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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE  (Leído 46731 veces)

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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #140 en: 21 de Julio de 2013, 21:51:46 pm »
imagino que será lo justo que el inmediato no puede salir perjudicado, yo tengo un poco de cacao pero bueno aún queda un mes, lopeor será el caso.



Desconectado ebravo44

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #141 en: 21 de Julio de 2013, 22:04:15 pm »
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imagino que será lo justo que el inmediato no puede salir perjudicado, yo tengo un poco de cacao pero bueno aún queda un mes, lopeor será el caso.

Mes y medio, no lo adelantes por dios...  :D
--Liz--
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #142 en: 21 de Julio de 2013, 22:06:08 pm »
jejeje no pretendo poner nervioso/a a nadie, digamos que queda menos  :)

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #143 en: 24 de Julio de 2013, 14:06:29 pm »
Si el posseedor mediato es el propietario y el inmediato es el que está haciendo uso de la cosa sin ser el propietario, por qué por ejemplo si yo alquilo una bicicleta y se la cedo a un amigo yo soy el poseedor mediato junto con el propietario y el inmediato sería mi amigo?, si se supone que el mediato es el propietario si yo le dejo la bici a mi amigo por qué paso a ser poseedor mediato, sería únicamente el propietario de la bici el poseedor mediato y yo y mi amigo inmediato.  ::) ::)

Desconectado Torrombo

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #144 en: 24 de Julio de 2013, 20:45:58 pm »
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Si el posseedor mediato es el propietario y el inmediato es el que está haciendo uso de la cosa sin ser el propietario, por qué por ejemplo si yo alquilo una bicicleta y se la cedo a un amigo yo soy el poseedor mediato junto con el propietario y el inmediato sería mi amigo?, si se supone que el mediato es el propietario si yo le dejo la bici a mi amigo por qué paso a ser poseedor mediato, sería únicamente el propietario de la bici el poseedor mediato y yo y mi amigo inmediato.  ::) ::)

al revés, sólo puede haber un poseedor inmediato y en cambio multitud de poseedores mediatos que han ido transfiriendo la posesión
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Desconectado Torrombo

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #145 en: 24 de Julio de 2013, 20:56:24 pm »
2.3 LOS MEDIOS DE INMATRICULACIÓN

La inmatriculación de la finca puede obtenerse por 3 medios diferentes.

“La inmatriculación de fincas que no estén inscritas a favor de persona alguna se practicará:

a)   Mediante expediente de dominio.
b)   Mediante el título público de su adquisición, complementado por acta de notoriedad cuando no se acredite de modo fehaciente el título adquisitivo del transmitente o enajenante.
c)   Mediante certificado administrativo”.


quería preguntar si el título público del apartado b) son normalmente las escritura de compra?
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #146 en: 24 de Julio de 2013, 22:29:08 pm »
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al revés, sólo puede haber un poseedor inmediato y en cambio multitud de poseedores mediatos que han ido transfiriendo la posesión

ah vale, gracias...

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #147 en: 25 de Julio de 2013, 00:12:14 am »
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2.3 LOS MEDIOS DE INMATRICULACIÓN

La inmatriculación de la finca puede obtenerse por 3 medios diferentes.

“La inmatriculación de fincas que no estén inscritas a favor de persona alguna se practicará:

a)   Mediante expediente de dominio.
b)   Mediante el título público de su adquisición, complementado por acta de notoriedad cuando no se acredite de modo fehaciente el título adquisitivo del transmitente o enajenante.
c)   Mediante certificado administrativo”.


quería preguntar si el título público del apartado b) son normalmente las escritura de compra?

Que la persona que pretenda registrar su derecho sobre la finca, acredite fehacientemente haber adquirido su dominio. Para ello bastará o escritura pública de compra venta, herencia, donación,… o un acta de notoriedad que corrobore que esa persona tiene la propiedad desde tiempo inmemorial.

es lo que preguntas?

Desconectado silu

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #148 en: 25 de Julio de 2013, 13:54:53 pm »
Torrombo, así es. El título público se refiere a las escrituras públicas.

En cuanto al acta de notoriedad se ve con más frecuencia en las herencias, cuando no existe testamento. A grandes rasgos, se realiza una declaración de herederos ante notario (o, en caso de algún tipo de conflicto, o si se trata de sobrinos, nietos, etc, sería judicial), sin la cual no se puede llevar a cabo la adjudicación de la herencia del fallecido.

