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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)  (Leído 74213 veces)

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Desconectado navasqui

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #180 en: 02 de Noviembre de 2013, 16:00:52 pm »
Hola yo al final me he hecho un archivo .mobi para meterlo en el kindle y ni andar imprimiendo papel. Estaría bien ir haciendo versiones de todos los apuntes en formato epub y mobi, dado que un kindle vale unos 100 y pico euros y se puede aprovechar toda la carrera sin necesidad de imprimir los apuntes, con su consiguiente ahorro y versatilidad ya que no ocupa nada de espacio y se puede llevar hasta en el bolsillo interior de la cazadora todos los apuntes de la carrera. Si quereis os paso el del primer parcial de CIVIL II. Está actualizado para este curso. Por cierto alguien podría crear una sección de apuntes para ebook??? Es que no sé como funciona el tema de moderadores del foro.
Saludos


Desconectado MALPICA

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #181 en: 02 de Noviembre de 2013, 16:04:45 pm »
si valen para el ordenador o la tablet, puedes pasarmelos a mi. luissertosa21@gmail.com
gracias.

Desconectado navasqui

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #182 en: 02 de Noviembre de 2013, 19:29:49 pm »
Los subo si crean una seccion de ebooks. Pasarlos por mail al final es un desastre porque unos lof tienen y otros no. Si el moderador crea un hilo de ebooks los subo. Lo q no se es si yo piedo crear el hilo. Decidme algo porque paso de crear un hilo y que me lo borren. Saludos

Desconectado MORDEKAY

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #183 en: 02 de Noviembre de 2013, 19:37:56 pm »
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Desconectado victorm30

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #184 en: 05 de Noviembre de 2013, 12:53:08 pm »
Hola compañeros, os comento una herramienta que me parece muy útil y que he descubierto este año, no sé si por falta de información o por mi torpeza.
Se trata de la base de datos de la Ley, de gran utilidad y a la que nuestra matrícula nos da acceso eso si un tanto limitado.

Entráis en el campus virtual--------pinchais en campus uned--------después en biblioteca------recursos electrónicos-----base de datos------bajáis el cursor y pincháis en derecho-------pinchas en La ley y seguis las instrucciones hasta acceder, una vez dentro tendrás acceso a los códigos,puedes buscar el artículo que desees y ver la jurisprudencia asi como la doctrina del mismo.

En fin ha sido una explicación un poco chapucer,a pero intentad localizarlo que os garantizo que es de bastante utilidad.
Un Saludo ;)
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Desconectado YOLANDA GONZALEZ

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #185 en: 05 de Noviembre de 2013, 20:18:55 pm »
 Hola chicos, lo primero desearos suerte a todos
Alguien dijo  que le vino bien una lista de preguntas de examen.
Podría mandarmela  ?

Desconectado YOLANDA GONZALEZ

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #186 en: 05 de Noviembre de 2013, 20:29:04 pm »
Perdón  mi correo es yolygonzalez61@email.com

Gracias  de antemano

Desconectado Chelsea14

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #187 en: 06 de Noviembre de 2013, 19:49:23 pm »
Buenas,
Estoy leyendo el anatocismo del tema 6 y no me queda muy claro, ¿alguien me lo puede aclarar?
Gracias.

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #188 en: 07 de Noviembre de 2013, 02:09:57 am »
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Buenas,
Estoy leyendo el anatocismo del tema 6 y no me queda muy claro, ¿alguien me lo puede aclarar?
Gracias.

Hola

Es un término griego utilizado para evitar la redundancia de que hablemos "del interés del interés".
Si lees el art. 1.109 CC, dice "los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reconocidos, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto"; en estos términos podemos decir que nuestro Código tiene un cierto carácter permisivo, ¿por qué?

Pues porque el dinero es un bien productivo, es decir, genera frutos, si bien, la obligación de pagar intereses (serían los frutos civiles) no es una obligación pecuniaria principal, sino accesoria, que con carácter general está sujeta a dos requisitos:

1. Que se haya pactado convencionalmente, o
2. Que el deudor de la obligación pecunaria se haya constituido en mora.

De ahí, que a pesar de que la obligación guarde silencio sobre este punto, porque no se haya pactado convencionalmente, nuestro Código permite, que esos intereses que se haya podido generar durante el incumplimiento se sumen al principal, que a su vez genera nuevos intereses desde que el Juez reconoce la obligación incumplida mediante sentencia judicial hasta que se produzca el cobro de lo adeudado.

