;

Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)  (Leído 116834 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado xiurong

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 48
  • Registro: 21/09/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #420 en: 21 de Diciembre de 2014, 20:21:35 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El PDF al subirlo a la plataforma aparecía en blanco, a la mayoría de compañeros nos ha pasado ésto, espero que el Departamento haga algo al respecto porque el enfado que estoy pillando es de un enorme que estoy a punto de comprar un billete a Madrid y ponerme a decirles burradas.

Leches, ahora que lo dices descargo el mio y también sale en blanco.... no se si pillarme un cabreo  >:( y me vengo contigo a Madrid...

¿Te has puesto en contacto?


Desconectado Pedro G.

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1552
  • Registro: 06/10/06
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #421 en: 21 de Diciembre de 2014, 20:58:18 pm »
Ahí van mis propuestas de solución a la PEC, por las queréis debatir:

1-. RESPUESTA B:

Por la materia, civil y mercantil, serían aplicables tanto el R 1215/2012 como el Convenio Lugano II. Por otro lado, aunque el demandado está domiciliado en un Estado no miembro de la UE, nos encontramos ante una de las cuatro excepciones –competencias exclusivas, sumisión expresa, foros de protección de seguros y de contrato individual de trabajo cuando el demandado es el empresario-, en que es aplicable el R 1215/2012 a pesar de no entrar en su ámbito personal, en este caso, la sumisión expresa. Por tanto, conforme a su art. 25, serán competentes los tribunales españoles y se aplicará el R 12115/2012, por tener preferencia sobre el Convenio.

2-. RESPUESTA C:

Por la materia y por tratarse del foro de protección del contrato individual de trabajo, es aplicable el R 1215/2012, que establece en su art. 21.2, que los empresarios no domiciliados en un Estado miembro pueden ser demandados en un Estado miembro, en este caso en España, por presar aquí el trabajador sus servicios conforme al art. 21.1.b. Por otro lado, conforme al art. 10.6 CC, la ley aplicable es la norteamericana, al existir un sometimiento expreso de las partes a este ordenamiento jurídicos.

3-. RESPUESTA C:

Al no provenir la resolución judicial de un Estado miembro, no es aplicable el Reglamento 1215/2012. Por tanto, se debe instar el exequátur conforme a los arts. 951 y siguientes de la LEC de 1881.

4-. RESPUESTA B:

Necesitará visado siempre que sea exigible de acuerdo con la normativa aplicable y además, conforme al RD 240/2007, a los familiares –en este caso cónyuge-, de ciudadanos de la UE se les aplica el mismo régimen que a éstos, por lo que podrán disfrutar del derecho a la libre circulación en el territorio UE. Por otro lado, conforme al art. 22.2.d CC, podrán adquirir la nacionalidad española por residencia cuando lleve un año residiendo en España tras haberse casado con español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

5-. RESPUESTA C:

Es aplicable el art. 10.5 CC, pero el supuesto no aporta información ni sobre la existencia de cláusulas de sumisión y sobre el lugar de celebración del contrato. No obstante, si entendemos que los contratos se celebraron en Suiza y Albania, el ordenamiento aplicable son el suizo y el albano y la respuesta correcta es la C.


Por otro lado, precisamente al resolver la primera pregunta y posteriormente comprobar por curiosidad si el proceso de resolución de casos que escribí arrojaba el mismo resultado -yo lo uso sólo como comprobación y no como método, pues soy incapaz de aprendérmelo de memoria-, me he dado cuenta de que en ese supuesto falla. Y no sabéis cuánto lo lamento.

El proceso falla cuando el Estado demandado es Noruega, Suiza o Islandia y, simultáneamente, estamos ante una de las 4 excepciones en que se aplica el R 1215/2012 a pesar de no cumplirse el ámbito personal. Precisamente el caso de la PEC. Creo que es el único supuesto en el que falla. ¿Se habrá descargado el equipo docente el documento y ha buscado precisamente ese fallo o es casualidad?

