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Autor Tema: POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12  (Leído 190045 veces)

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Desconectado tribeca

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #440 en: 15 de Abril de 2012, 21:30:29 pm »
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Ojito, ojito, que yo en una ocasión puse un enlace de la wikipedia y Carlos Vidal me puso a tono

Pues a ver que hago. Si la Wiki miente siempre que lo incluyan en la Guia de la Asignatura "La Wikipedia no es considerada por la UNED como un método de consulta fiable" porque vamos, le das a Google y es lo primero que sale y no ver eso es cerrar los ojos. Como me eche la bronca por mirar la wiki se lo voy a decir, que a mi ningún comunicado de la UNED me ha alertado de ese "peligro". Es como lo de mirar en el BOE en el enlace que ponen ellos en la PREC, lo estoy haciendo por pura disciplina pero en alguna pregunta me ha costado bastante dar con lo que buscaba y sin embargo te vas a GOOGLE y con 3 datos te sale todo. Y no ver eso es también cerrar los ojos.

Y por último, si me coge manía y me ponen una cruz pues que me suspendan. Ya lo llevo crudo...(a vistas de la PREC y en el exámen sin la CE a mano, ni la LOPJ, ni la LOTC)  :-\


Desconectado kanty361

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #441 en: 15 de Abril de 2012, 21:41:42 pm »
Tendriamos que tener en cuenta las preguntas. En el caso de la número 4, opción D. Nos preguntan "De acuerdo con la STC 29/1982, un Decreto-Ley".
Creo que la respuesta debe ir encaminada estrictamente a razonar la pregunta,  que no es otro razonamiento que el expuesto en la sentencia.
Por lo tanto nos deberiamos ceñir a la sentencia y razonarla y la conclusión exponerla a modo de respuesta.
Es una aportación más.
un saludo
 

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #442 en: 15 de Abril de 2012, 22:17:20 pm »
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Tendriamos que tener en cuenta las preguntas. En el caso de la número 4, opción D. Nos preguntan "De acuerdo con la STC 29/1982, un Decreto-Ley".
Creo que la respuesta debe ir encaminada estrictamente a razonar la pregunta,  que no es otro razonamiento que el expuesto en la sentencia.
Por lo tanto nos deberiamos ceñir a la sentencia y razonarla y la conclusión exponerla a modo de respuesta.
Es una aportación más.
un saludo
Y a que respuesta de las anteriores dada te refieres? Es a la mia o a la de algun compañero? Es que si no especificamos los que creemos tener razon pues no nos ponemos en duda.
SALUDOS

Desconectado tribeca

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #443 en: 16 de Abril de 2012, 10:25:04 am »
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Fijaros que curioso

En la pregunta 3, he buscado en Google "Ley orgánica" y entre otras cosas pone esto:

que las materias reservadas a las leyes orgánicas no pueden ser reguladas mediante ley ordinaria, estableciéndose una relación entre ambas Leyes de índole material, resultando que no pueden inmiscuirse la una en los ámbitos de actuación de la otra. Esta idea es el punto de partida para considerar qué tipo de Ley habrá de ser la prevalente para un caso determinado y no una supuesta jerarquía entre ambos tipos de Ley. En la doctrina española sostiene opinión contraria Óscar Alzaga[¿dónde?] sobre la base de su experiencia en las Cortes constituyentes.[/b]

Es decir, que hay una definición general pero el autor del manual con el que estamos estudiando opina la contrario. Y entonces la respuesta ¿cual es? Porque a la vista de la definición:

Las leyes organicas no pueden ser reguladas (modificadas dice la pregunta)  mediante una ley ordinaria

Pero nuestro profe piensa lo contrario

¿algún comentario? gracias

Os copio la respuesta del tutor y lo que yo le contesto.

Estimada alumna,

esa disputa doctrinal no es relevante para la respuesta a la pregunta; pero, sobre todo, está expuesta de modo mucho más detallado en el manual: no es wikipedia la fuente idónea para estudiar un grado universitario.

Un saludo cordial

Ignacio Gutiérrez



Estimado profesor,

Gracias por su pronta respuesta y anoto la orientación. Soy consciente de que la wikipedia no es la fuente idónea, es una cosa más de lo muchísimo que buscamos en internet, libros, foros y tutorías para intentar comprender la materia. Sólo es un medio más y conociendo el origen de esta enciclopedia digital, en cuanto veo algo "raro" lo planteo en este foro.

