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Autor Tema: Estatut Catalá  (Leído 152393 veces)

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #280 en: 27 de Octubre de 2005, 11:02:20 am »
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PD.- Sigo esperando una explicación por tu parte sobre tu teoría “Totalitarismos -> Estado de Derecho”.


Por supuesto, la biblia habla de enseñar al que no sabe. Y en tu caso no es que no sepas de esto es que no sabes de nada. Habiendo visto que no has aprobado teoría del Derecho de 1º muy gustosamente procedo a iluminarte.
Pag 78 y siguiente del libro "teoría del Derecho" varios autores, editado por la UNED.
Aunque cuenta ya con casi dos siglos de vida, el término Estado de Derecho adolece, más que cualquier otra noción política, de una profunda imprecisión. Lo único que hoy parece indudable es que se ha convertido en una etiqueta de prestigio de amplia difusión en el lenguaje político, utilizada especialmente con la finalidad de desacreditar aquellos sistemas políticos que no reúnen los requisitos canónicos para ser aceptados en el democrático concierto internacional. Pero como veremos, el término Estado de Derecho no es en ningún caso identificable con la forma democrática de gobierno.
  Como la misma expresión indica, la noción hace referencia a una determinada forma de entender las relaciones entre el Derecho y el Estado. [...]
 El Estado de Derecho es el Estado sometido al Derecho, o mejor, el Estado cuyo poder y actividad vienen regulados y controlados por la ley.
  Resulta así que el modelo teórico del Estado de Derecho no es más que la pretensión ideal de someter todos los actos del Estado a las normas jurídicas (en cursiva en el original), es decir, hacer de la legalidad un límite de la acción estatal con el objetivo de reducir los espacios de discrecionalidad y de arbitrariedad del poder.
  En fin, que como ves, Estado de Derecho no es sinónimo de democracia occidental, sino que lo único a lo que alude esa expresión es a que todos los poderes están sujetos al imperio de la ley.
  Por supuesto esta contestación es también para Tuno, que mostró sus dudas al respecto en su día.
   

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #281 en: 27 de Octubre de 2005, 11:40:22 am »
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A lo mejor me meto donde no me llaman pero como ya se ha comentado en este foro  creo que debemos hacer todos una reflexión.

Últimamente el foro se está convirtiendo en una sucesión de descalificaciones personales que entiendo que no llevan a ningún lado. Además, a mi modo de ver los últimos foros se están transformando únicamente en una especie de frontón entre ataques y defensa del gobierno o de la oposición y no se entra a debatir en profundidad prácticamente ninguno de los temas que se proponen.

Tratemos de ser un poco más comedidos en nuestras apreciaciones y que esta herramienta de comunicación (que por otro lado es muy entretenida y puede ser también formativa) vuelva a ser lo que era.

Un saludo a todos.
Tienes toda la razón, pero me temo que todo llamamiento es inútil.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado Hugo

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #282 en: 27 de Octubre de 2005, 11:40:55 am »
Entonces todos los paises del orbe terrestre son Estados de Derecho...?

Estado de Derecho= Estado en el que rige el principio de legalidad + División de poderes + Respeto Derechos fundamentales.

Desconectado Hugo

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #283 en: 27 de Octubre de 2005, 11:48:02 am »
Bueno, ahora toca la fase de instrucción: El término Estado de Derecho nació en la doctrina alemana con Robert von Mohl en su libro Die deutsche Polizeiwissenschaft nach den Grundsätzen des Rechtsstaates

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #284 en: 27 de Octubre de 2005, 12:17:20 pm »
  Creí que lo había dejado suficientemente claro pero se ve que no.
El post anterior es una copia literal de un párrafo del libro "Teoría del Derecho" de los autores, Josu Cristobal De-Gregorio, Gaspar Escalona Martínez, María Eugenia Gayo Santa Cecilia, Mercedes Gómez Adanero, Juan Antonio Gómez García, María Salud De-Gregorio Burgos, José Luis Muñoz de Baena Simón y Juan Carlos Utrera García.
  Evidentemente, tú, Hugo, sabes mucho más de Teoría del Derecho que los autores del manual especificado como bibliografía básica recomendada para la asignatura "Teoría del Derecho" de primer curso.
   Eso sí, a quien vaya a examen, por favor, si contesta a esta pregunta, que ponga "según los autores del manual.......[...] pero no debe ser verdad porque Hugo se ha reído".
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Desconectado Hugo

