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Autor Tema: ¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?  (Leído 9442 veces)

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¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« en: 24 de Enero de 2012, 22:31:28 pm »
Ahora se podría acusar al instructor del sumario contra las victimas del Franquismo, Luciano Varela, por haber prevaricado, ¿no?

He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado simple22

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #1 en: 26 de Enero de 2012, 20:58:46 pm »
Prevaricó Franco por morirse antes de que lo procesara Garzón.

La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

Desconectado simple22

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #2 en: 27 de Enero de 2012, 06:57:46 am »
De todas formas, para poner en claro las cosas: que no busque el Antiguo Régimen que le preste mis ojos y mis oídos.

Antiguo Régimen = PSOE, nacionalistas, comunistas y etarras.

Régimen que ha hecho del abuso de poder, de los pactos con los terroristas, de la violencia, de la agitación guerracivilista, de la prevaricación hasta límites que superan con creces lo grotesco y del robo a manos llenas, una pauta habitual de actuación. Yo no soy el interlocutor adecuado para los del Antiguo Régimen. Que busquen a Chaves, a Rubalcaba, a Chacón, a Griñán, a Pepiño o a Otegi.

Yo no les presto ojos ni oídos. Así de sencillo.
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Desconectado dangoro

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #3 en: 27 de Enero de 2012, 10:24:31 am »
Del código penal. Art 130.

 La responsabilidad criminal se extingue:


Por la muerte del reo.

Este es otro de los artículos que no conocía el señor Garzón. Debería tomarse unas clases de reciclaje en la UNED.

No conocía que la ley prohíbe escuchar las conversaciones entre clientes y abogados en los locutorios de la carcel, ni que la responsabilidad penal se extingue con la muerte.Ninguno de los más de 30 imputados de Garzón por los crímenes del franquismo estaba vivo.

Así va la justicia en España, los jueces se dedican a imputar a muertos, o mandatarios extranjeros (como ahora que uno quiere imputar Bush) y mientras tanto los asuntos mas mundanos se acumulan por años en los juzgados sin que los jueces les den salida.

Desconectado simple22

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #4 en: 27 de Enero de 2012, 11:13:08 am »
Yo antes que discutir obviedades con los del antiguo régimen, prefiero discutir sobre sutilezas, sobre los matices que deben tener las reformas y los nuevos tiempos que se avecinan. Hablen los del antiguo régimen consigo mismos o con sus ídolos. Es tan sencillo como eso. Tan sencillo como ponerse un paraguas cuando llueve. Puede que haya quien discute con Dios o con las nubes cuando llueve, yo me pongo el paraguas.

No discutiré con el antiguo régimen, discutiré con socialdemócratas o liberales, no con radicales y fanáticos. Es tan sencillo como esto.
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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #5 en: 28 de Enero de 2012, 12:42:09 pm »
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Del código penal. Art 130.

 La responsabilidad criminal se extingue:


Por la muerte del reo.

Este es otro de los artículos que no conocía el señor Garzón. Debería tomarse unas clases de reciclaje en la UNED.

No conocía que la ley prohíbe escuchar las conversaciones entre clientes y abogados en los locutorios de la carcel, ni que la responsabilidad penal se extingue con la muerte.

   La ley SÍ permite intervenir las conversaciones entre abogado y cliente en casos de terrorismo y blanqueo de dinero (que era lo que se investigaba). Y Garzón no buscaba responsabilidades penales de ningún fallecido, sino que miles de personas pudieran enterrar debidamente a sus muertos. Por otro lado, se limitaba a aplicar una ley vigente. Y punto.

   Lo que ocurre es que a ciertos criminales y a sus descendientes no les gusta nada que les menten la bicha ahora que se han puesto la careta de democráticos.

   ¿En qué país se ha visto que aparezcan restos humanos con signos de violencia enterrados en una cuneta y no se investigue esa muerte y ni siquiera te permitan desenterrarlos? Ni en las repúblicas bananeras, vamos.

   Alguno no es que necesite un reciclaje, es que necesita empezar de cero.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado dangoro

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #6 en: 28 de Enero de 2012, 14:31:29 pm »

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   La ley SÍ permite intervenir las conversaciones entre abogado y cliente en casos de terrorismo y blanqueo de dinero (que era lo que se investigaba). Y Garzón no buscaba responsabilidades penales de ningún fallecido, sino que miles de personas pudieran enterrar debidamente a sus muertos. Por otro lado, se limitaba a aplicar una ley vigente. Y punto.

