;

Autor Tema: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP  (Leído 132216 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado victoriasoy

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2404
  • Registro: 03/07/11
  • Ius est ars boni et aequi
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #600 en: 24 de Enero de 2014, 13:14:03 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Porfa podeis poner las preguntas formuladas  en el examen ???

PREGUNTAS
1.   -   Juan cede a título oneroso la nuda propiedad de un bien inmueble. ¿Qué calificación merece la renta que se deriva de esta cesión en el IRPF de Juan?

2.   -   En el año 2012 una sociedad civil con personalidad jurídica, formada por tres personas físicas y dedicada a la prestación de servicios médicos, obtiene 200.000 € de beneficios. La sociedad cesa en su actividad el 31 de diciembre de 2012. En 2013 reparte los beneficios obtenidos en 2012 entre sus socios. ¿Cómo tributa el reparto de beneficios realizado en 2013 en el IRPF de los socios?

3.   -   Pedro ha percibido 2.000 € en concepto de prima de asistencia a una Junta de la Sociedad de la que es accionista. ¿Cómo tributa esta prima en el IRPF de Pedro?

4.   -   Juan y María están casados y conviven con el padre de Juan, que tiene una edad de 85 años y no obtiene ingresos. Si Juan y María presentan declaraciones individuales del IRPF, ¿puede María aplicar el mínimo por ascendiente por el padre de Juan?

5.   -   ALFA, S.A., ha contabilizado un gasto de 20.000 € por razón del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio. ¿Procede realizar algún ajuste extracontable en relación con esta partida para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades? En caso de respuesta afirmativa indique de qué signo sería el ajuste.

6.   -   María dona la nuda propiedad de un bien a su hijo Fernando. Al cabo de un tiempo María fallece y se produce la consolidación del dominio en Femando. ¿Cómo tributa esta consolidación del dominio en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?

La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado mannnn

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 105
  • Registro: 14/07/10
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #601 en: 24 de Enero de 2014, 13:16:00 pm »
que considerais, mi respuesta en la 5: he dicho q si esa pérdida es debido al 12 IS o debido a alguna provisión no exceptuada en el 13 IS, se hace ajuste negativo y se me ha olvidado el 14??

Desconectado yuno1986

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 119
  • Registro: 18/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #602 en: 24 de Enero de 2014, 13:16:42 pm »
1. Cesion onerosa de la nuda propiedad de un inmueble
2. sociedad civil de médicos con tres socios que en 2012 tiene beneficios de 200000€, el 31 /12/12 cesa su actividad y en 2013 reparte beneficios, como tributa los beneficios de 2013???
3. prima por asistencia a junta de 2000€, como tributa
4. matrimonio opta por tributación individual, con ello vive padre de l marido y no obtiene rentas, pueda aplicarse el minimo por ascendiente en la Esposa?
5. ajuste extracontable por reflejar un gasto de I.S. de periodo anterior??

Desconectado psylex25

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 252
  • Registro: 23/09/11
  • "A horse hired, never tired "
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #603 en: 24 de Enero de 2014, 13:17:56 pm »
MUCHAS GRACIAS VICTORIA  !!!!!  MUY AMABLE

Desconectado widowson

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 2602
  • Registro: 18/02/11
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #604 en: 24 de Enero de 2014, 13:19:17 pm »
Los beneficios son del 1 de enero del 2012 al 31 de diciembre del 2013, por lo que, y dándose mucha prisa en calcular los beneficios, tendrían que repartirse el 1 de enero del 2013. De hecho, pone que los beneficios los reparte en 2013. Es en el 2013 cuando tú percibes el rendimiento y por tanto tendrás que incluirlo en el IRPF del 2013, independientemente de que se haya generado a lo largo del 2012, entiendo que tributas cuando percibes el rendimiento.

Lo de la cesión, aquí lo importante no es que sea gratuita u onerosa, el elemento importante aquí es que se trata de la nuda propiedad, no de un derecho de uso o disfrute. Cuando se transmite la propiedad, o bien se está realizando una compra-venta, si es a título oneroso, o bien una donación si es a título gratuito. Por tanto, cuando hablan de ceder la nuda propiedad a título oneroso, estamos hablando de una compra-venta, lo cual a efectos fiscales es una ganancia patrimonial del 33.1.Lo entiendes mejor si lo enlazas con el 34.1 a que dice:
El importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales será: A) en el supuesto de transmisión onerosa o lucrativa, la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión de los elementos patrimoniales.
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado victoriasoy

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2404
  • Registro: 03/07/11
  • Ius est ars boni et aequi
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #605 en: 24 de Enero de 2014, 13:20:41 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
que considerais, mi respuesta en la 5: he dicho q si esa pérdida es debido al 12 IS o debido a alguna provisión no exceptuada en el 13 IS, se hace ajuste negativo y se me ha olvidado el 14??