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #285 en: 27 de Octubre de 2005, 12:24:18 pm »
Si, tu vete al examen y dile al profesor que la URSS de los Gulag era un Estado de Derecho, y que las tribus aborígenes de polinesia es un Estado de Derecho basado en el Derecho Natural.

Lee con cierta crítica todo lo que leas, incluso un manual de Derecho.

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #286 en: 27 de Octubre de 2005, 12:29:35 pm »
 No, Hugo, no, yo ya fui al examen, puse lo que ponía en el libro y aprobé. Básicamente porque no tengo la preparación jurídica suficiente como para contradecir lo que dicen los catedráticos de mi universidad. Si fuera así no estudiaría aqui, ni compraría manuales, impondría mis tesis como tú intentas imponer las tuyas.
  Entenderás que entre las tesis de la cátedra de Teoría del Derecho de la UNED y las tesis de un........ de un....... bueno de tí, me quede con las de la UNED. Es lo que tiene cuando uno en vez de repasar los manuales prefiere hacer copy-paste de internet, como es tu caso. Se cometen errores de bulto. Yo, como comprenderás seguiré formandome a través de los manuales.
  Pero bueno, como soy un tío con paciencia.... Confundes Estado de Derecho con Estado Democrático de Derecho.
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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #287 en: 27 de Octubre de 2005, 13:32:14 pm »
La teoría de Aubaria era “que Estado de Derecho e imperio de la Ley también existían en los regímenes comunistas o fascistas y que en la propia república islámica de Irán también impera la Ley en un Estado de Derecho”. Y se quedó tan ancho...

Yo le dije a Aubaria que eso no se le ocurría ni al que asó la manteca, a lo que saltó alguien diciendo que “me temo que el planteamiento de Aubaria es impecable, Tony, pero eso lo estudiarás en Teoría del Derecho”. Se quedó igual de ancho que Aubaria... Por mi parte opuse lo que había estudiado sobre el concepto de Estado de Derecho con Torres del Moral en Constitucional, que estaba bastante claro para mí y que no podía ser lo que me contaban. No lo transcribo para abreviar.

Ahí quedó el asunto. Pero como este año curso Teoría, la asignatura en la que aprendería según alguien que en Irán impera la Ley en un Estado de Derecho, lo mismo que la antigua URSS, etc., pues resulta que en el libro de Benito de Castro Cid leo que, hoy puede afirmarse –la doctrina empieza a consolidarse a lo largo del XIX (ya ha llovido)- que es Estado de Derecho aquel Estado que presente los siguientes caracteres o cualidades :

1.- Primacía o imperio de la ley (que, en su calidad de expresión de la voluntad del pueblo soberano, regula toda la actividad estatal a través de un sistema de normas jerárquicamente estructurado).

2.- Separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial (como garantía de la libertad de los ciudadanos y freno de los posibles abusos estatales).

3.- Afirmación de la personalidad jurídica del Estado.

4.- Reconocimiento y garantía de los derechos y libertades individuales.

5.- Legalidad de las actuaciones de la Administración y control judicial de las mismas (a través de un sistema de responsabilidad y de recursos contencioso-administrativos).

Además, para que un Estado pueda ser reconocido como verdadero Estado de Derecho, ese Estado ha de cumplir la exigencia básica de estar vinculado y sometido a un orden jurídico estructurado en torno al reconocimiento de la dignidad de las personas humanas y orientado a la realización de las exigencias que dimanan de esa dignidad. No es, pues, suficiente la mera legalidad formal, sino que se exige al Estado de Derecho que se realice en una legalidad de contenido, no pudiendo ser éste otro que la realización plena de la dignidad personal en la vida cívica de los hombres.