   Lo que ocurre es que a ciertos criminales y a sus descendientes no les gusta nada que les menten la bicha ahora que se han puesto la careta de democráticos.

   ¿En qué país se ha visto que aparezcan restos humanos con signos de violencia enterrados en una cuneta y no se investigue esa muerte y ni siquiera te permitan desenterrarlos? Ni en las repúblicas bananeras, vamos.

   Alguno no es que necesite un reciclaje, es que necesita empezar de cero.

Bueno antes de hablar con tanta propiedad e incluso resaltar en mayusculas ese "la ley SI permite" igual hubiese sido conveniente que te la hubieses leído.


Articulo 51.2 de la Ley General penitenciaria.

2. Las comunicaciones de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo.


Ahora me dirás donde pone algo de Blanqueo de dinero. De hecho le están juzgando por prevaricar por saltarse a la torera este artículo.

Dices que Garzón no buscaba responsabilidades penales de ningún fallecido. Yo pensaba que la competencia de un juez de instrucción de lo penal es buscar responsabilidades penales. De hecho, por eso imputó a más de 30 fallecidos, y como el fiscal se echó las manos a la cabeza, pidió las actas de defunción de todos, incluidas la de Franco, para salvar ese obstáculo y ganar tiempo.

La ley vigente de la que hablas, supongo que será la de Memoria Histórica. Perdona pero eso no es competencia de un Juez del Juzgado de Instrucción del Juzgado Central de lo Penal. Mírate la ley del Consejo General del Poder Judicial a ver que competencias otorga a los jueces de lo penal o la propia ley de Memoria Historica a ver si dice que eso lo investigaran los jueces de lo penal. Ya te digo yo que no.

Pretendes que la ley diga lo que a ti o al Juez Garzón le gustaría que dijese, pero que no es lo que realmente dice y por eso está siendo juzgado.


Desconectado mary elena

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #7 en: 28 de Enero de 2012, 14:34:39 pm »
Estoy de acuerdo con el compañero, abogadomafioso, Garzón claro que sabía que no se podía procesar a muertos!!!,pero también sabía que los hijos y nietos de los asesinados y desaparecidos, que son miles y miles, tenían derecho a dar sepultura a sus seres queridos muertos no en cualquier circunstancia, sino como víctimas de las atrocidades que se cometieron. Y a esta gente de Manos Limpias, no les interesaba asi de claro, por lo tanto el juicio a Garzón es un juicio político, que quede claro, y aqui hay gente que está pidiendo todo el dia la no politizacion de la justicia..  >:( que me lo expliquen...

Desconectado simple22

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #8 en: 28 de Enero de 2012, 14:44:03 pm »
Pero los procesó Elena: los procesó.
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Desconectado dangoro

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #9 en: 28 de Enero de 2012, 14:46:07 pm »
Osea que el juez puede hacer lo que le de la gana. Da igual lo que diga la ley.




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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #10 en: 28 de Enero de 2012, 14:55:05 pm »
A ver: cuando se dice que la mujer del César tiene que ser honrada y parecerlo, hay que ponerlo en relación con la presunción de que el servidor público obra rectamente.

Tendrá esa presunción, mientras no haga nada chocante. Y a nadie se le escapa que abrir procesos contra fallecidos, es chocante. En ese momento será él servidor público el que tenga que demostrar que ha obrado con rectitud. Y eso por una razón muy sencilla: la rectitud de los servidores públicos no puede ser nunca una cuestión de fe, ya que eso supone incurrir en la arbitrariedad y en la inseguridad jurídica más absoluta.

Y esto es como si alguno de nosotros tenemos un patrimonio que no cuadra con los ingresos: no nos vale decirle al juez: "sí, pero somos muy buenas personas y nosotros en nuestro fuero interno pensamos que no hacemos nada malo." El juez necesita algo más que fe, cuando se encuentra con algo chocante.
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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #11 en: 28 de Enero de 2012, 14:58:07 pm »
El Juez puede y debe defender a las víctimas de violaciones de los derechos humanos.

