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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013  (Leído 104950 veces)

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #240 en: 23 de Enero de 2013, 15:35:47 pm »
esque es un poco ambigua..no?
A ver que os parece esta...
La primera cuestión que se le suscita al Juez competente (y a los demás operadores jurídicos) es el de la selección o determinación del régimen legal aplicable al caso que se le plantea, a cuyo fin deberá tener en cuenta los cuatro regímenes siguientes:
1.- El régimen general establecido en los art. 22 a 25 de la LOPJ.
2.- El régimen común para las relaciones con los Estados miembros de la CE (Reglamento 44/2001, Reglamento 2201/2003, Reglamento 1346/2000, Reglamento 1347/2000, Reglamento 4/2009…)
3.- En las relaciones con los Estados miembros de la CE con Islandia, Noruega y Suiza, será aplicable el convenio paralelo hecho en Lugano en 1988, sobre competencia judicial y ejecución de decisiones judiciales en materia civil y mercantil.
4.- En la medida que los demás regímenes no los excluyan también serán de aplicación otros tratados internacionales (bilaterales o multilaterales) que regulen esta materia :-\


Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #241 en: 23 de Enero de 2013, 17:08:26 pm »
creo que es una muy buena respuesta...me la voy a copiar, por si las moscas.

En cuanto a las apuestas Decio...mmmm...mejor dejarlas para la onlae...jajaj...pero vamos, que si me tengo que mojar, me mojo...y estoy casi convencido que uno de los casos irá de ejecuciòn de sentencias ya sea del R44 o de la LEC1881; y que al menos una de las siguientes, será pregunta corta:

Presupuesto del DIPrv.
Las soluciones generales del art. 16.1CC.
La imperatividad de la norma de conflicto 12.6 CC.
Algún aspecto del Orden Público.
La adquisición automática de la nacionalidad extgranjera.
La Adquisición no automática...
La ciudadanìa europea
El foro general del domicilio del demandado
Parámetros básicos del R1206/2001

O alguna otra de las 400 páginas restantes del manual...jajajaj.....No, en serio, yo pienso que alguna de estas tiene que caer seguro....
No busques un culpable, busca una solución...gran consejo.

Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #242 en: 23 de Enero de 2013, 17:56:29 pm »
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esque es un poco ambigua..no?
A ver que os parece esta...
La primera cuestión que se le suscita al Juez competente (y a los demás operadores jurídicos) es el de la selección o determinación del régimen legal aplicable al caso que se le plantea, a cuyo fin deberá tener en cuenta los cuatro regímenes siguientes:
1.- El régimen general establecido en los art. 22 a 25 de la LOPJ.
2.- El régimen común para las relaciones con los Estados miembros de la CE (Reglamento 44/2001, Reglamento 2201/2003, Reglamento 1346/2000, Reglamento 1347/2000, Reglamento 4/2009…)
3.- En las relaciones con los Estados miembros de la CE con Islandia, Noruega y Suiza, será aplicable el convenio paralelo hecho en Lugano en 1988, sobre competencia judicial y ejecución de decisiones judiciales en materia civil y mercantil.
4.- En la medida que los demás regímenes no los excluyan también serán de aplicación otros tratados internacionales (bilaterales o multilaterales) que regulen esta materia :-\

Sin embargo ese régimen general de nuestra LOPJ, puesto así en primer orden, también deja paso al régimen convencional de modo que, si el demandado no es miembro de la UE, habrá que ver si hay algún tratado multilateral o bilateral entre los Estados litigantes, porque de haberlo se aplicaría éste antes que recurrir a la LOPJ. Ciértamente, el uso de los artº. 22 y 25 de la LOPJ es prácticamente residual.
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #243 en: 23 de Enero de 2013, 18:04:00 pm »
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creo que es una muy buena respuesta...me la voy a copiar, por si las moscas.

En cuanto a las apuestas Decio...mmmm...mejor dejarlas para la onlae...jajaj...pero vamos, que si me tengo que mojar, me mojo...y estoy casi convencido que uno de los casos irá de ejecuciòn de sentencias ya sea del R44 o de la LEC1881; y que al menos una de las siguientes, será pregunta corta:

Presupuesto del DIPrv.
Las soluciones generales del art. 16.1CC.
La imperatividad de la norma de conflicto 12.6 CC.
Algún aspecto del Orden Público.
La adquisición automática de la nacionalidad extgranjera.
La Adquisición no automática...
La ciudadanìa europea
El foro general del domicilio del demandado
Parámetros básicos del R1206/2001

O alguna otra de las 400 páginas restantes del manual...jajajaj.....No, en serio, yo pienso que alguna de estas tiene que caer seguro....

