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Autor Tema: RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-  (Leído 67146 veces)

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Desconectado Esperanzada

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #620 en: 21 de Marzo de 2013, 23:58:44 pm »
¿se podría interpretar esta situación como silencio administrativo negativo? Me resulta extraño que no hayan contestado, en mi caso, ni he recibido acuse de recibo.


Desconectado smitting

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #621 en: 22 de Marzo de 2013, 01:16:33 am »
Yo tampoco; se puede interpretar como infracción del art. 30 del Estatuto del estudiante universitario, que dice que se tiene que contestar a las revisiones antes de la entrega de actas
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luisa64

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #622 en: 22 de Marzo de 2013, 08:10:44 am »
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No, no creo que sea mi problema luisa64, y esas páginas del manual, aunque sea la nueva edición de este curso, las tengo más que manoseadas.

Página 146 de la edición del manual de este año, que supongo el epígrafe redactado igual que el curso pasado, ¡ jooo!, que me digas a estas altura que me falta "comprensión lectora", a una que terminó en 1977, el COU, viniendo del sistema antiguo de estudios, tras un bachiller de letras puras, y 10 años descifrando jurisprudencia e interpretando normativa administrativa para aplicar en los procedimientos que tramita.

a) En nuestra opinión, es posible que (órganos administrativos distintos del Gobierno ejerzan potestades reglamentarias siempre que estén especificamente habilitados para ello por una Ley. A esta potestad reglamentaria se la puede denominar derivada, para distinguirla de la que la CE atribuye al Gobierno.

Respaldo jurisprudencial. La STC 185/1995, "La atribución genérica de la potestad reglamentaria convierte al Gobierno en el titular originario de la misma, pero no prohíbe que una Ley pueda otorgar a los ministros el ejercicio de esta potestad con carácter derivado o les habilite para dictar disposiciones reglamentarias concretas, acotando y ordenando su ejercicio"
 
b) En el ámbito tributario esta potestad reglamentaria derivada (la originaria es la que reconoce el art. 97 CE al Gobierno) se encuentra reconocida expresamente  (y de forma reiterativa, podríamos añadir) en el art. 7.1.e) segundo párrafo LGT.

c) La característica principal de la potestad reglamentaria derivada es que no puede ser presumida, como sucede con la reconocida al Gobierno, sino que debe ser atribuida de forma pormenorizada e individualizada por medio de una Ley.

Bien, el documento de la declaración se desarrolla por una Orden Ministerial, no por un Real Decreto del Consejo de Gobierno, ése Real es porque lleva también la firma del Rey, y sale del Gobierno al completo, el más claro ejemplo lo tengo en algo que utilizo mucho, "El Reglamento de Armas", no hay ninguna Ley que haya habilitado al Gobierno a dictar ese reglamento, pero es un Real Decreto, no una Orden Ministerial.

Mira, mnieves, no quería entrar en esta dinámica porque estás intentando reclamar tu derecho a que te revisen el examen y estos debates no benefician precisamente tus pretensiones, pero las reclamaciones a equipos docentes, cuando no tienen fundamento alguno, a los que hacen daño es a los que sí tienen fundamentos para reclamar.

No he leído tu examen, y de lo que has contestado en él sólo conozco lo que tú misma has escrito aquí.


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Y a la vista de ese mensaje, no parece que te hayan evaluado mal. Si a eso sumamos que con este intercambio de mensajes estás poniendo de manifiesto de manera clara que confundes conceptos, la conclusión me parece evidente.

Verás, desconozco tu trayectoria académica y si tienes o no un problema general de comprensión lectora, pero de lo que sí estoy segura es de que, al menos en este caso particular, sí lo tienes. Y fíjate que pienso que se debe fundamentalmente a que estás tan convencida de que tienes el examen suficientemente bien como para aprobar, que te estás cegando.

Pero vayamos al asunto que nos ocupa. En la referencia que haces al manual pones definitivamente de manifiesto tu confusión. En ella se habla de la potestad reglamentaria, es decir, de quiénes pueden o no dictar reglamentos, pero en ningún caso de qué pueden o no regular esos reglamentos, que es lo que se pregunta en el examen. Tu confusión en los conceptos es tan evidente, que si no la ves, yo no te lo puedo explicar mejor.

En fin, insisto, espero que tengas suerte y que no te tomes a mal este cruce de mensajes. Y aunque creas lo contrario, mi intención no es perjudicarte, aunque a ti te pueda parecer lo contrario.

Saludos

Desconectado mnieves

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #623 en: 22 de Marzo de 2013, 08:29:16 am »
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Mira, mnieves, no quería entrar en esta dinámica porque estás intentando reclamar tu derecho a que te revisen el examen y estos debates no benefician precisamente tus pretensiones, pero las reclamaciones a equipos docentes, cuando no tienen fundamento alguno, a los que hacen daño es a los que sí tienen fundamentos para reclamar.

