Carlitus así viene en el libro, en ese caso le faltaría una coma, voy a ver si encuentro la doctrina.
Rutger...
----Caso de testamento...Aurelio W., de nacionalidad venezolana, otorgó testamento ante notario en Madrid el 1 de Junio de 2007 y falleció en Caracas (Venezuela) el 2 de mayo de 2009, dejando viuda en Caracas y dos hijos mayores de edad en Madrid así como un importante patrimonio de muebles e inmuebles repartidos entre España y Venezuela. La viuda y los hijos de Aurelio W. acuden a un abogado de Madrid y le consultan:
1. ¿Es válido en cuanto a la forma el testamento otorgado en Madrid habida cuen¬ta que Aurelio W. falleció en Caracas?. Determine al cuerpo legal aplicable.
2. Qué ley sería aplicable al fondo o contenido del testamento?, ¿en base a que fundamento de derecho?. ¿Cuál sería la ley aplicable a los inmuebles? Y ¿a qué ley habrían de sujetarse las legítimas?
---Caso de matrimonio de divorciados...Ramón, español y con residencia en Asunción (Paraguay) contrajo matrimonio civil con Gloria, paraguaya, en dicha ciudad en enero de 1998. En enero de 2009 Ramón y Gloria obtuvieron sentencia de divorcio en La Paz (Bolivia). Ramón vuelve a España y desea contraer en Valdepeñas (Ciudad Real) nuevo matrimonio con Manuela, española que obtuvo su divorcio con Pierre en Francia en abril de 2005.
1. ¿Qué trámites debería llevar a cabo Ramón para celebrar nuevo matrimonio con Manuela?
2. ¿Qué trámites debería llevar a cabo Manuela para celebrar nuevo matrimonio con Ramón?