AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE MATARÓ.
Dña...
...COMPARECE y como mejor proceda en derecho
DICE
Que, por medio del presente escrito, y entendiendo que es constitutivo de delito de menoscabo a la integridad corporal del denunciante, según el artículo 147 del Código Penal, formula denuncia pasando a dar cuenta al Juzgado correspondiente de los siguientes
HECHOS
1º. El pasado viernes 15 de junio fui a la playa del municipio de Montgat. Al volver, sobre las 17 horas, he cruzado las vías del tren para acceder a la misma estación por la que accedí desde Barcelona a ese municipio y me pararon los agentes de seguridad que vigilaban la estación en ese instante, en el anden principal. Ellos me vieron de lejos pasar por la vía del tren y no me dijeron nada... sólo esperaron a que yo llegase hasta ellos 100 metros después. Ellos me recriminaron mi acción diciéndome que eso estaba prohibido y que era una acción sancionable y yo les respondí con un: “lo siento, no lo sabía” . Ellos aceptaron mis disculpas y me dejaron marchar hacia el bar de la estación.
2. Consumí un refresco en el bar de la estación, que me sirvió el camarero que a la vez expende los billetes en esa estación. Al cabo de dos minutos salí con el fin de validar mi Bono T-10 y coger el primer tren con destino Barcelona.
3. Inmediatamente, y cuando me hallaba debajo de la cámara de vigilancia que hay más al sur de la estación (hay dos) uno de los tres vigilantes jurados que me habían disculpado dos minutos mi acción anterior se dirigió a mí en los siguientes términos: “ Has cruzado las vías del tren y eso no se puede hacer”… “vas a pagar por ello…”… “tu no sabes quienes somos…”. Le respondí, textualmente: “Ya me he disculpado”. Los otros dos se dirigieron a mí en parecidos términos. Los tres estaban alterados y hablaban en voz muy alta.
4. La situación me puso muy nerviosa y después de decirles por enésima vez “ya me he disculpado y que me dejasen tranquila” me puse a pasear tranquilamente por la estación, con el fin de tranquilizarme. Uno de los vigilantes, el más joven y con cabellos negros, me indicó que no me moviese que iba a llamar a la policía autonómica. Yo le respondí que me dejase tranquila, que no pretendía fugarme y que esperaría la llegada de la policía autonómica”. Éste, inmediatamente, se abalanzó sobre mi con sus dos brazos diciéndome “no se mueva de aquí… vd. no puede caminar… estese quieta…” con el fin inmovilizarme y después de agarrarme con sus dos brazos me dió tres bofetadas en la cara, esto es, extendió la palma de su mano derecha y la impactó tres veces contra mi cara”, mientras los otros dos observaban omitiendo el deber se socorrerme ante mi total indefensión.
5. Accedió una patrulla de la policía autonómica formada por un hombre y una mujer. Me identifiqué ante ellos y le dije al policía masculino textualmente, que “me habían empujado, insultado y agredido”. El policía autonómica dialogó con los tres agentes de seguridad y me espetó: “Puede continuar su viaje”.
6. Validé mi titulo de transporte, cogí el tren de las 17.43 horas en dirección a la ciudad de Barcelona y regresé a mi domicilio habitual.
7. Todo lo sucedido quedó registrado en las cámaras de vigilancia de la estación, siendo testigo de todo ello el expendedor de billetes de la estación, que se asomó a la puerta del bar para observar todo lo aquel espectáculo.
8. No me dirigí a ningún hospital –por ello no adjunto ningún parte de lesiones- a realizar prueba alguna habida cuenta de la lejanía desde donde me encontraba y por pensar que sería irrelevante un informe médico donde no existiesen las secuelas externas de tres bofetadas.
En su virtud,
SUPLICO A ESE JUZGADO
Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por formulada la denuncia a que el mismo se contrae, acuerde la práctica de Diligencias que determine las responsabilidades en que han incurrido los tres vigilantes jurados que se hallaban de servicio en la estación de tren de Montgat el dia y en la hora de los hechos, pues así procede en mérito de Justicia que respetuosamente pido en Mataró, a 19 de junio de 2012.
¿ESTA BIEN HECHA ESTA DEMANDA?