Mira, Josete:
No existe ninguna opinión sobre algo, que no implique beneficios y perjuicios. Y si hay gente que lo pasa mal con ese tema, porque triunfe una opinión como la mía, también hay otros que lo pasan mal en otros muchos aspectos por otras opiniones. Así por ejemplo con la ley antidesahucios, por ejemplo, te digo por experiencia que no todo es tan plano como lo plantean los indignados, porque no todo conflicto es tan sencillo como el que ellos plantean. Otro tanto puede decirse con la ley del suelo y sus restricciones a la libre construcción. ¿Acaso crees que no plantea eso problemas, tales como un encarecimiento artificial de las viviendas?
Otro tanto puede decirse de cosas como la dación en pago, etc. Y eso ya digo por experiencia que no es tan sencillo como lo ven algunos.
Pasemos ahora al tema que nos ocupa. La redacción de la Constitución es idéntica a la que tenía el CC antes de la reforma. Si lo reformaron, era obvio que no cabía en la Constitución. Y ésta es una opinión pura: opino esto, beneficie a quien beneficie y perjudique a quien perjudique. De igual modo que opino que Garzón está bien condenado. De igual modo que opino que el tc está desacreditado, porque no cumple con los cánones de independencia judicial.
Mira: si eso perjudica a algunos, pues lo siento. Igual que defiendo que si A no quiere venderle a B por la cantidad que B quiere, no por ello B tiene derecho a apropiarse de aquello que él quiere.