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Autor Tema: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I  (Leído 41327 veces)

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Desconectado alqui

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PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« en: 10 de Mayo de 2009, 13:06:44 pm »
Abro este post para ver si podemos plantear las dudas que nos surjan y entre todos los "afectados" poder solucionarlas (si os parece bien, claro).

No sé si este es el sitio adecuado.

Una sugerencia que quería hacer es que la videoclase que corresponde a los temas 4 y 5, creo que es la que más ayuda a comprender la materia.

Saludos

Alqui

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #1 en: 12 de Mayo de 2009, 21:38:05 pm »
Bueno voy a colgar aqui las respuestas a los examenes de septiembre y reserva del año pasado(faltan algunas preguntas que no me ha dado tiempo a contestar)

3-¿qué es la reserva material de ley? La reserva material comprende el conjunto de supuestos o materias respecto de los cuales la CE exige su regulación por norma con rango de ley.

4-Las resluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, salvo que aquéllas tengan igual o superior rango que éstas.--No art 51.1CE:< ninguna disposición administrativa podrá podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior.---PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA.

5-Enumere al menos tres de los poderes que conlleva la relación de jerarquía interorgánica, en virtud de los cuales se garantiza la prevalencia de la voluntad del órgano superior sobre el inferior.
       1)Poder de impulso ydirección de la actividad de los órganos superiores sobre los inferiores a través de normas de carácter interno.
       2)Facultad disciplinaria sobre los titulares de los órganos inferiores.
       3)Poder de resolver los conflictos de competencia entre los órganos inferiores.

6-Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación se considerarán dictadas por el órganos delegante.

7-Explique cuál es la función que, esencialmente, corresponde a los órganos superiores y a los órganos directivos de la Administración General del Estado.--A los órganos superiores les corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad. A los órganos directivos les corresponde el desarrollo y ejecución de los planes de actuación de la organización.

8-¿Son las CCAA órganos de la Admnistración periférica del Estado? ¿Son los delegados del Gobierno en las CCAA un órgano de la CCAA? Las CCAA son Entes independientes de la Admnistración del Estado. Los Delegados del Gobierno no pertenecen a las CCAA, sino que son órganos de la Administración periférica del Estado.

9-¿cree vs posible afirmar que el Gobierno de España puede anular directamente un reglamento dictado por una Admnistración autonómica por considerar que infringe una Ley estatal? Puede anular el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, sólo puede anular disposiciones en el ejercicio de las COMPETENCIAS DELEGADAS. El control de inconstitucionalidad de las leyes corresponde al TC.

c.a. GUADALAJARA."quotquotEl que lucha con monstruos debería evitar convertirse en uno de ellos en el proces

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #2 en: 12 de Mayo de 2009, 21:50:22 pm »
La 10 aún no la he contestado, las que falten las colgaré esta semana.
11-¿Pueden formar parte de la Junta de Gobierno Local personas que no sean concejales? ¿en qué caso o casos?¿En qué proporción? En los municipios de Gran Población, el Alcalde puede nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no ostenten la condición de concejales, siempre que su número no exceda de un tercio de los miembros de la Junta, excluyendo al Alcalde.

12-¿Qué es un municipio de Gran población? Aquel que tiene más de 250.000habitantes.

13-Enumere al menos, 2 de las competencias obligatorias o servicios mínimos que deben prestar los municipios en todo caso, es decir, cualquiera que sea su población.1)alumbrado público 2)cementerio.

14-Los organismos autónomos se rigen por el Derecho Público y las Entidades Públicas Empresariales se rigen por el Derecho Privado, excepto en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades administrativas y en aquellos otros aspectos previstos en la LOFAGE,en sus Estatutos y en la Ley General Presupuestaria.

