La Monarquía Constitucional y la Monarquía Parlamentaria se parecen porque se dan con sistemas constitucionales pero son distintas. La primera es propia de la Revolución Liberal. La soberanía se comparte entre la nación y la Monarquía, y ésta conserva el poder ejecutivo con un gobierno. Para entendernos, la Monarquía de la Restauración era Constitucional (Alfonso XII, Regente María Cristina y Alfonso XIII). En la Monarquía Parlamentaria, como la nuestra actual, el rey se limita a ejercer un poder moderador y simbólico: no es cabeza del ejecutivo, ni es poseedora de ningún tipo de soberanía histórica. En nuestro sistema sólo hay una soberanía: la popular.
Monarquía constitucional es una forma de gobierno donde el monarca ostenta la jefatura del estado. Es un poder de mediano carácter simbólico, puesto que se encuentra regulado por una ley, con frecuencia una Constitución. También, se caracteriza porque el rey o la reina tienen un papel de moderador o árbitro en los conflictos políticos del Gobierno, habitualmente, elegido democráticamente.
La monarquía constitucional fue un paso intermedio o evolucionado ante la aparición de las primeras repúblicas modernas como Estados Unidos y Francia especialmente en el siglo XIX. Se pretendía pasar de monarquías absolutas, máximas representantes del Antiguo Régimen, a monarquías parlamentarias con un poder limitado.