Apuntes de Fastorres
10.7. Documentos crediticios subjetivos («chirographa») y objetivos («syngrapha»)
A una estipulación se puede añadir o superponer otra, siempre que no tenga el mismo objeto, porque entonces la segunda estipulación sería inútil. Pompinio “el que promete dos veces idénticamente lo mismo no se obliga más que una vez”.
En la estipulación penal se trata de añadir una nueva promesa estipulatoria,
que tenga por objeto el pago de una cierta cantidad de dinero que se condiciona al cumplimiento de la obligación anterior. Existe entonces una
obligación principal que sigue existiendo, y una segunda obligación condicionada al cumplimiento de aquélla. Si el deudor cumple, no produce
efectos la segunda obligación; si no cumple, debe pagar la pena y debe defenderse por una exceptio doli, si el estipulante ejercita la acción que deriva de la obligación principal.
10.10. Estipulación penal
A una estipulación se puede añadir o superponer otra, siempre que no tenga el mismo objeto, porque entonces la segunda estipulación sería inútil. Pompinio “el que promete dos veces idénticamente lo mismo no se obliga más que una vez”.
En la estipulación penal se trata de añadir una nueva promesa estipulatoria, que tenga por objeto el pago de una cierta cantidad de dinero que se condiciona al cumplimiento de la obligación anterior. Existe entonces una obligación principal que sigue existiendo, y una segunda obligación condicionada al cumplimiento de aquélla. Si el deudor cumple, no produce efectos la segunda obligación; si no cumple, debe pagar la pena y debe defenderse por una exceptio doli, si el estipulante ejercita la acción que deriva de la obligación principal.
Como véis está duplicado. No se si se ha comentado, pero precisamente la 10.10 Estipulación Penal sale en las quinielas.
Si entra Fastorres por aqui le pido el favor que me resuelva la duda, si no, le escribiré un mensaje.
Gracias