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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL I 11/12 1 PARCIAL  (Leído 240293 veces)

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #960 en: 30 de Enero de 2012, 16:57:11 pm »
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Pa chulo chulo mi pirulo...
jajaja no es broma, lo siento, no vengo a competir, ni a hacer daño, solo a ayudar, por eso publico las quinielas, y al igual que a vosotros a todos mis compañeros de tutoria se las he pasado y espero hayan aprobado con buena nota, a ser posible incluso mejor que la mia...
De todas formas, un sobresaliente todavía es superable por matricula de honor... Cuando lo sepa te digo y comparamos jajajaja, es bromaaaaa que es que te he visto enfadadilla y me dan ganas de meterme contigo jajaja, las cosas así es que me tientan... me tientan... soy un diablillo  :D
Creo saber que es la humildad, pero tal y como le digo a arbotante lo siento si mis palabras han sonado duras, pero unicamente intento mostarles que estan en la peor de la situaciones... Ya son muchos años en uned y mas o menos se como funcionan las cosas por aquí y que si yo estoy siendo duro, es para presionar un poco y que aprendan del error, porque subsanar lo veo dificil...

Lo siento, quizás han sonado duras mis palabras, no eran mi intención, solamente queria indicar que estan en la peor situación, en la que lo tienen todo en contra y les adelanto que les van a decir cuando reclamen para que tengan una idea ya de que pueden responderles...

Realmente lo siento si les he molestado y les pido disculpas, no era mi intención, pero vamos, es algo que se ha estado recalcando en los foros, por lo menos en los alf mucho mucho, el tema de la guia, y la preparacion para hacer el examen, por eso me parece un poco incosciente que no hayan ido con la guia leida y prevenidos, porque han tenido el enunciado del examen, la guia, los foros, y puede incluso que en sus tutorias se haya hecho alusión a ello, y esas son las herramientas que tenemos para prepararnos la asignatura... Quiza suene duro, pero realmente lo siento, porque si yo fuera ellos, lo estaría pasando mal, puedo imaginarme como se sienten, pero con esto quiero decir que de los errores se aprende, y que a veces presionar un poco ayuda a tenerlo en cuenta para la próxima y que en el examen de mañana no lo vuelvan a repetir...

Un Saludo y de veras lo siento si he sonado chulo-prepotente o muy duro...


lo siento pero ni te conozco  ni se si eres majo o no , pero hoy encima  que venia ya basante contento.... del examen. encima te pones en plan paternalista....reprochon  impartiendo doctrina......

a ver ,que se puede decir lo mismo sin ir de sobrado...

no me extraña que lleves tanto en la uned...


fin de la discusion. a otra cosa que esto ya aburre.


venga suerte a todos


Desconectado mannnn

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #961 en: 30 de Enero de 2012, 17:04:55 pm »
Bueno compis vuelvo a poner lo que puso en el 57, si alguien me puede aclara: despues de esto, al lio, espero de todo corazon que el sofoco actual se quede en eso, sino ... una pregunta yo personalmente me he quedado   :-\, en la pregunta de la irretroactividad, supongo que sera los nervios... y le he puesto los limites de la analogía como límite de la irretroactividad (, leyes temporales, penales, extraordinarias y prohibitivas, ) pod´ria considerar?? y sino fuera así supondría la anulacion de la pregunta entera, que bueno lo demas eran pinceladas que si el 9.3CE ...


Un saludo y al toro

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #962 en: 30 de Enero de 2012, 17:13:39 pm »
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Pues yo he contestado por el documento 16, que si habla de una tal Reyes. Es que además he indicado que debía haber un error en uno de los nombres. Esto es de chiste, nos hacen comprarnos un Practicum y ahora dicen que se conteste como teorica. En mi Centro ( Sevilla ) nadie ha comentado nada, así que deben dar por válidas tanto los que han contestado una cosa como otra. Es que Reyes sí aparece en el 16, pero como representante.... y la pregunta estaba enfocada a un caso práctico.

Es impugnable que ahora digan que es como una pregunta de teoría.... la guía de la asignatura dice que una pregunta es del Practicum, así que no vengan ahora con chorradas. O abren el abanico de respuestas o les van a caer más de una reclamación.