No he leído tu examen, y de lo que has contestado en él sólo conozco lo que tú misma has escrito aquí.


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Y a la vista de ese mensaje, no parece que te hayan evaluado mal. Si a eso sumamos que con este intercambio de mensajes estás poniendo de manifiesto de manera clara que confundes conceptos, la conclusión me parece evidente.

Verás, desconozco tu trayectoria académica y si tienes o no un problema general de comprensión lectora, pero de lo que sí estoy segura es de que, al menos en este caso particular, sí lo tienes. Y fíjate que pienso que se debe fundamentalmente a que estás tan convencida de que tienes el examen suficientemente bien como para aprobar, que te estás cegando.

Pero vayamos al asunto que nos ocupa. En la referencia que haces al manual pones definitivamente de manifiesto tu confusión. En ella se habla de la potestad reglamentaria, es decir, de quiénes pueden o no dictar reglamentos, pero en ningún caso de qué pueden o no regular esos reglamentos, que es lo que se pregunta en el examen. Tu confusión en los conceptos es tan evidente, que si no la ves, yo no te lo puedo explicar mejor.

En fin, insisto, espero que tengas suerte y que no te tomes a mal este cruce de mensajes. Y aunque creas lo contrario, mi intención no es perjudicarte, aunque a ti te pueda parecer lo contrario.

Saludos

mande????? quiénes pueden dictar? quiénes pueden regular? pero eso no es lo mismo en el mismo órgano.

El Legislativo dicta leyes, el legislativo regula leyes

El/los ejecutivos dictan reglamentos, el/los ejecutivos regulan reglamentos

y ya tanto el legislativo estatal como los legislativos autonómicos pueden dictar normas con rango de ley, bien mediante delegación, igual a Reales Decretos Legislativos, bien en caso de urgente y extraordinaria necesidad, igual a Reales Decretos Leyes.

mandee?

quizás crees que esas comisiones no parlamentarias que se forman para redactar, una nueva norma, ya sea con rango de ley, ya reglamentaria, son quiénes "pueden elaborar", para que después "puedan dictar" los correspondientes, ¡menudo cacao! ???

Desconectado Carbo

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #624 en: 22 de Marzo de 2013, 09:27:38 am »
Me uno a la reclamación conjunta, la individual (por falta de revisión anterior) no ha entrado en plazo, pero comparado mi examen con las respuestas del departamento hay motivos suficientes.

Gracias a todos.

Un Saludo. CARBOTEM (CARBOTEM@TELEFONICA.NET) Juan José Rodríguez.

Desconectado Esperanzada

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #625 en: 22 de Marzo de 2013, 09:29:44 am »
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Me uno a la reclamación conjunta, la individual (por falta de revisión anterior) no ha entrado en plazo, pero comparado mi examen con las respuestas del departamento hay motivos suficientes.

Gracias a todos.

Un Saludo. CARBOTEM (CARBOTEM@TELEFONICA.NET) Juan José Rodríguez.

¿te han llegado a contestar? Saludos

Desconectado jserrano2

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #626 en: 22 de Marzo de 2013, 10:02:42 am »
Yo tengo un 3,8. He reclamado, la contestación no me pareció razonable y ante mi protesta me indicaron que podía solicitar otra revisión a la Comisión de Evaluación del Dpto. No lo he hecho por miedo a suspender al próximo examen también. Me uno a cualquier escrito al Rectorado sobre este tema, ya que creo que mi examen era de 6 por lo menos.

Gracias a todos.


Desconectado Ot

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #627 en: 22 de Marzo de 2013, 10:29:46 am »
Buenos días.


Acabo de llamar por teléfono al departamento de Tributario (tel. 913986132).
Me ehe presentado y les he dicho que envié la solicitud de revisión el pasado sábado de madrugada. Me llego acuse de recibo el mismo sábado.

Me han dicho que debo esperar un poquito a recibir contestación, porque tienen bastantes revisiones pendientes.


Desconectado LADUAN

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #628 en: 22 de Marzo de 2013, 10:45:27 am »
Yo la envié el lunes, el martes recibí el correo diciendo que responderían en breve, pero tampoco tengo contestación.
Habrá que esperar mucho más?

Desconectado mnieves

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #629 en: 22 de Marzo de 2013, 10:57:53 am »
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Pero vayamos al asunto que nos ocupa. En la referencia que haces al manual pones definitivamente de manifiesto tu confusión. En ella se habla de la potestad reglamentaria, es decir, de quiénes pueden o no dictar reglamentos, pero en ningún caso de qué pueden o no regular esos reglamentos, que es lo que se pregunta en el examen. Tu confusión en los conceptos es tan evidente, que si no la ves, yo no te lo puedo explicar mejor.


Lo siento, vuelvo a responder, me "he cegado", pero ha sido a causa de que me he olvidado las gafas de cerca en casa; ¡ya decía yo que alguien con tanta capacidad de comprensión lectora no supiese lo que he contestado en el primer mensaje que se verá cuando lo aprueba la moderadora!