15-¿Considera Vd. que la existencia de las denominadas Administraciones independientes plantea algún problema de carácter constitucional?(no se si se entiende bien)
Sí, en primer lugar choca con el art. 97 CE:<El Gobierno dirige la política interior y la exterior, la Administración civil(...)>
En segundo lugar, el art.103CE afirma que las administraciones públicas deben servir con objetividad los intereses generales. Debe respetarse el Principio de igualdad.

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #3 en: 12 de Mayo de 2009, 22:36:43 pm »
5-¿cuándo se da entre dos órganos una relación de jerarquía debilitada? Se da sobre órganos que, no obstante inferiores o subordinados, han sido creados con cierta vocación de neutralidad en razón de que ejercen funciones consultivas o cuasi jurisdiccionales, o actividades técnicas muy especializadas.

6-¿Puede indicar cuál es la diferencia entre la desconcentración y la delegación interorgánica de competencias? La desconcentración se hace en función de normas que establecen una nueva reordenación de competencias en favor de otros órganos dentro del mismo Ente y de manera estable. Mientras que la delegación enterorgánica tiene carácter episódico y se lleva a cabo por decisión del órgano superior que puede revocarla en cualquier momento.

7-¿cuál es la función básica del Secretario General Técnico de un Ministerio? Desarrollar las competencias sobre servicios comunes que se organizan y funcionan en cada Departamento de acuerdo con las disposiciones y directrices adoptadas por los Ministerios con competencia sobre éstas.

8-¿son los municipios órganos de la Administración periférica del Estado?¿Es el Alcalde un órgano de la Administración General del Estado? NO, los municipios son Entes territoriales, siendo el Alcalde el Jefe del Ejecutivo o Gobierno Municipal.

9-¿Puede el Congreso de los Diputados anular directamente las leyes dictadas por las Asambleas Legislativas de las CCAA?¿Puede el Consejo de Estado? El Congreso de los Diputados no puede anular las normas autonómicas con rango de ley. Según el art.153CE:<Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, en el ejercicio de las competencias delegadas>.
El Consejo de Estado no puede anularlas, sólo emitir dictamen que será tenido en cuenta o no por el Gobierno.

10-Enumere, al menos, tres de los derechos que tienen los vecinos de un municipio.1)Ser elector y elegible. 2)Participar en la gestión municipal. 3)Utilizar los servicios públicos municipales.

11-¿qué diferencia hay entre una mancomunidad y un condorcio?¿tienen en ambos casos personalidad jurídica? Ambos tienen personalidad jurídica propia. La Mancomunidad es una asociación de municipios para realizar una actividad dentro de sus competencias; mientras que el concorcio supone la agrupación de Entes públicos y Entes privados sin ánimo de lucro.

12-¿Puede el Consejo de Ministros disolver los órganos de las Corporaciones locales? ¿en qué caso o casos? El Consejo de Minsitros puede disolverlos de acuerdo con el control gubernativo directo en el caso de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga el incumplimiento de obligaciones constitucionales.

13-Enumere, al menos, tres supuestos para cuya aprobación la Ley de Bases de Régimen Local exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número de miembros de la Corporación Local. 1)Creación y supresión de Municipios o entidades locales. 2)Alteración de los términos municipales. 3)Adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.

14-¿cuál es la diferencia o diferencias fundamentales entre los organismos autónomos y las Entidades Públicas Empresariales? Los organismos autónomos tienen régimen jurídico administrativo, tienen cargo a los presupuestos y sus órganos de gobierno son nombrados de libre designación. Las EPE tienen régimen jurídico mixto, pueden generar ingresos que costeen su actividad de forma sustanciall y la selección de su personal directo es por contrato de alta dirección.

15-Explique brevemente lo que entiende Vd, por una Administración independiente y ponga algún ejemplo.
Son organismos públicos a los que se reconoce expresamente por un Ley la independencia funcional o una especial autonomía  respecto a la Administración General del Estado.
ejemplos: Universidades, RTVE...
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Desconectado anlase

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #4 en: 13 de Mayo de 2009, 12:46:40 pm »
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4-Las resluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, salvo que aquéllas tengan igual o superior rango que éstas.--No art 51.1CE:< ninguna disposición administrativa podrá podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior.---PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA.