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #12 en: 28 de Enero de 2012, 15:03:10 pm »
Las actuaciones utópicas de los servidores públicos, degeneran en quimera. La utopía en realidad no existe: lo imposible no puede nunca ser deseable. Porque desde el momento en que el poder público obra según un fin "deseable, pero imposible", esa utopía se descubre que no es sino quimera. Y la quimera no es un fin imposible, pero deseable, sino imposible y monstruoso.
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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #13 en: 28 de Enero de 2012, 15:13:00 pm »
Pues el Juez Varela puede juzgar a los jueces que prevarican.

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #14 en: 28 de Enero de 2012, 15:20:39 pm »
Querer lo imposible y pelear por ello, no es ni será nunca una actitud noble.

Las causas imposibles, no pueden ser nunca una noble finalidad.

Si no se persigue su consecución, se queda en lo melancólico, lo que sólo perjudica al que persigue esas nobles causas.

Pero si se pelea por su consecución, entonces a lo imposible se le añade lo monstruoso, ya que suele ir acompañado de violencia.

Pocas cosas hay tan monstruosas, como querer lo imposible a toda costa, con fuerza. Esto es lo que les pasa a Garzón y a los "utópicos", en realidad quiméricos.
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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #15 en: 28 de Enero de 2012, 15:56:38 pm »
siempre que para juzgar el juez varela no haya prevaricado antes...

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #16 en: 28 de Enero de 2012, 15:59:50 pm »
Resumiendo opino que han sentado en el banquillo a uno de los mejores jueces del mundo en el campo de la defensa de los derechos humanos, yo lo veo una auténtica verguenza, y deja a España en una situación muy vulnerable de cara a la opinión pública internacional. es mi opinión, y todo mi apoyo y mi admiración  al juez Garzón.

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #17 en: 28 de Enero de 2012, 16:00:11 pm »
No, si es imposible o perjudicial. Querer con fuerza lo imposible, no es algo noble: es monstruoso.

Dicen que la quimera se volvió un ángel, cuando se mudó a la casa del sosiego.

No sólo no prevaricó, sino que en su ingenuidad llegó a decir que había algo noble en desear con fuerza lo imposible, cuando no hay nada más monstruoso.

Creo por el contrario que la pena a una prevaricación de ese tipo, debe ser la cadena perpetua, ya que puede y suele degenerar en crimen.
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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #18 en: 28 de Enero de 2012, 20:05:09 pm »
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Bueno antes de hablar con tanta propiedad e incluso resaltar en mayusculas ese "la ley SI permite" igual hubiese sido conveniente que te la hubieses leído.


Articulo 51.2 de la Ley General penitenciaria.

2. Las comunicaciones de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo.


Ahora me dirás donde pone algo de Blanqueo de dinero. De hecho le están juzgando por prevaricar por saltarse a la torera este artículo.

Dices que Garzón no buscaba responsabilidades penales de ningún fallecido. Yo pensaba que la competencia de un juez de instrucción de lo penal es buscar responsabilidades penales. De hecho, por eso imputó a más de 30 fallecidos, y como el fiscal se echó las manos a la cabeza, pidió las actas de defunción de todos, incluidas la de Franco, para salvar ese obstáculo y ganar tiempo.

La ley vigente de la que hablas, supongo que será la de Memoria Histórica. Perdona pero eso no es competencia de un Juez del Juzgado de Instrucción del Juzgado Central de lo Penal. Mírate la ley del Consejo General del Poder Judicial a ver que competencias otorga a los jueces de lo penal o la propia ley de Memoria Historica a ver si dice que eso lo investigaran los jueces de lo penal. Ya te digo yo que no.

Pretendes que la ley diga lo que a ti o al Juez Garzón le gustaría que dijese, pero que no es lo que realmente dice y por eso está siendo juzgado.

Olvidas los artículos 579 a 588 de la LECrim, por lo tanto considero que las escuchas telefónicas a esos mafiosos están justificadas conforme a Derecho!!!!:



Artículo 579.

1. Podrá el Juez acordar la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica que el procesado remitiere o recibiere y su apertura y examen, si hubiere indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa.

2. Asimismo, el Juez podrá acordar, en resolución motivada, la intervención de las comunicaciones telefónicas del procesado, si hubiere indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa.