Es de traca si, pero en la guía pone que "pueden" ser sacados del practicum... A lo que tengo miedo es que hagan como el año pasado en constitucional I que si tenias 1 mal ya tenias el examen suspenso aunque las restantes estuvieran correctas...

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #963 en: 30 de Enero de 2012, 17:15:45 pm »
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Yo creo que en el Práctico la han líado y mucho.
En mi opinión y según también me asesoró la asistenta del examen, el caso práctico hace referencia al texto nº 16 del practicum, y que simplemente se han equivocado en los nombres en lugar de María tendría que ser Regindo ( en el enunciado del examen ponen que son hermanos y en el documento tb). Recomendándome que escribiese, en la hoja del examen, una nota de observacion.
En mi opinión, si el práctico se guia por el texto nº 16 del practicum será un poder especial y revocable en el momento en el que el asunto (contrato orginiario) para el que fue constituido, expire o se agote. El propio documento indica que no infringe autocontrato ,aunque podría parecer, porque en el documento el propio regindo indica que no hay conflicto de interes alguno.
Muchos respondeis diciendo que si es directa, poder general... pero yo me pregunto sin utilizar un texto del practicum como podeis responder a eso si no dan dato ninguno!
Tpoco tendría sentido que en la supuesta pregunta práctica, la hagan como teórica y menos con el enunciado de la pregunta tan escueto.

Eso es lo que yo digo, que es el documento 16, que es lo que más se asemeja a lo que preguntan. Es que lo que no es de recibo es que la pifien y ahora digan que es una pregunta teórica, no tiene sentido.


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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #964 en: 30 de Enero de 2012, 17:19:04 pm »
Pues si dice la guía que puede ser del Practicum y no obligatoria me parece una tomadura de pelo la pregunta, porque insisto que sólo se puede contestar si la aplicas a un supuesto práctico. No es un supuesto práctico en sí porque no aporta datos para nada. Igualmente como pregunta teórica estaría mal redactada.

Está claro, se han equivocado con los nombres y ya está. A esperar entonces a ver que determinación toman. Espero que sean condescendientes con la preguntita de marras.

Y otra tomadura de pelo por hacernos comprar el Practicum y después poner pregunta "teórica".

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #965 en: 30 de Enero de 2012, 17:21:18 pm »
Ese es el caso, mire los poderes del practicum y no ponia en ningun lado doña maria, asi q supuse q no se referia a ningun caso.
En cuanto indirecta o directa he puesto q como no se especificaba si maria actuaria en nombre propio o ajeno no se sabe q vinculacion tiene reyes con terceros.
De todas formas, si la pregunta estuviese relacionada con algun documento pondrian que documento es, no? No se para q me compre el practicum...
Yo tampoco se vivir, estoy improvisando.

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #966 en: 30 de Enero de 2012, 17:22:31 pm »
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Eso es lo que yo digo, que es el documento 16, que es lo que más se asemeja a lo que preguntan. Es que lo que no es de recibo es que la pifien y ahora digan que es una pregunta teórica, no tiene sentido.
Si hubieran puesto ese enunciado adrede y para resolver como una pregunta teórica, me parecería que lo han hecho a fastidiar y engañar a la gente, porque que necesidad habia entonces de poner que eran hermanos como en el texto practico y utilizar = nombre. Espero que se den cuenta de la confusión que han creado en la mayor parte de los estudiantes y del error, y bien omitan la pregunta o como bien dices amplien el abanico de respuestas.
Como pregunta teórica está mal redactada y es absurdo a todas luces.

