;

Autor Tema: ya no se a quien acudir necesito orientacion  (Leído 4362 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
ya no se a quien acudir necesito orientacion
« en: 15 de Julio de 2013, 04:09:21 am »
Hola a todos siento molestaros con mi problema pero necesito saber  que pasos puedo dar. Os comento soy de Salamanca, y tengo perro al igual que muchas personas que conozco. Hace años teniamos zonas habilitadas para q pudieran estar sueltos pero ahora el alcalde las ha quitado porq si. Y estan a la caza y captura de multas. El tema es q la ordenanza de salamanca dice que tiene que haber unas zonas para tal fin con horario de 22 a 8 en verano y de 20 a 8 en invierno y q vienen reflejadas en un anexo. Dicho anexo existia hace unos meses y ahora sin reformar la ordenanza simplemente lo han borrado. El reglamento de castilla y leon tambien refleja dichas zonas de esparcimiento y la ley dice q un parque cada 20 mil habitantes. Somos 150 mil y no hay ni uno. El caso es q escribi al alcalde y al concejal de medio ambiente y pasados mas de 6 meses aun no se han dignado en contestar. Escribimos al defensor del pueblo y al procurador de lo comun y estan procesando la peticion pero tampoco nos dicen nada. Estamos recogiendo firmas tambien pero no se donde y como entregsrlas y a partir de cuantas firmas se te empieza a hacer caso. Necesito saber q mas puedo hacer y si estan obligados a escuchar nuestra peticion al menos. Y si la ley dice una cosa si pueden saltarsela asi y si se puede denunciar y a donde. Mil gracias de antemano


Desconectado Picapleito

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1719
  • Registro: 23/01/13
  • Hay días tontos y tontos to los días.
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #1 en: 16 de Julio de 2013, 00:24:23 am »
Cuanto alcalde,consejal y carroñero hijo de puta hay,que asco.

No se que decirte,si has recurrido ya por las vías que dices,defensor del pueblo,recogiendo firmas,etc...no se haz una rueda de prensa,que salga en los periodicos,acude a una plataforma de denuncia ciudadana(debajo te pongo enlace de una)y que la gente se entere de tanto carroñero suelto.
Ten un poco de paciencia que aqui también los compañeros te van ayudar,mucho ánimo y suerte.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

No se ahora mismo como poder ayudarte más,seguiré tu caso,un saludo.

Desconectado Alfmonti

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1703
  • Registro: 30/07/10
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #2 en: 16 de Julio de 2013, 09:55:22 am »
Un día, un Magistrado me dijo "Una ley sin consecuencia es poesía". En Teoría se las denomina leyes imperfectas y realmente no sirven para nada de nada. El ejemplo más claro son los muchos artículos de la Constitución que son preciosísimos (del 30 al 55 y muchos más...) y que no son derechos como tales y por tanto no son exigibles ante nadie.

Centrando el caso, las actuaciones urbanísticas son competencia de los Ayuntamientos y si existe una norma que dice que cada "x" habitantes un parque pero no se dice nada de que pasa si no se hace, la norma no es más que una declaración de intenciones sin obligación ni responsabilidad para nadie.

Así, que vuestra mejor opción es la presión ciudadana de los afectados. Por el camino de la "ley" (Administrativa o la que sea) sólo vais a perder vuestro tiempo y dinero. Decidid vosotros el modo de exigir el cumplimiento...

Tema firmas: ¿Se hace caso en las Iniciativas Legislativas Populares? NO, pues en ámbitos más locales, menos...así que tiempo perdido...

Saludos

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #3 en: 16 de Julio de 2013, 10:04:39 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola a todos siento molestaros con mi problema pero necesito saber  que pasos puedo dar. Os comento soy de Salamanca, y tengo perro al igual que muchas personas que conozco. Hace años teniamos zonas habilitadas para q pudieran estar sueltos pero ahora el alcalde las ha quitado porq si. Y estan a la caza y captura de multas. El tema es q la ordenanza de salamanca dice que tiene que haber unas zonas para tal fin con horario de 22 a 8 en verano y de 20 a 8 en invierno y q vienen reflejadas en un anexo. Dicho anexo existia hace unos meses y ahora sin reformar la ordenanza simplemente lo han borrado. El reglamento de castilla y leon tambien refleja dichas zonas de esparcimiento y la ley dice q un parque cada 20 mil habitantes. Somos 150 mil y no hay ni uno. El caso es q escribi al alcalde y al concejal de medio ambiente y pasados mas de 6 meses aun no se han dignado en contestar. Escribimos al defensor del pueblo y al procurador de lo comun y estan procesando la peticion pero tampoco nos dicen nada. Estamos recogiendo firmas tambien pero no se donde y como entregsrlas y a partir de cuantas firmas se te empieza a hacer caso. Necesito saber q mas puedo hacer y si estan obligados a escuchar nuestra peticion al menos. Y si la ley dice una cosa si pueden saltarsela asi y si se puede denunciar y a donde. Mil gracias de antemano

