Otro ejemplo:
Un matrimonio alemán compra dos apartamentos en España de un hombre español que se afirma delante del Notario ser Soltero en la Escritura Pública. Los apartamentos son obras de construcción ya en ruina. El matrimonio alemán construye apartamentos, pone energía solar y muebles. Vendedor soltero pide que envíen 5.000 marcos alemanes a una mujer en Alemania como parte del pago por correo alemán. Lo hacen poniendo concepto “parte de compra y sitio” y tiene pruebas originales de pago en cuenta correos Alemán. Se pagan la deuda con el banco, pero el Banco se quedan con la Escritura que lo van a presentar al Registro de la Propiedad lo que tardó dos meses.
Resulta ser casado, el vendedor español y hace otra compraventa privada con el mismo Abogado español a favor de su esposa y va a Alemania y hace Reconocimiento de Deuda delante de Notario a favor de su esposa alemana sobre el mismo “apartamentos”
El matrimonio alemán terminó la construcción y electrificación y amueblamiento de los apartamentos y disfrutaron de ellos un mes en vacaciones cada año.
CATORCE AÑOS más tarde viene un embargo por parte de la esposa del vendedor y les han desahuciado al matrimonio alemán. No les dejaban ni recoger sus muebles.
El matrimonio alemán coge el mismo Abogado, pagaban un montón y 5000 euros al Juzgado de caución y nunca han oído nada más. El Abogado afirma que está todavía en apelación siete años más tarde.
Ellos creían que pudiendo probar el pago de 5000 marcos a la esposa del vendedor, podría probar la mala fe de ella, pero su Abogado dice que tienen que probar, no sólo por el recibo original de pago que le hayan pagado, sino que hay que probar que el dinero pagado entró en su cuenta. (que no es fácil probar)
Volvieron a Alemania, pidieron certificación de Correos de Alemania, pero tras más de 10 años no lo pueden probar porque ya no tienen documentos. Sin embargo, emitieron una certificación original de Correos Alemania de que se pagó efectivamente 5000 marcos a una cuenta postal a nombre de la esposa del vendedor en tal fecha, pero NO SE ACEPTA EN ESPAÑA COMO PRUEBA DEL PAGO. Porque dicen porque no se pueda probar que la esposa del vendedor efectivamente recibió este pago.
Así que, ¿cómo se puede probar efectivamente que el pago efectuado se hizo, si no vale un recibo de pago oficial, mecanizado, etc.
El matrimonio perdió dos apartamentos, sin poder ni siquiera recoger sus cosas personales, y la parejita se quedaron contentísima.
Me cuesta un poco seguirte, pero creo que debemos volver a tirar de la madeja. Lo que pasa es que concurren circunstancias en el tiempo. Por otra parte me da la impresión como que la parte afectada no se movió mientras se promovía el desahucio, porque no creo que la orden de desahucio sea tan tajante si se muestra un justificante válido de pago.
Imagínate el caso que expongo más arriba donde el director firma con un garabato. Creo que en ese caso apoyo el hecho de que hay denuncias y reclamaciones interpuestas.
Está claro que el caso que relato parece "una poca cosa". Los bancos, como "dueños del mundo", han tergiversado a su favor el concepto de honorabilidad, de seguridad, de seriedad.
Yo suelo acudir al dicho : Si lo aceptas oralmente no te niegues a ponerlo por escrito.
Los bancos acuden a su situación de poder para decirle tajantemente : conmigo no son necesarias esas medidas porque soy serio.
Interponen mostradores, mesas, posiciones dominantes y terminan por manejar la voluntad de los demás.
Más arriba CELTICA pones una aclaración sobre la tarjeta del móvil que creo que es lo que se trata de evitar. En el caso de una tarjeta prepago es improbable que ocurra, pero imaginemos que el contrato es con una tarjeta postpago. Y que se impaga. Si en el contrato se dejó claro no recibir publicidad ni comunicados sms de ningún tipo, y con motivo del impago se dedican a llamar mediante un robot de rellamada cada dos horas estarían incumpliendo las cirscuntancias del contrato. Pero es que ya en los contratos prepago se niegan a firmar las condiciones particulares.....
En nuestro país se vive una situación de coacción y acoso entrecomilladas por deudas que no superan en muchas ocasiones los 100 euros. Y no es que el sr. operador no esté defendido que lo está. Pues tremendo castigo es que vayas a parar a una lista de morosos que termine durante seis años con tu vida crediticia.
Entender las limitaciones de un capitalismo salvaje se hace necesario en el panorama social, para mitigar enfermedades mentales que terminan por surgir ante el empuje inexorable de las empresas que en su día compraron el país. ¿ Desproporcionado lo anterior ?.
El sector de telecomunicaciones dice ser uno de los que más protege los derechos del usuario. Yo creo que no es verdad.
En la práctica los operadores se saltan muchas cosas y lo ponen difícil. Al tiempo se propaga la idea de la libre competencia, cuando en la práctica se comportan todos igual.
Por ejemplo : ¿ Cuando llamas por teléfono a una operadora y solicitas la referencia de la conversación y una reseña escrita de la conversación tenida te la mandan ?. Es más : ¿ te ha informado el operador de este derecho ?
Podría poner ejemplos varios de como el operador coacciona para generarte un gasto en tu defensa. Es decir : que acudas a otra empresa privatizada y te dejes los cuartos en ella (Correos S.A. ). Bueno creo que es un amasijo de privatizaciones , con excepciones en el modo de reclamar contra ellas, y con algún funcionario dentro también.
¿ Dónde se hace respetar la gratuidad a la que tiene derecho el usuario en la defensa de sus intereses ?