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #967 en: 30 de Enero de 2012, 17:32:34 pm »
El año pasado la liaron el examen de Procesal, pusieron artículos para resolver el caso erróneos, en unos sitios tuvieron 2 horas y en otros 1 hora y media para el examen. En cuanto vean la que han liado, yo creo que lo tendrán en cuenta, pero reconocerlo, lo dudo.
Para los que habéis metido la pata con los folios, yo el año pasado en constitucional I también la metí. Envié un email y llamé por teléfono, me dijeron que había problema, que me lo corregirían igual. Así que no os preocupéis. Aunque es fácil decirlo, ya lo sé.
Mucho ánimo.
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Desconectado olenkacion

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #968 en: 30 de Enero de 2012, 17:43:09 pm »
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Hola, a ver si alguien me ilumina. Me he examinado de civil en Madrid esta mañana en Parla. Me imprimen mi examen y me dan otra hoja y en la mesa veo que tengo otra hoja sellada. Me siento, le pregunto a una chica que había por allí y me dice que puedo escribir en la que me han impreso (no la de las preguntas) y la que está sellada, en total 3 caras. Acabo el examen se lo entrego y al entregárselo me dice la chica que me lo coge que si no había leido el enunciado (ponía que tenía que haber conestado únicamente en el folio de las preguntas) y le digo que la verdad que no porque me lie con las preguntas y no me di cuenta de las instrucciones pero que me había dicho una compañera suya dónde escribir, por eso no le había dado importancia... conclusión... me parece que no me lo van a corregir, aunque la mujer tampoco sabía nada. Joder, que poca organización coño. A alguien le ha pasado lo mismo o soy el único empanao? un saludo a todos.


Me ha pasado lo mismito exactamene, ademas en parla tambien jajajaj vi la oja en la mesa y como estaba sellada y tal pues me lie a escribir ahi. En la hoja del examen les puse una nota al profesor q me lo corrija pidiendo disculpas y a ver si pueden evitar mi error
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Desconectado Pedro R

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #969 en: 30 de Enero de 2012, 17:57:45 pm »
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Bueno compis vuelvo a poner lo que puso en el 57, si alguien me puede aclara: despues de esto, al lio, espero de todo corazon que el sofoco actual se quede en eso, sino ... una pregunta yo personalmente me he quedado   :-\, en la pregunta de la irretroactividad, supongo que sera los nervios... y le he puesto los limites de la analogía como límite de la irretroactividad (, leyes temporales, penales, extraordinarias y prohibitivas, ) pod´ria considerar?? y sino fuera así supondría la anulacion de la pregunta entera, que bueno lo demas eran pinceladas que si el 9.3CE ...


Un saludo y al toro
Si has contetado eso en el tema de la irretroactividad, me temo que no tienen nada que ver. Te preguntan de vigencia y tu le hablas de la aplicación.ummmm ..me temo que esa no tiene nada que se salve.

Saludos
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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #970 en: 30 de Enero de 2012, 17:59:49 pm »
Yo tambien me he quedado extrañado cuando no he visto alusión alguna a caso práctico, pero lei en los foros alf, que el práctico no sería el mismo logicamente que el del librito, que el librito era para orientarnos, no he visto numerito de caso ni nada, y he respondido a placer con los datos que me dan, sin tener mas conocimientos solamente he desarrollado lo que sabía, yo creo que realmente nos han querido poner a prueba para ver si podemos resolver un caso práctico con la teoria, y no guiarnos solamente por el librito, y como aparece el nombre colocamos ese y lo confundimos porque es parecido...

Porque al fin y al cabo, segun el caso practico Reyes le da amplios poderes representativos, esto significa que es un poder general, si fuera especial diría que le da poderes representativos para gestionar determinada cosa... (En el caso del prácticum solicitar un prestamo y representarla a ella en todo el tramite del mismo) PERO ESTO NO ES LO QUE PREGUNTAN

Sin embargo, nosotros como verderos automatas, al buscar en el librito, nos hemos perdido de lo que nos pregunta, y hemos sacado a la luz si es un poder general o especial, pero si realmente nos fijamos bien, lo que pregunta es que tipo de representación ejerce, y cuales son los efectos o consecuencias de esta representación.

