El primer supuesto del impuesto de sociedades, lo he resuelto aplicando el artículo 19.4 de la ley, diciendo que tanto la aplicación del criterio contable, como el criterio de ingresos y gastos son aplicables.
"4. En el caso de operaciones a plazos o con precio aplazado, las rentas se entenderán obtenidas proporcionalmente a medida que se efectúen los correspondientes cobros, excepto que la entidad decida aplicar el criterio del devengo.
Se considerarán operaciones a plazos o con precio aplazado, las ventas y ejecuciones de obra cuyo precio se perciba, total o parcialmente, mediante pagos sucesivos o mediante un solo pago, siempre que el período transcurrido entre la entrega y el vencimiento del último o único plazo sea superior al año.
En caso de producirse el endoso, descuento o cobro anticipado de los importes aplazados, se entenderá obtenida, en dicho momento, la renta pendiente de imputación.
Lo previsto en este apartado se aplicará cualquiera que hubiere sido la forma en que se hubiere contabilizado los ingresos y gastos correspondientes a las rentas afectadas."
En el caso de las acciones de Bélgica he mencionado dos artículos:
"Artículo 21. Exención para evitar la doble imposición económica internacional sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
2. Estará exenta la renta obtenida en la transmisión de la participación en una entidad no residente en territorio español, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior. El mismo régimen se aplicará a la renta obtenida en los supuestos de separación del socio o disolución de la entidad."
y el Artículo 31. Deducción para evitar la doble imposición internacional: impuesto soportado por el sujeto pasivo.
En cualquier caso, planteándolo como posibilidades, si se dieran los requisitos mencionados en cada artículo para evitar o reducir la carga tributaria, puesto que en principio es renta sujeta.
Y todo ello nuevamente en la medida en que el convenio España-Bélgica no diera otra solución.
Por cierto el examen era demasiado denso.