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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013  (Leído 137502 veces)

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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #320 en: 16 de Diciembre de 2012, 23:11:30 pm »
Si no os importa y me podéis informar, ¿se sabe la nota sobre la marcha? o hay que espera a que la corrija el tutor, ¡porque en el Centro Asociado de Huelva, por lo visto, si no vas a tutorias ni se acuerdan de una!

Es para saber si hago la de Familia o no, depende, por si me pasa igual que el curso pasado.

Gracias. :)


Desconectado antonio derecho

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #321 en: 16 de Diciembre de 2012, 23:19:09 pm »
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Si no os importa y me podéis informar, ¿se sabe la nota sobre la marcha? o hay que espera a que la corrija el tutor, ¡porque en el Centro Asociado de Huelva, por lo visto, si no vas a tutorias ni se acuerdan de una!

Es para saber si hago la de Familia o no, depende, por si me pasa igual que el curso pasado.

Gracias. :)
Hola, mnieves.
Me alegro de saludarte y de responderte. La calificación será inmediatamente posterior a la finalización del plazo de realización, por lo que suponemos que el próximo día 21 tendremos las "notas".
Te he leído en la plataforma de Derecho Civil I, solidaria y genial como siempre. Saludos cordiales.
"quotquotLa libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político son valores superiores del ordenamiento jurídico"quotquot. CE 1.

Desconectado PedroPablo

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #322 en: 17 de Diciembre de 2012, 18:35:27 pm »
Buenas, acabo de realizar la PEC y confirmo que son las mismas preguntas pero en distinto orden, cierto es que hay un par de preguntas que pueden ser bastante dudosas, pero aun así se puede aumentar la nota final fácilmente. Os animo a realizarla.

Por mi parte, respecto a lo hablado de la pregunta 16, opino que es FALSA puesto que podemos entender el enriquecimiento injusto como principio general de derecho pero NO ESTA CONTEMPLADO EXPRESAMENTE COMO TAL.

suerte a todos ;)

Desconectado Nikky

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #323 en: 17 de Diciembre de 2012, 19:10:38 pm »
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Hola, tengo otra duda sobre una pregunta de la PEC: " los bienes y derechos atribuidos al concebido pero no nacido constituyen un patrimonio de caracter interino". ¿Que significa aqui "patrimonio de caracter interino"?
Gracias y un saludo.

Se entiende por "interino" en este caso cuando es una asignación patrimonial temporal. En ocasiones una masa patrimonial determinada es objeto de independización ante la incertidumbre de su titular, como ocurre en los casos siguientes:

-  Cuando determinados bienes y derechos pertenecen o son atribuidos al concebido pero no nacido.
-  Cuando en la declaración de ausencia legal respecto de una persona se bloquea su patrimonio hasta que se despeje la incógnita acerca de su existencia o se realice la declaración de fallecimiento, en cuyo caso ese patrimonio se heredará.
Lo único imposible es lo que no intentas.

Desconectado antonio derecho

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #324 en: 17 de Diciembre de 2012, 20:13:11 pm »
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Se entiende por "interino" en este caso cuando es una asignación patrimonial temporal. En ocasiones una masa patrimonial determinada es objeto de independización ante la incertidumbre de su titular, como ocurre en los casos siguientes:

-  Cuando determinados bienes y derechos pertenecen o son atribuidos al concebido pero no nacido.
-  Cuando en la declaración de ausencia legal respecto de una persona se bloquea su patrimonio hasta que se despeje la incógnita acerca de su existencia o se realice la declaración de fallecimiento, en cuyo caso ese patrimonio se heredará.
Hola, Nikki.
Muy bien explicado. La verdad es que no veo "interino" en el libro, su significado es:
interino, na

adj. y s. Que sirve por algún tiempo supliendo la falta de otra persona. También se aplica a los funcionarios (esto es del diccionario).
Por lo demás, creo que está claro en el epígrafe 4.3. EL NASCITURUS O CONCEBIDO PERO NO NACIDO
Si cambia algo, es porque mi edición (de la biblioteca) es la anterior, aunque creo que poco puede diferir.
Saludos.
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Desconectado Estefaniams

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #325 en: 19 de Diciembre de 2012, 14:18:56 pm »
Me surge una duda sobre "la entrada en vigor". Dicen los apuntes:
Citar
Una vez publicada, la disposición normativa puede entrar en vigor de forma inmediata, el 1 de enero del año siguiente, a los 3 meses de su publicación.

