tipo "divorcios 300 euros ", ¿el Colegio me podría llamar la atención?


Desconectado palangana

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #1 en: 23 de Mayo de 2012, 00:13:13 am »
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Si repartiera por las calles y pegase en las farolas anuncios tipo "divorcios 300 euros ", ¿el Colegio me podría llamar la atención?

Sí, por publicidad agresiva e impropia de alguien que pretende ser Abogado, además de hacer el rídiculo. La Abogacía no es el Circo de Moscú, se trata de algo un poquito más serio.

Todo ello sin perjuicio de que el Ayuntamiento no te ponga una multa por pegar cárteles en las farolas u otros lugares, porque podría tratarse de mobiliario público.

Un saludo cordial.
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #2 en: 23 de Mayo de 2012, 08:28:34 am »
Estoy de acuerdo que es publicidad agresiva, pero porque tenemos que discriminar esta publicidad y aplaudir la del tipo que hace legalitas, mucho más agresiva porque llega a mucha más gente. Me dirás que entra dentro de un buen plan de marketing haciendo campaña en televisión y radio, pero te puedo asegurar que el fondo de una publicidad y otra es lo mismo de lesiva para los intereses de los abogados.
No sólo está legalitas hay otras empresas que empiezan a funcionar de esta forma, pero además de hacer publicidad agresiva, abusan de sus conocimientos y recursos, para crear unas espectativas en sus potenciales clientes que cuando contratan con éllos y les surge un conflicto se ven desechas.
No estoy a favor ni de uno ni de otro tipo de publicidad, pero creo que no hay ninguna norma ni código deontológico que lo impida.
Saludos.
Si el creador puso nbspnbsp límites a la inteligencia humana, parece injusto que no haya señalado también límite a su estupídez.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #3 en: 23 de Mayo de 2012, 10:44:55 am »
Hola,

Legalitas no es un Abogado. Es una empresa que hace usos de medios de información y tecnológicos.

Pero más allá de que entre dentro de los parámetros de lo que se entiende por agresivo, está el sentido común y el decoro. Además de que personalmente (si no fuese Abogado) voy por la calle y veo pegado un cártel en una farola ofreciéndose divorcios a 300 euros y digo "a este abogado no lo llamo ni loco".

Un poquito mejor esto:

Boca a boca y conocer gente.

Tarjetas de visitas que den imagen de seriedad y profesionalidad.

Una página web.

Placa en el Edf. donde esté el despacho.

Imagen personal.

Comportamiento y empatía social.


Un saludo cordial.
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #4 en: 23 de Mayo de 2012, 11:01:58 am »
Estamos de acuerdo Palangana, pero es que la pregunta del compañero no es si es decoroso o de sentido común, locura, demencia etc; más bien lo que yo entendía en la pregunta es ¿el Colegio me podría llamar la atención?.

A la cual tú has respondido que:Sí, por publicidad agresiva e impropia de alguien que pretende ser Abogado, además de hacer el rídiculo.

Yo he contestado: pero creo que no hay ninguna norma ni código deontológico que lo impida.

Y tu has replicado con: voy por la calle y veo pegado un cártel en una farola ofreciéndose divorcios a 300 euros y digo "a este abogado no lo llamo ni loco".

Bueno creo que seguimos en las mismas tú dices en tú primera respuesta que sí y luego no dices nada y yo digo que creo no.

Saludos
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #5 en: 23 de Mayo de 2012, 11:15:00 am »
Bueno, como parece que lo que indico no te merece ninguna consideración te cito un párrafo de los efectos y obligaciones del ser Abogado, cuestión deontológica, de Manual escrito por un actual miembro del CGAE (Abogado y Doctor en Derecho):

OBLIGACIONES DEL ABOGADO CON EL PÚBLICO EN GENERAL:

"El Abogado debe mantener el decoro profesional y, por eso, en su conducta profesional y privada no debe realizar acto alguno que dañe su reputación personal, ya que con ello daña el prestigio de la profesión. Así pues, debe evitar cualquier inmoralidad privada o realizada en ejercicio profesional que, aunque no sea ilícita, sea indecorosa".