En fin, aunque ya dije cuando lo colgué que no se trataba de memorizarlo, sino de una herramienta rápida de comprobación una vez entendido el mecanismo, reitero mis disculpas a quien haya podido perjudicar. No obstante, he corregido ese error -no garantizo que no haya más-, y he vuelto a colgar una revisión del procedimiento junto con la última versión de las propuestas de solución a los supuestos de examen que ya colgué en su día, por si alguien quiere seguir usándolo a pesar de todo:

No puedes ver los enlaces. Register or Login


Saludos y disculpad

P.S.: No quiero que suene borde, pero por favor, no empecéis a enviarme correos pidiéndome que os lo remita a vuestros emails. Os garantizo que el enlace funciona, y que si no podéis descargarlo es problema de configuración de vuestros navegadores, así que configuradlos bien, cambiad de navegador (Explores, Firefox, Chrome...), preguntadle a ese amigo informático que todos tenéis, al vecino... Ya sé que es más cómodo pedirlo por correo, pero no seáis vagos, coño...  :P :P

Desconectado verdolaga

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 606
  • Registro: 11/10/10
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #422 en: 21 de Diciembre de 2014, 21:42:00 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El PDF al subirlo a la plataforma aparecía en blanco, a la mayoría de compañeros nos ha pasado ésto, espero que el Departamento haga algo al respecto porque el enfado que estoy pillando es de un enorme que estoy a punto de comprar un billete a Madrid y ponerme a decirles burradas.
Compañero al intentar enviarlo a las 19:25 la pec me dí cuenta que el archivo se guardaba en blanco; sobre todo me llamó la atención que el espacio reservado para las respuestas tenia un sombreado de color azul lo que me hizo sospechar algo raro; entonces copie el documento y lo pegue en un hoja en blanco en word para después adjuntarlo. Pero he aquí la sorpresa sólo se copiaban los enunciados, eran las 19:28. De nuevo a copiar una a una las respuestas en el archivo nuevo de word y comprobar que estaban en el orden correcto. Y he aqui que eran las 19:30,08 no más y ya no me dejaba enviar el correo. Una putada.

Desconectado xiurong

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 48
  • Registro: 21/09/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #423 en: 21 de Diciembre de 2014, 21:50:18 pm »
¿Que se os ocurre hacer?

¿Queja diciendo que sabemos que a otros compañeros les ha ocurrido lo mismo?

Me temo que hay gente que les habrá ocurrido y aúnno se han dado cuenta.

Desconectado verdolaga

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 606
  • Registro: 11/10/10
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #424 en: 21 de Diciembre de 2014, 22:03:37 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿Que se os ocurre hacer?

¿Queja diciendo que sabemos que a otros compañeros les ha ocurrido lo mismo?

Me temo que hay gente que les habrá ocurrido y aúnno se han dado cuenta.
Esto pasa por intentar hacer las cosas rebuscadas, lo lógico es dar un tiempo para la realización del exámen; este queda grabado y después unos minutos para enviar el archivo. Así se evitarian muchos errores.

Desconectado paz664

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2135
  • Registro: 16/09/11
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #425 en: 21 de Diciembre de 2014, 22:27:46 pm »
A mí no me ha dado problemas, pero recuerdo que hace un par de años ocurrió algo parecido en la PEC de eclesiástico. Si no me falla la memoria, a los que no nos dio problemas fue a los que teníamos en nuestro ordenador el Acrobat Profesional. No sé si hay alguien afectado en el foro y si recuerda qué solución dieron por aquel entonces.

Desconectado LUKKAS

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 131
  • Registro: 26/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #426 en: 22 de Diciembre de 2014, 01:11:25 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Ahí van mis propuestas de solución a la PEC, por las queréis debatir:

1-. RESPUESTA B:

Por la materia, civil y mercantil, serían aplicables tanto el R 1215/2012 como el Convenio Lugano II. Por otro lado, aunque el demandado está domiciliado en un Estado no miembro de la UE, nos encontramos ante una de las cuatro excepciones –competencias exclusivas, sumisión expresa, foros de protección de seguros y de contrato individual de trabajo cuando el demandado es el empresario-, en que es aplicable el R 1215/2012 a pesar de no entrar en su ámbito personal, en este caso, la sumisión expresa. Por tanto, conforme a su art. 25, serán competentes los tribunales españoles y se aplicará el R 12115/2012, por tener preferencia sobre el Convenio.

2-. RESPUESTA C:

Por la materia y por tratarse del foro de protección del contrato individual de trabajo, es aplicable el R 1215/2012, que establece en su art. 21.2, que los empresarios no domiciliados en un Estado miembro pueden ser demandados en un Estado miembro, en este caso en España, por presar aquí el trabajador sus servicios conforme al art. 21.1.b. Por otro lado, conforme al art. 10.6 CC, la ley aplicable es la norteamericana, al existir un sometimiento expreso de las partes a este ordenamiento jurídicos.