Yo tenía entendido que salvo que en la ley se dijese otra cosa entraba en vigor a los 20 días de su publicación.

¿Alguien puede aclararme un poco este tema?

Muchas gracias

Nada, ya me aclaré yo sola... son ejemplos ¬¬  Me explico un poco más por si alguien tenía la misma duda que yo.

Entrarán en vigor cuando la norma lo estableza (por ejemplo al año siguiente, a los 3 meses... lo que diga la norma que normalmente lo dice en la Disposición final)
Sino dice nada al respecto entra en vigor a los 20 días de su publicación.


Desconectado pedromadrid

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #326 en: 19 de Diciembre de 2012, 14:19:22 pm »
Sobre la capacidad juridica en el libro se explica en la pagína 147: Capacidad jurídica: Significa tener la aptitud o idoneidad necesarias para ser titular de derechos o/y obligaciones.
Y la pregunta de la pec dice "ejercitar", pero claro no entiendo muy bien la diferencia porque el titular de un derecho ejercita el mismo.  Yo pongo falso, aúnque no me queda claro el concepto, así que si algún compañero/a me lo explica se lo agradecere.
Prefiero ser dueño de mi silencio que esclavo de mis palabras.
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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #327 en: 19 de Diciembre de 2012, 14:30:49 pm »
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Me surge una duda sobre "la entrada en vigor". Dicen los apuntes:
Yo tenía entendido que salvo que en la ley se dijese otra cosa entraba en vigor a los 20 días de su publicación.

¿Alguien puede aclararme un poco este tema?

Muchas gracias

Nada, ya me aclaré yo sola... son ejemplos ¬¬  Me explico un poco más por si alguien tenía la misma duda que yo.

Entrarán en vigor cuando la norma lo estableza (por ejemplo al año siguiente, a los 3 meses... lo que diga la norma que normalmente lo dice en la Disposición final)
Sino dice nada al respecto entra en vigor a los 20 días de su publicación.

Me vuelve a surgir otra duda: diferencia entre disposición final y disposición transitoria??

Fuerte cacao...

Desconectado Estefaniams

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #328 en: 19 de Diciembre de 2012, 14:36:50 pm »
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Sobre la capacidad juridica en el libro se explica en la pagína 147: Capacidad jurídica: Significa tener la aptitud o idoneidad necesarias para ser titular de derechos o/y obligaciones.
Y la pregunta de la pec dice "ejercitar", pero claro no entiendo muy bien la diferencia porque el titular de un derecho ejercita el mismo.  Yo pongo falso, aúnque no me queda claro el concepto, así que si algún compañero/a me lo explica se lo agradecere.

Te copio lo que han comentado algunos compañeros al respecto

Antraxxx:
15- La capacidad jurídica es la aptitud para ejercitar derechos y obligaciones. (V)
No estoy de acuerdo. Lo que plantea la pregunta es capacidad de obrar o capacidad jurídica activa.
Obrado:
Por último, la pregunta 15, yo la entiendo como una afirmación, como una definición, busqué el apartado de capacidad jurídica en el libro, y efectivamente, me daba esa misma definición, la verdad es que no me lo pensé mucho, a mí me parece claro que es VERDADERO, no veo ningún otro planteamiento, pero claro está, es mi punto de vista y puede estar equivocado.
 Awi:
– Capacidad jurídica: tener la aptitud necesaria para ser titular de D y/o obligaciones.
– Capacidad de obrar: tener la aptitud de una persona para ejercitar o poner en práctica los D u obligaciones que le sean imputables o referibles.  awi

Desconectado Nikky

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #329 en: 19 de Diciembre de 2012, 14:40:15 pm »
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Sobre la capacidad juridica en el libro se explica en la pagína 147: Capacidad jurídica: Significa tener la aptitud o idoneidad necesarias para ser titular de derechos o/y obligaciones.
Y la pregunta de la pec dice "ejercitar", pero claro no entiendo muy bien la diferencia porque el titular de un derecho ejercita el mismo.  Yo pongo falso, aúnque no me queda claro el concepto, así que si algún compañero/a me lo explica se lo agradecere.

