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Autor Tema: POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14  (Leído 131994 veces)

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Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #260 en: 06 de Mayo de 2014, 22:43:33 pm »
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Os pongo una pregunta que salio en un examen anterior y  no estoy segura de cual es la respuesta, ya que da la a), pero creo que no puede ser porque una sociedad nunca puede emitir acciones o crear participaciones por debajo de su valor nominal!?


Una sociedad anónima:
a) Puede emitir acciones de 1000 euros de valor nominal cada una exigiendo solamente al suscriptor una aportación de 750 euros
b) Puede emitir acciones de 1000 euros de valor nominal cada una exigiendo al suscriptor una aportación de 1.500 euros
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas

Es la b, la estuvimos discutiendo el otro día. Si te vas a paginas más atrás, verás.


Desconectado pedro73

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #261 en: 06 de Mayo de 2014, 22:46:07 pm »
gracias, no pude seguir el hilo estos días y no sabía que ya la habias hecho

Desconectado mcfly

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #262 en: 07 de Mayo de 2014, 12:02:37 pm »
Hola a todos, ya sé que habéis hablado de ello en páginas anteriores pero aprovechando de nuevo la duda de la compañera, yo opino que la respuesta correcta para mí sí es la a porque textualmente dice:

a) Puede emitir acciones de 1000 euros de valor nominal cada una exigiendo solamente al suscriptor una aportación de 750 euros.

En las SA, las acciones han de estar íntegramente suscritas pero desembolsadas al menos 1/4 parte de cada acción, por tanto sí puede exigirse como mínimo ese 25% del valor de cada acción que serían 250 € y si le exige 750 € sobrepasa ese mínimo.
No sé si estoy en lo correcto en mi planteamiento.
Un saludo

Desconectado mcfly

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #263 en: 07 de Mayo de 2014, 12:49:35 pm »
No sé, tengo un lío ya con tanta sociedad, que dudo de lo que acabo de escribir, de mi propio planteamiento. Será cuestión de repasar, repasar,repasar...
Un saludo

Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #264 en: 07 de Mayo de 2014, 14:22:53 pm »
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Hola a todos, ya sé que habéis hablado de ello en páginas anteriores pero aprovechando de nuevo la duda de la compañera, yo opino que la respuesta correcta para mí sí es la a porque textualmente dice:

a) Puede emitir acciones de 1000 euros de valor nominal cada una exigiendo solamente al suscriptor una aportación de 750 euros.

En las SA, las acciones han de estar íntegramente suscritas pero desembolsadas al menos 1/4 parte de cada acción, por tanto sí puede exigirse como mínimo ese 25% del valor de cada acción que serían 250 € y si le exige 750 € sobrepasa ese mínimo.
No sé si estoy en lo correcto en mi planteamiento.
Un saludo

Es que han planteado la pregunta de un modo muy confuso, desde mi punto de vista... Por que una cosa es que se exija un desembolso mínimo del 25% de cada acción y otra cuestión es que deben estar suscritas integramente.

Una sociedad nunca puede emitir acciones o crear participaciones por debajo de su valor nominal, de tal forma que éste marca la aportación mínima que puede exigirse por la suscripción; en caso contrario, como el valor nominal refleja la porción que corresponde a cada acción o participación dentro del capital, una parte de éste quedaría al descubierto y sin la debida cobertura patrimonial. En cambio, es posible emitir las acciones o participaciones con prima, es decir, con la obligación de pagar por ellas un precio superior al importe nominal.


Desconectado mcfly

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #265 en: 07 de Mayo de 2014, 14:41:02 pm »
Mis dudas se plantean en que no se emiten por debajo de su valor. Se emiten a 1.000 €, pero es el desembolso el que es inferior pero se permite legalmente.

Mira la pregunta 10 de Junio 2012 tipo C:
Según la LSC, una SA: (y dan por correcta la a):
a) puede constituirse con un capital social de 100.000 € dividido en 100 acciones de 1000 € de valor nominal cada una y desembolsadas cada una de ellas en un 30%.

Creo por tanto que en este caso se daría la misma cuestión: acciones de 1000 € desembolsadas sólo en 300 € cada una, y es correcto estar por debajo de dicho valor nominal porque es el desembolso no la emisión.
No sé, gracias de todas formas por tu aclaración. Un saludo

Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #266 en: 07 de Mayo de 2014, 15:29:41 pm »
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Mis dudas se plantean en que no se emiten por debajo de su valor. Se emiten a 1.000 €, pero es el desembolso el que es inferior pero se permite legalmente.

