Boletín oficial de las Cortes Generales - Serie I. Boletín general de 1 de octubre de 2010 nº 510
Senado
A la Mesa del Senado
El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo dispuesto en el artículo 174 y ss. del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente moción para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.
La Ley 34/2006 de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, establece una nueva regulación para los actuales y futuros estudiantes de Derecho. Posteriormente, la LO 4/2007 establece extraordinarios cambios en la estructura del sistema universitario español, articulado sobre la base de 3 niveles de títulos oficiales: Grado, Máster y Doctorado.
La Ley 34/2006 desconoce esta nueva realidad y los principios vertebradores del nuevo sistema universitario que se ha diseñado, lo que hace necesario armonizar esta Ley con los nuevos parámetros del actual sistema universitario ya que, de no hacerlo, se estaría creando un grave problema a todos los que son y serán licenciados en Derecho y que han cursado 5 años de formación universitaria, para poder acceder a la colegiación de manera directa sin necesidad de la realización de un curso y pruebas adicionales, conforme a nuestra tradición jurídica.
Un cambio normativo no puede basarse exclusivamente en criterios temporales y sin base objetiva alguna, ello es claramente injusto y provoca un agravio comparativo sobre los licenciados, simplemente porque hayan obtenido el título después de octubre de 2011, cuando todos ellos han cursado los mismos estudios de 5 años que los licenciados antes de esa fecha y no podemos olvidar que un alumno ha podido tener cualquier tipo de dificultades académicas o personales que le hayan impedido obtener la licenciatura antes de esa fecha.
A su vez, la Ley 34/2006, impone que los licenciados en Derecho anteriores a la entrada en vigor de la Ley, si pagan la colegiación se entenderán capacitados para ejercer la profesión de Abogados y de Procuradores de los Tribunales para siempre, pero si la decisión de ejercer estas profesiones la toman después de octubre de 2013, tienen que enfrentarse a los nuevos estudios y titulación, lo que perjudica a miles de personas que, por ejemplo, estaban preparando alguna oposición o a quienes estaban trabajando en otros sectores. Por todo ello, considerando necesario y urgente hacer las modificaciones precisas con el fin de evitar las situaciones injustas que la aplicación de la Ley provocará entre licenciados de Derecho que han cursado los mismos estudios, el Grupo Parlamentario Popular, presenta la siguiente moción para su debate en la Comisión de Educación y Deporte:
La Comisión de Educación y Deporte insta al Gobierno a que realice, con carácter urgente, las modificaciones normativas precisas con el fin de que todos los licenciados en Derecho queden excluidos de la obligación de cumplir con los requisitos de capacitación exigidos por la Ley, con independencia del momento de finalización de sus estudios de licenciados, aplicándoseles las nuevas exigencias de capacitación sólo a los futuros graduados conforme al nuevo sistema adaptado al EEES.Palacio del Senado, 24 de septiembre de 2010.
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La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia: Moción en Comisión. 661/000663.
AUTOR: GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO.
Moción por la que se insta al Gobierno a que realice las modificaciones normativas precisas para excluir a todos los licenciados en Derecho de la obligación de cumplir con los requisitos de capacitación exigidos por la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme al artículo 177.1 del Reglamento de la Cámara y disponer su conocimiento por la Comisión de Educación y Deporte; asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2010. P. D., D. Manuel Cavero, Letrado Mayor del Senado.