No es una pérdida, es una partida. El impuesto de sociedades no se puede deducir por aplicación del art. 14.1b. Procede un ajuste extracontable positivo.
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado yuno1986

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 119
  • Registro: 18/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #606 en: 24 de Enero de 2014, 13:21:26 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
En el libro dice que se plantea la duda si los parientes afines pueden dar derecho a la reducción o no. Página 202
no dispongo del libro, pero si eso es así y no lo aclara durante el desarrollo del mismo, al ser la única que creo que tengo mal al haber dicho que si puede y finalmente suspendo, pues lo intentare pelear con uñas y dientes.
Porque creo que solo viene reflejado en una aclaración de la AT y si hay que abarcar todo eso pues ya me diras

Desconectado mannnn

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 105
  • Registro: 14/07/10
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #607 en: 24 de Enero de 2014, 13:23:43 pm »
victoria, pero si en el enunciado pone GASTO, si aplicamos el 12 por ejemplo, no sería deducible, y por tanto el ajuste sería negativo, vamos eso he entendido yo, aunque despues de la metedura de pata con la prima a la junta, que con las prisas no vi el 25 y lo considere como dieta, pues ....

Desconectado widowson

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 2602
  • Registro: 18/02/11
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #608 en: 24 de Enero de 2014, 13:25:00 pm »
Creo que esto viene por el código divil, en lo tocante al matrimonio, que los cónyuges están obligados a dar alimentos a los ascendientes y descendientes del cónyuge.  Entonces, si María quisiera deducirse el mínimo por ascendiente, podría pelearlo por ahí, pero vamos, está muy cogido por los pelos y enlazando varias materias. Lo que es seguro es que la literalidad de la ley no lo contempla y que si Juan se lo dedice, entonces seguro que no.
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado victoriasoy

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2404
  • Registro: 03/07/11
  • Ius est ars boni et aequi
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #609 en: 24 de Enero de 2014, 13:26:47 pm »
 Artículo 61 Normas comunes para la aplicación del mínimo del contribuyente y por descendientes, ascendientes y discapacidad

Para la determinación del importe de los mínimos a que se refieren los artículos 57, 58, 59 y 60 de esta Ley, se tendrán en cuenta las siguientes normas:

    1.ª Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

    No obstante, cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el ascendiente o descendiente, la aplicación del mínimo corresponderá a los de grado más cercano, salvo que éstos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado.

Yo he aplicado éste al del matrimonio. Entiendo que la mujer tiene parentesco con el suegro, pero el marido es el hijo y su parentesco es de primer grado.
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #610 en: 24 de Enero de 2014, 13:29:18 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Los beneficios son del 1 de enero del 2012 al 31 de diciembre del 2013, por lo que, y dándose mucha prisa en calcular los beneficios, tendrían que repartirse el 1 de enero del 2013. De hecho, pone que los beneficios los reparte en 2013. Es en el 2013 cuando tú percibes el rendimiento y por tanto tendrás que incluirlo en el IRPF del 2013, independientemente de que se haya generado a lo largo del 2012, entiendo que tributas cuando percibes el rendimiento.

Lo de la cesión, aquí lo importante no es que sea gratuita u onerosa, el elemento importante aquí es que se trata de la nuda propiedad, no de un derecho de uso o disfrute. Cuando se transmite la propiedad, o bien se está realizando una compra-venta, si es a título oneroso, o bien una donación si es a título gratuito. Por tanto, cuando hablan de ceder la nuda propiedad a título oneroso, estamos hablando de una compra-venta, lo cual a efectos fiscales es una ganancia patrimonial del 33.1.Lo entiendes mejor si lo enlazas con el 34.1 a que dice:
El importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales será: A) en el supuesto de transmisión onerosa o lucrativa, la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión de los elementos patrimoniales.

Muchas gracias. Ahora sí lo he visto, tienes razón.

Además no tiene la consideración de ganancia patrimonial los casos de separación de comuneros, lo equiparable a una sociedad civil que no se considera como tal a efectos del cómputo del Impuesto sobre Sociedades. Con lo cual, el porcentaje correspondiente a cada comunero de la sociedad civil es producto de actividades patrimoniales a efectos del IRPF.


