Hola a todos,
Dentro de la Actividad Admiinstrativa arbitral, dice que de entre todas, sobresale la actividad de la regulacion del justiprecio expropiatoria,
Pero en una expropiacion la que realiza dicha expropiacion es la Admon. ¿no?,
Entonces ¿como puede realizar en ese caso, en que es parte la Admon., ninguna actividad arbitral?
Saludos
Miguel