Y sigue:

" Dentro de este deber está el mantener las formas de la OFERTA de los servicios profesionales de la Abogacía, oferta que hoy puede dar a conocer libremente realizando publicidad, pero ésta debe ser digna, leal, y veraz, con absoluto respeto por la dignidad de las personas, a las normas sobre defensa de la competencia y competencia desleal"

Un saludo cordial.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #6 en: 23 de Mayo de 2012, 12:37:55 pm »
Hola:

  En principio si nada dice las ordenanzas sobre "pegar en las farolas publicidad" sería correcto, en cambio si las ordenanzas lo prohíben, lógicamente el abogado no debería hacerlo, tanto porque va en contra de las ordenanzas como en contra del código deontológico.

Código Deontológico de la abogacía:

Artículo 7.- De la publicidad

  1. El abogado podrá realizar publicidad, que sea digna, leal y veraz, de sus
servicios profesionales, con absoluto respeto a la dignidad de las personas, a la
legislación existente sobre dichas materias, sobre defensa de la competencia y
competencia desleal, ajustándose en cualquier caso a las normas deontológicas
recogidas en el presente Código y las que, en su caso, dicte el Consejo
Autonómico y el Colegio en cuyo ámbito territorial actúe.

  2. Se entiende que vulnera el presente Código Deontológico, aquella publicidad
que comporte, entre otros supuestos:

   a) Revelar directa o indirectamente hechos, datos o situaciones amparados por
el secreto profesional.

   b) Afectar a la independencia del abogado.

   c) Prometer la obtención de resultados que no dependan exclusivamente de la
actividad del abogado que se publicita.

   d) Hacer referencia directa o indirectamente a clientes del propio Abogado que
utiliza la publicidad o a asuntos llevados por éste, o a sus éxitos o resultados.

   e) e)Dirigirse por sí o mediante terceros a víctimas de accidentes o desgracias
que carecen de plena y serena libertad para la elección de abogado por
encontrarse en ese momento sufriendo una reciente desgracia personal o
colectiva, o a sus herederos o causahabientes.

   f) Establecer comparaciones con otros abogados o con sus actuaciones
concretas o afirmaciones infundadas de auto alabanza.

  g) Utilizar los emblemas o símbolos colegiales y aquellos otros que por su
similitud pudieran generar confusión, ya que su uso se encuentra reservado
únicamente a la publicidad institucional que, en beneficio de la profesión en
general, sólo pueden realizar los Colegios, Consejos Autonómicos y el
Consejo General de la Abogacía Española.

  h) Incitar genérica o concretamente al pleito o conflicto.

  i) Utilizar medios o expresiones, audiovisuales o escritos que supongan un
descrédito, denigración y menosprecio de la Abogacía, de la Justicia y de sus
símbolos.

  j) No identificar al Abogado o Bufete Colectivo que ofrece sus servicios.

  k) Utilizar medios o contenidos contrarios a la dignidad de las personas, de la
Abogacía o de la Justicia.

Artículo 8.- Competencia desleal

  1. El Abogado no puede proceder a la captación desleal de clientes.

  2. Son actos de competencia desleal todos aquellos que contravengan las normas
tanto estatales como autonómicas que tutelen la leal competencia y en especial
los siguientes:

  a) La utilización de procedimientos publicitarios directos e indirectos contrarios a
las disposiciones de la Ley General de Publicidad, y a las normas específicas
sobre publicidad contenidas en el presente Código Deontológico y restantes
normas complementarias.

  b) Toda práctica de captación directa o indirecta de clientes que atenten a la
dignidad de las personas o a la función social de la Abogacía.

  c) La utilización de terceros como medio para eludir las obligaciones
deontológicas. Se considerará responsable al abogado o abogados favorecidos
por tal publicidad en caso de incumplimiento del art. 28.3 del Estatuto General
de la Abogacía Española en tanto no acrediten su total ajeneidad y su dimisión
inmediata del encargo profesional al tener conocimiento de aquella.

  d) La percepción o el pago de contraprestaciones infringiendo las normas legales
sobre competencia y las establecidas en este Código Deontológico.

  e) La contravención de los artículos. 15 y 16 de este Código, y/o la prestación de
servicios gratuitos que suponga la venta a perdida en los terminos establecidos
en el artículo 17 de la Ley de Competencia Desleal.

 Saludos cordiales,

   jbr
La mente es como un paracaídas, únicamente funciona cuando se abre.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #7 en: 23 de Mayo de 2012, 13:30:03 pm »
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Hola:

  En principio si nada dice las ordenanzas sobre "pegar en las farolas publicidad" sería correcto, en cambio si las ordenanzas lo prohíben, lógicamente el abogado no debería hacerlo, tanto porque va en contra de las ordenanzas como en contra del código deontológico.

