Hola Compañeros,
Para aquellos que dudan de la posibilidad de bajarse el enunciado de la PEC sin que empiece a contar el tiempo, aquí os dejo el mismo:
INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRECs Y CRITERIOS DE EVALUACIÓNLas Pruebas de Evaluación Continua (PRECs) han de realizarse una vez por cuatrimestre, en las fechas que se indican en el calendario. No estarán disponibles para los alumnos hasta la fecha de realización de las mismas, aunque durante esa semana los estudiantes podrán elegir libremente cuándo realizarlas.
En cada ocasión consistirán en la resolución de un supuesto práctico o el comentario de una sentencia. Los estudiantes deberán leer detenidamente el supuesto y responder a las preguntas planteadas o realizar el comentario requerido en el espacio máximo de tres folios por supuesto de hecho. Deberán enviar sus respuestas, dentro del plazo fijado para ello en el calendario, y a través de la plataforma Alf, a su tutor virtual, quien efectuará la corrección. UNA VEZ INICIADO EL PROCESO SOLO DISPONDRÁ DE 4 HORAS SEGUIDAS E ININTERRUMPIDAS PARA CUMPLIMENTRALAS.
Los estudiantes deben indicar en la primera página sus datos personales y DNI, y deben también numerar las páginas. Los criterios de evaluación son los siguientes:
Se valorará el correcto planteamiento del problema, la solución de acuerdo con los principios jurídicos, la capacidad de relación entre instituciones y de interpretación de los textos y de la normativa También se valorará la exposición precisa y ordenada, la argumentación lógica, y la precisión terminológica en la redacción.
SUPUESTO PRACTICO
Don Antonio Solana, de vecindad civil común, y Doña Pilar Oriol de vecindad civil catalana, contraen matrimonio en Barcelona y fijarán su residencia en Madrid. En esta ciudad nacen sus 4 hijos: Carlos, Rosa, Juana y Leticia. Sin embargo, la hija menor Leticia fallece a las 5 horas de nacer. El hijo mayor Carlos, con 20 años se alista voluntario en una ONG que desarrolla una labor en una zona bélica de un país africano y desde hace 5 años no se tienen noticias de él. Para colmo de males, a Don Antonio se le diagnostica una ludopatía.Cuestiones que se plantean:
1ª) ¿Doña Pilar al contraer matrimonio pierde su vecindad civil?
2ª) ¿Cuál es el régimen económico del matrimonio, teniendo en cuenta que no han hecho capitulaciones matrimoniales?
3ª)¿Qué vecindad civil tienen los hijos?
4ª) Su hija Leticia, ¿adquiere personalidad jurídica?
5ª) En relación con el hijo Carlos, ¿qué medidas jurídicas se pueden adoptar?
6ª) ¿Considera vd. que D. Antonio esta incurso en algún supuesto de incapacidad? ¿En caso afirmativo, se le nombraría tutor o curador? Y ¿Quiénes están legitimados para solicitar la adopción de las medidas legales oportunas?
Suerte y un saludo !!
