Gracias por la rápida y concisa aclaración.
Subo capturas de pantalla ya que no me deja hacer copia-pega:
"La ley aplicable a un contrato de arrendamiento sobre un inmueble situado en Florencia por un periodo de cuatro meses, entre un nacional belga y otro nacional alemán, ambos con domicilio en Berlín, será:
A) a falta de elección de ley por las partes será el ordenamiento alemán de acuerdo al Roma I sobre ley aplicable a los co tratos
B) el ordenamiento italiano de acuerdo al Bruselas I ref dado que es materia exclusiva y el inmueble está situado en Florencia.
C) únicamente el ordenamiento italiano por ser el Estado donde está situado el inmueble de acuerdo con el Roma I.
Hola.
Es una pregunta de ley aplicable a las obligaciones contractuales (internacionales).
Por tanto, no se debe confundir con la CJI.
El instrumento que determina la norma de conflicto en este caso es el Reglamento Roma I, de carácter universal.
El Roma I establece como principal punto de conexión la autonomía de la voluntad, es decir, el acuerdo de elección de ley entre las partes contratantes, limitado por el juego de normas imperativas.
Si las partes no hacen uso de la autonomía de la voluntad, se activa el régimen subsidiario previsto en su artículo 4.1. Conforme a este, en el contrato que tenga por objeto un arrendamiento de inmuebles, la ley aplicable ha de ser la del país de situación (art. 4.1.c), con la excepción de que propietario y arrendatario tengan su residencia en un mismo país, en cuyo caso se aplicará la ley del país de residencia habitual de ambos (art. 4.1.d).
Por tanto, en el supuesto de hecho de la pregunta, el contrato de arrendamiento de un inmueble situado en Florencia, celebrado entre un arrendador y un arrendatario con residencia habitual en Berlín, quedará sujeto a la ley alemana.
¡Ojo de nuevo! Ley aplicable al contrato que tenga por objeto el arrendamiento de inmueble, ya que la ley aplicable a los aspectos jurídico-reales de ese bien inmueble sí será la
lex rei sitae de acuerdo con la norma de conflicto del Código Civil).
Por todo lo anterior, la correcta es la A.
Un saludo