3-. RESPUESTA C:

Al no provenir la resolución judicial de un Estado miembro, no es aplicable el Reglamento 1215/2012. Por tanto, se debe instar el exequátur conforme a los arts. 951 y siguientes de la LEC de 1881.

4-. RESPUESTA B:

Necesitará visado siempre que sea exigible de acuerdo con la normativa aplicable y además, conforme al RD 240/2007, a los familiares –en este caso cónyuge-, de ciudadanos de la UE se les aplica el mismo régimen que a éstos, por lo que podrán disfrutar del derecho a la libre circulación en el territorio UE. Por otro lado, conforme al art. 22.2.d CC, podrán adquirir la nacionalidad española por residencia cuando lleve un año residiendo en España tras haberse casado con español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

5-. RESPUESTA C:

Es aplicable el art. 10.5 CC, pero el supuesto no aporta información ni sobre la existencia de cláusulas de sumisión y sobre el lugar de celebración del contrato. No obstante, si entendemos que los contratos se celebraron en Suiza y Albania, el ordenamiento aplicable son el suizo y el albano y la respuesta correcta es la C.


Por otro lado, precisamente al resolver la primera pregunta y posteriormente comprobar por curiosidad si el proceso de resolución de casos que escribí arrojaba el mismo resultado -yo lo uso sólo como comprobación y no como método, pues soy incapaz de aprendérmelo de memoria-, me he dado cuenta de que en ese supuesto falla. Y no sabéis cuánto lo lamento.

El proceso falla cuando el Estado demandado es Noruega, Suiza o Islandia y, simultáneamente, estamos ante una de las 4 excepciones en que se aplica el R 1215/2012 a pesar de no cumplirse el ámbito personal. Precisamente el caso de la PEC. Creo que es el único supuesto en el que falla. ¿Se habrá descargado el equipo docente el documento y ha buscado precisamente ese fallo o es casualidad?

En fin, aunque ya dije cuando lo colgué que no se trataba de memorizarlo, sino de una herramienta rápida de comprobación una vez entendido el mecanismo, reitero mis disculpas a quien haya podido perjudicar. No obstante, he corregido ese error -no garantizo que no haya más-, y he vuelto a colgar una revisión del procedimiento junto con la última versión de las propuestas de solución a los supuestos de examen que ya colgué en su día, por si alguien quiere seguir usándolo a pesar de todo:

No puedes ver los enlaces. Register or Login


Saludos y disculpad

P.S.: No quiero que suene borde, pero por favor, no empecéis a enviarme correos pidiéndome que os lo remita a vuestros emails. Os garantizo que el enlace funciona, y que si no podéis descargarlo es problema de configuración de vuestros navegadores, así que configuradlos bien, cambiad de navegador (Explores, Firefox, Chrome...), preguntadle a ese amigo informático que todos tenéis, al vecino... Ya sé que es más cómodo pedirlo por correo, pero no seáis vagos, coño...  :P :P

-----------

... pues sí, parece que el esquema fallaba para el CASO 1. Ahora en tu versión modificada, la consideración de si pertenece a Suiza, Noruega o Islandia la haces a posteriori de considerar si le es aplicable alguno de los supuestos excepcionales del R 1215/2012....con lo que ya no falla.

Luego, en el CASO 2, tampoco he acertado, porque he seguido tal cual tu esquema y, sería genial si le añadieras el tema del artículado del CC respecto del sometimiento expreso a una legislación externa, como ha sido el caso... así quedarían incluso más completos, si cabe... Yo confieso que estab muy pez y era una pieza del puzzle que me faltaba.

MIS DISCULPAS A TODOS LOS COMPAÑEROS A QUIENES ME HAN PEDIDO MIS DIAGRAMAS REALIZADOS A PARTIR DE LOS ESQUEMAS DE PEDRO G, porque he de confesar que yo no dominaba la materia y me limité a esquematizar sus procesos, así los han seguido se habrán equivocado como yo. Aunque, como dice Pedro, él sólo los aportó a modo de comprobación y no para seguirlos.

En fin, PEDRO G. se te ha echado de menos por el foro durante la PEC... De todos modos, muchas gracias por tu colaboración.