3. De igual forma, el Juez podrá acordar, en resolución motivada, por un plazo de hasta tres meses, prorrogable por iguales períodos, la observación de las comunicaciones postales, telegráficas o telefónicas de las personas sobre las que existan indicios de responsabilidad criminal, así como de las comunicaciones de las que se sirvan para la realización de sus fines delictivos.

4. En caso de urgencia, cuando las investigaciones se realicen para la averiguación de delitos relacionados con la actuación de bandas armadas elementos terroristas o rebeldes, la medida prevista en el número 3 de este artículo podrá ordenarla el Ministro del Interior o, en su defecto, el Director de la Seguridad del Estado, comunicándolo inmediatamente por escrito motivado al Juez competente, quien, también de forma motivada, revocará o confirmará tal resolución en un plazo máximo de setenta y dos horas desde que fue ordenada la observación.

Artículo 580.

Es aplicable a la detención de la correspondencia lo dispuesto en los artículos 563 y 564.

Podrá también encomendarse la práctica de esta operación al Administrador de Correos y Telégrafos o Jefe de la Oficina en que la correspondencia deba hallarse.

Artículo 581.

El empleado que haga la detención remitirá inmediatamente la correspondencia detenida al Juez instructor de la causa.

Artículo 582.

Podrá asimismo el Juez ordenar que por cualquiera Administración de Telégrafos se le faciliten copias de los telegramas por ella transmitidos, si pudieran contribuir al esclarecimiento de los hechos de la causa.

Artículo 583.

El auto motivado acordando la detención y registro de la correspondencia o la entrega de copias de telegramas transmitidos determinará correspondencia que haya de ser detenida o registrada, o los telegramas cuyas copias hayan de ser entregadas, por medio de la designación de las personas a cuyo nombre se hubieren expedido, o por otras circunstancias igualmente concretas.

Artículo 584.

Para la apertura y registro de la correspondencia postal será citado el interesado.

Este o la persona que designe podrá presenciar la operación.

Artículo 585.

Si el procesado estuviere en rebeldía, o si citado para la apertura no quisiese presenciarla ni nombrar persona para que lo haga en su nombre, el Juez instructor procederá, sin embargo, a la apertura de dicha correspondencia.

Artículo 586.

La operación se practicará abriendo el Juez por si mismo la correspondencia y después de leerla para si apartará la que haga referencia los hechos de la causa y cuya conservación considere necesaria.

Los sobres y hojas de esta correspondencia, después de haber tomado el mismo Juez las notas necesarias para la práctica de otras diligencias de investigación a que la correspondencia diere motivo, se rubricarán por el Secretario judicial y se sellarán con el sello del Juzgado, encerrándolo todo después en otro sobre, al que se pondrá el rótulo necesario, conservándose durante el sumario, también bajo responsabilidad del Secretario judicial.

Este pliego podrá abrirse cuantas veces el Juez lo considere preciso, citando previamente al interesado.

Artículo 587.

La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante.

Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia, mayor de edad.

Si no fuere conocido ningún pariente del procesado, se conservará dicho pliego cerrado bajo la responsabilidad del Secretario judicial hasta que haya persona a quien entregarlo, según lo dispuesto en este artículo.

Artículo 588.

La apertura de la correspondencia se hará constar por diligencia, en la que se referirá cuanto en aquélla hubiese ocurrido.

Esta diligencia será firmada por el Juez instructor, el Secretario demás asistentes.


Piensa como piensan los sabios, mas habla como habla la gente sencilla.

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Re:¿Prevaricación del Juez Luciano Varela?
« Respuesta #19 en: 28 de Enero de 2012, 20:06:56 pm »
Y luego, en fin, hay que reconocer otra cosa: no puede dejar de soslayarse el evidente eco propagandístico que ha tenido en el caso de la memoria histórica, la actuación de Garzón, el uso y la evidente demagogia partidista que se han derivado de sus esperpénticas actuaciones, o el hecho de que los que hayan apoyado a Garzón hayan sido precisamente aquellos a los que pretendía favorecer con sus grotescas actuaciones. No creo que eso sea algo que pueda despacharse sin más, con la nobleza de la causa imposible o con el hecho de que Garzón en su fuero interno se cree buena persona. Porque por esta vía, Urdangarín mismo, podría alegar que en su fuero interno se considera una buena persona y que para que se lo gasten otros en subvenciones, mejor comete él fraude fiscal, para gastárselo en vino. Inició una causa que él sabía inviable. Y no es esto algo que pueda despacharse con el hecho de que pretendiera desenterrar a los muertos, utilizando para ello un procedimiento penal que sabía perfectamente que no era el adecuado para esos fines, siendo el procedimiento penal que él inició, inviable para los fines que le son propios (enjuiciamiento de crímenes) y sabiéndolo él, como lo sabía, perfectamente. A ello cabe añadir el trato distinto que dio al caso Paracuellos, etc.