Hola

Si existe una Ordenanza que no ha sido modificada por una posterior ni derogados artículos ni Anexos de la misma, en principio, aparte de esa petición que habéis realizado para que se cumpla con lo recogido en ella respecto a las zonas de esparcimiento de los perros, cualquier infracción o "mula" que impongan como consecuencia de la misma es nula, con lo cual bien recurres en vía administrativa, bien si en esta vía no te echan cuenta, te vas al contencioso.

Lo que debes de tener en consideración es una cosa clara, la Ordenanza mientras tanto no se modificada o derogada por otra, con los trámites exigidos, hasta la publicación definitiva en el BO de la provincia, está en vigor; si no quieren o no pueden tener espacios de los recogidos en ella, que la modifiquen, pero que no ponga multa a diestro y siniestro, siempre y cuando el animal se halle en una de esas zonas de esparcimiento que encontraban recogidas en el Anexo.

El escrito al Alcalde y al Concejal de Medio Ambiente tenía que haber sido respondido en el plazo de  tres meses, dado que no se ha producido, el silencio es negativo, con lo cual, dado que ha pasado el plazo para interponer recurso de reposición, os queda la vía contenciosa, seis meses a contar desde el dí siguiente al que se produjo el silencio administrativo.

Si tuvieseis personas formadas tramitando los procedimientos, ellos/as mismas tenían que indicar que no procedía la incoación por los supuestos hechos acaecidos, yo lo hice así, denunciaron un perro que iba solo por la calle, pero la denuncia se le informó al dueño porque corría detrás de él; en los quince días para las alegaciones se me aportó prueba documental fotográfica de que las vallas de los recintos para dejar los animales sueltos para hacer sus necesidades, estaban rotas, y por ahí se había salido el can, así que en la misma Instrucción pegué un archivazo al procedimiento y además envié un Informe al Departamento de Servicios y Mantenimiento de Parques y Jardines.

Lo que de todas formas no te va a dar validez alguna es la forma de actuar que te ha indicado Picapleito; hay cosas demasiado importantes para que los periódicos se ocupen de eso, y bueno, una rueda de prensa, ¿habiendo procedimientos, bien administrativos, bien del orden contencioso? de veras, lo veo absurdo, amén de la forma de dirigirse a personas que ostentan un poder público, eso sí sería meterse en harina de otro costa.

Suerte.

P.D. He encontrado tu petición en internet, y está avalada por 744, pero aún os falta mucho,

Tengo la ordenanza a la que haces referencia y en ella se recogen los Anexos que mencionas, así que o te presentan la modificación, teniendo en consideración que se ha modificado conforme a los cauces legales establecidos y la fecha de publicación definitiva -entra en vigor a los 15 días o bien en la fecha que se designe en la propia ordenanza-, porque en caso contrario la representación procesal del Ayto. lo va a tener crudo para sacar una buena defensa en el recurso que interpongáis o interpongas.

En realidad el Anexo, salvo que sea uno de los animales contemplados en él no te hace falta de nada, ese Anexo lo tenían que realizar porque hay una serie de razas que están recogidas dentro de la Ley Estatal de Perros Potencialmente Peligrosos, y a ellos se les exige otros requisitos (yo los contemplé en el refundido de normativa que realicé en esta materia, si bien lo añadí en un Título de la misma, para recoger la norma estatal tanto en requisitos como en infracciones y la cuantía de las sanciones). Te pongo el link, aunque creo que lo debes de tener,

No puedes ver los enlaces. Register or Login

otra opción ya que tienes la fecha del Boletín, es buscarlo en la página del mismo, por el año aún se puede encontrar.