Mira la pregunta 10 de Junio 2012 tipo C:
Según la LSC, una SA: (y dan por correcta la a):
a) puede constituirse con un capital social de 100.000 € dividido en 100 acciones de 1000 € de valor nominal cada una y desembolsadas cada una de ellas en un 30%.

Creo por tanto que en este caso se daría la misma cuestión: acciones de 1000 € desembolsadas sólo en 300 € cada una, y es correcto estar por debajo de dicho valor nominal porque es el desembolso no la emisión.
No sé, gracias de todas formas por tu aclaración. Un saludo

Sí, en este caso es la a, claro.

Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #267 en: 07 de Mayo de 2014, 15:46:02 pm »
TEMA 12

CONTRATO DE SOCIEDAD.
[/color] Cualquier asociación voluntaria de personas que se obligan entre sí a contribuir para la consecución de un fin común. Es un contrato obligatorio (del que surgen dº y obligaciones de contenido patrimonial que integran la condición de socio) y es también un contrato de organización,es decir,unifica el grupo y le dota de capacidad para tener relaciones externas (SOCIEDAD EXTERNA o personificada) que depende y surge de la voluntad de las partes de actuar y presentarse como un grupo unificado en el tráfico.

Si la voluntad de los socios es la de colaborar entre sí para obtener un fin comun pero sin constituir en el tráfico un grupo unificado, la sociedad existirá, pero será una sociedad sin personalidad jurídica (SOCIEDAD INTERNA). Esta soc. se regirá por las reglas de la comunidad de bienes en lo relativo a los aspectos jurídico-reales , pero no a los obligacionales, que se regirán por el contrato de sociedad.

DOCTRINA DE LA SOCIEDAD DE HECHO. Una vez puesta en marcha e inserta en el tráfico, la sociedad no puede ser extraída retroactivamente del ambiente en el que ha actuado, mediante el ejercicio de la acción de nulidad. En estos casos, la sociedad nula o anulable será tratada mediante técnicas que surtan efectos ex nunc. Hay considerar por tanto el motivo de nulidad como causa de disolución. La sociedad viciada sera válida tanto ad intra como ad extra, pero podrá solicitarse la disolución por cualquiera que se halle legitimado.

SOCIEDAD MERCANTIL Y CIVIL.
-Una sociedad que se dedique  a una actividad mercantil tiene que adoptar necesariamente una forma o tipo mercantil (mercantilidad objetiva). EL SUJETO QUE NACE DE ESE CONTRATO ES SIEMPRE COMERCIANTE.
-Una sociedad que se dedique a una actividad civil puede adoptar una forma civil o mercantil, pero el sujeto que nace de ese contrato NO SERÁ EN NINGÚN CASO COMERCIANTE.
-Serán siempre comerciantes la SA,SRL,SGR,SCA, agrupaciones de interés económico.

SOCIEDADES MIXTAS. Sujetos civiles, y por ello deberían quedar sustraídos del estatuto de comerciante. No vendrán obligadas a inscribirse en el RM, ni observar del deber de llevanza de contabilidad.

SOCIEDAD IRREGULAR. No cumple con la obligación de constituirse en escritura pública e inscribirse en el RM. TIENE PERSONALIDAD JURÍDICA, pues la publicidad no tiene virtualidad para atribuir pers. jur. Ésta depende de la voluntad de los socios manifestada en el contrato. Los actos sujetos a inscripción y no publicados no serán oponibles a los 3º de buena fe. La no inscripción de la sociedad en el RM activa la responsabilidad solidaria.

Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #268 en: 07 de Mayo de 2014, 16:44:04 pm »
RESERVA F 2011. Mis respuestas:
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Desconectado LECARDILLA

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #269 en: 07 de Mayo de 2014, 16:46:07 pm »
TEMA 12: LAS SOCIEDADES MERCANTILES:

2. MERCANTILIDAD DE LAS SOCIEDADES

1. Una sociedad dedicada a una ACTIVIDAD MERCANTIL, tiene que adoptar necesariamente una FORMA O TIPO MERCANTIL.
El SUJETO que nace de ese contrato de sociedad es siempre un COMERCIANTE

2. Una sociedad que se dedique a una ACTIVIDAD CIVIL puede adoptar una FORMA CIVIL O MERCANTIL.
El SUJETO que nace de ese contrato NO SERÁ EN NINGÚN CASO UN COMERCIANTE

3.Serán SIEMPRE COMERCIANTES, con independencia de cuál sea su actividad u objeto, las personas jurídicas que nazcan de los siguientes tipos societarios: SA, SRL; AGO, SGR SCA...)

