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Autor Tema: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013  (Leído 146183 veces)

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1020 en: 07 de Febrero de 2013, 17:42:03 pm »
No me entero de nada en esta asignatura, de verdad que no se como cogerla...


Desconectado Sevillano1985

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1021 en: 07 de Febrero de 2013, 17:44:50 pm »
Cuales son los apuntes que estais utilizando?
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1022 en: 07 de Febrero de 2013, 17:48:03 pm »
Sevillano yo estudio por el libro, pero los compañeros del grado han hecho unos apuntes,
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Desconectado melanimedic

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1023 en: 07 de Febrero de 2013, 19:48:57 pm »
Veo que no soy la unica que espera tener que estudiar esta asignatura en verano jajaja
Por lo menos no me siento sola en lo perdida que estoy
Me preocupa mucho la forma de hacer las preguntas en los examenes. Como memorizar, yo me memorizo rapido los conceptos y demas, pero a la hora de razonar en el examen preguntas concretas, eso no se como hacerlo. Se me da bien memorizar, no entender... y tampoco puedo memorizar todo, asi que no se.... espero un suspenso como una casa.

Desconectado Sevillano1985

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1024 en: 07 de Febrero de 2013, 19:57:56 pm »
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Veo que no soy la unica que espera tener que estudiar esta asignatura en verano jajaja
Por lo menos no me siento sola en lo perdida que estoy
Me preocupa mucho la forma de hacer las preguntas en los examenes. Como memorizar, yo me memorizo rapido los conceptos y demas, pero a la hora de razonar en el examen preguntas concretas, eso no se como hacerlo. Se me da bien memorizar, no entender... y tampoco puedo memorizar todo, asi que no se.... espero un suspenso como una casa.


Lo bueno que tiene este examen es que son preguntas cortas no hay que desarrollar lo malo hay que tener los conceptos muy muy claros y ahi es donde esta el problema de esta asignatura.
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Desconectado beatrizgarcia

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1025 en: 07 de Febrero de 2013, 20:03:05 pm »
Mi mayor problema es que no me da tiempo a mirar todo, y mucho menos a memorizar  :'(

Le tengo mucho miedo al tipo de examen, al ser tan concretas las preguntas tienes que relacionar en ocasiones unas cosas con otras y entender bastante bien lo estudiado.

Desconectado melanimedic

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1026 en: 07 de Febrero de 2013, 20:05:33 pm »
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Mi mayor problema es que no me da tiempo a mirar todo, y mucho menos a memorizar  :'(

Le tengo mucho miedo al tipo de examen, al ser tan concretas las preguntas tienes que relacionar en ocasiones unas cosas con otras y entender bastante bien lo estudiado.

A eso me referia. Es que me expreso regular nada mas a estas alturas....
El relacionar lo que te pregunta con la parte del temario que corresponde y saber que contestar.
No es como civil por ejemplo, que me lo meto todo en la cabeza, llego al examen y lo escupo.
Y me da corage cuando preguntan sobre algo muy muy concreto!!

Desconectado masape

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1027 en: 07 de Febrero de 2013, 20:09:20 pm »
A tres días del examen y me surge esta duda el ICIO (Impuesto sobre construcciones instalaciones? y obras ) que cobra mi Ayuntamiento cuando otorga una Licencia de Obras, es un Impuesto o una Tasa.

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1028 en: 07 de Febrero de 2013, 20:14:13 pm »
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A tres días del examen y me surge esta duda el ICIO (Impuesto sobre construcciones instalaciones? y obras ) que cobra mi Ayuntamiento cuando otorga una Licencia de Obras, es un Impuesto o una Tasa.
Considero que es una tasa, ya que el Ayuntamiento otorga una autorización (actividad administrativa), la licencia de Obra que se exige legalmente.

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1029 en: 07 de Febrero de 2013, 20:20:31 pm »
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Considero que es una tasa, ya que el Ayuntamiento otorga una autorización (actividad administrativa), la licencia de Obra que se exige legalmente.

y no es de solicitud voluntaria ni se presta por el sector privado.

Desconectado masape

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1030 en: 07 de Febrero de 2013, 20:23:48 pm »
Eso creo yo. pero por que lo llaman ICIO (impuesto....) En fin como dice el art. 2.2 LGT Los tributos cualquiera ques ea su denominación, se  clasifican en Tasas, Contrib. especiales e Impuestos " aunque al Alcalde de turno le ponga el nombre que mas le guste.

Desconectado pedro73

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1031 en: 07 de Febrero de 2013, 20:57:38 pm »
Chicos unas preguntitas de ultima hora: pueden calificarse como ingresos  publicos las fianzas, deposito o cauciones constituidos en la Caja General de Depósito?  Yo pienso que no, ya que la funcion que tiene es precisamente de seguro de caución o fianza, o sea, o idea de devolución, que pensais?

Otra cosa, el repercutido se considera contribuyente? Yo entiendo que si, ya que es el que realiza el hecho imponible.

Y por último una sobre la compensación de deudas, haber, en la compensación de deudas de oficio, dice que se aplica a obligados tributarios publicos y privados y en general las deudas se deben de encontrar en periodo ejecutivo. Luego en la compensanción entre entidades publicas dice que se deben de encontrar en período voluntario.
Alguien lo entiende, tiene que ser en periodo voluntario o ejecutivo??

Tengo una empanada mental que no os cuento

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1032 en: 07 de Febrero de 2013, 21:11:51 pm »
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Chicos unas preguntitas de ultima hora: pueden calificarse como ingresos  publicos las fianzas, deposito o cauciones constituidos en la Caja General de Depósito?  Yo pienso que no, ya que la funcion que tiene es precisamente de seguro de caución o fianza, o sea, o idea de devolución, que pensais?

