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Autor Tema: POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12  (Leído 189797 veces)

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Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #300 en: 11 de Abril de 2012, 00:08:40 am »
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Yo también creo que es la A, por descarte de las demás.

Voy a ver que tal se da la cuarta.

Un saludo

La cuarta es demasiado "fuerte" para estas horas de la noche. Mañana, más...


Desconectado Carlos02

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #301 en: 11 de Abril de 2012, 05:51:42 am »
En referencia a la 4ª pregunta:
a) No, porque el objetivo del Decreto-Ley no es reducir plazos respecto al procedimiento de urgencia, sino como dice el art. 86.1 CE "en caso de extraordinaria y urgente necesidad".
b) Me parece correcta. (conforme art. 86.1 CE)
c) No. Sería lo extraordinario, no "sólo" ( o unicamente).
d) Creo que no.

Un saludo,

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #302 en: 11 de Abril de 2012, 07:44:55 am »
Anoche lo miré un poco, y hoy nada más levantarme, pero aún no me atrevo a opinar. Esta tarde le daré más vueltas; ahora me toca trabajar  :-\

Desconectado Feliposdior

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #303 en: 11 de Abril de 2012, 08:31:54 am »
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A ver, en los manuales y resumenes en el tema III viene esto asi:

1.1.Diversos procedimientos de reforma

> Participacion popular:
Las fórmulas empleadas en el Derecho constitucional comparado son reducibles a tan sólo dos.
La primera es la de exigir la disolución de las Cámaras que aprobaron la reforma constitucional, la celebración de nuevas elecciones y ratificación de la  modificación por el Parlamento durante esta nueva legislatura.
 Más habitual es que las Constituciones contemporáneas contemplen el referéndum constitucional, obligatorio o simplemente facultativo.

Y la segunda donde esta? Digo yo que se referira al referendum?

Estoy contigo. La primera forma de participación popular es a través del proceso electoral en la que se eligen los nuevos parlamentarios que ratificarán la modificación constitucional propuesta y la segunda es a través del referéndum.

Desconectado rantamplan

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #304 en: 11 de Abril de 2012, 12:42:57 pm »
Bueno empiezo con Constitucional I,voy a ponerme al día,porque ya estoy viendo que si la cuota,que si se hay que hacer el caso práctico,que si no,que si el equipo docente no lo dice...y que si tal que si pascual.Será que no cuesta trabajito ya de por sí la cosa como para tener que estar con estas.Bueno vamos a ver que hay por aqui y al grano.
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Desconectado lazuzu

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #305 en: 11 de Abril de 2012, 14:15:35 pm »
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En cuanto a la segunda pregunta tengo dudas entre la A y la B

¿se necesita una resolución del TC, para permitir la aplicación directa de la Constitución por los jueces y tribunales ordinarios?

Un saludo

Pues la verdad es que no lo tengo claro.  Los jueces deben interpretar las leyes conforme a la CE pero aquí la palabra "aplicar" me chirria un poco no?

Yo creo que la correcta es la B pero tampoco se explicar exactamente porque las demás son falsas.

Desconectado rantamplan

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #306 en: 11 de Abril de 2012, 15:06:09 pm »
Dios que rollazo por favorrr,otros 20 temas,que se queden en 16 o 17,pero vaya tela,como no tengo poco ya con romano y Admtv,que esa es otra abandoná total y hoy empiezo con esta (Cosntitucional)... :(

Por cierto el folio por las dos caras es para las 3 preguntas no?
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Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #307 en: 11 de Abril de 2012, 15:13:20 pm »
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Bueno, al igual que el compañero IBM os ofrezco mi ayuda si la queréis. Para ello me hace ver la PEC.

Una de las personas a las que se le reconoce capacidad para interponer una cuestión de inconstitucionalidad, puesto que la Norma Suprema no es de aplicación en la vía jurisdiccional, viene desarrollado de la siguiente manera en el art. 35 LOTC: "Cuando un juez o tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Cosntitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley".