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #4 en: 16 de Julio de 2013, 10:21:27 am »
Hola de nuevo.

Me he leído al completo vuestra ordenanza, pero creo que estáis interpretando mal los artículos y eso de espacios de ocio; la ordenanza recoge esto,

Artículo 26º. Circulación y zonas de esparcimiento.
1. Los animales podrán circular sueltos bajo la vigilancia de sus dueños en los
espacios que el Ayuntamiento habilite debidamente señalizados, excepto los casos
en que por su peligrosidad o por razones sanitarias se señale lo contrario.
2. Los perros pueden efectuar sus deyecciones en las zonas acotadas y señalizadas que el
Ayuntamiento habilite para tal fin.
3. Los perros podrán circular sueltos en las zonas verdes que determiné el Ayuntamiento
en el siguiente Horario:
Verano: desde el 21 de marzo al 21 de octubre, de 22 horas hasta las 8 de la mañana.
Invierno: desde el 22 de octubre al 20 de marzo, de 20 horas hasta las 8 de la
mañana.
Los propietarios de los animales deberán vigilar y controlar los movimientos de su perro
en todo momento impidiendo que se acerquen y que molesten a otros usuarios del parque y que
accedan a las zonas en las que su presencia está prohibida. En ningún caso los perros peligrosos
podrán circular sueltos y sin bozal.


Está redactada en la misma forma que yo redacté la que fue ulteriormente aprobada, es decir, no se específica espacio expreso para el ocio de los animales, lo que se indica es que se podrán (salvo las especies recogidas en el Anexo) dejar sueltos los animales siempre bajo la atente mirada de su dueño o dueña, y siempre y cuando no resulten molestos a otros usuarios del parque.
Eso es así en mi municipio, aunque sólo tenga 20.000 habitantes, con lo cual no comprendo lo que pedís.

Lo siento, pero ahora me he perdido; lo que sí se ha exigido, son espacios para dejar que el animal  pueda realizar sus deyecciones, pero ¿te refieres, por ejemplo, a un parque vallado para los perros?  ???

Desconectado Segur

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2093
  • Registro: 14/03/11
  • Devotio, Tempus, Perseverantia
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #5 en: 16 de Julio de 2013, 14:37:03 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Cuanto alcalde,consejal y carroñero hijo de puta hay,que asco.

No se que decirte,si has recurrido ya por las vías que dices,defensor del pueblo,recogiendo firmas,etc...no se haz una rueda de prensa,que salga en los periodicos,acude a una plataforma de denuncia ciudadana(debajo te pongo enlace de una)y que la gente se entere de tanto carroñero suelto.
Ten un poco de paciencia que aqui también los compañeros te van ayudar,mucho ánimo y suerte.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

No se ahora mismo como poder ayudarte más,seguiré tu caso,un saludo.

Gracias a esta plataforma, el ayuntamiento de malaga esta estudiando habilitar una zona para perros en la playa.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Lo digo porque no creas que es una tonteria, la propuesta del compañero.

Saludos.

Desconectado Picapleito

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1719
  • Registro: 23/01/13
  • Hay días tontos y tontos to los días.
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #6 en: 16 de Julio de 2013, 14:38:53 pm »
Gracias Segurlaw,asi es.

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #7 en: 17 de Julio de 2013, 02:26:43 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Cuanto alcalde,consejal y carroñero hijo de puta hay,que asco.

No se que decirte,si has recurrido ya por las vías que dices,defensor del pueblo,recogiendo firmas,etc...no se haz una rueda de prensa,que salga en los periodicos,acude a una plataforma de denuncia ciudadana(debajo te pongo enlace de una)y que la gente se entere de tanto carroñero suelto.
Ten un poco de paciencia que aqui también los compañeros te van ayudar,mucho ánimo y suerte.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

No se ahora mismo como poder ayudarte más,seguiré tu caso,un saludo.
Muchas gracias he recibido una contestacion del defensor del pueblo para q le envie copias de los mensajes q escribi al ayto. Y para q le concrete mas mi queja. Que mas quiere q concrete???? Que no se cumple la ley!!! Y q nosotros pagamos todo lo que se nos pide y nuestros derechos que? Es mas tuve que hablar con una chica del ayto por otro asunto y ya de pao le pedi informacion y me dijo " el concejal esta ahi para que le preguntemos de vez en cuando pero el trabajo lo hacemos los demas" que VERGÜENZA. Asiq voy a crear un buen proyecto para mandarselo al defensor del pueblo para ver si conseguimos algo. Pero lo q mas rabia me da es q se rian de nosotros. Mil gracias a todos por el simple hecho de molestaros. De verdad no sabeis lo agradecida q estoy

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #8 en: 17 de Julio de 2013, 02:32:32 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola de nuevo.