Código Deontológico de la abogacía:

Artículo 7.- De la publicidad

  1. El abogado podrá realizar publicidad, que sea digna, leal y veraz, de sus
servicios profesionales, con absoluto respeto a la dignidad de las personas, a la
legislación existente sobre dichas materias, sobre defensa de la competencia y
competencia desleal, ajustándose en cualquier caso a las normas deontológicas
recogidas en el presente Código y las que, en su caso, dicte el Consejo
Autonómico y el Colegio en cuyo ámbito territorial actúe.

  2. Se entiende que vulnera el presente Código Deontológico, aquella publicidad
que comporte, entre otros supuestos:

   a) Revelar directa o indirectamente hechos, datos o situaciones amparados por
el secreto profesional.

   b) Afectar a la independencia del abogado.

   c) Prometer la obtención de resultados que no dependan exclusivamente de la
actividad del abogado que se publicita.

   d) Hacer referencia directa o indirectamente a clientes del propio Abogado que
utiliza la publicidad o a asuntos llevados por éste, o a sus éxitos o resultados.

   e) e)Dirigirse por sí o mediante terceros a víctimas de accidentes o desgracias
que carecen de plena y serena libertad para la elección de abogado por
encontrarse en ese momento sufriendo una reciente desgracia personal o
colectiva, o a sus herederos o causahabientes.

   f) Establecer comparaciones con otros abogados o con sus actuaciones
concretas o afirmaciones infundadas de auto alabanza.

  g) Utilizar los emblemas o símbolos colegiales y aquellos otros que por su
similitud pudieran generar confusión, ya que su uso se encuentra reservado
únicamente a la publicidad institucional que, en beneficio de la profesión en
general, sólo pueden realizar los Colegios, Consejos Autonómicos y el
Consejo General de la Abogacía Española.

  h) Incitar genérica o concretamente al pleito o conflicto.

  i) Utilizar medios o expresiones, audiovisuales o escritos que supongan un
descrédito, denigración y menosprecio de la Abogacía, de la Justicia y de sus
símbolos.

  j) No identificar al Abogado o Bufete Colectivo que ofrece sus servicios.

  k) Utilizar medios o contenidos contrarios a la dignidad de las personas, de la
Abogacía o de la Justicia.

Artículo 8.- Competencia desleal

  1. El Abogado no puede proceder a la captación desleal de clientes.

  2. Son actos de competencia desleal todos aquellos que contravengan las normas
tanto estatales como autonómicas que tutelen la leal competencia y en especial
los siguientes:

  a) La utilización de procedimientos publicitarios directos e indirectos contrarios a
las disposiciones de la Ley General de Publicidad, y a las normas específicas
sobre publicidad contenidas en el presente Código Deontológico y restantes
normas complementarias.

  b) Toda práctica de captación directa o indirecta de clientes que atenten a la
dignidad de las personas o a la función social de la Abogacía.

  c) La utilización de terceros como medio para eludir las obligaciones
deontológicas. Se considerará responsable al abogado o abogados favorecidos
por tal publicidad en caso de incumplimiento del art. 28.3 del Estatuto General
de la Abogacía Española en tanto no acrediten su total ajeneidad y su dimisión
inmediata del encargo profesional al tener conocimiento de aquella.

  d) La percepción o el pago de contraprestaciones infringiendo las normas legales
sobre competencia y las establecidas en este Código Deontológico.

  e) La contravención de los artículos. 15 y 16 de este Código, y/o la prestación de
servicios gratuitos que suponga la venta a perdida en los terminos establecidos
en el artículo 17 de la Ley de Competencia Desleal.

 Saludos cordiales,

   jbr

Pues yo entiendo estimado amigo Jbr que NO ES CORRECTO publicitar cárteles en las farolas en relación al servicios profesionales de Abogacía, con independencia de que sea mobiliario de la Admón y que lo prohiban o no las Ordenanzas (aunque también hay que tenerlo en cuenta, como ya indiqué en mi primer post). Y no es correcto porque atenta a la diginidad y decoro de la profesión, con desprestigio para el colectivo y la dignidad del ejercicio. Y no digamos ya en lo que hace a tirar precios y publicitarlos de forma tan vulgar. Eso, deontológicamente no es correcto. Si deontológicamente no es correcto, puede tener consecuencias internas para con el Colegio y los demás compañeros de profesión. Al margen del rídiculo tan espantoso que se hace...porque ya dije que la Abogacía, como bien sabes y me consta que lo sigues a raja tabla, es algo un poquito más serio, no es el Circo de Moscú ni el Circo del Sol.

