Para el que aún busca por qué a los detenidos no se les aplica el Código Penal en sus Art. 493 y 495, creo a mi entender está muy bien explicado por el Juez Pedraz, es verdad que se explica y aplica de manera tremendamente literal ( a mi entender, como debe ser).
De todas maneras, considero que la Policía cometió muchos errores, no solo en el escrito, sino, además a la hora de otorgar poder jurisdiccional al un juzgado que no era el competente. En fin, archivo de la causa y para casa.
Eso si, creo que se creará jurisprudencia, más de una manifestación de aquí a final de año nos queda, (ni me parece bien ni mal, mientran no se infrinja la ley, todo contentos. Menos aquellos que siempre quieren un poco más, da igual de que, pero más.)