JUCAMO!!!, querrás decir: La adquisión automática de la nacionalidad española, no??
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #244 en: 23 de Enero de 2013, 18:22:27 pm »
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Sin embargo ese régimen general de nuestra LOPJ, puesto así en primer orden, también deja paso al régimen convencional de modo que, si el demandado no es miembro de la UE, habrá que ver si hay algún tratado multilateral o bilateral entre los Estados litigantes, porque de haberlo se aplicaría éste antes que recurrir a la LOPJ. Ciértamente, el uso de los artº. 22 y 25 de la LOPJ es prácticamente residual.

Ciertooo,pero creo que o habla de jerarquías aunque estaría bien ponerlo de esa forma...ictroducirlo de forma jerárquica..cuando acabe el trabajo lo pongo a ver qué tal....

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #245 en: 23 de Enero de 2013, 19:47:47 pm »
Se os olvida el tema X, extranjería, este año entra en el temario así que... me inclino por una pregunta de ese tema.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #246 en: 23 de Enero de 2013, 21:35:32 pm »
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JUCAMO!!!, querrás decir: La adquisión automática de la nacionalidad española, no??

 :o :o :o vaya torta tengo encima....jajaja....si, es española

Y en cuanto al Tema X, pues lo mismo si que meten alguna, pero yo lo que digo es que de las que he puesto arriba, una al menos creo que entra...

Mucha suerte a todos...
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #247 en: 24 de Enero de 2013, 08:13:45 am »
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Muchísimas gracias, eso pensaba yo, pero las preguntas de años anteriores resueltas por Nanda Nzambi, me estaban liando un poco. jejeje.
De todas formas mi agradecimiento a Nanda Nzambi.
Dónde puedo encontrar las soluciones dadas por Nanda Nzambi?, muchas gracias.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #248 en: 24 de Enero de 2013, 09:31:36 am »
bueno compis hay otra pregunta de examen que no sé dónde está....
En qué supuestos se puede hacer uso de la derogatio fori???

venga vamos que queda menos de una semana!!!

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #249 en: 24 de Enero de 2013, 09:51:37 am »
Y luego en el primer tema hay preguntas que se repiten bastante pero que non sabría ubicarlas bien...de forma esquemática os pongo lo que srían mis respuestas a ver qué os parece...

Presupuestos del DIPr-Fraccionamiento del derecho
                               - Internacionalidad de la vida jurídica
Situaciones objeto del DIPr-Extranjería de los supuestos
                                       -las relaciones de tráfico externo
Relaciones objeto de DIpr pondría lo mismo...

Contenido del DiPr..en este os pongo toda la teoría que entiendo entraría a ver qué me decís...

Las relaciones de "tráfico jurídico externo" están conectadas con dos o más ordenamientos y, cuando éstos son los de Estados distintos, cabe entender que son relaciones "internacionales" dado que se proyectan en el marco de la Sociedad internacional. Cabe distinguir, dentro de una concepción amplia del contenido del Derecho internacional privado, dos grupos de problemas:

i.   Los relativos al estatuto internacional de las personas en las relaciones privadas internacionales.

Esto nos conduce a la distinción tradicional entre "nacionales" y "extranjeros" respecto a un determinado Estado.

ii.   Los relativos a la tutela judicial y el ejercicio de los derechos de los particulares en las relaciones privadas internacionales.

En primer lugar, dado que los Tribunales de dos o más Estados pueden conocer de los litigios derivados de estas relaciones, es preciso determinar si los Tribunales propios poseen o no competencia judicial internacional en una determinada materia y, consiguientemente, si los particulares tienen acceso a la jurisdicción para lograr la tutela judicial de sus derechos.
En segundo término, cuando se trata de ejercitar un derecho derivado de una relación privada internacional, al estar ésta conectada con dos o más ordenamientos, será preciso determinar cuál es el sistema jurídico que debe aplicar el Juez, esto es el Derecho aplicable.
Y, por último, si un Tribunal extranjero ha conocido del litigio y ha dictado sentencia, será preciso determinar, para que el ejercicio de los derechos en ella reconocidos sea efectivo en las relaciones privadas  internacionales, cuál es la eficacia de esa sentencia extranjera en España

Vamos va!!! :P

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #250 en: 24 de Enero de 2013, 17:46:02 pm »
letivic, respuesta de presupuestos
a) La existencia de distintos ordenamientos jurídicos

b) La actividad de los sujetos a través de las fronteras jurídicas.


Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #251 en: 24 de Enero de 2013, 22:10:20 pm »
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Presupuestos del DIPr-Fraccionamiento del derecho
                               - Internacionalidad de la vida jurídica
Situaciones objeto del DIPr-Extranjería de los supuestos
                                       -las relaciones de tráfico externo
Relaciones objeto de DIpr pondría lo mismo...

Contenido del DiPr..en este os pongo toda la teoría que entiendo entraría a ver qué me decís...


En las primeras estoy deacuerdo contigo, pero en la del Contenido del DIP, yo tengo creía que se refería a lo que te voy a poner a continuación:
Determinación de la competencia judicial internacional de los órganos jurisdicccionales españoles respecto de los litigios que puedan surgir de las relaciones de tráfico externo.
Determinación del Derecho aplicable por el juez para resolver sobre las pretensiones de las partes derivadas de una relación de tráfico externo (lex civili fori o ley extranjera)
Regula también el reconocimiento y ejecución en España de las resoluciones judiciales extranjeras, aplicable también a las resoluciones de los tribunales eclesiásticos y a los laudos de tribunales arbitrales dictados en otros Estados...

Vamos, esto es muy resumidamente el contenido del putno II.2.B. del tema I...que opinas, será esto lo que preguntan????
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #252 en: 25 de Enero de 2013, 07:52:43 am »
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En las primeras estoy deacuerdo contigo, pero en la del Contenido del DIP, yo tengo creía que se refería a lo que te voy a poner a continuación:
Determinación de la competencia judicial internacional de los órganos jurisdicccionales españoles respecto de los litigios que puedan surgir de las relaciones de tráfico externo.
Determinación del Derecho aplicable por el juez para resolver sobre las pretensiones de las partes derivadas de una relación de tráfico externo (lex civili fori o ley extranjera)
Regula también el reconocimiento y ejecución en España de las resoluciones judiciales extranjeras, aplicable también a las resoluciones de los tribunales eclesiásticos y a los laudos de tribunales arbitrales dictados en otros Estados...

Vamos, esto es muy resumidamente el contenido del putno II.2.B. del tema I...que opinas, será esto lo que preguntan????

Si te fijas lo que tú mencionas está incluído dentro del segundo párrafo...esque tiene narices la cosa que los epígrafes se puedan denominar de varias formas... :-\

Desconectado letivlc

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #253 en: 25 de Enero de 2013, 07:58:47 am »
Respecto a los supuestos de aplicación de la derogatio foris esta es la respuesta del equipo docente

Estimada alumna:

La derogatio fori es posible en los supuestos que se trate de materias disponibles para las
partes, por ejemplo la más común es contratos.

Pues nada espero que esa respuesta la den por válida ;D

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #254 en: 25 de Enero de 2013, 10:50:27 am »
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Respecto a los supuestos de aplicación de la derogatio foris esta es la respuesta del equipo docente

Estimada alumna:

La derogatio fori es posible en los supuestos que se trate de materias disponibles para las
partes, por ejemplo la más común es contratos.

Pues nada espero que esa respuesta la den por válida ;D

Y cuales son las materias disponibles para las partes?? Podríamos decir que todas aquellas que no sean exclusivas, y las exclusivas están muy tasadas, por tanto las materias disponibles son muy amplicas, no sólo las contractuales, no??

Otra cosa:
Estáis recogiendo todas estas preguntas con sus soluciones en algún documento, si es así, yo lo quiero!!!! servirá como resumen y lectura de "último recurso", je.
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #255 en: 25 de Enero de 2013, 11:32:51 am »
Yo tengo un listado y de ahí m las voy estudiando!!!! ;)

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #256 en: 25 de Enero de 2013, 11:39:18 am »
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Yo tengo un listado y de ahí m las voy estudiando!!!! ;)

Pero solo el listado no?
No las tienes resueltas en un documento distinto??
Yo es que empecé a hacerlo, pero me surgieron tantas dudas que lo dejé por imposible. :-\
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Desconectado letivlc

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #257 en: 25 de Enero de 2013, 11:52:45 am »
Solo el listado pero podemops ir haciendolas aqui y así sirve de repaso...

Desconectado luisanlucar

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #258 en: 25 de Enero de 2013, 12:01:08 pm »
Me parece muy buena idea :)
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #259 en: 25 de Enero de 2013, 12:04:59 pm »
Tema 1:
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