Un saludo fuerte a todos los compeñeros y FELIZ NAVIDAD A TODOS !!!!!!!!!

Desconectado Pedro G.

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1552
  • Registro: 06/10/06
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #427 en: 22 de Diciembre de 2014, 08:54:24 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
-----------

Luego, en el CASO 2, tampoco he acertado, porque he seguido tal cual tu esquema y, sería genial si le añadieras el tema del artículado del CC respecto del sometimiento expreso a una legislación externa, como ha sido el caso... así quedarían incluso más completos, si cabe... Yo confieso que estab muy pez y era una pieza del puzzle que me faltaba.


Para el caso 2, el esquema no falla, pues te lleva a la competencia de los tribunales españoles. En cuanto a completar el esquema con la ley aplicable, hay que tener en cuenta que el esquema está creado para la determinación de las competencias y del reconocimiento y ejecución. No obstante, si alguien quiere realmente aprender DIPr, el esquema hay que entenderlo, no aprendérselo. De hecho, no lo uso para resolver supuestos, y el que lo haga se está equivocando. Es más, yo no lo he seguido para resolver la PEC más que a posteriori, y por eso me di cuenta del error. De todas formas, cada cual es libre de usarlo como quiera.


No puedes ver los enlaces. Register or Login

En fin, PEDRO G. se te ha echado de menos por el foro durante la PEC... De todos modos, muchas gracias por tu colaboración.


Bueno, no tengo por costumbre participar en los foros durante la resolución de las PEC. Además, cuando terminé de hacerla, repasarla y comprobar que se había subido correctamente ya eran las 7 y cuarto.

Saludos y felices fiestas a todos

Desconectado xiurong

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 48
  • Registro: 21/09/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #428 en: 22 de Diciembre de 2014, 09:43:05 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login

 No obstante, si alguien quiere realmente aprender DIPr, el esquema hay que entenderlo, no aprendérselo. De hecho, no lo uso para resolver supuestos, y el que lo haga se está equivocando. Es más, yo no lo he seguido para resolver la PEC más que a posteriori, y por eso me di cuenta del error. De todas formas, cada cual es libre de usarlo como quiera.


Cierto, en esto fórmulas magistrales pocas hay, pero es de gran ayuda y facilita el trabajo.

Desconectado xiurong

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 48
  • Registro: 21/09/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #429 en: 22 de Diciembre de 2014, 10:32:14 am »
En el hilo de la PEC, en Alf, unos 30 compañeros ya se han quejado del problema con el fichero de la PEC.

Si alguno de los que habéis tenido el problema no os habéis quejado en el hilo podéis hacerlo. Cuantos más seamos más fuerza tendremos.

Desconectado Niobyta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1267
  • Registro: 27/09/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #430 en: 22 de Diciembre de 2014, 19:29:02 pm »
Ayer al final hice la pec deprisa y corriendo, guarde el archivo en otro pdf, comprobé que se había guardado, lo subí y me fui a hacer cosas...y ahora leyendo el post veo lo que ha pasado y me pongo a comprobar mi pec...y también en blanco!!!
¡Licenciada!

Desconectado mitsukoakari

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 72
  • Registro: 13/12/10
  • Desadaptación de impedancia *olé*
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #431 en: 22 de Diciembre de 2014, 19:44:50 pm »
Xiurong Sí, nos hemos quejado creo que todo el mundo pero el quipo docente parece que está durmiendo la mona... xD
Bueno, ya somos dos que tenemos ganas de ir a Madrid a despotricar.
Yo ya estoy decepcionada con esta asignatura desde hace dos años, siempre lo mismo joder, siempre pasa algo, ojjjjjjj.
¡Parece que nos ha mirao una maná de tuertos!
Osú

Desconectado Niobyta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1267
  • Registro: 27/09/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #432 en: 22 de Diciembre de 2014, 20:24:45 pm »
Chicos, mi marido ha abierto el doc en Acrobat desde el curso virtual y ahí si que esta bien, dice que al ser un pdf con formularios es posible que online no se vea, pero al abrirlo en Acrobat si se ve.
¡Licenciada!

Desconectado racosta33

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 246
  • Registro: 09/11/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #433 en: 22 de Diciembre de 2014, 21:30:48 pm »
Pues yo he entrado en Alf y he visto mi PEC, se guardó bien, aunque un puto desastre de respuestas las mías........
en fín, apretando que es gerundio......
Ánimo a todos

Y Felices Fiestas, que paséis unos días agradables como poco....