Esa pregunta se está refiriendo al principio de inderogabilidad singular: las resoluciones administrativas de carácter particular (actos) no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general (reglamentos) aunque aquéllas tengan igual o superior rango que éstas.
Saludos y suerte!

Desconectado TEKAM

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #5 en: 13 de Mayo de 2009, 17:17:40 pm »
Abierto el turno de preguntas empizo con unas dudas:

1.- (Pag. 154)Para crear un nuevo municipio sobre núcleos de población territorialmente diferenciados es preciso acreditar que :
      - Cuenten con recursos suficientes
      - Que produzcan disminución en la calidad de los servicios.
   Supongo que será una errata y querra decir aumento, sino no lo entiendo.

2.- (pag. 155) Para darse de alta en el padrón municipal sólo es necesario presentar la bja del municipio en el que estaba empadronado. Esto siempre así, o depende de las ordenanzas municipales de cada municipio.

3.- El libro habla de CCAA con autonomía plena, mixta y gradual. Se estableció en algún momento que CCAA podían adquirir cada condición?  Si  entiendo que las CCAA Galega, País Vasco y cataluña, por tradición anterior a la CE del 78 se le diera la autonomía plena, pero entiendo como se determina cuales pudieron escoger la mixta y la gradual.
Cogito, ergo sum

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #6 en: 13 de Mayo de 2009, 18:44:11 pm »
Yo tengo la siguiente duda: cual es el número de concejales en poblaciones de entre 250 y 50.000 habitantes? En los apuntes pone lo siguiente:

- Hasta 250 residentes: 5 Concejales.
- Entre 50.001 y 100.000: 25 Concejales.
- De 100.001 en adelante: 1 Concejal más por cada 100.000 residentes o fracción,
y uno más si el nº total de Concejales

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #7 en: 13 de Mayo de 2009, 18:48:56 pm »
Entre 5 y 25 concejales. ¿no?

Desconectado alqui

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #8 en: 15 de Mayo de 2009, 09:54:28 am »
Habitantes      Concejales
 
Hasta 250                  5
De 251 a 1.000           7
De 1.001 a 2.000        9
De 2.001 a 5.000       11
De 5.001 a 10.000     13
De 10.001 a 20.000    17
De 20.001 a 50.000    21
De 50.001 a 100.000   25
 
De 100.001 en adelante, un concejal más por cada 100.000 habitantes o fracción, añadiéndose un más cuando el resultado sea un número par. (Según la LOREG)

Así es, como dijo m angeles, entre 5 y 25, lo que pasa es que la cátedra ha sido generosa y no nos ha pedido que nos aprendamos escrupulosamente los datos más menudos.

Saludos.

Alqui
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Desconectado alqui

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #9 en: 15 de Mayo de 2009, 10:01:15 am »
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Abierto el turno de preguntas empizo con unas dudas:

1.- (Pag. 154)Para crear un nuevo municipio sobre núcleos de población territorialmente diferenciados es preciso acreditar que :
      - Cuenten con recursos suficientes
      - Que produzcan disminución en la calidad de los servicios.
   Supongo que será una errata y querra decir aumento, sino no lo entiendo.

2.- (pag. 155) Para darse de alta en el padrón municipal sólo es necesario presentar la bja del municipio en el que estaba empadronado. Esto siempre así, o depende de las ordenanzas municipales de cada municipio.

3.- El libro habla de CCAA con autonomía plena, mixta y gradual. Se estableció en algún momento que CCAA podían adquirir cada condición?  Si  entiendo que las CCAA Galega, País Vasco y cataluña, por tradición anterior a la CE del 78 se le diera la autonomía plena, pero entiendo como se determina cuales pudieron escoger la mixta y la gradual.