Desconectado victoriasoy

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2404
  • Registro: 03/07/11
  • Ius est ars boni et aequi
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #611 en: 24 de Enero de 2014, 13:30:00 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
victoria, pero si en el enunciado pone GASTO, si aplicamos el 12 por ejemplo, no sería deducible, y por tanto el ajuste sería negativo, vamos eso he entendido yo, aunque despues de la metedura de pata con la prima a la junta, que con las prisas no vi el 25 y lo considere como dieta, pues ....

 Artículo 14 Gastos no deducibles

1. No tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles:

    a) Los que representen una retribución de los fondos propios.
    b) Los derivados de la contabilización del Impuesto sobre Sociedades. No tendrán la consideración de ingresos los procedentes de dicha contabilización.
    c) Las multas y sanciones penales y administrativas, el recargo de apremio y el recargo por presentación fuera de plazo de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones.
    d) Las pérdidas del juego.
    e) Los donativos y liberalidades.
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado mannnn

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 105
  • Registro: 14/07/10
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #612 en: 24 de Enero de 2014, 13:31:26 pm »
ok, me habia liado, saludos

Desconectado widowson

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 2602
  • Registro: 18/02/11
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #613 en: 24 de Enero de 2014, 13:33:36 pm »
victoriasoy el suegro respecto a la nuera, es de primer grado también. Por afinidad.
La hemos cagado. El marido y la mujer tienen el mismo grado de parentesco con respecto al viejo.
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado widowson

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 2602
  • Registro: 18/02/11
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #614 en: 24 de Enero de 2014, 13:38:09 pm »
Otra cosa es qeu el art 61 dice :"Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales." Sobre los ascendientes, imagino que tendrían derecho dos hermanos, si viven los dos con el padre. Sigo sin tener claro que la nuera pueda considerarlo "ascendiente" pero.... si en el libro lo pone nos podemos dar por jodidos
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado yuno1986

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 119
  • Registro: 18/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #615 en: 24 de Enero de 2014, 13:40:15 pm »
esto es poner preguntas a mala leche...cuando analizas en profundidad pasa lo que a mi que por pensar mas de la cuenta pues te equivocas, pero solo con la ley no es posible determinar si se podría beneficiar o no del minimo por ascendiente, ya que son del mismo grado, la única diferencia es en cuanto a afinidad y consanguineidad, de hecho a sido planteado en consulta a la AT en 2011 y en el mismo libro pone que hay duda.
La Dirección General de Tributos, en consulta vinculante de 6.10.2011, ha aclarado este precepto para sostener que por ascendiente hay que entender quien lo sea en línea recta (padre, abuelo, bisabuelo), sea por naturaleza o adopción, pero no en línea colateral (tío, tío-abuelo) o por afinidad (suegros). La Administración, a efectos del mínimo familiar por ascendientes, ha confirmado que el parentesco por afinidad no da derecho a aplicar el mínimo (AEAT 14-12-99; DGT 19-6-01).
Si tenemos que saber esto también apaga y vámonos.

Desconectado widowson

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 2602
  • Registro: 18/02/11
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #616 en: 24 de Enero de 2014, 13:42:04 pm »
Ah coño, entonces la tengo bien!!
Juer pues de casualidad.
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado yuno1986

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 119
  • Registro: 18/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #617 en: 24 de Enero de 2014, 13:42:27 pm »
lo habéis puesto bien, pero no se como lo habéis argumentado. De mi respuesta en el examen se deduce que comprendo perfectamente la aplicación de los minimos pero por lo Cabroncetes que son pues me la han jugado y si me suspenden por eso y por no estar completa la de la Sociedad civil me van a oir.

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #618 en: 24 de Enero de 2014, 13:42:48 pm »
En el libro pone que hay "duda", nada más que eso. Yo no considero la afinidad a este respecto, al igual que no se considera que una nuera, a la que se muere el marido antes que el padre de éste último prevalezca por encima del grado de consaguinidad si tiene que pasar alguna clase de obligación alimenticia, ¿por qué a efectos de beneficios fiscales si?  ???

Tributan individualmente, eso es lo que pone, y ella ¿para por encima del marido? supongo que como "es duda" en el manual, y no se decantan por una cosa ni por otra, si se argumenta, tendrán que dar el sí a ambas.  :-\

Desconectado yuno1986

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 119
  • Registro: 18/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO ll 2013/14 1ªPP
« Respuesta #619 en: 24 de Enero de 2014, 13:45:24 pm »
Una pregunta, ¿ en el manual al que haceis referencia es la ultima edición?