Otra cosa, el repercutido se considera contribuyente? Yo entiendo que si, ya que es el que realiza el hecho imponible.

Y por último una sobre la compensación de deudas, haber, en la compensación de deudas de oficio, dice que se aplica a obligados tributarios publicos y privados y en general las deudas se deben de encontrar en periodo ejecutivo. Luego en la compensanción entre entidades publicas dice que se deben de encontrar en período voluntario.
Alguien lo entiende, tiene que ser en periodo voluntario o ejecutivo??

Tengo una empanada mental que no os cuento
1. No se consideran ingreso público las fianzas, depósitos o cauciones constituidos en la caja General de depósitos ya no se pueden calificar como ingresos públicos aquellas cantidades que obran  en poder de los entes públicos como consecuencia de títulos jurídicos que no permiten su libre disponibilidad. Al no haber títulos de dominio no puede hablarse de un ingreso público en sentido estricto. Pues ya que la finalidad esencial del ingreso público es propiciar la cobertura del gasto, sólo habrá ingreso público cuando el ente que recibe aquél tenga sobre el mismo plena disponibilidad, es decir, cuando ostente título jurídico suficiente para afectarlo al cumplimiento de sus fines.

2. Por lo que he estudiado hoy he entendido que el repercutido no es contribuyente, pues el contribuyente es el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible. Si te vas al tema 16, explica que el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible en el caso de los Impuestos Especiales es el que fabrica, vende, distribuye o entrega el bien o servicio, no el que lo consume que es el repercutido.
Por tanto, quien tiene el carácter de sujeto pasivo y de contribuyente en este caso no es el repercutido, ya que este solo asumirá la carga tributaria por la repercusión, pero no tendrá relación alguna con la obligación tributaria principal, ya que esta se mantendrá entre la Administración y el que la ley designe como realizador del hecho imponible (contribuyente).

No sé si me he explicado...

Desconectado beatrizgarcia

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1033 en: 07 de Febrero de 2013, 21:13:01 pm »
A la compensación de deudas no he llegado... :-[

Desconectado Sevillano1985

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1034 en: 07 de Febrero de 2013, 21:19:26 pm »
Tenemos que tener en cuenta que el examen son preguntas cortas y por tanto debemos ser concretos yon tengo los apuntes que han elaborado los compañeros y uno de un comapero del año pasado que estan mas resumidos (por los que estoy estudiando) creo que hay que ser practico en esta asigantura y ceñirse a lo que preguntan sin extenderse.
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1035 en: 07 de Febrero de 2013, 21:36:05 pm »
No le cojáis tanto miedo que al final os saldrá bien, pero no hay que ir ya pensando en negativo  :)
--Liz--
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1036 en: 07 de Febrero de 2013, 23:58:45 pm »
Buenas noches!
No soy capaz de entender correctamente los denominados" acuerdos previos de valoración". La definición se me hace complicada. Algún compañero que lo controle medianamente, a ver si puede echarme una mano.
Gracias!

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Estimacion Directa versus Estimacion Objetiva
« Respuesta #1037 en: 08 de Febrero de 2013, 06:55:55 am »
   Hola a todos,
   Dentro de los Metodos de determinacion de la base imponible, podriais poner ejemplos de Estimacion Directa?
Denro de la estimacion objetiva tenemos por ejemplo los modulos que se pueden utilizar para calcular el IRPF para actividades economicas,
pero no se ahora mismo ningun ejemplo en que se use la estimacion directa,   para comprender exactamnente en qué consiste este metodo,
   Gracias y Saludos
   Miguel

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1038 en: 08 de Febrero de 2013, 08:06:42 am »
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Cuales son los apuntes que estais utilizando?
Manda un e-mail desde tu cuenta uned solicitando la contraseña a esta dirección fyt12012@hotmail.es
y desde ahí podrás descargarlos. Son apuntes realizados en un grupo de trabajo

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1039 en: 08 de Febrero de 2013, 08:07:41 am »
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Buenas noches!
No soy capaz de entender correctamente los denominados" acuerdos previos de valoración". La definición se me hace complicada. Algún compañero que lo controle medianamente, a ver si puede echarme una mano.
Gracias!

Si te refieres a ésto:


Información sobre la valoración debienes inmuebles
Arts. 90 LGT, art. 69 RGGI
Cada Administración tributaria informará, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le correspondan sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, deban ser objeto de adquisición o transmisión.
Notas:
solicitud anterior adquisición transmisión de los bienes.
Por escrito. También medios informáticos.
Información tiene carácter vinculante durante 3 meses
No impide la comprobación, pero no podrá recaer sobre el valor, sino sobre hechos y circunstancias de la transmisión.
No silencio. La falta de contestación no implica aceptación del valor que, en su caso, se hubiera incluido en la solicitud del interesado.
No impugnable.
La Administración podrá requerir información antes de contestar.

Pues uno de los ejemplos que se me ocurren es el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en relación con lacompraventa de inmuebles de segunda mano. Una cosa es lo que te cueste el piso de segunda mano y que así debe reflejarse en la escritura correspondiente, y otra, lo que la Administración, en éste caso autonómica, opine que vale ese inmueble y que será el valor por el que tributes en ese impuesto.
Antes de la crisis pasaba que tu comprabas por X, se solia escriturar por X-1 y luego llegaba la autonomia y decia: esto vale X +2 y te giraba la correspondiente liquidación complementaria.....ahora con la caída de los precios debe de ser un caos.....porque creo que la admón autonómica no se haya bajado de la burra y puedes llegar a pagar por una valoración muchisimo mayor de lo que realmente hayas pagado.