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Autor Tema: Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)  (Leído 77969 veces)

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #520 en: 04 de Febrero de 2015, 21:38:38 pm »
Vale, encontré el examen que introdujo la pregunta del PACTO COMISORIO. Efectivamente fue en la Licenciatura de Derecho en el examen A de Junio. No tengo las respuestas que el departamento consideró como buenas, así que solo queda esperar.


Desconectado Perri

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #521 en: 04 de Febrero de 2015, 22:18:39 pm »
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Vale, encontré el examen que introdujo la pregunta del PACTO COMISORIO. Efectivamente fue en la Licenciatura de Derecho en el examen A de Junio. No tengo las respuestas que el departamento consideró como buenas, así que solo queda esperar.

El departamento dio como válida la b). Espero que ahora se hayan percatado de su grave error y rectifiquen. He visto un par de exámenes de licenciatura y he visto que repiten preguntas y respuestas tal cual, lo que viene a confirmar mi sospecha de que no revisan nada.

Espero que ahora con los correos que hemos enviado subsanen este terrible error.

Quizá les haya pasado lo mismo con la pregunta de los derechos de autor. Harían un "corta y pega" de años anteriores cuando estaba vigente lo de los 80 años.

Cada vez estoy más convencido que van a anular la 3, la 4 y la 20 del modelo A del examen

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #522 en: 05 de Febrero de 2015, 10:11:59 am »
A los sufridores de la segunda semana... ¿Qué tal lleváis la asignatura? A ver que tal se portan con nosotros el martes, ¡miedo me dan!  :-\

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #523 en: 05 de Febrero de 2015, 10:17:57 am »
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A los sufridores de la segunda semana... ¿Qué tal lleváis la asignatura? A ver que tal se portan con nosotros el martes, ¡miedo me dan!  :-\

A la vista de la primera semana, es muy recomendable mirar las preguntas de licenciatura, porque segura que alguna cae. Ánimo y suerte!

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #524 en: 05 de Febrero de 2015, 10:46:43 am »
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Con respecto a la pregunta de los derechos de autor, el Art 659 del CC dice: "La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte".

Ahora bien, NO podrán transmitirse:
- Titularidades de índole patrimonial que tengan carácter vitalicio (pensión, usufructo, derecho de uso o habitación...)
- La suma correspondiente a un seguro de vida.
- Las facultades de carácter personalísimo (cargos familiares), o las facultades o derechos inherentes a la propia personalidad del difunto (derecho de sufragio o libertad de expresión).

Sin embargo (aquí viene la cuestión planteada), por diferentes razones el legislador podrá declarar transmisible mortis causa facultades de índole personalísimas, entre ellas algunas de las facultades que integran el llamado derecho moral de autor (pues salvo designación expresa de alguien por parte del autor, es decir, salvo que el autor designe a otra persona "el ejercicio de estos derechos corresponderá a los herederos").

En definitiva, mi argumento es que la C se descarta totalmente, la A podría ser perfectamente, ya que se trata de una facultad de carácter personalísima y estas no son transmisibles salvo en algunos casos como este que si podrán transmitirse cuando así esté establecido. y en cuanto a la respuesta B no hay nada mas que decir, NO es correcta porque se refiere a 80 años y es durante 70 años, por tanto, no hay más si hay alguna correcta es la A, puede ser que haciendo el examen los profesores  hayan cometido el error de poner 80 años en vez de 70 años, con lo cual no es correcta.

Si alguna hay correcta es la A, sino la pregunta es nula de pleno derecho.

"Mis argumentos provienen de la materia de Civil IV: Derecho de Sucesiones, tengo el martes el examen" :-X
Los derechos de autor pueden transferirse mortis causa o incluso se puede vender por lo tanto no es personalísimo y en cuanto tal no muere con el autor. Pero bueno, pone claramente en el libro que podrá transferirse a sus sucesores, eso sí por un periodo de 70 años... Puede ser la A o la B, pero en cualquier caso esta pregunta creo que la anularan por razones obvias, estamos estudiando el derecho de autor, no la extinción de la personalidad.

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #525 en: 05 de Febrero de 2015, 11:04:12 am »
Acabo de enviar un correo electrónico a la catedrático del departamento de Derecho Civil III. Si algún compañero del foro, a pesar de que discrepe de mis opiniones y en algún caso concreto incluso pretendan ofenderme con sus comentarios, quiere que se lo envíe, hacérmelo saber y gustósamente os lo envío para que le echeis un vistazo.