 ;) ;) ;) ;)

Desconectado GARFERED

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 323
  • Registro: 07/06/11
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #434 en: 23 de Diciembre de 2014, 13:47:55 pm »
Hola compañeros,

He llegado tarde al hilo y mi pregunta es corta ¿el programa de grado es el mismo que el de licenciatura?.

Saludos a todos.

Desconectado sacatapon

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 250
  • Registro: 02/10/07
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #435 en: 23 de Diciembre de 2014, 21:54:05 pm »
Muy buenas a todos:
Creo que como el compañero GARFERED, yo también me he incorporado tarde. He leído todas las páginas, (creo que 22) y he intentado pedir a Pravias los apuntes que ofrece de los compañeros que el curso pasado los completaron, (con ella incluida). Le escribo un correo desde la dirección de la uned y me da error. También he intentado descargar los esquemas para resolver los casos del primer cuatrimestre que ha hecho el compañero y aunque los bajo, no consigo abrirlos.
Si alguien del hilo, para no abusar de los oferentes, me los pudiese enviar, me harían un favor.
Mi correo es: sacatapon@hotmail.com
Gracias por anticipado y felices fiestas.
Un saludo.
sacatapon

Desconectado paz664

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2135
  • Registro: 16/09/11
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #436 en: 26 de Diciembre de 2014, 00:30:22 am »
Hola.

Repasando exámenes anteriores, veo que varias veces han preguntado por "Relaciones objeto del D I Privado" y otras varias han preguntado por "Situaciones objeto del D I Privado" y en el tema 1 del libro repite varias veces la expresión "relaciones y situaciones".

¿Alguien sabe explicarme cuál es la diferencia entre relaciones y situaciones? Si en el examen preguntan por "Relaciones objeto del D I Privado" tendría claro lo que poner porque es un epígrafe literal del tema 1, pero si cae lo de "Situaciones objeto del D I Privado", no tendría la menor idea de qué decir.

¿Alguien puede explicármelo?

Gracias

Desconectado Pedro G.

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1552
  • Registro: 06/10/06
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #437 en: 26 de Diciembre de 2014, 09:32:04 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola.

Repasando exámenes anteriores, veo que varias veces han preguntado por "Relaciones objeto del D I Privado" y otras varias han preguntado por "Situaciones objeto del D I Privado" y en el tema 1 del libro repite varias veces la expresión "relaciones y situaciones".

¿Alguien sabe explicarme cuál es la diferencia entre relaciones y situaciones? Si en el examen preguntan por "Relaciones objeto del D I Privado" tendría claro lo que poner porque es un epígrafe literal del tema 1, pero si cae lo de "Situaciones objeto del D I Privado", no tendría la menor idea de qué decir.

¿Alguien puede explicármelo?

Gracias

Aunque en puridad no significan exactamente lo mismo -una relación jurídica sería, por ejemplo, un contrato y una situación jurídica, la nacionalidad-, son términos que se usan indistintamente en DIPr. También se usan como expresiones sinónimas para referirse al objeto del DIPr "supuestos de tráfico externo", "supuestos con elementos de extranjería", "situaciones privadas internacionales"...

En definitiva, te están preguntando siempre lo mismo, a saber, cuál es el objeto del DIPr.

Saludos

Desconectado Pravias

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 10114
  • Registro: 24/11/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #438 en: 26 de Diciembre de 2014, 09:35:26 am »
Sacatapon la página de la Uned ha cambiado y en este enlace se explica para enviar el correo No puedes ver los enlaces. Register or Login
El programa de grado y licenciatura es el mismo.
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado paz664

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2135
  • Registro: 16/09/11
Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #439 en: 26 de Diciembre de 2014, 14:00:54 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Aunque en puridad no significan exactamente lo mismo -una relación jurídica sería, por ejemplo, un contrato y una situación jurídica, la nacionalidad-, son términos que se usan indistintamente en DIPr. También se usan como expresiones sinónimas para referirse al objeto del DIPr "supuestos de tráfico externo", "supuestos con elementos de extranjería", "situaciones privadas internacionales"...

En definitiva, te están preguntando siempre lo mismo, a saber, cuál es el objeto del DIPr.

Saludos

Muchas gracias, Pedro.