A ver,si esto sirve;ateniendose al art.73.4 C.C.la A.P. de Málaga anuló un matrimonio civil,porque el marido,tras la boda ,dejó de ser cariñoso,como cuando eran novios.La sentencia admite la tesis de la esposa que sostuvo que su pareja pasó de ser cariñoso y atento,a un marido que no le dirigía la palabra.La A.P. aplica el Código Civil que permite anular el matrimonio por error del contrayente sobre las "cualidades personales del conyuge".Bueno os dejo que voy corriendo a comprarle un detallito a mi cariñito....¡Uy!....¡Saludos!