Mira luisa64 no estoy empecinada en "ver" mi examen para un aprobado, es que lo "está". Ahora bien, si te he de ser sincera, me importa una caca tener que presentarme en septiembre, te lo creas o no, lo que sí que me da es vergüenza ajena de que se cometan errores y se soluciones de la forma que se soluciona, con total arbitrariedad e imparcialidad, y en ese aspecto, este grupo de compañeros y compañeras me van a tener con ellos y ellas hasta el final.

La pregunta hace alusión a si una declaración de un tributo puede ser regulado por un reglamento; bien, lo que yo interpreto según se desprende de ese art. 7 LGT, no voy a entrar en el 8, es que para que ciertos elementos de un tributo puedan ser regulados mediante un reglamento que no es competencia según la propia LGT del Gobierno, se tiene que recoger de forma expresa en la norma, norma que ha de habilitar para dictar el reglamento; al contestar en negativo mediante el salvo, hago alusión a la reserva de ley de los elementos del tributo recogidos en el art. 8 ¿qué tengo que hacer, numerarlos?

Yo me estoy "empecinando" en querer tener bien esa respuesta, aunque no esté para el 2, y tu estás erre que erre, en mi favor, para ayudarme, cuestionando mi capacidad de comprensión lectora, que por lo que veo, si tu hubieses corregido mi examen, habrías puesto un 0. ¿qué pasa? ¿existe miedo a que pueda ser dada por válida una respuesta con otra redacción? pero ¿por qué? no creo que os perjudiquen a los que habéis aprobado, recuerda , prohibición del "la reformatio in peius".  ;)

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #630 en: 22 de Marzo de 2013, 12:21:25 pm »
uno que se suma, yo mande la 2º revisión creo que el martes y aun sigo a la espera.-
No hay nada malo en pasar por tonto, si en realidad lo que uno está haciendo es inteligente.
Honor a quien honor merece.

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #631 en: 22 de Marzo de 2013, 12:23:28 pm »
perdón el martes de la semana pasada, cuando le hice una transcripción literal del examen , punto por punto, es decir la aplicación del artículo por artículo. y sigo a la espera, que ya me esta nublando la cabeza, con la incertidumbre.-
No hay nada malo en pasar por tonto, si en realidad lo que uno está haciendo es inteligente.
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Desconectado Esperanzada

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #632 en: 22 de Marzo de 2013, 12:25:02 pm »
Pues esta mañana envié mi 2ª petición de revisión puesto que no me habían contestado a la 1ª. Me han enviado ya acuse de recibo y que en unos días me contestarán.

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #633 en: 22 de Marzo de 2013, 12:40:59 pm »
Esperanzada y curiosidad, por favor, escribidme a smittingflouring@gmail.com.Es importante
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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #634 en: 22 de Marzo de 2013, 12:42:29 pm »
Tambien Laduan y Ot
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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #635 en: 22 de Marzo de 2013, 13:28:25 pm »
Entonces aún me pueden responder a la reclamación que hice el sábado pasado?. En el acuse de recibo me decían que en unos días recibiría contestación del ED.
Qué desesperación, por Dios!!!  :'( :'(
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado Curiosidad

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #636 en: 22 de Marzo de 2013, 13:36:17 pm »
Creo que la frase que tienes como lema o como se llame, tienes respuestas, hay que tener esperanza
No hay nada malo en pasar por tonto, si en realidad lo que uno está haciendo es inteligente.
Honor a quien honor merece.

Desconectado smitting

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #637 en: 22 de Marzo de 2013, 13:45:44 pm »
Rutger, por favor, ponte en contacto conmigo en smittingflouring@gmail.com. Es urgente.
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Desconectado Drop

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #638 en: 22 de Marzo de 2013, 13:49:42 pm »
Por favor: se ruega encarecidamente que empleéis un lenguaje correcto, sin mayúsculas, con corrección ortográfica, sin muchos emoticonos (hasta tres, por ejemplo), y ante todo nos os ofusquéis y caigáis en descalificaciones personales.

Hasta aquí mi intervención como moderador de este subforo. Ahora, como usuario, querría decir que:

Todo el que quiera puede reclamar una calificación si cree que ha sido mal corregido; está claro. Es su derecho.

Por supuesto, la opinión debe ser razonada. Comparad vuestro examen con las respuestas del Departamento; comparad también con los manuales; cotejar con las leyes aplicables; haced búsquedas por internet para buscar mayor información sobre cada una de las preguntas; buscad jurisprudencia.

Ello lleva tiempo, pero se aprende mucho.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado rutger

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Re:RECLAMACIONES F.Y T. - Vamos a organizarnos-
« Respuesta #639 en: 22 de Marzo de 2013, 13:59:11 pm »
Smitting, cuando llegue a casa te escribo, que desde el curre no tengo correo personal operativo.
Escríbeme si quieres a antea@yahoo.es y ya lo veo cuando llegue.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.