Yo he soltado que es representación directa voluntaria, he explicado que papel desempeña Maria y que puede actuar en nombre de Reyes, siempre y cuando la represente lo haga siguiendo la voluntad e intereses indicados por su hermana y no los suyos propios. Tambien he añadido que Reyes puede ejercer en su propio nombre, puesto que es una representacion voluntaria y no legal, y por tanto, tanto su hermana como ella pueden ejercer en su nombre, así mismo tambien he añadido que en cualquier momento Reyes puede revocar estos poderes de su hermana. (Y no recuerdo si he dicho algo más)

Sin embargo NO HE DICHO NADA DE PODERES ESPECIAL NI GENERALES, porque al fin y al cabo no preguntaban nada sobre eso, si no sobre la representación, pero vamos, si tuviera que decidir, tengo claro que este seria un poder general...

Un Cordial Saludo

Desconectado funcionaria

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #971 en: 30 de Enero de 2012, 18:16:06 pm »
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Yo tambien me he quedado extrañado cuando no he visto alusión alguna a caso práctico, pero lei en los foros alf, que el práctico no sería el mismo logicamente que el del librito, que el librito era para orientarnos, no he visto numerito de caso ni nada, y he respondido a placer con los datos que me dan, sin tener mas conocimientos solamente he desarrollado lo que sabía, yo creo que realmente nos han querido poner a prueba para ver si podemos resolver un caso práctico con la teoria, y no guiarnos solamente por el librito, y como aparece el nombre colocamos ese y lo confundimos porque es parecido...


Lo que no puede ser igual que el Practicum son las preguntas, no los documentos. De hecho para eso es el Practicum, para que te pregunten algo sobre los documentos. No es para llevarlos de paseo al examen.
La pregunta como teórica no hay por donde cogerla. Que cada uno ha contestado según ha creído, vale, pero que es teórica no se lo cree nadie. Y si ya me dicen que es práctica sin aplicación de documento es que me mondo de la risa. Es una equivocación a todas luces.

La solución es fácil: si lo argumentado, ya sea de manera teórica, ya sea como supuesto práctico es correcta, se puntúa y ya está.

PD: No hace falta poner mayúsculas y negrita . No tienes más razón por eso.

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #972 en: 30 de Enero de 2012, 18:31:33 pm »
Me ha salido bastante bien en general y tengo un problemón, he utilizado otro folio mas y el fallo no ha sido mío, le he preguntado a una profesora del tribunal si podía utilizar algún folio mas y me ha dicho que si y me los ha dado sellados con un apartado para escribir el nombre, y como digo ma ha salido bastante bién. Os ha pasado alguna vez esto, mañana llamaré a secretaría de madrid a ver que me dicen, estoy bastante jodido despues del montón de horas que le he echado.

Desconectado Acnewizard

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #973 en: 30 de Enero de 2012, 18:51:23 pm »
Una pregunta, ¿por que no podía ser representación indirecta?

gracias :)

Desconectado tribeca

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #974 en: 30 de Enero de 2012, 19:09:52 pm »
Voy a la segunda semana. Lastima porque este me lo sabía bien. Suerte para todos.

Gracias a los que rapidamente han traido los enunciados (funcionaria, etc.) nos es de mucha ayuda. Gracias tambien al de las quinielas porque ha acertado. Le haré caso.

Al parecer la prueba practica era del documento 16 del Practicum que dice ser "Poder especial otorgado ante Notario" Yo lo que entiendo es que es un hermano que otorga un poder especifico a su hermana para afianzar un préstamo a nombre de esa hermana. ¿A que se refiere afianzar? ¿a avalar? ¿Los 33.333 euros serán para la hermana y el hermano avala el préstamo como garantia y asumiendo el impago? ¿el dinero es para ambos y el poder vale para que el préstamo figure a nombre de los dos?

Si el préstamo es para la hermana y él avala sería una representación indirecta. La hermana va por cuenta ajena pero en nombre propio.

¿Alguien lo ve claro? y no discutais por tonterias que tenemos mucho encima aunque es verdad que estamos nerviosos.

Besos a todos




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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #975 en: 30 de Enero de 2012, 19:25:12 pm »
Bueno y digo yo.
Que pasa si pasas del supuesto practico, y respondes 3 preguntas, por ejemplo, o bueno las 4,
te aprobaran nooooooooo? :o :o

después de leer varios comentarios da la impresión de que si no contestas todo estas suspenso.

Y hombre es el primer examen que voy hacer en la UNED, pero digo yo que si tienes 3 bien un cinquillo por lo menos no?

