¿Ya habéis dejado el librito de Romano? Pronto os habéis cansado, con lo agradable a la lectura que resulta

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Yo voy a darle un repaso a los casos aunque...mira que me resultan asquerositos. Los casos que tengo son los que están colgados en el Alf y, la verdad, los encuentro muuuuy farragosos y con algunas imperfecciones (por no decir fallos). Como ejemplo de fallo o de dudosa interpretación ( igual soy yo el que está equivocado) nos encontramos con el caso 12, El fundo que se vendió dos veces. Pienso que la Actio Publiciana de Cayo contra Mevio no es correcta ya que el propio Cayo, al haber comprado de un poseedor, no puede considerarse propietario bonitario y por ello no cabe la Publiciana (ésta protege a los propietarios bonotarios y Cayo no lo es puesto que compró el fundo a un simple poseedor). Soy partidario de que Cayo, para reclamar el fundo comprado, debería de ejercitar un interdicto de recuperar la posesión ya que éste sí protege a los meros poseedores cuando se ven despojados de la posesión del bien que les pertenece.
En mi opinión, en ciertos casos hay algún que otro matiz con el que no estoy de acuerdo pero...no son tan evidentes como el que os he mencionado.
Si hay alguién que no piense igual...que intente explicarme el porqué y así no meteré el "cuazo" en el examen

. Además, un poquito de debate previo al examen no vendrá mal jeje.