Se deduce de la pregunta que expones que hace mención a este planteamiento de la cuestión de inconstitucinalidad, por lo que la sentencia que pueda ser dictada por el Juez o el Tribunal, queda a la espera del pronunciamiento por el TC, que se pronunciará en forma de resolución.

Si, pero un Juez o Tribunal puede inaplicar una ley anterior a la constitución si entiende que la misma a quedado deregada por la disposición derogatoria de la CE. De esta manera la aplicación sería directa, pero desconozco si se necesita autorización del TC para ello

Desconectado rantamplan

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #308 en: 11 de Abril de 2012, 15:20:37 pm »
Teufel el archivo este de preguntas y respuestas Constitucinal I (oscar alzaga) que has hecho,las preguntas son de los examenes de licenciatura del temario de alzaga que han caido no?bien y las respuestas de quién son,tuyas?
Gracias.
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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #309 en: 11 de Abril de 2012, 15:26:54 pm »
Yo, lo único que sé es que como este fin de semana no me aclare con la PEC no la envío.
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Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #310 en: 11 de Abril de 2012, 16:07:30 pm »
uFF MENUDO LIO DE PEC.

Yo creo que son: c,d, a y b

No tengo nada claro...ay

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #311 en: 11 de Abril de 2012, 16:12:42 pm »
Para mi en el caso 2 pondria como correcta la B y daria la siguiente explicacion:

-Hacemos referencia a la Constitución y a la Ley Orgánica 5/1985  de 1 de julio del Poder Judicial, citando textualmente esta última en su art. 5.1: Cuando un Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley.

Pero mi duda esta en la forma de redactar el por que considero falsas las otras.
- En la A cabe decir que la constitucion no es de aplicacion directa, pero la C y D que? Que habeis puesto?

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #312 en: 11 de Abril de 2012, 16:32:42 pm »
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Para mi en el caso 2 pondria como correcta la B y daria la siguiente explicacion:

-Hacemos referencia a la Constitución y a la Ley Orgánica 5/1985  de 1 de julio del Poder Judicial, citando textualmente esta última en su art. 5.1: Cuando un Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley.

Pero mi duda esta en la forma de redactar el por que considero falsas las otras.
- En la A cabe decir que la constitucion no es de aplicacion directa, pero la C y D que? Que habeis puesto?

Yo aún no me he metido con la redacción. Todavía estoy intentando tener clara la respuesta de la 4ª.

Desconectado carlos14500

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #313 en: 11 de Abril de 2012, 16:55:01 pm »
Madre mía, la cuarta pregunta me está resultando bastante complicada.

¿Alguien puede ayudarnos un poquillo? todas me parecen incorrectas

Un saludo

Desconectado Feliposdior

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #314 en: 11 de Abril de 2012, 16:56:59 pm »
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Para mi en el caso 2 pondria como correcta la B y daria la siguiente explicacion:

-Hacemos referencia a la Constitución y a la Ley Orgánica 5/1985  de 1 de julio del Poder Judicial, citando textualmente esta última en su art. 5.1: Cuando un Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley.

Pero mi duda esta en la forma de redactar el por que considero falsas las otras.
- En la A cabe decir que la constitucion no es de aplicacion directa, pero la C y D que? Que habeis puesto?

¡¡¡Pensaba utilizar el art. 9.1 de la Constitución para tratar de defender su aplicación directa.!!!

Desconectado petesampras

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #315 en: 11 de Abril de 2012, 18:21:04 pm »
Algo que leì en Alf y no tiene que ver con la PEC y si con el exàmen es lo referente a si la pregunta pràctica es obligatoria o no y uno de los profesores de la asignatura dijo que el exàmen podìan ser 4 preguntas todas teòricas o tres teòricas y una pràctica. Que en ambos casos uno elige las tres que quiera, es decir, en el caso de que sean 4 teòricas obviamente que seràn las 3 teòricas que mejor nos sepamos y en el caso del exàmen que tenga tres teòricas y una pràctica (el comentario a una sentencia) se pueden escoger las tres teòricas o dos teòricas y la pràctica, lo que indica entonces que no hay ninguna obligatoria, menos mal porque el caso pràctico si ponen sentencias como las de la PEC lo veo negro.