Muchas gracias

(efectivamente, le ha sentado como un tiro, manual, manual y manual, previo pago)




Desconectado rlbeltran

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #444 en: 16 de Abril de 2012, 11:42:20 am »
 :D ME ESTOY VOLVIENDO LOCA, NO ENCUENTRO LAS SENTENCIAS DE LA PREC DE LA 3 Y LA 4 PREGUNTA. !!!!!!!!!!!!!!!!
las podeis adjuntar, lo suplico.
gracias graciasy mil gracias de antemano

Desconectado tribeca

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #445 en: 16 de Abril de 2012, 12:17:17 pm »
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:D ME ESTOY VOLVIENDO LOCA, NO ENCUENTRO LAS SENTENCIAS DE LA PREC DE LA 3 Y LA 4 PREGUNTA. !!!!!!!!!!!!!!!!
las podeis adjuntar, lo suplico.
gracias graciasy mil gracias de antemano

Pon en google Para la pregunta 3

Ley Organica 4/2010 y salen varias, vete a la de de la web noticiasjuricas.com

Para la 4

Pon en google Tribunal Constitucional 29/1982, es la primera que sale.


Desconectado rlbeltran

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #446 en: 16 de Abril de 2012, 12:34:37 pm »
mil gracias

Desconectado martaserrano18@gmail.com

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #447 en: 16 de Abril de 2012, 15:12:12 pm »
Pregunta 4:

En el libro pág 495 en el último párrafo dice que no se puede abordar mediante Decreto Ley medidas deslegalizadoras, asi que la "A" no puede ser correcta.
No se si ayudo o lio más...

Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #448 en: 16 de Abril de 2012, 15:48:19 pm »
No puedo con esta Pec, es superior a mi... :-[

abandono!!

espero que os salga a todos bien.

Saludos.

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #449 en: 16 de Abril de 2012, 16:13:32 pm »
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Pregunta 4:

En el libro pág 495 en el último párrafo dice que no se puede abordar mediante Decreto Ley medidas deslegalizadoras, asi que la "A" no puede ser correcta.
No se si ayudo o lio más...

Mi aporte para señalar como buena la 4 D es este:

La opcion D de la PREC 4 dice asi:
d)   De acuerdo con la STC 29/1982, un Decreto-Ley no puede proceder a la degradación de una norma legal a rango reglamentario porque ello supone permitir al Gobierno que innove en una materia previamente regulada por Ley formal.

Yo encontre este texto y lo que subrayo es el motivo de porque la doy como valida.

La deslegalización es una operación que realiza una ley que sin entrar a regular el fondo de una determinada materia, regulada por otra ley, rebaja el rango de la misma de modo que en lo sucesivo puede ser regulada por una norma reglamentaria. La deslegalización sólo cabe en los supuestos de reserva formal de ley, pero nunca en los supuestos de reserva material, cuando una materia ha de ser regulada por ley por disponerlo expresamente la Constitución.

y ademas este otro:
La RESERVA FORMAL de ley opera al margen de las concretas previsiones constitucionales y significa que cualquier materia por mínima o intranscendente que sea, cuando es objeto de regulación por ley, ya no puede ser normada por un reglamento. Asistimos así a una elevación automática del rango de dicha materia que la convierte en inaccesible a la potestad reglamentaria, salvo claro está que la propia ley remita a un desarrollo posterior de alguna de sus partes por medio de un reglamento.

Deslegalizacion y degradacion es lo mismo, no?

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #450 en: 16 de Abril de 2012, 16:24:12 pm »
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Pregunta 4:

En el libro pág 495 en el último párrafo dice que no se puede abordar mediante Decreto Ley medidas deslegalizadoras, asi que la "A" no puede ser correcta.
No se si ayudo o lio más...

Y eso mismo es lo que dice la sentencia... Y después añade algo así como "salvo de manera excepcional y cuando sea indispensable".
En el libro dice "creemos", "pensamos", "siguiendo a Salas"...

Bienvenidos al mundo del Derecho, es exactamente así... Las matemáticas se quedaron atrás.

Probad a leer el enunciado atentamente. No dice "de acuerdo con la opinión de Salas y del libro de Alzaga". Lo que dice es algo así como "Según la sentencia...". Y la sentencia es muy clara (último párrafo). No se admite la deslegalización, salvo excepcionalmente si es indispensable y cumpliendo unas determinadas exigencias de justificación de que realmente lo es.

"A muerte" con la A..., lo que traducido quiere decir que la entrego ya, ahora mismo, y no miro más... Y vuelto a traducir quiere decir que me suicido si no es  :'(

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #451 en: 16 de Abril de 2012, 16:29:15 pm »
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No puedo con esta Pec, es superior a mi... :-[

abandono!!

espero que os salga a todos bien.