Yo tengo en mis apuntes: que NO supongan disminución en la calidad de los servicios que venía prestando, no sé si es que no ví la errata o que supuse que lo era.
En cuanto a la autonomía, la Constitución determina CADA requisito para acceder a la autonomía mixta y la gradual.

Saludos.

Alqui
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Desconectado alqui

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #10 en: 15 de Mayo de 2009, 10:14:52 am »
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4-Las resluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, salvo que aquéllas tengan igual o superior rango que éstas.--No art 51.1CE:< ninguna disposición administrativa podrá podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior.---PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA.


Esa pregunta se está refiriendo al principio de inderogabilidad singular: las resoluciones administrativas de carácter particular (actos) no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general (reglamentos) aunque aquéllas tengan igual o superior rango que éstas.
Saludos y suerte!


Esta pregunta no la veo yo tan clara.

La inderogabilidad singular se refiere a que los reglamentos pueden ser derogados por la misma autoridad que los dictó (también su modificación parcial), no?.

Yo entiendo la respuesta así: que la actuación de la Administración persigue el interés general, por tanto, una resolución de carácter particular no puede vulnerar otra de carácter general aunque tengan igual rango o superior que éstas, ya que el interés general está por encima de intereses particulares.

Qué opináis.

Saludos.

Alqui
Gracias...

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #11 en: 15 de Mayo de 2009, 10:40:49 am »
9-¿Puede el Congreso de los Diputados anular directamente las leyes dictadas por las Asambleas Legislativas de las CCAA?¿Puede el Consejo de Estado? El Congreso de los Diputados no puede anular las normas autonómicas con rango de ley. Según el art.153CE:<Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, en el ejercicio de las competencias delegadas>.
El Consejo de Estado no puede anularlas, sólo emitir dictamen que será tenido en cuenta o no por el Gobierno.


Yo creo que aquí habría que explicar que en nuestro Estado se dá la descentralización territorial, la cual consiste en reconocer autonomía política a los distintos Entes territoriales, y este principio de autonomía es el que protege al Ente inferior del superior, por lo que sus actos no son controlados directamente por el superior, sino que han de ser impuganado judicialmente (el TC también declara que la Constitución coloca al Estado en una posición de superioridad no jerárquica).

Saludos

Alqui
Gracias...

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #12 en: 15 de Mayo de 2009, 10:55:28 am »
El art 153.b se refiere al control por parte del Gobierno, previo dictamen del Consejo de Eº, del EJERCICIO DE FUNCIONES DELEGADAS (en materia de titularidad estatal).

El control de las dispociones normativas se sujetan al control de:
a) Tribunal Constitucional
b) la Jurisdicción Contencioso-Adva
c) Tribunal de Cuentas



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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #13 en: 15 de Mayo de 2009, 13:04:34 pm »
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La inderogabilidad singular se refiere a que los reglamentos pueden ser derogados por la misma autoridad que los dictó (también su modificación parcial), no?.

Yo entiendo la respuesta así: que la actuación de la Administración persigue el interés general, por tanto, una resolución de carácter particular no puede vulnerar otra de carácter general aunque tengan igual rango o superior que éstas, ya que el interés general está por encima de intereses particulares.


La inderogabilidad singular se refiere a que los reglamentos no pueden ser excepcionados para un caso particular por un acto administrativo, aunque el acto provenga de una autoridad superior a la que dictó el reglamento.
No se refiere a que los intereses sean diferentes, sino que: resolución de carácter particular = acto administrativo, disposición de carácter general = reglamento. La cuestión está en que el reglamento es ordenamiento jurídico, y el acto está sometido al ordenamiento jurídico. No se si me doy explicado bien, pero la pregunta es casi literal de la Ley 30/1992, art 52. Saludos!

