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Autor Tema: POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013  (Leído 220228 veces)

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Desconectado Faire

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1900 en: 15 de Febrero de 2013, 13:33:02 pm »
Es increible que en esta asignatura se repita la historia de la primera semana...
Los que decidais impugnar, armaos de paciencia y esperad cualquier cosa. Los de la primera semana seguimos a la espera de la decisión final... y lo que nos queda.
Bienvenidos a Esparta


Desconectado aquienseleocurre

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1901 en: 15 de Febrero de 2013, 13:37:06 pm »
En cualquier caso, no quisiera desanimar a nadie pero, por lo que he leido en este hilo de lo que pasó con el examen de la primera semana, en la que se impugnaron numerosas preguntas, alguna mal formuladas, otras muy imprecisas, etc.. y accedieron a anunlar una a regañadientes cuando probablemente había motivos para haber anulado algunas más, yo creo que para que anulen alguna se debe dar un error más que garrafal y no en algún pequeño detalle.

Dicho esto, que nadie se conforme con un suspenso si cree que tiene motivos para impugnar alguna pregunta

Desconectado mesuri

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1902 en: 15 de Febrero de 2013, 13:38:10 pm »
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En cualquier caso, no quisiera desanimar a nadie pero, por lo que he leido en este hilo de lo que pasó con el examen de la primera semana, en la que se impugnaron numerosas preguntas, alguna mal formuladas, otras muy imprecisas, etc.. y accedieron a anunlar una a regañadientes cuando probablemente había motivos para haber anulado algunas más, yo creo que para que anulen alguna se debe dar un error más que garrafal y no en algún pequeño detalle.

Dicho esto, que nadie se conforme con un suspenso si cree que tiene motivos para impugnar alguna pregunta
Estoy contigo, las explicaciones que haya dado yo aqui, que no desanimen a nadie. Yo lo suelo reclamar todo tenga o no razon, asi que a por ellos.

Desconectado Yana Fernández Álvarez

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1903 en: 15 de Febrero de 2013, 13:48:45 pm »
La verdad es que difícilmente puede valorarse nada en un examen tipo test, cuando en esto del derecho es fundamental la argumentación. Lo que se discute, por ejemplo, respecto de la pregunta 19, no tendría sentido si se tratase de una pregunta amplia que debiera desarrollarse y argumentarse. Quien conociera la respuesta debería, además, justificarla. Así se da el caso, injuto en mi opinión, de que muchos hemos dudado entre una u otra opción, conociendo sobramente cómo carajo se pone un recurso de alzada.
Yana

Desconectado mmurciaz

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A mesuri: respuesta 14
« Respuesta #1904 en: 15 de Febrero de 2013, 13:57:38 pm »
A mesuri:    respuesta 14

Gracias en primer lugar por tu opinión,
Mira, al hilo de lo ultimo que afirmas, creo que eso que dices precisamente refuerza mi opinión,
   Es decir, si hubiera peguntado, como pregunta con interrogantes incluidos, “¿Las sanciones administrativas se extiguen, por:?”,  entonces mira creo que podrias tener razon, ya que el responder que con esas dos opciones se exntiguen, eso es cierto,
   Pero es que no pregunta, AFIRMA, y si yo afirmo por ejemplo que las regiones de España son: andalucia, murcia y valencia,     esa respuesta no es correcta, porque no estan todas,
   Repito si hubiera preguntado seria cierta la a
  Y si hubiera añadido, por ejemplo la expresión “entre otras” tambien seria cierta la a,

  Pero es que no ha hecho ninguna de esas dos opciones,

   Saludos
   Miguel

Desconectado charlito

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1905 en: 15 de Febrero de 2013, 14:15:40 pm »
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En cualquier caso, no quisiera desanimar a nadie pero, por lo que he leido en este hilo de lo que pasó con el examen de la primera semana, en la que se impugnaron numerosas preguntas, alguna mal formuladas, otras muy imprecisas, etc.. y accedieron a anunlar una a regañadientes cuando probablemente había motivos para haber anulado algunas más, yo creo que para que anulen alguna se debe dar un error más que garrafal y no en algún pequeño detalle.