Un abrazo.
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #8 en: 23 de Mayo de 2012, 14:08:49 pm »
Amigo Palangana:

  Una cosa es lo que yo haría y otra cosa diferente lo que está permitido hacer. Personalmente no sería ese mi tipo de publicidad, pero lo estoy viendo desde la perspectiva jurídica y creo que no sería contrario a las normas, es mi opinión.

  Saludos cordiales,

jbr
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #9 en: 23 de Mayo de 2012, 14:50:26 pm »
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Amigo Palangana:

  Una cosa es lo que yo haría y otra cosa diferente lo que está permitido hacer. Personalmente no sería ese mi tipo de publicidad, pero lo estoy viendo desde la perspectiva jurídica y creo que no sería contrario a las normas, es mi opinión.

  Saludos cordiales,

jbr

Sí es contrario a las normas, a las normas deontológicas, que aunque su razón o fundamento sea lo ético y el buen hacer, no dejan de ser de obligado cumplimiento...ergo jurídicas. De otro lado, si lo que incumple es la normativa administrativa de Ordenanzas Municipales, entonces ya la cosa es más grave, porque deviene la incoación de un procedimiento administrativo sancionador en ejercicio de la potestad de la Administración para sancionar. Y ya, si resulta que se determina como competencia desleal (por la forma que se publicita, agresividad, reventar el mercado, etc), pues entonces ya puede tener como consecuencia daños y perjuicios, entre otras consecuencias.

Y volviendo a lo deontológico: publicidad que sea digna, que no cree desprestigio del colectivo y de la profesión.

Vamos, que si yo fuese el Decano de mi Colegio de Abogados como mínimo le daba un tirón de orejas...

Un abrazo.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #10 en: 23 de Mayo de 2012, 16:16:44 pm »
Otra duda: ¿el Colegio de Abogados te marca unos baremos de precios vinculantes?
Un amigo mío me dijo eso y yo pensaba que no, que tenemos libertad para fijar precios y que como mucho el Colegio de Abogados puede recomendar, pero nunca obligar.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #11 en: 23 de Mayo de 2012, 16:34:48 pm »
Hola:

  Lo de la farola es dudable, por el medio en que se hace la publicidad, pero si quiero en mi web pongo Divorcios a 300 euros y no hay nada que objetar, como si lo quiero hacer por 150 euros.

  Los precios son libres, cada abogado puede estipular su precio para cualquier asunto, siempre y cuando se llegue a un acuerdo con el cliente, en la hoja de encargo puedes poner el precio que cada cual crea conveniente.

  Cosa diferente es para las costas, para eso sí se usa el baremo que tienen  los colegios de abogados.

  Saludos cordiales,

   jbr
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #12 en: 23 de Mayo de 2012, 16:43:17 pm »
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Otra duda: ¿el Colegio de Abogados te marca unos baremos de precios vinculantes?
Un amigo mío me dijo eso y yo pensaba que no, que tenemos libertad para fijar precios y que como mucho el Colegio de Abogados puede recomendar, pero nunca obligar.

No, los precios son libres, es aconsajable como mínimos. Sólo se siguen en lo que hace a costas.

Pero como los publicites, es otra cosa, no es lo mismo una página web que pegar cárteles en una farola, vamos digo yo.

Un saludo cordial.
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #13 en: 23 de Mayo de 2012, 18:27:43 pm »
Yo creo que si causa desperfecto en la farola si se le puede incoar procedimiento, pero vaya por un papelito con poquito de tesafi, no lo creo que ninguna ordenanza lo sancione.
De todas formas a mi parecer con esta cuestión lo de la farola es irrelevante, el fondo del asunto es si está permitido ofertar los servicios como si estuviesemos en un mercado.
Cuando se tratan asuntos controvertidos procuro despojarme de prejuicios, valores, estereotipos, para intentar de arpoximarme lo más posible a la verdad, si en vez de farola, alquilo una valla publicitaria de una famosa autovía, y pongo dicha oferta de forma que atraiga la curiosidad o al menos llame la atención por ej. divorcios 400 euros y te regalo una despedida de casado.???
Está bien el código, pero ¿y la justicia?, es sacrificarte una media de cinco años de tu vida para estar condenado a trabajar de cajero en un supermercado,¿ no estamos en la  sociedad de que triunfan los que destacan en dar la nota?.
Saludos 
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #14 en: 23 de Mayo de 2012, 18:51:07 pm »
Yo creo que todavía más digno y publicidad apropiada es alquilarse una furgoneta y con un megáfono ponerse a gritar por las calles "Abogado, yo soy Abogado, se ofrecen divorcios a 300 euros, y te regalo un juicio de faltas si te fuese necesaro, y el Procurador lo pago yo"

