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Autor Tema: Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II  (Leído 39092 veces)

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Desconectado ochentero

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #240 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:06:05 am »
Alguien puede decirme donde viene en el libro lo del cheque cruzado??'
y lo de los concursos conexos??'

estoy que no duermo todo el fin de semana con este dichoso examen. Se han pasado un montón y creo que me voy a quedar con 23 acertadas, por lo que me queda entera para el curso próximo, teniendo un 7en el primer parcial. :'(


Desconectado ochentero

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #241 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:23:52 am »
PERDONAD, ya lo he encontrado es que estoy tan obcecado que ya ni se buscar..........


Lo que sí me gustaría saber si alguien que se haya quedado a falta de 1 pregunta teniendo otro parcial aprobado ha conseguido que le aprueben  :-\

Desconectado teufel

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #242 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:24:45 am »
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Alguien puede decirme donde viene en el libro lo del cheque cruzado??'
y lo de los concursos conexos??'

estoy que no duermo todo el fin de semana con este dichoso examen. Se han pasado un montón y creo que me voy a quedar con 23 acertadas, por lo que me queda entera para el curso próximo, teniendo un 7en el primer parcial. :'(

cheque cruzado página 461 y concurso conexo 514

Desconectado alqui

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #243 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:37:47 am »
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La pregunta 29 tipo C. Es cierto que la  formacion de la seccion de calificacion se hace con la apertura de la fase de la liquidación, pero no únicamente, aquí está la trampa, por tanto la respuesta B , no es correcta, no se si teneis otra opinión.

Opino igual.

La calificación del concurso es necesaria cuando se apruebe un convenio con una espera de 5 años (basta que sea mayor de 3 años y es necesario abrirlo, o una quita mayor de un tercio y hay más motivos en los que se hace necesario calificar el concurso y no únicamente si se abre la fase de liquidación, que también es otro motivo más, por lo tanto, la respuesta a) y b) no podrían se correctas, creo yo.
Gracias...

Desconectado miguelan47

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #244 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:39:31 am »
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Gracias por el esfuerzo.
Seguiría con 25 según tu plantilla.

P.D.: tiene posee nota de imperatividad por lo que entiendo que cierra casi como solo...
P.D.2.: creo que el librador es el obligado directo y principal, sin perjuicio de lo que se ha dicho, dado que el es el que crea/pone en circulación el titulo, es el origen...

Para emepezar la preguntita se las trae, sigo pensando que una vez aceptada la letra el obligado directo y principal es el aceptante, de hecho la accion directa por impago es contra el aceptante. No accion directa contra el librador, esta es mi opinión,  saivo superior criterio

Desconectado alqui

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #245 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:41:22 am »
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Con respecto al obligado directo y principal de una letra de cambio, también tiene truco, si os fijais en las respuestas,habla de librador, librado y aceptante. si hablara de librador, librado y  tenedor, efectivamente seria el librador el obligado directo, ya que el librado puede o no,  aceptar la letra, pero una vez aceptada(aceptante) se convierte en obligado directo y principal

Esa fue mi conclusión y eso es lo que contesté. Pero cuando ha tenido casi todo el mundo tan claro lo del librador, pues me han entrado las dudas.

Aunque sigo opinando lo mismo: al aceptar la letra te conviertes en el obligado principal y directo  :P   de hecho, si no la aceptas ni siquiera eres obligado cambiario.
Gracias...

Desconectado whitecanary

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #246 en: 07 de Septiembre de 2014, 11:52:58 am »
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Para emepezar la preguntita se las trae, sigo pensando que una vez aceptada la letra el obligado directo y principal es el aceptante, de hecho la accion directa por impago es contra el aceptante. No accion directa contra el librador, esta es mi opinión,  saivo superior criterio
También contra el avalista del librado-aceptante, y no el que avale a cualquier otro sujeto, tiene el mismo carácter.

Por eso y por esto:

Artículo 11

El librador garantiza la aceptación y el pago.

Podrá eximirse de la garantía de la aceptación, pero toda cláusula por la cual se exonere de la garantía del pago se considerará como no escrita.

Es decir, el librador siempre pilla si no anda fresco...

Salvo mejor opinión y lo que diga el libro (que no he visto).

Saludos y suerte...

Desconectado alqui

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #247 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:01:56 pm »
Página 359 del libro, epígrafe 13 Falta de aceptación y consecuencias:

"Si la aceptación incorpora al que la presta al círculo de los obligados cambiarios, como deudor directo directo y principal (art 33), la negativa a la aceptación..."
Gracias...