Esto es lo que estoy estudiando este año en Teoría con Benito de Castro. Ahora bien, si se considera que en la antigua U.R.S.S. o en el actual Irán, la realización plena de la dignidad personal estaba y está -por poner un ejemplo-, respectivamente, a la orden del día, pues bueno, no digo yo que no sea un punto de vista a tener en cuenta, pero deberá ser necesariamente al margen del derecho.

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #288 en: 28 de Octubre de 2005, 08:41:50 am »
  En la antigua URSS o en el actual Iran no se respetan los derechos humanos, al igual que no se han respetado en España hasta hace muy poco. Como veo que te has tomado esto como una cosa personal, como veo que eres igual de cabezón que siempre, y como veo que además ni merece la pena el esfuerzo de volver a transcribir literalmente lo que ya he transcrito literalmente. Repito. Vete a la biblioteca del centro asociado (la biblioteca eso eso donde hay muchos libros, no vale internet) cojes el libro de Teoría del Derecho de varios autores editado por la UNED (uno rojo y gris, por si tienes problemas con las letras de la portada) lo abres por la página 78 (espero que con los números no tengas problemas) y lees la página 78 y 79.
  A mí personalmente me importa muy poco la doctrina de unos, de otros o de los de las motos (bueno pedrosa sí, pero es que es un crack). Lo que ya me importa más es que intentes ridiculizarme como lo has intentado en un post anterior, con algo de lo que no tienes ni puñetera idea, y que además está puesto negro sobre blanco en una bibliografía oficial de la UNED. Con esto lo único que quiero dejar claro es que una vez más, has metido la pata. Has intentado dejarme quedar por ignorante (curioso, precisamente tú.) y la  has cagado.
  Lee un poco,aunque sea en el tractor,  te abrirá la mente
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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #289 en: 28 de Octubre de 2005, 09:31:13 am »
ya sé que este comentario mio no es exactamente sobre el estatuto,pero como aqui se desvian tanto los temas...no quedará mal.
estoy escuchando en la tele el mensaje de Rajoy a respecto del cava...de beber atendiendo al gusto, etc.
los catalanes estan preocupadillos,no?
me encanta ver como no quieren que instrumentalicemos nuestro brindis de navidad cuando en la sociedad catalana se instrumentaliza cada gesto de nuestro dia a dia: si perteneces al barça significa tal cosa, si al español otra, si compras la vanguardia es una cosa, si compras otro periódico es otra, si eres de un club..., si ves un determinado canal de televisión...

en fin, que por lo que a mi respecta...tomaran de su propia medicina.
Un país en democracia es aquel en que una persona grita ¡Aquí no hay democracia! ... y no es castiga

Desconectado Tony

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #290 en: 28 de Octubre de 2005, 10:08:39 am »
Desde el tractor :

Ya sé que no guarda relación con el título del hilo pero es que esto es demasiado. Aún a riesgo de ser criticado prosigo…

A lo largo del XIX llegó a consolidarse un amplio movimiento doctrinal que apostó por definir al Derecho en términos de Estado y a éste en términos de Derecho y que condujo hasta la consagración definitiva de una categoría o principio cultural que sigue ejerciendo una gran fascinación sobre las conciencias : el Estado de Derecho. Los rasgos que caracterizan a esta categoría jurídico-política son… -ver mi comentario nº 172, tres más arriba de éste-.

Esto que cuento entre ambos comentarios es lo que nos dice Benito de Castro en su libro “Manual de Teoría del Derecho”, páginas 88 y 89 –bibliografía básica de la UNED-.

Aparte, por supuesto, está el concepto de Estado de Derecho que nos traslada Torres del Moral en Constitucional.

Bien, sumado todo (Constitucional + Teoría) y desde la más absoluta humildad, yo sostengo que no es posible afirmar que, “desde un punto de vista jurídico, resulta impecable” decir que “Estado de Derecho e imperio de la Ley también existían en los regímenes comunistas o fascistas, y que en el propio Irán impera la Ley en un Estado de Derecho”.

