A ver si queda alguien por aquí y puede responderme...
Me presento mañana al examen y me asalta la duda de cómo responder a las preguntas que se puedan responder con el código de leyes procesales. ¿Se copia directamente? ¿Se copia citando artículo en todo caso? ¿Se resume el contenido del artículo con las propias palabras? ¿Qué consideráis que sería más adecuado?
Suerte!
Ufff tio, que xungo, se supone que tendrías que haber resuelto varios casos prácticos ya, mirate algunos que hay por aquí en este post resueltos para que lo entiendas, pero tendrías que habertelos mirado con anterioridad para saber por donde van los tiros...
Ya te digo que el caso práctico no siempre se puede resolver con el codigo de leyes procesales, si no que tambien te lo ponen para que apliques teoria del libro y que aunque el codigo de leyes procesales te pueda dar una ligera idea, necesitas si o si saberte la teoria o saberte muchos tipos de casos prácticos para acertar con el adecuado...
El caso práctico consiste en poner aprueba como resolverías tu el caso en cuestion y tus dotes para resolver casos en la vida real, o sea la idea es que resuelvas el caso con tus propias palabras en base a la teoria, citando articulados del codigo correspondiente, que se supone que esos articulos que te dan son una pista para saber por donde quieren los profesores que orientes el caso y no te vayas por peterneras... No es recomendable copiar el texto solamente, si no razonarlo y explicarlo, y solo si es necesario citar algo textualmente del codigo, pero sin que eso sea la respuesta, la respuesta debes resolverla con tus propias palabras y como ya te recomiendo en base a la teoria...
Un Saludo y mucha suerte...
Antonio.