Que opinais?
Es que para este examen voy a ir raspadito, je,je

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #976 en: 30 de Enero de 2012, 19:35:15 pm »
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Voy a la segunda semana. Lastima porque este me lo sabía bien. Suerte para todos.

Gracias a los que rapidamente han traido los enunciados (funcionaria, etc.) nos es de mucha ayuda. Gracias tambien al de las quinielas porque ha acertado. Le haré caso.

Al parecer la prueba practica era del documento 16 del Practicum que dice ser "Poder especial otorgado ante Notario" Yo lo que entiendo es que es un hermano que otorga un poder especifico a su hermana para afianzar un préstamo a nombre de esa hermana. ¿A que se refiere afianzar? ¿a avalar? ¿Los 33.333 euros serán para la hermana y el hermano avala el préstamo como garantia y asumiendo el impago? ¿el dinero es para ambos y el poder vale para que el préstamo figure a nombre de los dos?

Si el préstamo es para la hermana y él avala sería una representación indirecta. La hermana va por cuenta ajena pero en nombre propio.

¿Alguien lo ve claro? y no discutais por tonterias que tenemos mucho encima aunque es verdad que estamos nerviosos.

Besos a todos


Hola tribeca.

1º.- Es un poder especial, pues le confiere poderes única y exclusivamente con las facultades en él expuestas, que son el afianzamiento para el préstamo con bancaja....

2ºAvalar es afianzar, exacto.  El hermano avala a la hermana en el préstamo que ella va a pedir a Bancaja en el que ella se queda con el dinero y él afianza. Él no es prestatario, sino avalista y si ella no paga, le requerirán a él el pago. El dinerito es para ella.

2º Es una representación voluntaria, ya que él confiere poderes voluntariamente y directa, pues ella actúa en representación de su hermano como avalista, o sea, en nombre ajeno. Ella no es la avalista, sino el hermano.

No sé si te he aclarado algo.
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado tribeca

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #977 en: 30 de Enero de 2012, 19:36:28 pm »
chus por lo que he leido aqui los profesores de este departamento valoran globalmente el examen, es decir, que no parece que sean tajantes en darle 2 puntos a cada pregunta si no que quieren que en todas se manifieste un conocimiento del tema. Pero digo yo que si de 5, 4 están bien, no creo que suspendan...

Desconectado tribeca

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #978 en: 30 de Enero de 2012, 19:40:34 pm »
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Hola tribeca.

1º.- Es un poder especial, pues le confiere poderes única y exclusivamente con las facultades en él expuestas, que son el afianzamiento para el préstamo con bancaja....

2ºAvalar es afianzar, exacto.  El hermano avala a la hermana en el préstamo que ella va a pedir a Bancaja en el que ella se queda con el dinero y él afianza. Él no es prestatario, sino avalista y si ella no paga, le requerirán a él el pago. El dinerito es para ella.

2º Es una representación voluntaria, ya que él confiere poderes voluntariamente y directa, pues ella actúa en representación de su hermano como avalista, o sea, en nombre ajeno. Ella no es la avalista, sino el hermano.

No sé si te he aclarado algo.

Claro que si, Victoria, muchisimo. Matizando, ella actua en nombre ajeno (por su hermano como avalista) y por cuenta ¿ajena? no entiendo eso mucho, si ella va a recibir el dinero será por cuenta propia no? ¿seguro que es directa?  Muchisimas gracias

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Re:POST OFICIAL CIVIL I 11/12
« Respuesta #979 en: 30 de Enero de 2012, 19:45:40 pm »
Tribeca yo en el examen lo he puesto como tu lo ha planteado, pero porque comprendi que actuaba por cuenta ajena. Lo que no es si es correcto, yo entendi que si porque en el caso practico le habilota para firmar hasta documentos, cuando tu firmas cn tu nombre aunque te avale otro en el prestamo eres tu quien establece la relacion con bancaja, yo por eso hable de representacion indiorecta mandante y mandatario. Me gustaria confirmarte que es correcto pero viendo el abanico de resuestas es dificil averiguarlo. Un saludo!