Básicamente lo que pido en el mismo es que el Departamento estudie detenidamente las preguntas nº 3, nº 4 y nº 20, ya que, según mi modesta opinión, en el caso de las preguntas nº 3 y nº 20 han hecho un "corta-pega" de otros años y no han reparado en que la respuesta que dieron por válida en Licenciatura el año pasado de la pregunta 20 es justo lo contrario de lo preguntado y en relacióni a la pregunta nº 3 pienso que está formulada en otros exámenes cuando estaban vigentes los 70 años y la han copiado literalmente en el examen de este año sin actualizar la respuesta b) y donde decía 80 años deberían haber puesto 70. Por ello deberían tomar en consideración la anulación de estas dos preguntas y su sustitución por las correspondientes de la reserva.

En cuanto a la pregunta nº 4, según mi modesto punto de vista, tal cual está formulada y después de analizar detenidamente las opciones para responder a la misma, únicamente podría ser válida la opción b) pero aún así considero que la redacción es confusa y puede llevar a error por lo que también he solicitado que el departamento considere seriamente su posible anulación y sustitución por la otra de reserva.

Un saludo y buenos días a todos compañeros. Por cierto, espero que nadie se sienta ofendido porque he tomado la decisión de enviar este correo al departamento de Derecho Civil III.

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #526 en: 05 de Febrero de 2015, 11:23:15 am »
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A la vista de la primera semana, es muy recomendable mirar las preguntas de licenciatura, porque segura que alguna cae. Ánimo y suerte!

¡Sí! Es lo primero que he hecho cuando he visto el examen de la primera semana, hacerme con los test de la licenciatura. Por mirarlos y tal no perdemos nada. A ver si hay suerte y alguna pregunta se repite.




Desconectado davidleoncio

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #527 en: 05 de Febrero de 2015, 11:24:39 am »
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¡Sí! Es lo primero que he hecho cuando he visto el examen de la primera semana, hacerme con los test de la licenciatura. Por mirarlos y tal no perdemos nada. A ver si hay suerte y alguna pregunta se repite.

En el examen de la 1S, había al menos 10 preguntas de otros años, incluida licenciatura. Suerte

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #528 en: 05 de Febrero de 2015, 11:34:30 am »
No pongais estas cosas de las repiticiones  de preguntas en los foros, ya en entendeis no?

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #529 en: 05 de Febrero de 2015, 14:07:52 pm »
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En el examen de la 1S, había al menos 10 preguntas de otros años, incluida licenciatura. Suerte

¡Gracias por tu aportación! Tomo nota...  :)

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No pongais estas cosas de las repiticiones  de preguntas en los foros, ya en entendeis no?



Sí, entiendo lo que quieres decir. Pero vamos, que el departamento sabe de sobra si repite las preguntas o no, igualmente que saben que los alumnos echamos un vistazo a los exámenes de otros años (yo por lo menos).

Desconectado davidleoncio

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #530 en: 05 de Febrero de 2015, 14:12:53 pm »
Los exámenes llevan ya meses encriptados y guardaditos a la espera de salir la semana correspondiente, por lo que en septiembre entiendo que seamos moderados en este aspecto, ahora ya no, el examen está puesto. En cualquier caso, creo que es importante que los compañeros que van la segunda semana sepan que suelen repetir preguntas, también del licenciatura. Suerte

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #531 en: 05 de Febrero de 2015, 14:46:27 pm »
Precisamente por tenerlos hechos hace mesas cometen errores como el pacto comisorio que la copiaron tal cual del año pasado e igual con la de los derechos de autor que no actualizaron con nueva ley.

Espero que después de las reclamaciones de este año cambien las cosas y actualicen las preguntas ya que lo único que consiguen es que la gente se quede con conceptos erróneos y luego cuando salgamos a la calle con el grado terminado hagamos el ridículo

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #532 en: 05 de Febrero de 2015, 14:47:17 pm »
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Los exámenes llevan ya meses encriptados y guardaditos a la espera de salir la semana correspondiente, por lo que en septiembre entiendo que seamos moderados en este aspecto, ahora ya no, el examen está puesto. En cualquier caso, creo que es importante que los compañeros que van la segunda semana sepan que suelen repetir preguntas, también del licenciatura. Suerte

Como lo sabes ??????   :o

 

Desconectado marcoaurelio

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #533 en: 05 de Febrero de 2015, 18:59:30 pm »
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Dependo de la viuda y del autor., en la viuda contesté que tienen que vender todos y en el autor los 80 años, en fin, ya veremos a ver que pasa, suerte a todos.

