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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)  (Leído 165629 veces)

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Desconectado malomos

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1160 en: 12 de Febrero de 2015, 19:26:47 pm »
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Vale, entiendo que a si tiene rentas superiores a 1.800 puede aplicarse el progenitor con el que tribute conjuntamente todo el mínimo. Pero obviamente, puedes ganar más de 1800 y no estar obligado, caso de obtener rendimientos de trabajo de un solo pagador por importe de 20000...como no llevas a los 22 que exige el art 96.1a) no estarías obligado a presentar declaración y por tanto, si no la presentas, aun obteniendo más de 1800 puedes tributar conjuntamente...

No se si me explico...estoy atacada...tanto estudiar y al final tengo más dudas que ná! aaagggr

Tienes razón Silvia. El hijo está obligado a declarar según art. 96.2.b. porque recibe rendimientos de capital mobiliario que superan los 1.600 euros anuales. Ahora bien, lo que sí es cierto es que no está obligado a hacerlo de una forma determinada y ahí creo que está la clave.
Una cosa es obligación de declarar y otra hacerlo de una forma concreta. Así pues, hay dos opciones:
     1º.-Si lo hace de forma CONJUNTA con uno de los progenitores y no tiene rentas anuales que superan 8.000 euros da derecho a la aplicación del mínimo por descendiente (Art. 58.1 LIRPF). Y además se hará de la siguiente forma:
                   -Si tiene renta = o inferior a 1.800 euros.......el mínimo se deduce entre padres a partes iguales
                   -Si tiene renta superior a 1800 euros....el mínimo se lo aplica íntegramente el progenitor con quien el hijo realice su declaración.

     2º.-Si la presenta de forma INDIVIDUAL y sus rentas son superiores a 1.800 euros no hay deducción. (Art. 61.2º LIRPF).

 




Desconectado malomos

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1161 en: 12 de Febrero de 2015, 19:31:05 pm »
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Una pregunta referida a un ejercicio que tengo de Venta de Obligaciones (25.2 Ley), en posesión periodo mayor de 2 años:
"Señalar que el art. 26.2 de la Ley IRPF indica que la reducción del 40% no resulta aplicable a este tipo de rendimientos". No lo veo, alguien sabe por qué, o hay algún error.
Gracias, Un saludo

Te estás refiriendo al artículo 25.2 ¿pero no es el 25.4 que habla de otros rendimientos del capital mobiliario ?  :-\

Desconectado silvia.a

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1162 en: 12 de Febrero de 2015, 19:38:30 pm »
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Tienes razón Silvia. El hijo está obligado a declarar según art. 96.2.b. porque recibe rendimientos de capital mobiliario que superan los 1.600 euros anuales. Ahora bien, lo que sí es cierto es que no está obligado a hacerlo de una forma determinada y ahí creo que está la clave.
Una cosa es obligación de declarar y otra hacerlo de una forma concreta. Así pues, hay dos opciones:
     1º.-Si lo hace de forma CONJUNTA con uno de los progenitores y no tiene rentas anuales que superan 8.000 euros da derecho a la aplicación del mínimo por descendiente (Art. 58.1 LIRPF). Y además se hará de la siguiente forma:
                   -Si tiene renta = o inferior a 1.800 euros.......el mínimo se deduce entre padres a partes iguales
                   -Si tiene renta superior a 1800 euros....el mínimo se lo aplica íntegramente el progenitor con quien el hijo realice su declaración.

     2º.-Si la presenta de forma INDIVIDUAL y sus rentas son superiores a 1.800 euros no hay deducción. (Art. 61.2º LIRPF).

Sigo en mis 13...perdonadme...

Pues por eso mismo, porque el art 61.2ª no dice qué forma de declaración debe hacer (o no) para que genere el derecho... Sólo dice que "presente declaración"...por eso mismo, yo creo que la presente como la presente (individual o conjunta), al estar obligado, no puede el progenitor aplicarse en mínimo...

perdonarme de verdad, pero... >:( ;D

Desconectado Carlos02

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1163 en: 12 de Febrero de 2015, 19:39:38 pm »
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Te estás refiriendo al artículo 25.2 ¿pero no es el 25.4 que habla de otros rendimientos del capital mobiliario ?  :-\
Me refiero a Obligaciones, y considerando que el 26.2 se refiere a la reducción del 40% solo al 25.4, ¿eso significa que tampoco se reducen si fueran acciones?

Desconectado malomos

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1164 en: 12 de Febrero de 2015, 20:20:05 pm »
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Sigo en mis 13...perdonadme...