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #14 en: 15 de Mayo de 2009, 13:16:12 pm »
Estoy de acuerdo contigo Anlase

Desconectado alqui

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #15 en: 15 de Mayo de 2009, 13:19:34 pm »
Sí, sí, sí, tienes razón, lo has explicado genialmente., sobre todo en la parte que dices: el Reglamento es ordenamiento jurídico y el acto advo  está sometido a él.

No creas, no hago más que darle vueltas a las preguntas. Espero que planteemos muchas cuestiones aquí a ver si entre todos podemos entender los "entríngulis" de la materia.

Gracias anlase

Alqui
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Desconectado TEKAM

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #16 en: 15 de Mayo de 2009, 19:44:14 pm »
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9-¿Puede el Congreso de los Diputados anular directamente las leyes dictadas por las Asambleas Legislativas de las CCAA?¿Puede el Consejo de Estado? El Congreso de los Diputados no puede anular las normas autonómicas con rango de ley. Según el art.153CE:<Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, en el ejercicio de las competencias delegadas>.
El Consejo de Estado no puede anularlas, sólo emitir dictamen que será tenido en cuenta o no por el Gobierno.
Yo creo que aquí habría que explicar que en nuestro Estado se dá la descentralización territorial, la cual consiste en reconocer autonomía política a los distintos Entes territoriales, y este principio de autonomía es el que protege al Ente inferior del superior, por lo que sus actos no son controlados directamente por el superior, sino que han de ser impuganado judicialmente (el TC también declara que la Constitución coloca al Estado en una posición de superioridad no jerárquica).

Yo creo que esto lo explica muy bien el concepto de "principio de competencia". Una ley dictada por una asamblea de las CCAA, sólo la puede anular la propia CCAA, nunca una a nivel estatal. Siempre y cuano no vaya en contra del OJ, que entonces estamos en lo  que comentas en el siguiente comentario, habría que elevarlo al TC, Jurisdicción Contencioso- Administrativo otribunal de cuentas
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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #17 en: 15 de Mayo de 2009, 20:15:33 pm »
Entonces, al responder a la pregunta podríamos hacerlo explicando:
a) Principio de autonomía local
b) Principio de competencia
c) Impugnaciones judiciales correspondientes

No sería lo correcto?
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Desconectado TEKAM

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #18 en: 17 de Mayo de 2009, 09:40:23 am »
La pregunta es compleja, mejor dicho la respuesta es compleja pàra resumir en 1 línea que es lo que pretenden los profesores. Alqui tu contestación me parece muy correcta. Abarca todos los posibles supuestos.

En consonancia con esto, no os ha pasado que hay preguntas (y no digo las tuyas ALqui), sino en los examenes del año pasado, en las que no sabes por donde contestarlas, me refiero que hay varias opciones de contestación. Intentaré poner un ejemplo. A mi entender en la pregunta de la derogación de leyes autonómicas, creo que la mejor opción de contestación es el principio de competencia, pero también cabe hablar del principio de autonomía, posibles recursos de la ilegitimidad de leyes autonómicas, posibilidad de las CCAA de emitir Real Decretos,...

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Re: PLANTEAMIENTO DE DUDAS ADMINISTRATIVO I
« Respuesta #19 en: 17 de Mayo de 2009, 10:01:58 am »
yo lo que veo en los examenes anteriores, aparte del espacio tasado, es que están formuladas de modo abstracto, por lo que admiten varias respuestas. A veces no sabes como dar en el clavo de lo que te piden..

Yo tengo una duda, a ver si vosotros sabeis la diferencia entre personalidad jurídica única y diferenciada. Entiendo que la única es la que se separa del órgano matriz, tiene legitimidad procesal activa y pasiva, pero no he encontrado por ninguna parte lo que es personalidad jurídica diferenciada.

Alqui.. desde aquí darte las gracias por tus preguntas. Son de muchisima ayuda para seguir preparando esta materia tan densa.
a por ellas.. que son pocas y cobardes¡¡