Pues  la pregunta de la viuda la has acertado pero no acabo de ver la polémica.

 la pregunta  se refiere a  la enajenación de LA CUOTA DE CADA PARTÍCIPE, es decir , TODAS . Vender la finca entera.  Si hablásemos de actos de administración de la cosa común sería suficiente el voto mayoritario y cabría que los hijos se dirijan al juez para que decida pero si hablamos de ENAJENACIÓN , no solo  se requiere unanimidad , esto es , voto de la viuda y voto de todos los hijos, que es la respuesta b), sino que   no cabe recurrir al juez, que es algo que si cabe en actos de administración.
Quizás el problema de esta pregunta esté en que pensemos que se puede recurrir al juez siempre que un comunero mayoritario perjudica con sus decisiones a los demás. Pero esto solo vale en actos de administración y no en los de alteración ni enajenación.
suerte


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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #534 en: 05 de Febrero de 2015, 20:01:21 pm »
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Pues  la pregunta de la viuda la has acertado pero no acabo de ver la polémica.

 la pregunta  se refiere a  la enajenación de LA CUOTA DE CADA PARTÍCIPE, es decir , TODAS . Vender la finca entera.  Si hablásemos de actos de administración de la cosa común sería suficiente el voto mayoritario y cabría que los hijos se dirijan al juez para que decida pero si hablamos de ENAJENACIÓN , no solo  se requiere unanimidad , esto es , voto de la viuda y voto de todos los hijos, que es la respuesta b), sino que   no cabe recurrir al juez, que es algo que si cabe en actos de administración.
Quizás el problema de esta pregunta esté en que pensemos que se puede recurrir al juez siempre que un comunero mayoritario perjudica con sus decisiones a los demás. Pero esto solo vale en actos de administración y no en los de alteración ni enajenación.
suerte


El problema de esta pregunta es la confusión que conlleva la forma de preguntar. Si fuese la pregunta: "que para la enajenación de la cosa común"  neceitariá no solo el voto de la viuda sino el de sus siete hijos (respuesta B).

Pero la confusión está, en que cuando lees la pregunta: "para la enajenación de la cuota de cada participe" te induce a pensar que ninguna es correcta, puesto que cada participe puede enajenar su cuota  SIN EL CONSENTIMIENTO DE LOS DEMAS COOPROPIETARIOS (estos solo podrían utilizar el derecho de retracto).

Desconectado Perri

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #535 en: 06 de Febrero de 2015, 11:14:35 am »
              El departameto de Civil me ha contestado mi reclamación en el sentido de que estemos atentos a la plantaforma virtual donde publicarán la resolución al respecto de esas tres preguntas dudosas

PREGUNTA DE LOS DERECHOS DE AUTOR
PREGUNTA DE LA VIUDA
PREGUNTA DEL PACTO COMISORIO

          Así que habrá que estar atentos para ver que dicen. Aunque mucho me temo que quizá antes de que hagan el examen los de la segunda semana, no digan nada.

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #536 en: 06 de Febrero de 2015, 12:05:08 pm »
Pues como anulen más de una pregunta, a mi me fastidian  :-X

Yo la única que veo susceptible de anulación es la de los derechos de autor (es ambigua y poco clara) y la del albañil (veo que no se comenta nada sobe ella, jijij)

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #537 en: 06 de Febrero de 2015, 12:12:36 pm »
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Pues como anulen más de una pregunta, a mi me fastidian  :-X

Yo la única que veo susceptible de anulación es la de los derechos de autor (es ambigua y poco clara) y la del albañil (veo que no se comenta nada sobe ella, jijij)

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No te preocupes, no anularán más de una ;)

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #538 en: 06 de Febrero de 2015, 12:25:44 pm »
En un "post" anterior yo si que he comentado que cuando salgan las plantillas y una vez vistas las soluciones oficiales, todo aquel que según su interpretación considere que el departamento está equivocado en una respuesta está en su derecho y puede solicitar la impugnación de la misma y otra cosa será si finalmente se acepta por parte del ED la impugnación o no.
Otra cosa es la pregunta del albañil que al menos en el examen tipo B (no he visto el A y no se si está igual), presenta una respuesta incompleta y que está por el defecto de forma si considero que puede ser ya impugnada por todo aquel que lo considere oportuno.

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #539 en: 06 de Febrero de 2015, 18:34:41 pm »
Perdonad que haga esta pregunta tan repetitiva, pero es que me faltan las respuestas de los exámenes de licenciatura (solo septiembre y reserva). ¿Alguien sería tan amable de pasármelos? No he encontrado las respuestas por ningún sitio  :-[