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Autor Tema: Pregunta sobre DIPr  (Leído 148318 veces)

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Desconectado jbr

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #120 en: 16 de Enero de 2010, 18:55:15 pm »
Gracias jaruski, he comenzado de nuevo el temario, es la tercera ronda, a ver si ahora me quedo con algo, lo tengo todo con alfileres y con nada se me va.

  Gracias por estar por aquí
   jbr

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Desconectado palangana

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #121 en: 16 de Enero de 2010, 21:31:43 pm »
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Siempre sería competente el juez español pero, OJO, si te fijas las materias exclusivas de la LOPJ coinciden con las del R44/2001, con lo que tienes que tener cuidado y saber qué cuerpo legal se aplica (si el demandado tiene domicilio en CE, se aplicará el reglamento).
Saludos

Yes.
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Desconectado jlla

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #122 en: 17 de Enero de 2010, 15:09:53 pm »
Buenas tardes.Tengo varias dudas en relación a los casos prácticos a ver si me lo aclaráis. Del libro de caso prácticos, hasta que caso entran en el primer parcial, del 1 al 23?
En la pagina del departamento he visto la siguiente nota: "En relación con la parte práctica, un caso práctico se referirá al derecho procesal civil internacional (temas 11, 12 y 14). Y el otro al derecho civil internacional de la familia (temas 18, 20, 21, 22 y 23) o al derecho de obligaciones (temas 26 y 27)."
Yo entiendo que los dos casos practicos que hay en el examen seran de los temas 11, 12, y 14, ya que los otros temas son del segundo parcial.
Y por último ,los casos son unicamente de los temas 11 12 y 14? Supongo que no habra que estudiar todos los caso del libro sino solo los referentes a esos tres temas, a no ser que todos los casos esten conectados con dichos temas.
Gracias y un saludo

Desconectado palangana

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #123 en: 17 de Enero de 2010, 19:23:49 pm »
Los exámenes de diciembre extraordinarios eran para toda la materia, tanto para alumnos del plan nuevo (2000) como para alumnos plan antiguo (53, ya extinguido). Pero ahora se tratan sólo de parciales, eso quiere decir que casos prácticos hasta el tema 14 (11,12,13,14, básicamente).

Los casos serán de determinación de la competencia (¿son JyT españoles competentes?, ¿ante qué tribunal se ha de interponer la demanda?, ¿qué cuerpo legal atribuye la competencia?, solución de la litispendencia como situación procesal etc):

O de Asitencia/Cooperación jurídica internacional entre Autoridades judiciales o bien extrajuduciales (¿qué cuerpo legal resulta aplicable para llevar a cabo la cooperación?, ¿qué tipo de procedimiento de cooperación o asistencia indica el cuerpo legal aplicable?)

O reconocimiento y ejecución de resoluciones extrnajeras en España (¿qué cuerpo legal resulta aplicable para proceder al reconocimiento?, ¿qué condiciones ha de cumplir la resolución extranjera para ser reconocida?, ¿qué tribunal tiene la competencia para proceder al reconocimiento?, ¿qué causas pueden justificar la denegación del reconocimiento?, ¿cabe recurso contra la resolución que otorga o deniega el reconocimiento? etc)

Esas cuestiones, o quizás algo sencillito de nacionalidad y extrnajería. Un saludo.
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Desconectado jlla

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #124 en: 17 de Enero de 2010, 19:36:45 pm »
Muchas gracias por todo palangana.

Desconectado panchita_zehn

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #125 en: 19 de Enero de 2010, 09:48:07 am »
hola compañeros, vaya expertos que estáis hechos,
por cierto, de extranjería no entran los puntos 2 y3 del II epígrafe, verdad??
lo dice el departamento, pero no sé si hay que actualizarlo o simplemente esa materia no entra,
un saludo

Desconectado sebastian

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #126 en: 20 de Enero de 2010, 09:34:10 am »
Bueno días¡¡

Del Tema 10 "extranjeria", se sabe si entran las modificaciones del 2009, o se estudia la ley 2000, a ver quien me aclara esto..Saludos y muchas gracias¡¡¡

Desconectado Akela

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #127 en: 20 de Enero de 2010, 11:12:18 am »
7) Dadas las modificaciones que se están produciendo en la materia objeto del Tema X les comunicamos que: 

    Se excluye Inciso II apartados 2 y 3 de este tema.

     El sábado 12 de diciembre se emitirá un programa de radio sobre el alcance de la LOEX realizado por la Profesora Marina Vargas.

