Entre 2005 y 2006, el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que disfrutaba de un permiso de estudios, organizó unos cursos en la Universidad de Nueva York. Según denunciaron en 2009 los abogados, Antonio Panea y José Luis Mazón, el juez financió los cursos con dinero del banco Santander y, pocos meses después, archivó una querella contra su presidente, Emilio Botín, decisión que la Audiencia Nacional convalidó a posteriori y a cuya admisión se había opuesto la Fiscalía. El 9 de marzo de 2009 el Tribunal Supremo hace pública la decisión, tomada un mes antes, de archivar la querella ya que, asegura, Garzón declaró a Hacienda los ingresos derivados de los cursos. Sin embargo, los querellantes no se dieron por satisfechos y, menos de un año después, la Sala de los Penal del Tribunal Supremo decide aceptar a trámite una nueva denuncia por los mismos hechos, con la oposición del fiscal, ya que, alega, se han conocido nuevas pruebas en el caso. En concreto, que la página web de la Universidad de Nueva York que fue el propio juez el que obtuvo los fondos. En el nuevo proceso, la propia Universidad de Nueva York ha certificado que Garzón no pidió el patrocinio del Santander, sino que fue el centro Rey Juan Carlos I de España de dicha institución quien los recabó y gestionó. Además, según la documentación aportada por el abogado de Garzón, el patronazgo entre el banco y la universidad continúa sin que el juez participe en ningún acto.
Quién instruye el caso
El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena Gómez, que accedió al cargo en febrero de 2007 a propuesta del sector conservador del CGPJ. Marchena emitió en su día un voto particular contra la libre absolución de los tres policías implicados en el denominado caso Bono que juzgó la detención de militantes del PP tras una agresión al actual presidente del Congreso.
Qué dice la Fiscalía
La Fiscalía del alto tribunal se ha posicionado contra la admisión a trámite de la segunda querella ya que, en su opinión, "los mismos hechos fueron calificados por el propio Supremo como no constitutivos de delito alguno" hace casi un año. Por tanto, la acusación contra Garzón la mantiene solo la acción popular, encarnada en los abogados Panea y Mazón. El hecho es llamativo porque fue precisamente el Tribunal Supremo quien creó la denominada doctrina Botín durante el juicio contra el presidente del Santander por el denominado caso de las cesiones de crédito en virtud de la cual sin la presencia del Ministerio Fiscal y del acusador particular no se puede abrir juicio. Exactamente lo que sucede en el caso de Garzón. Así, el Supremo dejó sin juzgar un posible fraude fiscal de decenas de millones de euros en el que podría estar implicado Botín porque solo mantenía la acusación la acción popular; sin embargo, el mismo tribunal está a punto de juzgar a Garzón sin tener en cuenta su propia doctrina.
Qué delitos se le imputan
Prevaricación: Dictar a sabiendas una resolución contraria a derecho, lo que podría suponerle una inhabilitación de 12 a 20 años. Cohecho: Admitir dádiva o regalo en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente, incurrirá en la pena de multa de tres a seis meses.