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #270 en: 07 de Mayo de 2014, 16:53:57 pm »
3. PERSONALIDAD JURÍDICA DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

-CUENTAS DE PARTICIPACIÓN

REGULADAS: En el Código de Comercio y en la LSC

SON: UN TIPO DE SOCIEDAD INTERNA, de fórmula asociativa entre empresarios individuales o sociales que hace posible el concurso de uno de ellos -EL PARTÍCIPE- en el negocio o empresa del otro -GESTOR-, quedando ambos a resultas del éxito o fracaso del último

CONSTITUCIÓN: el Código de Comercio sigue el principio de libertad de forma en la constitución. Pero CARECEN DE PERSONALIDAD JURÍDICA o no es un ente jurídico con personalidad...

EFECTOS: en las relaciones patrimoniales:

*el partícipe queda obligado a entregar al gestor el capital convenido que podrá insistir en DINERO O BIENES y lo aportado pasa al dominio del gestor. NO SE CREA UN PATRIMONIO COMÚN.

*El gestor: debe rendir cuentas de su gestión y liquidar al participe en la proporción que se haya convenido al cierre.
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #271 en: 07 de Mayo de 2014, 17:05:24 pm »
Tengo una duda sí alguien me la puede contestar por favor, sí abro la pec y una vez abierta decido no hacerla que ocurre?? Tengo un 0 y me bajaría la nota?? Gracias!!

Desconectado LECARDILLA

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #272 en: 07 de Mayo de 2014, 17:10:18 pm »
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Tengo una duda sí alguien me la puede contestar por favor, sí abro la pec y una vez abierta decido no hacerla que ocurre?? Tengo un 0 y me bajaría la nota?? Gracias!!

Pues ni idea, plantearlo en el foro oficial, la profesora suele contestar, a ver si con un poco de suerte lo hace antes de la hora ;)
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Desconectado marta.te

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #273 en: 07 de Mayo de 2014, 17:14:00 pm »
Gracias!!!

Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #274 en: 07 de Mayo de 2014, 17:18:31 pm »
El régimen de convocatoria de la Junta General previsto en la ley de las SA y de SRL:
a) No es imperativo en ningún caso, pudiendo los estatutos establecer otro régimen distinto.
b) Es imperativo únicamente en la Ley de SA
c)Es imperativo únicamente en la Ley de SRL

Yo creo que en los dos casos hay una junta de celebración imperativa (junta ordinaria). Pero no veo esa opción en las respuestas.

Desconectado mcfly

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #275 en: 07 de Mayo de 2014, 17:42:33 pm »
En el examen de Junio 2011 tipo A pregunta 18:
La exigencia de un capital social mínimo de 3000 € se establece:
a) Sólo para las sociedades de responsabilidad limitada
b) para las S.Resp.Lim y las sociedades nueva empresa.
C) para las Resp.Lim y comanditarias por acciones.

En la plantilla de correción oficial dan por válida la opción a).
Pero no puede ser la b)?, en el manual pone capital no inferior a 3000 € para ambas, salvo que al considerar a las nueva empresa como subespecie de las limitadas opten entonces por la a).

Gracias de antemano por vuestra ayuda. Un saludo

Desconectado silvia93

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #276 en: 07 de Mayo de 2014, 18:50:56 pm »
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En el examen de Junio 2011 tipo A pregunta 18:
La exigencia de un capital social mínimo de 3000 € se establece:
a) Sólo para las sociedades de responsabilidad limitada
b) para las S.Resp.Lim y las sociedades nueva empresa.
C) para las Resp.Lim y comanditarias por acciones.

En la plantilla de correción oficial dan por válida la opción a).
Pero no puede ser la b)?, en el manual pone capital no inferior a 3000 € para ambas, salvo que al considerar a las nueva empresa como subespecie de las limitadas opten entonces por la a).

Gracias de antemano por vuestra ayuda. Un saludo

Es la b, y si no dan por buena la b, debería ser anulada.

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #277 en: 07 de Mayo de 2014, 19:35:12 pm »
la nota de la pec no puede bajar la nota del examen presencial lo pone en la guia de la asignatura dentro de evaluación.

Saludos

Desconectado LECARDILLA

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #278 en: 07 de Mayo de 2014, 19:40:13 pm »
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Es la b, y si no dan por buena la b, debería ser anulada.

Yo también respondería la b, además el sólo de la alternativa a, ya limita demasiado...no?  :-\ ;)...

En un ratín por aquí para compartir la PEC si queréis... :)
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Desconectado Veruska123

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL I 2º P. 2013/14
« Respuesta #279 en: 07 de Mayo de 2014, 19:42:40 pm »
¡¡Por aquí estaré!! A las 8 tenemos una cita  ;)