Me he leído al completo vuestra ordenanza, pero creo que estáis interpretando mal los artículos y eso de espacios de ocio; la ordenanza recoge esto,

Artículo 26º. Circulación y zonas de esparcimiento.
1. Los animales podrán circular sueltos bajo la vigilancia de sus dueños en los
espacios que el Ayuntamiento habilite debidamente señalizados, excepto los casos
en que por su peligrosidad o por razones sanitarias se señale lo contrario.
2. Los perros pueden efectuar sus deyecciones en las zonas acotadas y señalizadas que el
Ayuntamiento habilite para tal fin.
3. Los perros podrán circular sueltos en las zonas verdes que determiné el Ayuntamiento
en el siguiente Horario:
Verano: desde el 21 de marzo al 21 de octubre, de 22 horas hasta las 8 de la mañana.
Invierno: desde el 22 de octubre al 20 de marzo, de 20 horas hasta las 8 de la
mañana.
Los propietarios de los animales deberán vigilar y controlar los movimientos de su perro
en todo momento impidiendo que se acerquen y que molesten a otros usuarios del parque y que
accedan a las zonas en las que su presencia está prohibida. En ningún caso los perros peligrosos
podrán circular sueltos y sin bozal.


Está redactada en la misma forma que yo redacté la que fue ulteriormente aprobada, es decir, no se específica espacio expreso para el ocio de los animales, lo que se indica es que se podrán (salvo las especies recogidas en el Anexo) dejar sueltos los animales siempre bajo la atente mirada de su dueño o dueña, y siempre y cuando no resulten molestos a otros usuarios del parque.
Eso es así en mi municipio, aunque sólo tenga 20.000 habitantes, con lo cual no comprendo lo que pedís.

Lo siento, pero ahora me he perdido; lo que sí se ha exigido, son espacios para dejar que el animal  pueda realizar sus deyecciones, pero ¿te refieres, por ejemplo, a un parque vallado para los perros?  ???
No veras, antes en esa ordenanza venian dos anexos, uno con las zonas en las que podian estar sueltos y otras en las que no podian ni estar. Ahora no existe una sola zona en salamanca en la que podamos soltar los perros, ni si quiera a partir de una hora. No solo eso sino que los parques estan llenos de policia de paisanos para multar en cuanto los sueltas. Y esa misma policia es la que nos ha dicho y cito "segun el alcalde ya no hay zonas donde se puedan soltar a los perros y van a ir a por los que lo hagais, yo que vosotros me planteaba tener una mascota" y no te digo lo q se pasa por la cabeza en ese momento. Otros policias nos han marcado las pautas a seguir para hacer la queja pero la realidad es esa. No queremos vallas ni nada asi solo aunq sea una zona donde poder soltarlos para correr. Me entiendes ahora??

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #9 en: 17 de Julio de 2013, 02:38:07 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Gracias a esta plataforma, el ayuntamiento de malaga esta estudiando habilitar una zona para perros en la playa.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Lo digo porque no creas que es una tonteria, la propuesta del compañero.

Saludos.
Gracias ya tengo puesta mi peticion pero apenas llevo 750 firmas. Bueno a seguir moviendome. Gracias!!!!!!

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #10 en: 17 de Julio de 2013, 08:52:34 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No veras, antes en esa ordenanza venian dos anexos, uno con las zonas en las que podian estar sueltos y otras en las que no podian ni estar. Ahora no existe una sola zona en salamanca en la que podamos soltar los perros, ni si quiera a partir de una hora. No solo eso sino que los parques estan llenos de policia de paisanos para multar en cuanto los sueltas. Y esa misma policia es la que nos ha dicho y cito "segun el alcalde ya no hay zonas donde se puedan soltar a los perros y van a ir a por los que lo hagais, yo que vosotros me planteaba tener una mascota" y no te digo lo q se pasa por la cabeza en ese momento. Otros policias nos han marcado las pautas a seguir para hacer la queja pero la realidad es esa. No queremos vallas ni nada asi solo aunq sea una zona donde poder soltarlos para correr. Me entiendes ahora??

