A ver compañer@s una pregunta que tengo en la cual me pone el dcocumento que las dos respuestas versadereas es la b y la c...............
El titular de una marca registrada para ordenadores puede impedir que un tercero utilice su marca en cualquier producto:
a) Con caracter general
b) Sí, si se trata de una marca renombrada
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
Ya os digo, el documento que me han pasado dice que las respuestas verdaderas son la b y la c, pero yo creo que no es ni la una ni la otra, es la "A", porque sí tiene la potestad para impedir la marca por un tercero, otra cosa es lo que haga, y si se ha superado el plazo de cinco años desde que ya se empleba esa marca. ¿que pensais?