Buenas tardes.
Gracias versati por recordarme la posibilidad de la compensación.
Llamé ayer a mi secretariado de alumnos de Madrid y le plantee mi situación.
- Primer curso que me matriculo de Tributario II (2012-2013).
- Soy de licenciatura (plan 2000)
- Me leí el reglamento de la compensación, pero dudaba cuándo se refiere a planes en extinción.
- Es probable que sólo me quede Tributario II para finalizar la licenciatura.
Desde el secretariado me dijeron lo siguiente:
- Efectivamente (febrero/junio es una convocatoria o presentación y septiembre cuenta como otra, o sea la segunda)
Por tanto me confirmaron que no me puedo acoger a sacar un 3 de media o superior entre los dos parciales, por no haberme matriculado las veces necesarias.
Tampoco puedo acogerme a la excepción de asignatura en extinción porqué podemos hacerla hasta el 2015.
Pero sí me confirman que si de media (presentándome en septiembre) sacamos un 4 o superior, reunimos las condiciones para pedir el tribunal de compensación.
Debe ser de media, entre los dos parciales, mínimo un 4 y si entraríamos aunque sea la primera vez que nos hemos matriculado.
Este caso representa que es una ventaja para quien aprobó el primer parcial y solo se tiene que presentar al segundo, pues la media se hace entre la nota del primer parcial aprobado y la calificación del segundo, es decir mínimo 5 + 3 = 8.
Deberíamos hacer igualmente la matrícula en septiembre pero nos concederían la compensación.
Si no llegamos al mínimo de 4 de media tambien reunimos las condiciones del examen extraordinario de diciembre en Madrid.
Tercera opción, aprobar los dos parciales en septiembre y olvidarnos. Esto último, y con nota es lo que vamos a hacer entre todas/os.
Tomar nota: MCM08, Decio, iudex...