En todo caso, yo diría que había/hay Estado y también había/hay normas, pero NO había/hay Estado de Derecho.

PD.- Alguien cualificado debería intervenir para aclarar la cuestión...

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #291 en: 28 de Octubre de 2005, 11:37:14 am »
De acuerdo en todo con D. Manuel Jiménez de Parga la otra noche en TV,

 "... los que mas van a sufrir las consecuencias, son lo catalanes en pro de unos politicos ...."

Es curioso la diferencia que hizo entre la Inconstitucionalidad y la Anticonstitucionalidad .....

Ah, en Extremadura hay un buen champan tambien ...

Y no nos equivoquemos, en la clase politica de Cataluña mandan los grandes empresarios de Cataluña.

Yo estoy de acuerdo en que no se consuman los productos Catalanes ....
Acta non verba. Justitia omnibus

Desconectado Lisi

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #292 en: 28 de Octubre de 2005, 11:56:08 am »
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Ah, en Extremadura hay un buen champan tambien ...


cava. en extremadura hay buen cava. chapan no.  ;)
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De_visita

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #293 en: 28 de Octubre de 2005, 12:30:32 pm »
Hola!

Estado de Derecho es aquel en el que los poderes públicos y la sociedad están sometidos a la ley. El Derecho se configura como límite a la actuación de los poderes desde el momento que al tener que sujetar su acción al derecho, éste actúa como barrera a lo que puede hacer y no hacer el Estado. Sólo aquellos estados en los que ésto ocurra pueden ser considerados Estados de Derecho, pues todo Estado cuyo poder no esté limitado por el Derecho no lo será. De hecho, nace como necesidad de limitar los poderes del Estado frente a los derechos del individuo.

Cierto es que se une la calificación de Derecho cuando existe separación de poderes, pues de otra manera el Estado no tendría por qué autocontrolarse. Y también es cierto que hace tiempo que se une el Estado de Derecho al Estado Democrático de Derecho, pues la democracia hace que la sociedad se dote de su propio derecho (es decir, reconoce la soberanía popular y el limite de la actuación estatal de acuerdo a lo impuesto por esta soberanía), al cual tienen que estar vinculados y sometidos los poderes del Estado.

Tambien podremos introducir el tema de Estado constitucional como Estado de Derecho, aunque siempre que fuera una Constitución democrática y no aquellas que existen para dotar de poder a su instaurador.

Pero como definición, sirve la de aquel Estado en el que los poderes públicos están sometidos a la ley. Con lo cual, determinados regímenes políticos no pueden calificarse como Estado de Derecho por la simple razón que lo que hacen es dotarse de apariencia de ello, y sin embargo es imposible encuadrarlos en tal categoria cuando la única limitación de la actividad del Estado es la que marca él mismo, a la manera absolutista y dictatorial de "el Estado soy yo, y tambien yo soy el Derecho, y todos los poderes dependen de mi, asi que están sometidos a lo que yo diga, por simple regla de tres, y mis actuaciones no están sometidas más que a mi mismo" (Ponedlo en plural si quereis ponerlo en boca de un politburó o de un Comité central del Partido, en lugar de un monarca absolutista o príncipe a la antigua usanza).

Ahora bien, tambien es cierto que un autor no tiene por qué estar de acuerdo con las definiciones y consideraciones de otros, y puede publicar cualquier teoria y enseñarla, dentro del derecho fundamental de libertad de Cátedra.

Por cierto, a mi tambien me ha llegado el catálogo de productos a boicotear. Tengo entendido que está circulando por internet a una velocidad increible, asi que el miedo no lo tienen solamente los de Freixenet.