     Se está elaborando y estará disponible en breve en esta página Web y en la plataforma WebCT, una nota informativa sobre este tema.
     Esta información no se aplica a los alumnos que se examinan en el examen extraordinario de Diciembre de 2009, ya que la bibliografía
     de preparación de éste examen es la correspondiente al curso anterior (2008-2009).

Esto es el comunicado del Departamento. Yo entiendo que simplemente se han eliminado esos apartados del tema X porque son a los afecta en concreto la reforma, pero no hay que estudiar, para este curso, la nueva ley en sí.

No sé qué pensais los demás, yo lo veo de esta manera. Alguien piensa estudiar la reforma para estos próximos exámenes?

Por cierto, que la "nota informativa" al que hace referencia el Departamento sigue sin aparecer ni en la web ni en los cursos virtuales...

Desconectado jbr

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #128 en: 20 de Enero de 2010, 11:23:33 am »
Estoy un poco liado con los reconocimientos del R-44/2001, hay alguien que me aclare un poco.

  Gracias anticipadas.
   jbr
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Desconectado Akela

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #129 en: 20 de Enero de 2010, 12:15:32 pm »
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Estoy un poco liado con los reconocimientos del R-44/2001, hay alguien que me aclare un poco.

  Gracias anticipadas.
   jbr


Has escuchado un programa de radio (lo tienes aquí, en esta web) del curso 2006/2007 titulado "Competencia judicial y reconocimiento de sentencias extranjeras en espacio judicial europeo"?
Hace un esquema muy claro del tema de reconocimiento y ejecución de sentencias.

Espero que te ayude. Si no es así, si concretas un poco más lo que no tienes claro, veremos qué podemos hacer...
A mí esta asignatura me parece interminable, me está consumiendo... :- ???

Saludos

Desconectado jbr

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #130 en: 20 de Enero de 2010, 13:23:28 pm »
Gracias akela, que me vas a contar....

saludos y suerte,
  jbr
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Desconectado jaruski

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #131 en: 20 de Enero de 2010, 15:08:06 pm »
Escuchad los programas de radio de, al menos, los dos años anteriores. En diciembre preguntaron algunas cuestiones recogidas en los programas.

Jbr, en este hilo hago una intervención sobre reconocimiento (pag. 2 hacia el final). ¿Qué es lo que no entiendes exactamente?

Desconectado jbr

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #132 en: 20 de Enero de 2010, 16:42:34 pm »
Estimada jarusky:

  He vuelto a revisar los mensajes y está casi todo aclarado, no tenía claro lo del exaquátur en el reglamento.

  Gracias por toda la ayuda prestada, y a palangana, a ver qué ocurre, ya no estudio más esta asignatura, ya sólo me queda que presentarme la semana que viene.

  Saludos cordiales,

  jbr.
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Desconectado palangana

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #133 en: 20 de Enero de 2010, 17:29:21 pm »
No es que esté mal eso de EXEQUATUR haciendo referencia a REGLAMENTO, pero personalmente una de las primeras cosas que hice cuando preparé la asignatura fue reservar CIERTOS TÉRMINOS para CIERTAS CUESTIONES y no meterme en jaleos de cuestiones controvertidas ni terminológicas que el Manual dejase difuso:

1. EXEQUATUR: lo reservé excluisvamente para el sistema derecho propio autónomo de reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras (LEC 1881 arts 951 al 958, requisitos art.954). Sistema diseñado por nuestro legislador estatal patrio muy estricto al que se acude cuando la resolución proviene de Estado no perteneciente a la UE, o bien cuando proviene de Estado de la UE pero no es materia comprendida en el ámbito material reglamentario (ni R2201/2003 ni R44/2001, ámbitos material de estos Reglamentos en sus respectivos arts 1). Además de lo dispuesto en la LEC como requisitos (art.954) la resolución extranjera no comunitaria, o comunitaria de materia no comprendida, habrá de cumplir unos presupuestos previos como los son que la resolución sea firme en el Estado de origen y que sea resolución de tribunal estatal (ni resolución eclesiástica, ni arbitral, ni de organización supranacional o internacional). Se revisa en primera instancia civil.

2. Procedimiento de reconocimiento y ejecución automático (régimen comunitario): procedimiento automático mucho más flexible o suavizado que el anterior descrito. Se aplica cuando se cumplan dos condiciones: que la resolución provenga de Estado EU y que se trate de materia comprendida en Reglamento comunitario (en R 2201 o en R 44). Automático en primera instancia civil y sólo en segunda instancia se analizan las posibles causas de denegación (litispendecnia, en contrariedad con el orden público del Estado requerido, o en rebeldía del demandado sin tiempo y forma de organizar la defensa, por ejemplo). En primera instancia no se revisa por el principio de máxima confianza en la UE.