El procedimiento para desenterrar muertos, no puede derivarse de una investigación penal absolutamente inviable. Y corresponde mediante procedimiento administrativo, supongamos, al funcionario Ricardo López. Ahora bien, es lógico suponer porque lo hemos visto antes, que Garzón tuviera interés en darse autobombo en este caso, con la Guerra Civil. Los funcionarios, los servidores públicos, tienen una función meramente instrumental. Importa la función, no la persona. La función es principal, y la persona, accesoria.

Tampoco respetó eso Garzón, que abrió un procedimiento penal que él sabía inviable, para ser él el desenterrador o enterrador de muertos en vez del funcionario López. ¿Es que acaso el cometido de la Justicia es pisar el terreno de la Administración, abrir un procedimiento penal inviable para que el ególatra de turno se haga la foto con los restos de Lorca y se dé su ración correspondiente de autobombo, para una vez saciada su egolatría y rendido un servicio propagandístico a un partido político, cerrar un proceso que nunca debió abrirse, declarando extinguida la responsabilidad criminal por la muerte de los procesados? ¿Despacharemos el esperpento apelando nuevamente a la nobleza de la causa? ¿Y qué decir del daño que eso representa en términos de seguridad jurídica? ¿Qué decir de sentar un precedente de procesar a muertos y abrir la puerta a muchos otros engendros de ese tipo, si dejamos impune semejante actuación? ¿Qué decir del símbolo de lo grotesco que es procesar a muertos? ¿Qué decir del daño irreparable que causa esto en la imagen de la Justicia? Y cuando seamos abogados, ¿qué pasará cuando un cliente nos diga que un majadero que no tiene nada que ver con él, ni con su familia, ni aparece en el testamento, pretende la herencia del padre de dicho cliente? ¿Qué le diremos cuando nos diga: “pero el juez, naturalmente no accederá a su absurda pretensión, ¿no?”? ¿Le tendremos que decir acaso, que eso en teoría es así, pero que no se fíe, porque aquí los jueces son capaces hasta de procesar a personas fallecidas para rendir tributo a su vanidad? ¿Dónde quedaría la seguridad jurídica de ese cliente si semejante atropello no es sancionado como se merece?

Y he olvidado otra cosa: ¿con qué evidencia probatoria se tiró Garzón a la piscina para procesar a fallecidos? Por cierto: ¿con arreglo a qué código? ¿Retroactivamente? Pero añado otra cosa: ¿qué pruebas tenía Garzón de que los responsables de los crímenes eran los fallecidos que él dice que fueron? ¿Es que acaso cuando empezó a investigar los crímenes del GAL, empezó por Felipe González? ¿Se tiró una vez más a la piscina sin haber agua, procesando a decenas de personas sin tener pruebas? ¿Acaso los jueces del 11-M empezaron por la cabeza de la trama? ¿Acaso los del Faisán empezaron directamente por Rubalcaba? ¿Acaso el juez de Filesa empezó por Guerra? ¿Acaso el juez de los Fondos reservados comenzó por José Luis Corcuera? ¿Acaso el juez de Gurtel, precisamente Garzón, imputó directamente nada más entrar a los cabezas del PP, como Rajoy y Aznar? ¿Por qué con Franco sí se puede empezar por la cúpula y en los demás casos hay que empezar por la base? ¿Acaso la fragilidad probatoria de los elementos inculpatorios contra Franco, no era y es la misma que contra Felipe, Rajoy, Aznar, Corcuera? ¿Acaso si un juez nada más abrir la carpeta de Gurtel comenzara por Rajoy y Aznar, no habría que procesarlo por prevaricación por el solo hecho de acusar a alguien sin tener la más mínima prueba?
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