Saludos y suerte

Desconectado Chelsea14

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #189 en: 07 de Noviembre de 2013, 10:59:06 am »
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Hola

Es un término griego utilizado para evitar la redundancia de que hablemos "del interés del interés".
Si lees el art. 1.109 CC, dice "los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reconocidos, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto"; en estos términos podemos decir que nuestro Código tiene un cierto carácter permisivo, ¿por qué?

Pues porque el dinero es un bien productivo, es decir, genera frutos, si bien, la obligación de pagar intereses (serían los frutos civiles) no es una obligación pecuniaria principal, sino accesoria, que con carácter general está sujeta a dos requisitos:

1. Que se haya pactado convencionalmente, o
2. Que el deudor de la obligación pecunaria se haya constituido en mora.

De ahí, que a pesar de que la obligación guarde silencio sobre este punto, porque no se haya pactado convencionalmente, nuestro Código permite, que esos intereses que se haya podido generar durante el incumplimiento se sumen al principal, que a su vez genera nuevos intereses desde que el Juez reconoce la obligación incumplida mediante sentencia judicial hasta que se produzca el cobro de lo adeudado.

Saludos y suerte

Gracias mnieves, voy a intentar comprender tu escrito y a ver que tal, gracias por la pronta respuesta!

Desconectado Chelsea14

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #190 en: 07 de Noviembre de 2013, 11:02:24 am »
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Hola

Es un término griego utilizado para evitar la redundancia de que hablemos "del interés del interés".
Si lees el art. 1.109 CC, dice "los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reconocidos, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto"; en estos términos podemos decir que nuestro Código tiene un cierto carácter permisivo, ¿por qué?

Pues porque el dinero es un bien productivo, es decir, genera frutos, si bien, la obligación de pagar intereses (serían los frutos civiles) no es una obligación pecuniaria principal, sino accesoria, que con carácter general está sujeta a dos requisitos:

1. Que se haya pactado convencionalmente, o
2. Que el deudor de la obligación pecunaria se haya constituido en mora.

De ahí, que a pesar de que la obligación guarde silencio sobre este punto, porque no se haya pactado convencionalmente, nuestro Código permite, que esos intereses que se haya podido generar durante el incumplimiento se sumen al principal, que a su vez genera nuevos intereses desde que el Juez reconoce la obligación incumplida mediante sentencia judicial hasta que se produzca el cobro de lo adeudado.

Saludos y suerte

Gracias mnieves, voy a intentar comprender tu escrito y a ver que tal, gracias por la pronta respuesta!

Desconectado elisa52

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #191 en: 13 de Noviembre de 2013, 20:33:29 pm »
Hola!!! Alguien me puede aclarar esto?? por más vueltas que le doy no me queda claro:

1."las obligaciones de no hacer, son accesorias de otras principales, obligatorias de contenido positivo, con prestación accesoria negativa o positiva "

2." Si la obligación en mano común, se convierte en deuda indemnizatoria se seguirán las reglas respondiendo cada deudor por su cuota, y los que estuvieran dispuestos a cumplir, sólo contribuirán con el precio de la cosa. La indemnización habrá de ser cumplida por el deudor y cumplidor..


Gracias, Un saludo.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #192 en: 14 de Noviembre de 2013, 09:15:37 am »
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Hola!!! Alguien me puede aclarar esto?? por más vueltas que le doy no me queda claro:

1."las obligaciones de no hacer, son accesorias de otras principales, obligatorias de contenido positivo, con prestación accesoria negativa o positiva "

2." Si la obligación en mano común, se convierte en deuda indemnizatoria se seguirán las reglas respondiendo cada deudor por su cuota, y los que estuvieran dispuestos a cumplir, sólo contribuirán con el precio de la cosa. La indemnización habrá de ser cumplida por el deudor y cumplidor..


