Hola Pelham, te comento respecto de 3 preguntas test del tema 13 (Letra de Cambio) que no tienen explicación:
31. Si una letra de cambio no aceptada, fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaria para exigir el pago
A. Al librado y al librador.
B. Al librado
C. Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Yo entiendo que la respuesta correcta sería que el tenedor no tendrá opción de acción cambiaria alguna, ya que ni siquiera ha desplegado toda la diligencia posible en el cumplimiento del deber de presentar la letra (no puede acreditar que ha presentado la letra para su aceptación y que ésta haya sido denegada, porque no ha procedido a levantar "protesto" ni lo ha hecho constar en el documento) (pág. 363)
33 Si una letra de cambio no aceptada, fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y la entidad domiciliaria hiciera constar en la letra que se había denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaria para exigir el pago
A. Al librado, al librador y a los endosantes
B. Al librador y a los endosantes
C. Las dos son erróneas.
Art. 50 de la LCCh --> El tenedor podrá ejercitar su acción de regreso contra los endosantes, el librador y las demás personas obligadas, una vez vencida la letra, cuando el pago no se haya efectuado.
32 Si una letra de cambio aceptada, fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaria para exigir el pago
A. Al aceptante
B. Al aceptante y al librador
C. Las dos son erróneas.
Art. 49 de la LCCh --> Acción cambiaria directa. A falta de pago, el tenedor, aunque sea el propio librador, tendrá contra el aceptante y su avalista la acción directa derivada de la letra de cambio para reclamar sin necesidad de protesto.
Saludos,
Silvia