Si es como dice, tiene, por obligación que haber algún espacio, dada la densidad de población, más de uno; si como apuntas creo que puede ser -ese Alcalde, no lo sé- una de esas personas que tienen fobia a los perros, desde luego va en contra de toda lógica, supongo que se habrá dedicado a poner los cartelitos de "prohibido pasear con perros"; desde luego es algo que no me entra en la cabeza, porque aquí todos los perros pueden pasea acompañados de sus dueños, y si lo tienen a su lado no hay problema, eso sí cuando hay otras personas no puede, mayormente porque los parques en mi municipio son pequeños, y en quince minutos andando tienes acceso al campo, a los pinos, y dónde el perro puede disfrutar sin problemas.

Mírate si, al igual se ha transpuesto la Directiva Europea en cuestión de tenencia y venta de animales, también los potencialmente peligrosos (como las serpientes o víboras), los habitáculos para los animales, el espacio que como mínimo debe de tener, etc, existe algo en materia de espacios de esparcimiento, que por x motivos no se haya transpuesto a nuestro Derecho interno, ¡ojalá! porque en ese supuesto puedes denunciar al mismo Gobierno.

Y Segur, ojalá consigáis mediante la plataforma que se habilite lo que apuntas en la playa, la verdad es que eso encanta a los perros, y el verano es una mala fecha para llevarles, no nos dejan, aunque por aquí tenemos sitios en los que no está prohibido, pero claro, no es la playa, es la zona del espigón.

En fin, saludos y suerte.

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #11 en: 17 de Julio de 2013, 12:11:11 pm »
Gracias por toda la información mnieves. Es que no hay nada en ningún sitio que diga prohibido perros sueltos ni nada. Sólo de boca de la policía que nos ha dicho eso, que no se pueden soltar los perros en toda la ciudad bajo multa de creo 200 euros. Siempre vienen "perdonandonos" la multa y diciendo que es un aviso y que a la próxima nos tienen que denunciar. Sí han llegado a multar a gente pero hasta ahora hemos librado nosotros pero claro yo quería saber sí me ponen dicha multa sin específicar nada  en la ordenanza ni en ningún otro sitio, puedo reclamarla no? Yo  me estoy movilizando con el apoyo de protectoras y plataformas pero claro hasta  que consigamos algo el acoso policial está ahí. Muchas gracias miraré todo lo que me has dicho. Un saludo

Desconectado Atlanta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 858
  • Registro: 15/09/10
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #12 en: 17 de Julio de 2013, 12:54:14 pm »
Mi opinión es que nadie puede sancionarte por algo que no esté tipificado, si la policía te dice que te sancionará por algo, tú tienes derecho a saber en virtud de que ley, reglamento, orden....lo establece, para éllo puedes preguntarle al mismo policía y si te chulea y no quiere contestarte, pues un escrito a su superior, digo yo, que se me ocurre eso....
Si el creador puso nbspnbsp límites a la inteligencia humana, parece injusto que no haya señalado también límite a su estupídez.

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #13 en: 17 de Julio de 2013, 13:12:00 pm »
Lo que indica Atlanta es así, es decir para que te puedan sancionar, primero tiene que estar tipificada una infracción, y esa infracción debe de llevar aparejada una cuantía que siempre será un mínimo y un máximo, para en función de los hechos imponer la sanción.

Ahora bien, ya sea mediante una Ordenanza Municipal, ya sea mediante una norma autonómica, ya sea mediante una norma estatal, se ha de recoger la competencia del órgano y el ámbito territorial; le voy a dar al copia y pega de la ordenanza que se aprobó y publicó en mi pueblo, me costó días de trabajo, en casa, estando de vacaciones, pero conseguir meter en ella muchas normas tanto de una y otra administración que me traían media loca a la hora de tener que tipificar la infracción,