Son dos conceptos relacionados pero distintos.La capacidad jurídica es inherente al ser humano desde su nacimiento, siendo su aptitud para ser titular de ciertos derechos y obligaciones, pero no siempre tiene por qué ir acompañada por la capacidad de obrar, que es la aptitud para ejercer esos derechos con validez jurídica. Un ejemplo muy simple: un niño de 2 años tiene capacidad jurídica, ya que tiene ciertos derechos como persona, pero no tiene capacidad de obrar, porque no está capacitado para ejercerlos (no le veo yendo con su chupete en mano al notario a otorgar testamento "a mi compi de la guarde le dejo mi colección de chupetes y mi osito Teddy...").
Lo único imposible es lo que no intentas.

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #330 en: 19 de Diciembre de 2012, 18:52:32 pm »
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Sí, es cierto, ha sido un regalo anticipado de navidad, pero donde hay que dar el do de pecho es en la prueba presencial  8)

Un saludo y suerte.

Esta claro que en la presencial es donde hay que darlo todo pero tal y como veo planteada la asignatura, es bastante dificil no aprobar el examen a poco que hayas estudiado (ten en cuenta que tienes el guion de los temas y el librito de practicas encima de la mesa).
Mucha suerte y un saludo

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #331 en: 19 de Diciembre de 2012, 19:04:59 pm »
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Esta claro que en la presencial es donde hay que darlo todo pero tal y como veo planteada la asignatura, es bastante dificil no aprobar el examen a poco que hayas estudiado (ten en cuenta que tienes el guion de los temas y el librito de practicas encima de la mesa).
Mucha suerte y un saludo

Sí, estoy bastante de acuerdo. El único problema que encuentro en esta asignatura es el formato de examen. Está claro que hay que ser muy conciso. En la guía del curso, dice que las preguntas no se ceñirán a un epígrafe en concreto. Si por ejemplo, preguntan la declaración de ausencia legal, considerado necesario definirla, determinar lo requisitos y las personas legitimidas para promoverla. Es bastante complicado responderlo en tan poco espacio teniendo en cuenta que hay tres preguntas más. Sin embargo, dentro de la declaración de ausencia, también podrían preguntar los legimitados para solicitarla. Ocurre así con muchos ejemplos, pero bueno, malo será  :)

Un saludo.
Grado en Derecho. Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas. Máster de Acceso a la Abogacía.

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #332 en: 19 de Diciembre de 2012, 19:07:28 pm »
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Sí, estoy bastante de acuerdo. El único problema que encuentro en esta asignatura es el formato de examen. Está claro que hay que ser muy conciso. En la guía del curso, dice que las preguntas no se ceñirán a un epígrafe en concreto. Si por ejemplo, preguntan la declaración de ausencia legal, considerado necesario definirla, determinar lo requisitos y las personas legitimidas para promoverla. Es bastante complicado responderlo en tan poco espacio teniendo en cuenta que hay tres preguntas más. Sin embargo, dentro de la declaración de ausencia, también podrían preguntar los legimitados para solicitarla. Ocurre así con muchos ejemplos, pero bueno, malo será  :)

Un saludo.

La verdad es que me he medio mirado ya la asignatura y tienes razon (podrias poner hasta 10 ejemplos mas) pero bueno... a pensar muy bien antes de escribir y a comprimir la letra para que quepa todo en el folio.
Saludos

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #333 en: 21 de Diciembre de 2012, 11:49:59 am »
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Me vuelve a surgir otra duda: diferencia entre disposición final y disposición transitoria??

Fuerte cacao...

Entiendo que las disposiciones finales son normas que por su naturaleza y contenido no pueden ubicarse en el texto normativo. Su uso es excepcional. Las disposiciones transitorias son las que facilitan el transito de una ley a otra.