Un saludo  :)

Desconectado Torrombo

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #149 en: 25 de Julio de 2013, 16:24:38 pm »
gracias por las respuestas, sí era eso lo que quería saber
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #150 en: 25 de Julio de 2013, 19:46:20 pm »
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gracias por las respuestas, sí era eso lo que quería saber

Torrombo cómo la llevas? se te ve puesto en poseedores jeje, parece que civil III no hay mucha gente que la lleve para septiembre, somos 4 contados  :)

Desconectado Torrombo

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #151 en: 25 de Julio de 2013, 20:46:34 pm »
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Torrombo cómo la llevas? se te ve puesto en poseedores jeje, parece que civil III no hay mucha gente que la lleve para septiembre, somos 4 contados  :)

bueno aún queda, estoy acabando de leerme el 2º tomo, estoy en el Tema 33 "el procedimiento hipotecario" y de tanto en cuando vuelvo al 1º tomo y repaso epígrafes importantes, en fin que estoy con los dos libros, uno en cada mano jejeje, para hacer más ameno el estudio, pero bueno bien estoy de vacaciones y no me aburro
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Desconectado Torrombo

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #152 en: 25 de Julio de 2013, 21:00:15 pm »
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Torrombo cómo la llevas? se te ve puesto en poseedores jeje, parece que civil III no hay mucha gente que la lleve para septiembre, somos 4 contados  :)

pues es importante el tema, por ejemplo los plazos de la usucapión que convierten al poseedor en propietario de mejor derecho:

Ordinaria: 3 años bienes muebles y 10 años inmuebles entre presentes y entre ausentes 20, se requiere buena fe y justo título

Extraordinaria: 6 años bienes muebles y 30 años inmuebles

es importante porque yo tengo un garaje alquilado "d'estranquis", tu que crees que me lo pueden usucapir o no?
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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #153 en: 25 de Julio de 2013, 21:22:20 pm »
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pues es importante el tema, por ejemplo los plazos de la usucapión que convierten al poseedor en propietario de mejor derecho:

Ordinaria: 3 años bienes muebles y 10 años inmuebles entre presentes y entre ausentes 20, se requiere buena fe y justo título

Extraordinaria: 6 años bienes muebles y 30 años inmuebles

es importante porque yo tengo un garaje alquilado "d'estranquis", tu que crees que me lo pueden usucapir o no?
Yo también llevo esta asignatura.

Torrombo, yo creo que se te podria presentar la usucapión extraordinaria a los 30 años (del garaje), pero creo que en los arrendamientos o las cesiones en precario no usucapen nunca.

¿no?

Saludos Javier Moya, darbon11@gmail.com.
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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #154 en: 25 de Julio de 2013, 22:01:18 pm »
Aqui estamos con un día civilista, preguntas con espacio tasado y un caso del practicum con una pregunta eso el examen de esta materia para los de licenciatura, la dificultad esta en saber condesar los conocimiento es ese folio tan tasado. Esperemos saber hacerlo bien y conseguir ese deseado aprobado. saludos y ánimos.

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #155 en: 25 de Julio de 2013, 23:22:04 pm »
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pues es importante el tema, por ejemplo los plazos de la usucapión que convierten al poseedor en propietario de mejor derecho:

Ordinaria: 3 años bienes muebles y 10 años inmuebles entre presentes y entre ausentes 20, se requiere buena fe y justo título

Extraordinaria: 6 años bienes muebles y 30 años inmuebles

es importante porque yo tengo un garaje alquilado "d'estranquis", tu que crees que me lo pueden usucapir o no?

Pues sí que habría prescripción adquisitiva si se ha hecho en concepto de dueño, en un plazo de 30 años te quedas sin garaje.

Pero bueno échalo un tiempo y después lo metes otra vez jeje, si hay interrupción creo que ya no valdría...

es lo que yo entiendo.

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #156 en: 25 de Julio de 2013, 23:39:08 pm »
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Pues sí que habría prescripción adquisitiva si se ha hecho en concepto de dueño, en un plazo de 30 años te quedas sin garaje.

Pero bueno échalo un tiempo y después lo metes otra vez jeje, si hay interrupción creo que ya no valdría...

es lo que yo entiendo.

bueno, si al que le ha alquilado el local, a pesar de no tener documentación alguna no lo está poseyendo en concepto de dueño, de forma continuada y pública, hummmmmm creo que faltaría algún elemento para poder usucapir, o ¿es que nadie sabe que es un alquilado?  ???

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #157 en: 25 de Julio de 2013, 23:46:37 pm »
No te entiendo bien, si no lo está poseyendo en concepto de dueño no hay usucapión ordinaria ni extraordinaria, no?  un alquilado?

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #158 en: 25 de Julio de 2013, 23:56:34 pm »
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Pues sí que habría prescripción adquisitiva si se ha hecho en concepto de dueño, en un plazo de 30 años te quedas sin garaje.

Pero bueno échalo un tiempo y después lo metes otra vez jeje, si hay interrupción creo que ya no valdría...

es lo que yo entiendo.

sí creo que en 30 años si no lo echo me quedo sin garaje, aquí falta uno de los requisitos de la usucapio ordinaria que es el de justo título, pues no hay contrato formal de alquiler, sería extraordinaria
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #159 en: 25 de Julio de 2013, 23:58:45 pm »
así es, es tal como lo entiendo, así que más te vale solucionar el asunto dependiendo de tu intención, pero bueno no todo el mundo tiene conocimiento de la usucapión...