No puedes ver los enlaces. Register or Login

El agente de la policía puede denuncia, pero le hace falta la "base legal" para ello, aunque si he de serte sincera,  me extraña que no esté tipificado el dejar un perro suelto en la vía pública sin cadena. Si te das cuenta esa ordenanza que redacté, con ayuda de normativas claro, no soy ninguna jurista, están tipificadas todas las infracciones, y las sanciones, bueno, salvo las recogidas en leyes estatales o autonómicas que dan la competencia sancionatoria al Alcalde, es de aplicación el nuevo Título de la Ley 7/85, y que recoge las sanciones que se pueden poner y hasta la cuantía en que se pueden poner, pero me parece una "burrada" el poner 200 euros, aquí lo que solemos poner son 100 (al menos, eso es lo que yo hacía antes de dejarme sin funciones) y, salvo uno, que creo que sacaba al perro del chalet a la calzada para ver si así lo pillaban alguien, estaba viejito, y que lo denunciaron en cinco ocasiones en un mismo año, no he puesto más allá de esa cuantía.

Lo siento, no sé que más hacer, o que más desde mi experiencia aconsejarte, pero veo muy raro que no se tenga una ordenanza que tipifique esas infracciones, o una ley autonómica (en Andalucía, como podrá ver en la ordenanza, existe una ley sobre protección y tenencia de animales domésticos -ha sufrido una modificación; ahora sí se deja la pelea de gallos-, y un reglamento en el que se amplía una raza más a los perros potencialmente peligrosos recogidos en la ley estatal).

Trata de recopilar información sobre lo que te he comentado, es extraño que no exista normativa alguna sobre la materia.  ???

Desconectado Picapleito

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1719
  • Registro: 23/01/13
  • Hay días tontos y tontos to los días.
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #14 en: 17 de Julio de 2013, 15:01:24 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Gracias ya tengo puesta mi peticion pero apenas llevo 750 firmas. Bueno a seguir moviendome. Gracias!!!!!!

Pues cuenta con un par de ellas más.Y no hay de qué,ojalá pudiese ayudar mucho más.

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #15 en: 17 de Julio de 2013, 15:46:30 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues cuenta con un par de ellas más.Y no hay de qué,ojalá pudiese ayudar mucho más.
muchas gracias por tu apoyo de verdad

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #16 en: 17 de Julio de 2013, 16:04:56 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Lo que indica Atlanta es así, es decir para que te puedan sancionar, primero tiene que estar tipificada una infracción, y esa infracción debe de llevar aparejada una cuantía que siempre será un mínimo y un máximo, para en función de los hechos imponer la sanción.

Ahora bien, ya sea mediante una Ordenanza Municipal, ya sea mediante una norma autonómica, ya sea mediante una norma estatal, se ha de recoger la competencia del órgano y el ámbito territorial; le voy a dar al copia y pega de la ordenanza que se aprobó y publicó en mi pueblo, me costó días de trabajo, en casa, estando de vacaciones, pero conseguir meter en ella muchas normas tanto de una y otra administración que me traían media loca a la hora de tener que tipificar la infracción,

No puedes ver los enlaces. Register or Login

El agente de la policía puede denuncia, pero le hace falta la "base legal" para ello, aunque si he de serte sincera,  me extraña que no esté tipificado el dejar un perro suelto en la vía pública sin cadena. Si te das cuenta esa ordenanza que redacté, con ayuda de normativas claro, no soy ninguna jurista, están tipificadas todas las infracciones, y las sanciones, bueno, salvo las recogidas en leyes estatales o autonómicas que dan la competencia sancionatoria al Alcalde, es de aplicación el nuevo Título de la Ley 7/85, y que recoge las sanciones que se pueden poner y hasta la cuantía en que se pueden poner, pero me parece una "burrada" el poner 200 euros, aquí lo que solemos poner son 100 (al menos, eso es lo que yo hacía antes de dejarme sin funciones) y, salvo uno, que creo que sacaba al perro del chalet a la calzada para ver si así lo pillaban alguien, estaba viejito, y que lo denunciaron en cinco ocasiones en un mismo año, no he puesto más allá de esa cuantía.

Lo siento, no sé que más hacer, o que más desde mi experiencia aconsejarte, pero veo muy raro que no se tenga una ordenanza que tipifique esas infracciones, o una ley autonómica (en Andalucía, como podrá ver en la ordenanza, existe una ley sobre protección y tenencia de animales domésticos -ha sufrido una modificación; ahora sí se deja la pelea de gallos-, y un reglamento en el que se amplía una raza más a los perros potencialmente peligrosos recogidos en la ley estatal).