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #316 en: 11 de Abril de 2012, 18:35:57 pm »
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¡¡¡Pensaba utilizar el art. 9.1 de la Constitución para tratar de defender su aplicación directa.!!!
Pero en la sentencia no se hace referencia en ningun lugar a ese art, no?

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #317 en: 11 de Abril de 2012, 18:38:12 pm »
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Algo que leì en Alf y no tiene que ver con la PEC y si con el exàmen es lo referente a si la pregunta pràctica es obligatoria o no y uno de los profesores de la asignatura dijo que el exàmen podìan ser 4 preguntas todas teòricas o tres teòricas y una pràctica. Que en ambos casos uno elige las tres que quiera, es decir, en el caso de que sean 4 teòricas obviamente que seràn las 3 teòricas que mejor nos sepamos y en el caso del exàmen que tenga tres teòricas y una pràctica (el comentario a una sentencia) se pueden escoger las tres teòricas o dos teòricas y la pràctica, lo que indica entonces que no hay ninguna obligatoria, menos mal porque el caso pràctico si ponen sentencias como las de la PEC lo veo negro.

Efectivamente; esta es la respuesta del profesor:

"Estimada alumna. Posibilidad 1) cuatro preguntas teóricas de la que ud. elige tres. Posibilidad 2) tres pregunas teóricas y un pequeño comentario; ud. elige tres, pueden ser las tres teóricas o dos y el comentario.

Uns aludo"
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #318 en: 11 de Abril de 2012, 18:38:46 pm »
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Algo que leì en Alf y no tiene que ver con la PEC y si con el exàmen es lo referente a si la pregunta pràctica es obligatoria o no y uno de los profesores de la asignatura dijo que el exàmen podìan ser 4 preguntas todas teòricas o tres teòricas y una pràctica. Que en ambos casos uno elige las tres que quiera, es decir, en el caso de que sean 4 teòricas obviamente que seràn las 3 teòricas que mejor nos sepamos y en el caso del exàmen que tenga tres teòricas y una pràctica (el comentario a una sentencia) se pueden escoger las tres teòricas o dos teòricas y la pràctica, lo que indica entonces que no hay ninguna obligatoria, menos mal porque el caso pràctico si ponen sentencias como las de la PEC lo veo negro.
En ALF, en el subgrupo de Alzaga, una profesora esta subiendo sentencias y comentandolas con los alumnos. Creo recordar que estan en el apartado de comunicacion.

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #319 en: 11 de Abril de 2012, 18:43:47 pm »
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Madre mía, la cuarta pregunta me está resultando bastante complicada.

¿Alguien puede ayudarnos un poquillo? todas me parecen incorrectas

Un saludo

Bueno, después de pensar en ello casi un día completo, ahí va mi opinión (con serias dudas, la verdad).

Para mí la D es falsa, porque un Decreto Ley permite innovar al Gobierno en materias reguladas por Ley.

Creo que la C también es falsa porque, como ya dijo Carlos02, ese "sólo" sobra, pues no se puede hacer "únicamente" en ese caso.

He dado muchas vueltas a las opciones A y B, y me inclino a decir que la B no tiene sentido, porque "Decreto Ley" y "extraordinaria y urgente necesidad" son sinónimos, es decir, no hay ningún decreto Ley sin que haya extraordinaria y urgente necesidad.

Sólo me queda la A. El FJ6 concuerda con que un Decreto Ley no puede contener medidas deslegalizadoras, salvo un supuesto excepcional en el que habrá que demostrar que es indispensable. Y para que sea indispensable, digo yo que necesariamente ha de ser más rápido que el procedimiento normal, o no sería indispensable, sino absurdo.

Estoy deseando leer otras opiniones, porque me fastidiaría bastante fallar alguna de las respuestas y que no me puntuaran las explicaciones de las que hubiera acertado (con lo que nos va a costar explicar esto con lenguaje jurídico).