Dicho esto, que nadie se conforme con un suspenso si cree que tiene motivos para impugnar alguna pregunta

Y más cuando en la plantilla de este segundo examen han puesto ya las páginas del libro donde se pueden consultar, como diciendo "ojo, no impugneis que están todas justificadas."

Desconectado aquienseleocurre

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1906 en: 15 de Febrero de 2013, 14:20:34 pm »
No sabía que en la plantilla de la primera semana no hubieran explicitado la página del manual en la que basaban la respuesta correcta. Entonces si que apaga y vámonos, no se van a bajar de la burra ni aunque baje PARADA y lo diga...

Desconectado charlito

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1907 en: 15 de Febrero de 2013, 14:32:32 pm »
No, en la primer semana sólo pusieron la letra correcta y luego, a posteriori, en lo que publicaron como "contestación a las impugnaciones " era donde decían el número de página. Supongo que ahora han puesto la página del manual directamente para evitarse el aluvión de impugnaciones.

Desconectado charlito

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1908 en: 15 de Febrero de 2013, 14:40:30 pm »
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La pregunta 19 se hace en modo impertativo, de tal manera que utiliza la forma verbal "hará" imperativamente, por lo cual si se responde a la opcion C se esta excluyendo la posibilidad de poder interponer el recurso ante el organo competente que es por supuesto el superior jerarquico.
Otra cosa seria que la pregunta incluyese la forma verbal "podrá hacer", por lo cual valdria cualquiera de las tres respuestas.
Esta es mi humilde opinion.

Exacto. Ahora viendo el enunciado, eso es lo que me hizo a mí marcar la A. El "hará" de la pregunta 19 excluía automáticamente la opción B y la C. Para que todas fuesen válidas tendría que haber puesto "podrá hacerse".

Eso sí, hay veces que parece que se nos examina más de lengua española que de conocimientos de derecho.


Desconectado J.Marcos

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1909 en: 15 de Febrero de 2013, 14:50:09 pm »
Francamente, en la 14, si suponéis que la correcta es la C  estáis diciendo que la A es incorrecta cuando es cierta. No preguntaban por un numerus clausus, no creo que prospere.

Otra cosa es que hubiese enunciado.: "se extinguen sólo por..."

Respecto a la 19 la más completa es la A, que además es transcripción de la 30/92

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1910 en: 15 de Febrero de 2013, 15:01:48 pm »
La 14 y la 19 son la A, no hay duda.

Es verdad que la forma de redactar te hacía dudar en muchas preguntas.

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1911 en: 15 de Febrero de 2013, 15:26:12 pm »
Pues yo la 19 he tenido suerte que me la jugué a los chinos y puse la que dan por buena, pero estoy de acuerdo con que todas las posibilidades son correctas

Desconectado Elisabetha

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1912 en: 15 de Febrero de 2013, 15:44:08 pm »
Si hubieran preguntado quien tiene que resolver el recurso si sería  el superior jerárquico, pero ¿ante quien? sería ante "ambos dos", vamos digo yo....

Desconectado zuspi

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1913 en: 15 de Febrero de 2013, 16:08:37 pm »
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Francamente, en la 14, si suponéis que la correcta es la C  estáis diciendo que la A es incorrecta cuando es cierta. No preguntaban por un numerus clausus, no creo que prospere.

Otra cosa es que hubiese enunciado.: "se extinguen sólo por..."

Respecto a la 19 la más completa es la A, que además es transcripción de la 30/92
Bueno voy a repetirme un poco, si tu cometes una infracción y transcurridos 20 años, te inician un procedimiento sancionador, es legal, lo único que puedes hacer es Alegar la prescripción y entonces se extingue, si no dices nada de la prescripcion, te sancionan y pagas. El mero transucurso del tiempo no podruce efectos directos, hay que ALEGARLOS. Es una diferencia por ejemplo entre prescripción y caducidad (civilI).

Desconectado zuspi

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1914 en: 15 de Febrero de 2013, 16:20:21 pm »
Me uno a la 14 y la 20 , que pasa. Era recurso extraordinario de revisión, que no es lo mismo que revisión. Voy a impugnarla.
A los de la 14, si os vale en el post anterior creo que hay una explicación complementaria,  el transcurso del tiempo no extingue, no es un concepto jurídico, o institucion , si lo es la prescripcion.....