Trata de recopilar información sobre lo que te he comentado, es extraño que no exista normativa alguna sobre la materia.  ???

A ver porque menudo lio, es que en la normativa que me has puesto viene todo tan bien detallado que no hay lugar a la duda pero claro en el caso de la de Salamanca dice por un lado:

Artículo 23. Circulación de perros por la vía Publica
En las vías públicas los perros irán obligatoriamente sujetos por correa o cadena al collar o arnés.
Los perros considerados como peligrosos deberán ir
sujetos por correa y llevar colocado el bozal de forma adecuada para impedir mordeduras y la longitud de la correa ocadena no podrá ser superior a un metro. Queda prohibida la
conducción de estos animales por personas menores de edad
(no se si se considera la via publica como la calle o como toda la ciudad porque luego especifica):

Artículo 25. Presencia de Animales en zonas de Juegos Infantiles y Ajardinadas
1.Se prohíbe la presencia de perros en el interior de zonas ajardinadas y en parques infantiles.
2.Se declaran como
zonas excluidas a la circulación de
perros los que aparecen en el anexo II de las Normas relativas a la protección de zonas verdes y arbolado urbano de
Salamanca (BOP de 2 de octubre de 1996) que me imagino que son estas:
No puedes ver los enlaces. Register or Login
porque no dicen nada pero estas son consideradas zonas verdes prohibidas para perros aunque no hay ni un cartel ni nada en toda la ciudad, pero me imagino que si quieren se pueden aferrar a esto.

Y luego por ultimo
Artículo 26. Zonas para perros.
1.Los animales podrán circular sueltos bajo la vigilancia de sus dueños en los espacios que el Ayuntamiento habilite debidamente señalizados, excepto los casos en que por su peligrosidad o por razones sanitarias se señale lo contrario.
2. Los perros pueden efectuar sus deyecciones en las zonas acotadas y señalizadas que el Ayuntamiento habilite
para tal fin.
3. Los perros podrán circular sueltos en las zonas verdes que determiné el Ayuntamiento en el siguiente Horario:
Verano: desde el 21 de marzo al 21 de octubre, de 22 horas hasta las 8 de la mañana.
Invierno: desde el 22 de octubre al 20 de marzo, de 20 horas hasta las 8 de la mañana.
Los propietarios de los animales deberán vigilar y controlar los movimientos de su perro en todo momento impidiendo que se acerquen y que molesten a otros usuarios delparque y que accedan a las zonas en las que su presenciaestá prohibida. En ningún caso los perros peligrosos podrán
circular sueltos y sin bozal.
 Aqui es a donde yo voy. NO HAY NINGUNA ZONA. Estes donde estes te multan. Sea la hora que sea. Y si tienen que habilitar zonas por 20 mil habitantes..... creo que hay un pipican en un pueblo de al lado pero nada mas para toda la ciudad. Entonces quien no cumple la ley?? Porque por ejemplo por donde nosotros salimos es un parque muy grande y en un extremo esta la zona infantil y las canchas de baloncesto y eso y en la otra punta un trozo de verde por donde no pasan niños (y menos a partir de las 10 de la noche) y donde no molestas mas que a la gente que se dedica a tocar las narices al personal. Porque segun dice la policia esta muy sucia la zona y somos nosotros los que nos encargamos de limpiar las deposiciones, porque mucha gente pasa, eso si con su perrito atado y lo dejan todo alli, o hacen botellon y se llena de cristales pero eso no debe molestar a los niños ni al resto de personas, solo a nosotros porque se cortan las patas nuestros perros, pero no nos quejamos porque encima nos multan a nosotros. 