Saludos.

Aquí no abandona nadie...  >:(

No pierdes nada por probar...  :)

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #452 en: 16 de Abril de 2012, 16:32:28 pm »
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Y eso mismo es lo que dice la sentencia... Y después añade algo así como "salvo de manera excepcional y cuando sea indispensable".
En el libro dice "creemos", "pensamos", "siguiendo a Salas"...

Bienvenidos al mundo del Derecho, es exactamente así... Las matemáticas se quedaron atrás.

Probad a leer el enunciado atentamente. No dice "de acuerdo con la opinión de Salas y del libro de Alzaga". Lo que dice es algo así como "Según la sentencia...". Y la sentencia es muy clara (último párrafo). No se admite la deslegalización, salvo excepcionalmente si es indispensable y cumpliendo unas determinadas exigencias de justificación de que realmente lo es.

"A muerte" con la A..., lo que traducido quiere decir que la entrego ya, ahora mismo, y no miro más... Y vuelto a traducir quiere decir que me suicido si no es  :'(
Entonces cual sera tu redaccion para señalar como erronea la 4D?

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #453 en: 16 de Abril de 2012, 16:42:13 pm »
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Entonces cual sera tu redaccion para señalar como erronea la 4D?

Me parece la más sencilla de argumentar. He puesto lo siguiente:

"La respuesta D es incorrecta porque la propia sentencia, en su último párrafo, reconoce que puede admitirse en casos en los que se demuestre que es indispensable"

Y ahora, desconecto, para no sufrir viendo que me he equivocado, porque... ¡YA LA HE ENTREGADO!

Y se siente un enorme placer al darle carpetazo a esto...

La primera persona que tenga las notas, que lo diga, por favor...

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #454 en: 16 de Abril de 2012, 16:44:18 pm »
Pues si, paz puede llevar razon, texto sacado tal cual de la sentencia y que parece señalar la A como valida y la D como incorrecta.

Por otra parte, las razones de extraordinaria y urgente necesidad, que excepcionalmente pueden habilitar al Gobierno, como ha quedado establecido para abordar el tratamiento innovativo de determinadas materias reguladas por ley formal, no amparan bajo ningún punto de vista la inclusión de un precepto exclusivamente deslegalizador, que remite al futuro la regulación de la materia deslegalizada máxime cuando no se fija un plazo perentorio para dictar la regulación, que habría de ser inferior al necesario para tramitar el deslegalización como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

Desconectado marini

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #455 en: 16 de Abril de 2012, 17:19:21 pm »
Los jueces y tribunales pueden inaplicar las leyes anteriores a la constitucion que ellos crean contrarias a ella o deben de plantear la cuestion de inconstitucionalidad?

Para las posteriores si se que deben de plantear la cuestion, pero para las anteriores no tengo ni idea., y segun las sentencia parece que han de plantearla para los dos casos.

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #456 en: 16 de Abril de 2012, 18:39:35 pm »
Yo digo como paz664, "Carpetazo" y ya está enviada.

1-C, 2-B, 3-A y 4-C
Los OJOS, no son ojos porque te VEN, son OJOS porque te MIRAN.

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #457 en: 16 de Abril de 2012, 21:38:46 pm »
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Yo digo como paz664, "Carpetazo" y ya está enviada.

1-C, 2-B, 3-A y 4-C

Coincido en todas
Todas las setas son comestibles,algunas,una sola vez.

Desconectado juandeolid

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #458 en: 16 de Abril de 2012, 23:40:28 pm »
Creo que la 4 puede ser la B, y lo explico

B.- La STC 29/1982 nos dice que la alteración de la estructura del ordenamiento no puede ser abordada por Decreto-Ley salvo en caso de extraordinaria necesidad, que es lo que viene a decir la sentencia, declarando incluso incostitucional la reforme realizada precisamente por eso, por que no la considera de urgente necesidad, abriendo así la puerta a que se pueda realizar en estos casos.-

C.- Sin embargo la innovación normativa en materia regulada por Ley formal no solo puede abordarse en caso de estraordinaria y urgente necesidad, sino en cualquier caso por ejemplo por otra ley, no así por un Decreto-Ley que si que seria en caso de  urgente necesidad.-

Bueno me he aventurado y todavia tengo que leer mucho, pero ahora mismo creo que la correcta sería la B

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL CONSTITUCIONAL I , 11/12
« Respuesta #459 en: 16 de Abril de 2012, 23:48:37 pm »
Yo respondí C, B, A, A