Pues por eso mismo, porque el art 61.2ª no dice qué forma de declaración debe hacer (o no) para que genere el derecho... Sólo dice que "presente declaración"...por eso mismo, yo creo que la presente como la presente (individual o conjunta), al estar obligado, no puede el progenitor aplicarse en mínimo...

perdonarme de verdad, pero... >:( ;D

¿Y por qué no va a poder aplicarse el mínimo el progenitor  si el menor hace con él/ella la declaración conjunta?  Así está establecido en la propia página de la AEAT. Ahora bien, si el menor presenta (su declaración individual...) con rentas superiores a 1.800 euros, nadie podrá beneficiarse del mínimo por descendiente. Así pues, estando obligado o no estándolo las reglas son las mismas para la deducción por descendiente.

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1165 en: 12 de Febrero de 2015, 20:29:19 pm »
necesito ayuda, haber cuando se tiene un ingreso, sea ganancia patrimonial, por rendimiento de trabajo, de capital mobiliario etc que haya que sumarle el ingreso a cuenta o retención(que veo que siempre es del 19%) porque este hay que aplicárselo al resultado de incrementar 20% del valor de coste de adquisición o coste para el pagador? este último porcentaje sale del reglamento pero no entiendo porque se hace, porfa haber si alguien me dice!!! :-\ :-\

Desconectado pecadolili

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1166 en: 12 de Febrero de 2015, 21:09:16 pm »
Normalmente, cuando te pagan algo (por ejemplo la nómina) el pagador te hace una retención (que le da a Hacienda). Pero cuando la retribución es en especie, como no es un dinero hay que hacer un ingreso a cuenta (lo primero es difernciar estos dos conceptos retención e i. a cuenta). Para calcular el importe del ingreso a cuenta, el reglamento te dice cómo se calcula en los artículos 102 a 107 según sea una retribución en especie, una ganancia patrimonial, etc.
Espero haberte ayudado, un saludo

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1167 en: 12 de Febrero de 2015, 21:23:48 pm »
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Normalmente, cuando te pagan algo (por ejemplo la nómina) el pagador te hace una retención (que le da a Hacienda). Pero cuando la retribución es en especie, como no es un dinero hay que hacer un ingreso a cuenta (lo primero es difernciar estos dos conceptos retención e i. a cuenta). Para calcular el importe del ingreso a cuenta, el reglamento te dice cómo se calcula en los artículos 102 a 107 según sea una retribución en especie, una ganancia patrimonial, etc.
Espero haberte ayudado, un saludo

si ya sé lo que es un ingreso a cuenta o retención, lo que no entiendo es el método de cálculo, ya que en la ley en el 101 establece unos porcentajes que hay que adicionar al coste, hasta haí bien, lo que no entiendo son para que sirven los art esos del reglamento que dices del 102 al 107, parece que volviese a contar lo mismo, y lo mismo no es, ya que los porcentajes no son los mismos y los hechos imponibles si, trabajo, rae, ganancias patrimoniales etc no sé si me explico

Desconectado pecadolili

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1168 en: 12 de Febrero de 2015, 21:46:57 pm »
Ah! creo que ya te entiendo. A ver si lo entiendes como yo lo veo. En el reglamento habla de rendimiento en especie. En la ley habla de retribuciones e ingresos a cuenta cuando son rendimientos y rentas dinerarias. Yo lo entiendo así, pero igual estoy perdida...

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1169 en: 12 de Febrero de 2015, 22:09:28 pm »
no sé si será asi porque en un caso de examen que habla de un premio de un coche ( renta en especie) habla de ingreso a cuenta!?

de todas formas gracias por ayudarme, poco a poco, lo malo es que falta poco!!

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1170 en: 12 de Febrero de 2015, 22:14:30 pm »
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si ya sé lo que es un ingreso a cuenta o retención, lo que no entiendo es el método de cálculo, ya que en la ley en el 101 establece unos porcentajes que hay que adicionar al coste, hasta haí bien, lo que no entiendo son para que sirven los art esos del reglamento que dices del 102 al 107, parece que volviese a contar lo mismo, y lo mismo no es, ya que los porcentajes no son los mismos y los hechos imponibles si, trabajo, rae, ganancias patrimoniales etc no sé si me explico
Vamos a ver compi:
102 RIRPF
Te dice en el a) que cuando sea rendimiento del trabajo en especie, se aplica para el cálculo de la retención a cuenta, lo estipulado en el 80 del reglamento
En el b) que cuando el rendimiento del trabajo en especie consista en un ingreso  por parte de tu jefe a un plan de pensiones no hay que hacer ingreso a cuenta(esto ha caido alguna vez ojo).
103RIRPF
Apartado 1- te dice que cuando sea un rendimiento en especie procedente del capital modiliario el ingreso a cuenta será el 19% de incrementar el valor de adquisición un 20%
En español la Caixa te regala una tele valorada en 1000e por abrir una cuenta ahorro, el ingreso a cuenta será el resultado de incrementar los 1000 en 20% esto es,1200e y luego realizarle a los 1200 el 19%  esto es, 228 que será el ingreso a cuenta a practicar.
104RIRPF
caso de rendimiento de actividades económicas en especie se aplica los porcentaje del 95 del reglamento.
105RIRPF
determinados casos de ganacias patrimoniales en especie.
Premios satisfechos en especie,imagina  un periódico sortea un coche por su 100 aniversario entre sus lectores, el procedimiento es el mismo que con la tele que comente antes.
Podríamos comentar muchísimos matices pero creo que esto es lo más básico que he conseguido entender,esperemos que tengamos suerte mañana.