Desconectado whitecanary

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #248 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:04:47 pm »
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Página 359 del libro, epígrafe 13 Falta de aceptación y consecuencias:

"Si la aceptación incorpora al que la presta al círculo de los obligados cambiarios, como deudor directo directo y principal (art 33), la negativa a la aceptación..."

Pero en otra parte del libro, según mnieves, dice que es el librador.
¿La has buscado?

Desconectado whitecanary

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #249 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:08:58 pm »
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Por mucho que quiera, me cuesta dormir, así que he preferido quitarme la incertidumbre.

5. c - Efectivamente, lo que no sé aún es porqué me he ido al endoso de garantía,

6. b, confirmado

la 11 es la b. confirmado por el manual, el obligado directo y principal de la obligación cambiaria es el librador.

13. a  Es requisito que se haga constar el nombre del librado, aunque legalmente el librador pueda ocupar su puesto, pero no son esas las opciones.

19, c Confirmado

20. a  Confirmado

22. b

26. c

28. c

33. b

34. c


Eso me deja "con el culo al aire", dos fallos más y suspendo. Espero que no me haya equivocado.

¡Suerte a esperar! No queda otra.

Me refiero a esto...
Lástima que no haya referenciado la página.
Es posible que se diga lo mismo del avalista del librado-aceptante, eso no lo sé.

Un saludo.

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #250 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:24:50 pm »
No encuentro en el libro esa información.

Si pones en el buscador "quien es el obligado principal y directo letra", la información que sale es que es el aceptante
Gracias...

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #251 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:31:57 pm »
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Me refiero a esto...
Lástima que no haya referenciado la página.
Es posible que se diga lo mismo del avalista del librado-aceptante, eso no lo sé.

Un saludo.

Libro última edición página 442 penúltimo párrafo:

" Solo a través de la aceptación el librado asume el compromiso de pagar la deuda cambiaria, sumándose al círculo de los obligarios cambiarios como deudor directo y principal (art. 33).

Desconectado whitecanary

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #252 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:39:45 pm »
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Libro última edición página 442 penúltimo párrafo:

" Solo a través de la aceptación el librado asume el compromiso de pagar la deuda cambiaria, sumándose al círculo de los obligarios cambiarios como deudor directo y principal (art. 33).


Habrá que preguntar a mnieves en qué página del manual confirmó lo del librador...

Desconectado antolianorivas

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #253 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:42:34 pm »
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Confirmado en el libro la del aceptante y el librado nº 19 en el D  y número 11 en el C

Son las respuestas Tipo D del 2º pp, Las equivalencias con el C las puso Mnieves (muchas gracias) más arriba.

La cosa queda así:


1.- b página 397
2.- a página 437-438
3.- c página 436
4.- b página 426
5.- b
6.- b
7.- c (pero por la redacción que tiene la pregunta también podría ser la b, ya que "tiene que" no es limitativo como "sólo"
          esta pregunta tiene todas las papeletas para que se intente su impugnación, página 418 y anteriores)
8.- c
9,- b página 414
10.- a
11.- c
12.- b página 412
13.- c página 403
14.- b página 414
15.- c
16.- c
17.- c página 429
18.- a
19.- c página 442 penúltimo párrafo.
20.- c
21.- b
22.- c
23.- c
24.- c
25.- b
25.- b
26.- c ó b página 543 ya estamos con la redacción de las preguntas, habrá quien la impugne,
27.- b
28.- b
29.- c
30.- c
31.- b
32.- a
33.- c
34.- c página 578
35.- a

Suerte a todos


Desconectado guti21021

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #254 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:43:00 pm »
La verdad que hay varias preguntas del examen que .. Se las traen .. No entiendo como pueden hacer exámenes así ... Pero bueno .. En esa pregunta pienso que con lo que pone en la pregunta ... Tal cual ..el librado no es ... Y pienso que tal cual se hace .. Es el librador .. Pero bueno ... Que no tarden mucho a sacar las plantillas ...

Desconectado mnieves

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #255 en: 07 de Septiembre de 2014, 12:49:02 pm »
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Página 359 del libro, epígrafe 13 Falta de aceptación y consecuencias:

"Si la aceptación incorpora al que la presta al círculo de los obligados cambiarios, como deudor directo directo y principal (art 33), la negativa a la aceptación..."

No sé a qué página te refieres. En la edición actual del manual se recoge en las páginas 440 a 443.