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1915 en: 15 de Febrero de 2013, 16:41:12 pm »
Tema 10, epígrafe 2, letra C: "El recurso de revisión es un recurso extraordinario que se interpone contra los actos que agoten la vía administrativa o contra los que no se haya interpuesto recurso administrativo en plazo, es decir, contra actos firmes y consentidos, y se resuelve por el mismo órgano administrativo que los dictó. (Artículo 118 Ley 30/92)
Los motivos por los que puede interponerse el recurso de revisión son los tradicionales de los recursos extraordinarios"

No creo que admitan la impugnación, lo siento. A mí también me hizo dudar mucho.

Está comprobado en esta asignatura que no basta sólo lo que la Ley diga, sino lo que pone en el libro y, para este departamento, el libro de Parada es lo que vale.
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado zuspi

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1916 en: 15 de Febrero de 2013, 17:05:44 pm »
Pues lo he mandado ya, si la ley pone otra cosa, yo no digo que el manual no lo ponga sino que el baile da lugar a confusión y duda, mas cuando en este examen iban al detalle.

Desconectado J.Marcos

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1917 en: 15 de Febrero de 2013, 17:07:07 pm »
Tampoco entiendo las dudas respecto a la 20, dice : "contra las resoluciones.."

Por lo tanto estamos en vía administrativa, es el de revisión sin lugar a dudas. Para acceder a la vía judicial hay que agotar primero la vía administrativa, es la única respuesta posible ya que los motivos son los de revisión : cohecho, pevaricación etc.

No es esencial que diga lo de extraordinario para responder, defecto de forma subsanable.

Desconectado zuspi

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1918 en: 15 de Febrero de 2013, 17:09:48 pm »
Realizado el examen en la segunda semana, encontré que la pregunta número 20, correspondiente "al recurso que se puede interponer contra la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme".

La alternativas eran :
Contencioso adminstrativo
Alzada
Revisión.

En relación a la misma argumento que
 Según la ley 30/92 realiza concretamente las siguientes expresiónes

-----SECCIÓN IV. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.Artículo 118. Objeto y plazos.

-----1. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

-----2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa 1, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.


Artículo 119. Resolución.


-----2. El órgano al que corresponde conocer del recurso extraordinario de revisión debe pronunciarse no sólo sobre la procedencia del recurso, sino también, en su caso, sobre el fondo de la cuestión resuelta por el acto recurrido.
----3. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.


Es por tanto evidente y manifiesto, que la Ley 30/92, denomina a este tipo de recurso como  "recurso EXTRAORDINARIO de revisión".
El hecho de que entre las respuestas no figurase esta opción, conduce al error porque no se identificaba exactamente con la denominación que la ley le da a este tipo de recursos.


Esta circunstancia se vé agravada, por que muchas de las preguntas del mismo exámen eran válidas por matices.


Por tanto, la ausencia o falta de la palabra EXTRAORDINARIO, como así determina la Ley 30/92, en la opción c, da lugar a error, entendiendo que no es correcta la expresión "recurso de revisión" como sinónimo o equivalente de "recurso extraordinario de revisión", dado que este tipo de controversia correspondería a otro momento de la enseñanza y no en la práctica de examen, donde las preguntas y respuestas deben ser nítidas.



Es por lo expuesto que solicito a V, tenga a bien en anular la pregunta número 20, por entender que existe una ausencia o falta que induce al error y con ello, a eligir alternativa diferente o a dejar en blanco.





Desconectado J.Marcos

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1919 en: 15 de Febrero de 2013, 17:14:45 pm »
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Bueno voy a repetirme un poco, si tu cometes una infracción y transcurridos 20 años, te inician un procedimiento sancionador, es legal, lo único que puedes hacer es Alegar la prescripción y entonces se extingue, si no dices nada de la prescripcion, te sancionan y pagas. El mero transucurso del tiempo no podruce efectos directos, hay que ALEGARLOS. Es una diferencia por ejemplo entre prescripción y caducidad (civilI).

Y eslo  que dice la respuesta, "Por la prescripción regulada en las leyes" En lo de regulada en las leyes es donde se explica el procedimiento que comentas. La respuesta no dice en ningún momento "Por el mero transcurso del tiemp"