Hasta luego

Desconectado IUS

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #294 en: 28 de Octubre de 2005, 13:42:40 pm »
Bueno, es que Tuno es un clásico. Supongo que se refirió a "champán" en el sentido tradicional. El cava y el champán son lo mismo y son los mismo porque ambos son vinos espumosos de calidad que se caracterizan por su doble fermentación, produciéndose la segunda fermentación en la misma botella que llega al consumidor (sólo cambia el tipo de uva empleado y de unos a otros).  A este método de doble fermentación se le denomina "método tradicional". Pero se le conoce con ese nombre sólo desde 1944, pues anteriormente se le llamaba "méthode champenoise". Cuando los franceses sacaron su chovinismo a relucir convirtieron al champán en denominación de origen, el de la región de Champaña (Champaigne) y prohibieron tal denominación al resto. Así que los españoles tuvimos que cambiar de nombre para llamar a nuestro vino achampanado y le denominamos "cava", del latín "cava" (cueva), que no es otra cosa que la cueva (bodega) donde se elabora el vino espumoso.
Vamos, entre nosotros creo que usamos el lenguaje común y no el regido por las denominaciones de origen, así que yo usaré:
Cava: para denominar la cueva donde se elabora el vino.
Champán: para llamar al vino espumoso fermentado según el método tradicional o champanoise.
Champaña: para referirme a una región del sur de Francia.
Un abrazo,
IUS

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #295 en: 28 de Octubre de 2005, 13:47:36 pm »
¡Ah! Se me olvidaba y eso que vine para eso  ;D. De_Visita dice: "Estado de Derecho es aquel en el que los poderes públicos y la sociedad están sometidos a la ley". Sí, pero no sólo. Tú hablas de "imperio de la Ley", pero "imperio de la ley" y "Estado de Derecho" no es lo mismo. aunque el primero quede subsumido en el segundo.
La fórmula "Estado de Derecho" es más amplia y abarca:
1º.- Imperio de la Ley.
2º.- División de poderes.
3º.- Reconocimiento y garantía de derechos fundamentales.
4º.- Control de la actividad (o legalidad) de la Administración.
Salud,
IUS

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #296 en: 28 de Octubre de 2005, 14:07:13 pm »


La expresión "Yo estoy de acuerdo en que no se consuman los productos Catalanes .... " me parece hacer seguidismo de un inaceptable tremedismo impuesto por la opinión pública (por cierto opinón pública interesada en buscar la confrotación con Cataluña).

Siempre se ha utilizado a Cataluña para eso, el PP en el 93 cuando gobernaba con CIU (y curiosamente en el 96 se trago sus palabras) y ahora con esto, pero ya en 1932 la situación era similar.

Si el Estatut es o no correcto (ya no hablo de constitucional o no) ya se parará en las Cortes, para eso están, pero buscar una confrotación con eso, es lo más ridículo que hay porque precisamente dará alas a los indepedentistas, Carod Rovira crece gracias al nacionalismo, pero no al nacionalismo catalán, sino al nacionalismo español, cuanto más se pueda hacer la víctima, más crecerá en votos, a este paso me veo a Carod de Presidente de Cataluña.

Esas actitudes sólo fomentan un odio en ambas direcciones que son lo que a la larga traen los verdaderos problemas.
La ignorancia MATA