No se recoge de forma expresa, hay que inducirlo; no aparece en la letra como tal "aceptante" sólo, sino que aparece el librado, y es en la misma letra la que se realiza la aceptación, que reserva especificamente un espacio para la firma del librado.

Por otro lado, en los requisitos formales de la letra se incluye el nombre de la persona que ha de pagar, es decir, el librado, pero no aparece por sitio alguno, el aceptante.

Otra cosa es que una vez aceptada la letra por el librado, éste se convierta en obligado cambiario y directo, mientras tanto, no.

En las opciones se recogen por separado, librado y aceptante; algo que no se recoge ni en el manual ni el la ley, otra cosa es que hubiese la opción de librado/aceptante.

Mientras tanto se produce "la aceptación o el rechazo", el librador es el obligado cambiario directo y principal de la letra, al menos, frente al tenedor de ella.

Eso que has escrito se recoge así, en la página 442, "Sólo a través de la aceptación el librado asume el compromiso de pagar la deuda cambiar, sumándose al círculo de los obligados cambios como deudor directo y principal (art. 33).

Es mi punto de vista, diferente de cualquier otro, aunque el que vincula es el del equipo docente.

Respecto de la 28 Tipo A y 34 Tipo D, puede ser la c, de hecho la he puesto como mal, y con eso me quedo en 23, suspendida, pero es verdad que la Ley, a pesar de recoger esa situación para el concurso necesario, a continuación deja al arbitro del juez, en función del concurso, el aplicar una u otra medida tanto al concurso voluntario como necesario, y a la inversa.

El resto está comprobado, he sido objetiva al leer e interpretar, no he barrido para casa, si bien, todo queda a la espera de las respuestas del ED.

Todo lo más que puedo decir, ¡Suerte!, aunque si no se consigue ahora, seguro que se consigue el próximo curso; pensándolo bien, todo está en el manual, requiere de alguna interpretación dada las opciones cortadas o imprecisas, pero todo está en el manual. Así podré irme al notable como en Mercantil I.  ;)

Desconectado whitecanary

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #256 en: 07 de Septiembre de 2014, 13:11:51 pm »
Creo que la clave está en que la aceptación de la letra es, con carácter general, facultativa (en otros casos puede ser necesaria o hasta prohibida), página 55:

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Pero la cosa sigue sin estar clara.
Por supuesto que sin librado-aceptante, el principal y directo obligado cambiario es el librador.

Desconectado guti21021

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #257 en: 07 de Septiembre de 2014, 14:28:39 pm »
Yo creo que en la pregunta no pone nada de que se acepte o no ... Cuando salgan las plantillas .. Esto va a ser un desmadre ..!!jajaja...

Desconectado whitecanary

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #258 en: 07 de Septiembre de 2014, 14:32:46 pm »
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La cosa queda así.

24 según tu visión del listado de correctas...
¡¡¡No revises más!!!

Desconectado rogelt

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #259 en: 07 de Septiembre de 2014, 16:03:24 pm »
DESBROZADO. Equivalencias examen C con el D
Tipo          Respuesta
C    D 
1    1         b  página 397
2    7         c  página 418 y anteriores
3    13       c  página 403
4    12       b  página 412
5    11       c  de exámenes anteriores
6    9         b  página 414
7    15       c  de exámenes anteriores
8    4         b  página 426
9    17       c  página 429 de exámenes anteriores
10  14       b  página 414
11  19       b ó c  página 442 penúltimo párrafo (dudosa)
12   16      c  de exámenes anteriores
13   2        a   página 437-438
14   3        c   página 436
15   5        b  de exámenes anteriores
16   18      a  de exámenes anteriores
17   6        b  de exámenes anteriores
18   20      c  de exámenes anteriores
19   8        c  página 461
20   10      a  de exámenes anteriores
21    21     b  de exámenes anteriores
22    24     c  el juez “aplicará” el procedimiento abreviado cuando el deudor presente un plan de liquidación que contenga...
23    25     b  de exámenes anteriores
24    29     c  de exámenes anteriores
25    31     b  de exámenes anteriores
26    32     a   (art. 25.2 LC)
27    33     c  de exámenes anteriores
28    34     c  página 578
29    26     b ó c página 543 (se puede impugnar)
30    28     b  de exámenes anteriores
31    22     c  de exámenes anteriores
32    23     c  la rescitoria anula actos perjudiciales realizados "dentro de los 2 años anteriores" a la fecha de la declaración
33    35     a  de exámenes anteriores
34    30     c  de exámenes anteriores
35    27     b  de exámenes anteriores