Desconectado Alfmonti

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1703
  • Registro: 30/07/10
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #17 en: 17 de Julio de 2013, 16:27:19 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A ver porque menudo lio, es que en la normativa que me has puesto viene todo tan bien detallado que no hay lugar a la duda pero claro en el caso de la de Salamanca dice por un lado:

Artículo 23. Circulación de perros por la vía Publica
En las vías públicas los perros irán obligatoriamente sujetos por correa o cadena al collar o arnés.
Los perros considerados como peligrosos deberán ir
sujetos por correa y llevar colocado el bozal de forma adecuada para impedir mordeduras y la longitud de la correa ocadena no podrá ser superior a un metro. Queda prohibida la
conducción de estos animales por personas menores de edad
(no se si se considera la via publica como la calle o como toda la ciudad porque luego especifica):

Artículo 25. Presencia de Animales en zonas de Juegos Infantiles y Ajardinadas
1.Se prohíbe la presencia de perros en el interior de zonas ajardinadas y en parques infantiles.
2.Se declaran como
zonas excluidas a la circulación de
perros los que aparecen en el anexo II de las Normas relativas a la protección de zonas verdes y arbolado urbano de
Salamanca (BOP de 2 de octubre de 1996) que me imagino que son estas:
No puedes ver los enlaces. Register or Login
porque no dicen nada pero estas son consideradas zonas verdes prohibidas para perros aunque no hay ni un cartel ni nada en toda la ciudad, pero me imagino que si quieren se pueden aferrar a esto.

Y luego por ultimo
Artículo 26. Zonas para perros.
1.Los animales podrán circular sueltos bajo la vigilancia de sus dueños en los espacios que el Ayuntamiento habilite debidamente señalizados, excepto los casos en que por su peligrosidad o por razones sanitarias se señale lo contrario.
2. Los perros pueden efectuar sus deyecciones en las zonas acotadas y señalizadas que el Ayuntamiento habilite
para tal fin.
3. Los perros podrán circular sueltos en las zonas verdes que determiné el Ayuntamiento en el siguiente Horario:
Verano: desde el 21 de marzo al 21 de octubre, de 22 horas hasta las 8 de la mañana.
Invierno: desde el 22 de octubre al 20 de marzo, de 20 horas hasta las 8 de la mañana.
Los propietarios de los animales deberán vigilar y controlar los movimientos de su perro en todo momento impidiendo que se acerquen y que molesten a otros usuarios delparque y que accedan a las zonas en las que su presenciaestá prohibida. En ningún caso los perros peligrosos podrán
circular sueltos y sin bozal.
 Aqui es a donde yo voy. NO HAY NINGUNA ZONA. Estes donde estes te multan. Sea la hora que sea. Y si tienen que habilitar zonas por 20 mil habitantes..... creo que hay un pipican en un pueblo de al lado pero nada mas para toda la ciudad. Entonces quien no cumple la ley?? Porque por ejemplo por donde nosotros salimos es un parque muy grande y en un extremo esta la zona infantil y las canchas de baloncesto y eso y en la otra punta un trozo de verde por donde no pasan niños (y menos a partir de las 10 de la noche) y donde no molestas mas que a la gente que se dedica a tocar las narices al personal. Porque segun dice la policia esta muy sucia la zona y somos nosotros los que nos encargamos de limpiar las deposiciones, porque mucha gente pasa, eso si con su perrito atado y lo dejan todo alli, o hacen botellon y se llena de cristales pero eso no debe molestar a los niños ni al resto de personas, solo a nosotros porque se cortan las patas nuestros perros, pero no nos quejamos porque encima nos multan a nosotros.

Leyendo los artículos que aportas, es obvio que no tenéis derecho a tener los perros en el jardín y que las sanciones serán ajustadas a derecho. Como decía al principio, el reglamento no establece una obligación de poner zonas para perros, dice "en los espacios que habilite", pero es que no tiene obligación legal de hacerlo...Por tanto, para sancionaros por la presencia de los perros en el jardín, os aplican el art. 25 aún cuando el perro esté  bien atado...Simple. Vuelvo al principio, si sois suficientes para hacer ruido, hacedlo y os pondrán un lugar para soltar vuestros perros, pero si no sois suficientes los afectados, lo siento por vosotros pero no os arregla el problema ni el Defensor del Pueblo...

Saludos

Desconectado lucita2009

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 10
  • Registro: 15/07/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #18 en: 17 de Julio de 2013, 16:38:46 pm »
Bueno entonces tendremos que armar ruido!!! Muchísimas gracias por vuestro tiempo. Espero que nos hagan caso y todo el esfuerzo sirva para algo.

Desconectado Segur

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2093
  • Registro: 14/03/11
  • Devotio, Tempus, Perseverantia
Re:ya no se a quien acudir necesito orientacion
« Respuesta #19 en: 17 de Julio de 2013, 17:25:29 pm »
Si me dices como se titula la peticion la firmo.   :)