Dignísimo, muy apropiado, en nada deteriora la imagen del ejercicio de la Abogacía etc

Un saludo cordial.
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #15 en: 23 de Mayo de 2012, 23:37:19 pm »
Estimado Amigo Palangana:

  Bueno, lo de indigno es un concepto indeterminado, por lo que habría que ver lo que se considera indigno.

  Yo soy partidario de tener un cierto sentido del "ridículo", un cierto sentido de la responsabilidad, un "cierto" sentido de lo ético, pero entiendo que alguien puede tener una diferente al mío,

  Ya he dicho otras veces que mis honorarios los pongo yo, dependiendo de lo que me apetezca cobrar, es lo que hay, puede que guste o no.

  Saludos,
  jbr
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #16 en: 23 de Mayo de 2012, 23:45:24 pm »
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Estimado Amigo Palangana:

  Bueno, lo de indigno es un concepto indeterminado, por lo que habría que ver lo que se considera indigno.

  Yo soy partidario de tener un cierto sentido del "ridículo", un cierto sentido de la responsabilidad, un "cierto" sentido de lo ético, pero entiendo que alguien puede tener una diferente al mío,

  Ya he dicho otras veces que mis honorarios los pongo yo, dependiendo de lo que me apetezca cobrar, es lo que hay, puede que guste o no.

  Saludos,
  jbr

Por supuesto amigo Jbr,

tus honorarios los pones tú, como no podía ser menos. Pero yo sé que esos honorarios tú los publicitarias de acuerdo con la seriedad y dignidad del ejercicio y la profesión de la Abogacía, seguro que ni pegando cárteles en farolas, ni con una furgoneta y un megáfono. Si yo te conozco amigo, y sé que en el fondo te parecen estas formas de publicitar algo rídiculo, indigno e impropio del ejercicio.

Un abrazo.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #17 en: 23 de Mayo de 2012, 23:54:02 pm »
Amigo Palangana:

  Es cierto que yo no haría ese tipo de publicidad, cosa diferente es que se pueda o no hacer, que es de lo que estamos debatiendo, la profesión de abogado me parece una digna profesión, pero no hay que olvidar que la de barrendero, fontanero o mecánico también lo son.

  Soy partidario de tener un "cierto" estilo en tu profesión, en cualquier profesión, para mí no todo vale, pero no sabes tú lo que me divierto cuando entro en este "mundo" de abogados, con sus dones por aquí y sus parafernalias..., yo no soy un abogado al uso, no voy a renunciar a lo que he sido siempre y lo seguiré siendo por muy abogado que sea y ciertas aptitudes no me gustan.

  Saludos cordiales, en el fondo estamos de acuerdo, que conste,

  jbr
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Re:Ser abogado.
« Respuesta #18 en: 23 de Mayo de 2012, 23:54:57 pm »
Hombre, yo no sé si será ilegal, pero está claro que no es elegante 8). Es como si un cirujano plástico anunciase implantes de pecho a 300 euros la teta y si se hace las dos, le tatúo un florero en cada una. ;D
Yo me río, pero seguro que habéis visto lo de los 300 pavos en Internet. Lo de las farolas es solo cuestión de tiempo...y de hambre. :'(
El pensar que tú me piensas me hace cierto,
más verdad que un pensamiento en la penumbra.

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Re:Ser abogado.
« Respuesta #19 en: 24 de Mayo de 2012, 00:03:07 am »
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Hombre, yo no sé si será ilegal, pero está claro que no es elegante 8). Es como si un cirujano plástico anunciase implantes de pecho a 300 euros la teta y si se hace las dos, le tatúo un florero en cada una. ;D
Yo me río, pero seguro que habéis visto lo de los 300 pavos en Internet. Lo de las farolas es solo cuestión de tiempo...y de hambre. :'(

Yo también me rio, porque la verdad es que eres gracioso  ;D
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