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Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1171 en: 12 de Febrero de 2015, 22:22:04 pm »
muchísimas gracias a ámbos, ahora si lo entendí, vaya lio que yo tenia montado en la cabeza, no diferenciaba una cosa de la otra, estamos bos!!!

gracias de nuevo y suerte para mañana

Desconectado malomos

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1172 en: 12 de Febrero de 2015, 23:24:20 pm »
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Vamos a ver compi:
102 RIRPF
Te dice en el a) que cuando sea rendimiento del trabajo en especie, se aplica para el cálculo de la retención a cuenta, lo estipulado en el 80 del reglamento
En el b) que cuando el rendimiento del trabajo en especie consista en un ingreso  por parte de tu jefe a un plan de pensiones no hay que hacer ingreso a cuenta(esto ha caido alguna vez ojo).
103RIRPF
Apartado 1- te dice que cuando sea un rendimiento en especie procedente del capital modiliario el ingreso a cuenta será el 19% de incrementar el valor de adquisición un 20%
En español la Caixa te regala una tele valorada en 1000e por abrir una cuenta ahorro, el ingreso a cuenta será el resultado de incrementar los 1000 en 20% esto es,1200e y luego realizarle a los 1200 el 19%  esto es, 228 que será el ingreso a cuenta a practicar.
104RIRPF
caso de rendimiento de actividades económicas en especie se aplica los porcentaje del 95 del reglamento.
105RIRPF
determinados casos de ganacias patrimoniales en especie.
Premios satisfechos en especie,imagina  un periódico sortea un coche por su 100 aniversario entre sus lectores, el procedimiento es el mismo que con la tele que comente antes.
Podríamos comentar muchísimos matices pero creo que esto es lo más básico que he conseguido entender,esperemos que tengamos suerte mañana.

Disculpa que pueda intervenir compi, pero veo que manejas la materia y el tiempo me agobia  :-[. La forma de hallar los ingresos a cuenta no son los mismos como indica el artículo 102 y ss y depende de su procedencia.
En el caso de ingresos a cuenta que procedan de retribuciones dinerarias tengo un lío de cuidado ¿podrías poner algún ejemplo que tengas? Tengo este artículo 102.1 cruzado.... :-\

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1173 en: 13 de Febrero de 2015, 00:15:45 am »
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Disculpa que pueda intervenir compi, pero veo que manejas la materia y el tiempo me agobia  :-[. La forma de hallar los ingresos a cuenta no son los mismos como indica el artículo 102 y ss y depende de su procedencia.
En el caso de ingresos a cuenta que procedan de retribuciones dinerarias tengo un lío de cuidado ¿podrías poner algún ejemplo que tengas? Tengo este artículo 102.1 cruzado.... :-\
Uff lo que pides amigo no es para estudiantes como yo y me extraña que pregunten algo tan complejo como determinar el ingreo a cuenta de los rendimientos del trabajo,pero lee los art 83 a 86 del reglamento.Pero vamos que no tengo yo tampoco muy claro este tema.
Suerte que ya acabamos el parcial.
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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1174 en: 13 de Febrero de 2015, 02:49:09 am »
Bueno, a ver que tal se nos da mañana.. :-\

Mucha suerte, chiquetes!

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1175 en: 13 de Febrero de 2015, 03:20:18 am »
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡Suerte!!!!!!!!!!!!!!!


Desconectado ILSE

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1176 en: 13 de Febrero de 2015, 08:09:47 am »
Pero es a las 16, no?

Desconectado derechito_11

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1177 en: 13 de Febrero de 2015, 08:42:00 am »
Sí, a las 16

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1178 en: 13 de Febrero de 2015, 09:00:52 am »
Ánimo para el examen!! Yo ya estoy saturado con tanto artículo!! Después del examen... libertad al fin!  :D

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #1179 en: 13 de Febrero de 2015, 10:27:43 am »
como haceis para diferenciar la cesión de la nuda propiedad, o el traspaso o cesión de un local de negocio de si es del 22.1 o del 33.1? o sea, si es rendimiento de capital inmobiliario o ganancia o pérdida patrimonial?
yo creo que en algún momento del estudio lo entendí, pero lo que es ahora no doy pie con bola!!