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #297 en: 28 de Octubre de 2005, 14:17:56 pm »
  Para Tony. Yo ni defiendo una postura ni defiendo la otra. Simplemente transcribo lo que pone un manual de Teoría del Derecho, y te comento, que antes de llamar ignorantes a los demás, intentes documentarte un poco más. Sin más, has intentado reirte de mí, con tu ignorancia, sin darte cuenta de que lo que yo decía es lo que dice, cuando menos un sector de la doctrina, con la que estarás de acuerdo o no, pero desde luego no te da derecho a hacer lo que has hecho.
  Con respecto a los productos catalanes. Desde el PP se está promoviendo un claro sentimiento anti-catalanista. Desde las filas de la derecha-ultra derecha española pronto empezarán a salir campañas de biocot al cava catalán como han salido el año pasado.  El gestito de Rajoy brindando con cava e intentando quedar de bueno con los productores catalanes, mientras desde su entorno  se hicieron y se volverán a hacer campañas para boicotearlosme parece ni más ni menos que una muestra de hipocresía. Decir una cosa y hacer la contraria. Pero bueno, eso mismo le dijeron los productores en su visita.....
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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #298 en: 28 de Octubre de 2005, 14:25:59 pm »
Una pregunta sobre lo de "nacionalismo español": en qué sentido se usa ahí el término "nacionalismo". Porque yo sólo estoy de acuerdo en utilizarla como sinónimo de "patriotismo". Si es así me parece un poco absurdo cambiar el término, además de loable. Recordemos, además, que según el art. 2 CE lo que es indivisible no es la Nación, sino la Patria.
En cambio, si usamos el término "nacionalismo" como sinónimo de ideología que atribuye entidad propia y diferenciada a un territorio y sus ciudadanos, me parece no añadir nada. Obvio, España tiene entidad propia, hasta tiene un Estado.
Finalmente, si lo empleamos como tendencia de un pueblo o raza a tener sus propios órganos de gobierno... Juer, España los tiene, Otra obviedad.
Tal vez queran decir otra cosa, pero entonces no se debería emplear el término "nacionalismo".
Y dejemos ya de hacer el gilo al contraponer Cataluña y España (o País vasco y España). O una de dos, o decimos "Cataluña y el resto de Espapa" o "Cataluña y Castilla". Porque si Cataluña no es España, Galicia no es España, el País Vasco no es España. Y si Valencia, Baleares y parte de Aragón es de Cataluña. Y si Navarra y parte de La Rioja es País Vasco. Y si... ¡coño!, lo que queda es la antigua Castilla (y un poquito de Aragón). Nada de llamar España a lo que queda, no quiero, no procede.
Y a mí me la refanfinfla todo esto ya. En todas estas cosas sólo me vale la voluntad de las personas: si alguien no quiere estar conmigo pues que se vaya (o me voy).
Y parece que muchos no quieren estar conmigo, pero mira tú por dónde que yo tampoco quiero ya estar con ellos.
¡CASTILLA INDEPENDIENTE! (y quien quiera unirse)
Salud y Tierra Común,
IUS

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Re: Estatut Catalá
« Respuesta #299 en: 28 de Octubre de 2005, 14:27:00 pm »
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Bueno, es que Tuno es un clásico. Supongo que se refirió a "champán" en el sentido tradicional. El cava y el champán son lo mismo y son los mismo porque ambos son vinos espumosos de calidad que se caracterizan por su doble fermentación, produciéndose la segunda fermentación en la misma botella que llega al consumidor (sólo cambia el tipo de uva empleado y de unos a otros).  A este método de doble fermentación se le denomina "método tradicional". Pero se le conoce con ese nombre sólo desde 1944, pues anteriormente se le llamaba "méthode champenoise". Cuando los franceses sacaron su chovinismo a relucir convirtieron al champán en denominación de origen, el de la región de Champaña (Champaigne) y prohibieron tal denominación al resto. Así que los españoles tuvimos que cambiar de nombre para llamar a nuestro vino achampanado y le denominamos "cava", del latín "cava" (cueva), que no es otra cosa que la cueva (bodega) donde se elabora el vino espumoso.
Vamos, entre nosotros creo que usamos el lenguaje común y no el regido por las denominaciones de origen, así que yo usaré:
Cava: para denominar la cueva donde se elabora el vino.
Champán: para llamar al vino espumoso fermentado según el método tradicional o champanoise.
Champaña: para referirme a una región del sur de Francia.
Un abrazo,
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pues lo mismo que el estatuto catalán. si se supone que despeus de cambiarle el nombre seguirá la esencia..para que cambiarle el nombre? ;D

los franceses tienen esa denominacion de origen y hay que respetarsela. No llamas a cualquier vino tinto Rioja, verdad?
otro saludo.

a que región del sur de Francia te refieres con Champaña? Champaña-Ardena? Está en el nordeste. ;)

saludos
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