Un saludo.
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Desconectado jbr

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #134 en: 20 de Enero de 2010, 17:50:13 pm »
Estimado palangana:

   Muchas gracias por tu excelente explicación, creo que ya no me queda más que memorizar ciertas cosas, el art. 22 LOPJ, materia exclusivas, materias excluidas, 954 LEC 1881.

  A ver si puedes y me pones lo que creas más importante para memorizar, o sea completa la lista anterior.

  De todas formas si no apruebo ahora, para septiembre lo tendré muy claro, porque no es tanto lío como parece al principio, pero ya no tengo tiempo de reestructurar la asignatura, la comencé mal ha sido el problema, por hacerle caso al texto recomendado.

  No sé que haría sin vosotros con esta asignatura, muchas gracias,

   Jbr


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Desconectado palangana

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #135 en: 20 de Enero de 2010, 18:11:58 pm »
Eso está en este hilo. Materias exclusivas LOPJ art 22.1 íntegro tal cual está en la LOPJ. Pero cuando sea aplicable el R 44 se aplica por el principio de jerarquía normativa (fueros exclusivos art.22 R44 y norma de protección de foros exclusivos art.25 R44).

Son prácticamente coincidentes (por la influencia de Bruselas): constitución y disolución de personas jurídicas (tendrá la competencia el Estado donde están domiciliadas), y bienes inmuebles (tendrá la competencia el Estado donde se halle el inmueble situado, con la excepción existente en el arredamiento de menos de seis meses o arrendamiento de temporada, que no es exclusivo). Hay alguno más, pero no me acuerdo, pero los más importantes son los que he comentado.

LEC: tal cual viene en la LEC 1881, del art. 951 al 958. Requitos 954. Los demás arts LEC para reconocimiento y ejecución repasa el hilo que los indico art. por art. lo que indican. Estos arts son muy importantes.

Dale una serie de repasos a este hilo y al de Síntesis guía competencia (estos dos hilos bien leidos te permitirán despejar los pocos flecos que te quedan, y tener la cabeza ordenada). De nada, un placer. Suerte  ;)
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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #136 en: 20 de Enero de 2010, 18:49:21 pm »
Gracias palangana, no era eso exactamente lo que te pedía, pero es igual, ya lo tengo, he apuntado a mano los art. y el día antes del examen memorizaré lo que pueda.

  Lo dicho, eternamente agradecido.

  Jbr

  y me pongo con procesal como un loco, que tampoco está mal......
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Desconectado pelillos

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #137 en: 20 de Enero de 2010, 21:04:58 pm »
Madre mía Palangana y compañía que pasada de hilo!!!! Sois unos superdotados!!!! jajajajjaja. Me dijo un compañero de la Uned que había un hilo que me aclararía mucho las dudas y aquí está. Quiero presentarme al exámen la semana que viene y me he leido y releido los apuntes y la verdad es que ando muy liado. Muchas gracias por realizar esta sintesis tan completa. Por cierto, ¿Alguien tiene casos prácticos resueltos, para ir practicando del 1er parcial? Yo tengo el libro nuevo pero me parecen escasos.

Muchas gracias nuevamente y espero incorporarme al hilo, aunque tarde, pero "nunca es tarde si la dicha es buena" Con la empapada de apuntes que llevo no sé si estaré a tiempo por eso de desencallar.

Desconectado palangana

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #138 en: 20 de Enero de 2010, 21:10:01 pm »
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Madre mía Palangana y compañía que pasada de hilo!!!! Sois unos superdotados!!!! jajajajjaja. Me dijo un compañero de la Uned que había un hilo que me aclararía mucho las dudas y aquí está. Quiero presentarme al exámen la semana que viene y me he leido y releido los apuntes y la verdad es que ando muy liado. Muchas gracias por realizar esta sintesis tan completa. Por cierto, ¿Alguien tiene casos prácticos resueltos, para ir practicando del 1er parcial? Yo tengo el libro nuevo pero me parecen escasos.

Muchas gracias nuevamente y espero incorporarme al hilo, aunque tarde, pero "nunca es tarde si la dicha es buena" Con la empapada de apuntes que llevo no sé si estaré a tiempo por eso de desencallar.


No es tarde, queda el segundo parcial. Aquí hay materia tanto del primer parcial como del segundo parcial.  Un saludo y suerte.
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Desconectado pelillos

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Re: Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #139 en: 20 de Enero de 2010, 21:15:22 pm »
Gracias Palangana´, ¿Casos practicos tú no tendras para mirarme no? Un saludo, mmaringa9@hotmail.com