Un saludo.  8)
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Desconectado antonio derecho

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #334 en: 21 de Diciembre de 2012, 17:19:39 pm »
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Hola. Yo no tengo ni idea. Pero dejo una "La declaración legal de ausencia"

Un saludo.
Hola, Ius Civile.
Supongo que te refieres a 3. LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA LEGAL (Tema 8, capítulo 13 íntegro).
Se trata de un presunto desaparecido y esa situación no puede prolongarse indefinidamente. El previo nombramiento de defensor tiene carácter provisional. Necesita de un auto judicial y verse precedida de publicidad del expediente; dos edictos, que se publicarán en el BOE, en un periódico de gran circulación de Madrid y en otro en que el ausente hubiere tenido su última residencia.
Además, se anunciará por la Radio Nacional dos veces, con el mismo intervalo de quince días.
------------------
Yo creo que con escribir (más o menos) esto en el examen, vamos de lujo.
Saludos y Feliz Navidad para todos.
"quotquotLa libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político son valores superiores del ordenamiento jurídico"quotquot. CE 1.

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #335 en: 21 de Diciembre de 2012, 17:45:04 pm »
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Hola, Ius Civile.
Supongo que te refieres a 3. LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA LEGAL (Tema 8, capítulo 13 íntegro).
Se trata de un presunto desaparecido y esa situación no puede prolongarse indefinidamente. El previo nombramiento de defensor tiene carácter provisional. Necesita de un auto judicial y verse precedida de publicidad del expediente; dos edictos, que se publicarán en el BOE, en un periódico de gran circulación de Madrid y en otro en que el ausente hubiere tenido su última residencia.
Además, se anunciará por la Radio Nacional dos veces, con el mismo intervalo de quince días.
------------------
Yo creo que con escribir (más o menos) esto en el examen, vamos de lujo.
Saludos y Feliz Navidad para todos.

Hola Antonio. Es que realmente no hay espacio para casi nada más. Otra opción es que también caiga algo dentro de ese apartado, como por ejemplo legitimados para promover la declaración de ausencia legal o los requisitos de la misma.

Un saludo.
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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #336 en: 21 de Diciembre de 2012, 18:08:26 pm »
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Efectivamente, así es. Por eso te especifico que el capítulo 13 entra íntegro en el examen. Precisamente lo estoy estudiando en este momento. Por cierto, supongo que todos lo saben, pero por si acaso os lo apunto: los capítulos 23 y 24 están excluidos de examen.
Saludos.
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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #337 en: 23 de Diciembre de 2012, 20:06:38 pm »
Hola, compañeros.
Estoy leyendo y repasando conceptos del libro y es curioso que en muchas ocasiones nos quedamos ante la perplejidad (por lo menos yo).
Me refiero al hecho de que se dedica más espacio a las normas derogadas que a los criterios normativos que nos interesan.
Pondré dos ejemplos: capítulo 12, epígrafe 1.4. "La declaración judicial de incapacitación" y el epígrafe 1.5. "El internamiento del presunto incapaz". En estos ejemplos (y en otros muchos) es más importante la "letra pequeña" que la de tipografía mayor.
Saludos.
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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #338 en: 27 de Diciembre de 2012, 11:56:21 am »
Estoy al borde del colapso!!!
LLevo como dos meses sin entrar en el foro, ni en el correo de la uned... Se me pasó el plazo de la Pec... :'(    :'(  Y lo peor es que me tengo que poner al día en todas las asignaturas!! va a ser misión imposible :-[
Bueno, que me alegro mucho de que hayais sacado tan buenas notas!! ;)
Espero estar más en contacto a partir de hoy!!
Mucho ánimo a tod@s, y de paso, felicitaros las fiestas!!

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Re:POST OFICIAL CIVIL I ( 1º PARCIAL) 2012/2013
« Respuesta #339 en: 27 de Diciembre de 2012, 12:34:32 pm »
hola tengo  una duda que me ha surgido en el capitulo 15 , epigrafe 5 , sobre la opcion por adquisicion de la nacionalidad española, segun el manual de estudio este punto tiene mucha importancia y segun tambien los apuntes de choni tiene mucha importancia y pone en el manual que se estudiara mas adelante , pero mas adelante aparece el tema en el epigrafe 7 y este epigrafe no es materia de examen segun el programa de alf de esta asignatura. mi pregunta es dado a su importancia no es materia de examen o es algun error y el epigrafe 7 si que entra en materia de examen. un saludo espero respuesta.