Gracias, Un saludo.

Hola elisa52,
Creo que estás sufriendo las consecuencias de estudiar por apuntes, sin explicaciones adicionales. Además en este caso hay errores de transcripción. Te cuento.
1. Las obligaciones de contenido positivo son las de hacer o de dar (también podrías usar el término relación obligatoria), y las de contenido negativo las de no hacer. Normalmente, la obligación principal suele ser de contenido positivo (hacer o dar), y la accesoria puede ser tanto positiva como negativa. Es muy poco frecuente que nazca una obligación principal basada en no hacer algo. Esto es lo que te viene a decir el punto 1.
2. Existe un error fundamental de transcripción. La última frase correctamente escrita es: "La indemnización habrá de ser cumplida por el deudor incumplidor". Seguro que así lo entiendes bien: sólo los que no tenían intención de cumplir la obligación, deben asumir posteriormente tanto la obligación como la indemnización. Los que sí tenían intención de cumplir la obligación, sólo responderán de la obligación, pues al tener que actuar conjuntamente con los otros (antes de que la obligación se convierta en deuda indemnizatoria), no tenían capacidad de actuación.

Desconectado elisa52

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #193 en: 14 de Noviembre de 2013, 14:44:29 pm »
Genial tu respuesta!!!muchas gracias

Desconectado navas_zgz

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #194 en: 27 de Noviembre de 2013, 17:40:37 pm »
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Hola compañeros, os comento una herramienta que me parece muy útil y que he descubierto este año, no sé si por falta de información o por mi torpeza.
Se trata de la base de datos de la Ley, de gran utilidad y a la que nuestra matrícula nos da acceso eso si un tanto limitado.

Entráis en el campus virtual--------pinchais en campus uned--------después en biblioteca------recursos electrónicos-----base de datos------bajáis el cursor y pincháis en derecho-------pinchas en La ley y seguis las instrucciones hasta acceder, una vez dentro tendrás acceso a los códigos,puedes buscar el artículo que desees y ver la jurisprudencia asi como la doctrina del mismo.

En fin ha sido una explicación un poco chapucer,a pero intentad localizarlo que os garantizo que es de bastante utilidad.
Un Saludo ;)

Gracias!! Me ha parecido súper útil! ;)

Desconectado elisa52

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #195 en: 27 de Noviembre de 2013, 20:40:22 pm »
Alguien sabe porque el tema 8 hace referencias a la compilación de Navarra? Saludos!

Desconectado josenet

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #196 en: 28 de Noviembre de 2013, 19:54:33 pm »
Hola a tod@s!!

Soy nuevo en este hilo, y estoy matriculado de Civil II y es el primer año que hago grado, estaba en licenciatura y, hay pequeñas modificaciones, disculpad mi ignorancia, pero si alguien de este hilo me podría ayudar a encontrar el programa de este año, que no lo encuentro por ningún sitio. Mi correo es jose_peret@hotmail.com. Si alguien fuera tan amable y me lo puede mandar.

Gracias y un saludo a tod@s

Desconectado medved

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #197 en: 28 de Noviembre de 2013, 22:11:12 pm »
entra en la plataforma alf, Mis estudios, te salen las que estás matriculado, ve arriba donde pone Cursos, te salen alineados todos los cursos que estás matriculado, pincha, verás un icono que pone Guía de Estudio I y probablemente otro que pone Guía de Estudio II, en una de las 2 verás el programa.

Desconectado josenet

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #198 en: 29 de Noviembre de 2013, 07:08:09 am »
Hola Medved!!

Gracias por tu contestación, pero voy a la plataforma y voy a mis estudios, pero no me pone nada de cursos, y no encuentro lo que me dices. Ya no sé que tengo que hacer, he mandado un correo a civil II, pero tampoco contestan. Podrías ser más explicito, (que seguro que lo estás siendo), pero no lo veo.

Gracias.

Desconectado josenet

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #199 en: 29 de Noviembre de 2013, 07:53:45 am »
Hola Medved!!!

Ya lo he encontrado, gracias, un poco rebuscado, han cambiado la web, y bueno no soy muy lumbreras para esto. Gracias.

Un saludo a tod@s