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Autor Tema: POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013  (Leído 48544 veces)

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Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #220 en: 16 de Mayo de 2013, 18:55:20 pm »
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se me olvidaba si hubiera habido sumisión si se aplicaria el reg 44-2001 es el único caso que no opera el domicilio del demamdado en un estado miembro y solo se requiere que cualquiera de ellos tenga domicilio en estado miembro.-

Entonces cual sería tu respuesta??

Bellum se ipsum alit

Desconectado operario

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #221 en: 16 de Mayo de 2013, 19:14:23 pm »
Pues que con respecto a la competencia judicial el instrumento juridico de apicación sería el de fuente interna LOPJ en su artículo 22 , como no sería de aplicación el punto 2º del mismo , en su defecto el punto 3º en materia de obligaciones contractuales cuando estas hayan nacido o deban cumplirse en España .- Como la obligación parece que se debe cumplir en España los órganos jurisdiccionales españoles serán competentes para la resolución del litigio.- Esta sería mi respuesta.- Un saludo y suerte

Desconectado operario

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #222 en: 16 de Mayo de 2013, 19:17:33 pm »
Quisiera aclarar que mi apreciación es sólo respecto a la competencia judicial y no a la determinación del derecho aplicable con la que si estoy de acuerdo.- suerte

Desconectado canoceja

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #223 en: 19 de Mayo de 2013, 18:39:11 pm »
Tengo una duda que a ver si alguien de este foro pudiere ayudarme:

Tengo bastante claro (o por lo menos eso creo yo) que son competentes los Tribunales españoles para conocer, en virtud del Reglamento 2201/2001, cualquier cuestión o asunto relativo al divorcio, separación judicial o nulidad matrimonial, siempre que se dieran en un foro de competencia: esto es, residencia habitual de los cónyuges en el momento de la presentación de la demanda; o bien, si esta última residencia habitual lo es del demandado,... (entre otras).
Mi duda radica en qué ley es la aplicable. La ley aplicable a la separación y al divorcio  en el orden internacional son objeto de 2 regímenes jurídicos distintos por su ámbito de aplicación material, ya sea el Reglamento 1259/2010 (cuando es aplicable a la disolución o relajación del vínculo y sus causas) y el art. 107 del Código Civil (aplicable para el resto de los efectos del divorcio o la separación).
Mi duda radica en la distinción de ambos regímenes jurídicos, es decir, "disolución o relajación del vínculo y sus causas".

Necesito que alguien me aclarara esto y, si no es mucho pedir, algún ejemplillo.

Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #224 en: 19 de Mayo de 2013, 19:45:35 pm »
Como bien dices, el 1259/2010 determina únicamente la ley aplicable para la disolución (divorcio) o relajación (separación) del vínculo, sólo a eso, a la resolución o parte de la misma que acuerde que los cónyuges quedan separados o divorciados, lo que ocurre es que estas situaciones van acompañadas de efectos o consecuencias como las relaciones resultantes de las mismas (pensiones, régimen de visitas de los hijos si los hubiere, disolución de la sociedad de gananciales y reparto de bienes, etc, etc) siendo a estos efectos o relaciones resultantes a los que les resulta de aplicación el artículo 107 del CC.

Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado canoceja

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #225 en: 19 de Mayo de 2013, 20:42:37 pm »
Muchas gracias Raúl. Me ha quedado claro.
El Reglamento que quería decir es el 2201/2003. Lo he puesto mal.

Desconectado ANTONIO+

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #226 en: 20 de Mayo de 2013, 12:12:00 pm »
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Ahí va mi respuesta:

1)EXISTE CONTRATO VÁLIDAMENTE CELEBRADO?
La lex contractus rige para todas las cuestiones relativas al fondo del contrato, incluida su existencia. Por lo tanto, lo primero que debemos conocer es la ley aplicable al contrato para poder pronunciarnos sobre su validez. (luego vuelvo sobre el asunto)

2)LEY APLICABLE AL CONTRATO
Se trata de un supuesto comprendido dentro del ámbito de aplicación espacial, personal y material del Reglamento Roma I. Este permite que las partes puedan designar el derecho aplicable al contrato, si bien con determinadas limitaciones, estableciendo, a falta de elección, una serie de conexiones susidiarias.
En  este caso, existe un documento de confirmación de pedido en el que consta la sumisión del contrato al Derecho alemán, por lo que debemos determinar si dicho acuerdo es válido. Para ello, debemos verificar 4 cuestiones:
a) Forma: Debe manifestarse expresamente o resultar de manera inequívoca de los términos del contrato. Existe sumisión expresa en el documento de confirmación del pedido
b) Momento: Acuerdo de elección puede suscribirse en cualquier momento
c) Consentimiento: Debe contrastarse dentro del ordenamiento designado por el contrato.
d) Capacidad: Cuestión sujeta a la ley personal de cada uno de los contratantes.
Por tanto, parece que sí se cumplen los requisitos para que el acuerdo de elección sea válido, por lo que el contrato se regirá por la ley alemana

En definitiva, la cláusula de elección localiza el contrato bajo el ámbito de un ordenamiento, en nuestro caso el alemán, que será de aplicación en todas las cuestiones relativas al contrato. Por tanto, volviendo sobre la cuestión 1, para pronunciarse sobre la validez del contrato, habría que conocer las normas del derecho alemán relativas a la perfección del contrato entre ausentes (conocimiento, aceptación...) así como el valor que da a los documentos expedidos (de pedido, de confirmación).

Básicamente, estoy de acuerdo con Antonio, salvo lo que comentas de que el Juez español debe desestimar la demanda. Creo que sí es competente conforme a los foros del Reglamento 44/2001 (lugar donde la obligación deba ser ejecutada) pero que en este caso debe aplicar el derecho alemán
En cualquier caso, también tengo muchas dudas sobre el caso y también espero vuestros comentarios y correcciones. Voy a buscar la Sentencia de la AP, a ver si salimos de dudas

Saludos!
Rescatando este caso practico, efectivamente, el juez español tiene competencia judicial, y debera aplicar el derecho alemán conforme a la clausula de eleccion de ley, en el caso preguntan si el juez español debia desestimar la demanda que solicitaba el demandante. Pues no debe desestimar la demanda pero si aplicar el derecho aleman.

Vamos que estamos en ciernes....

Saludos
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Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #227 en: 21 de Mayo de 2013, 11:59:08 am »
Tiene alguien algún esquema/resumen con los Convenios y normativa a aplicar para cada uno de los casos principales??
Por ejemplo: Adopción internacional (Convenio de la Haya de 1993 si es transnacional y Ley 54/2007), Secruestro (Convenio de la Haya de 1980, R.2201/2003), etc....
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Desconectado ANTONIO+

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #228 en: 21 de Mayo de 2013, 13:19:39 pm »
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Tiene alguien algún esquema/resumen con los Convenios y normativa a aplicar para cada uno de los casos principales??
Por ejemplo: Adopción internacional (Convenio de la Haya de 1993 si es transnacional y Ley 54/2007), Secruestro (Convenio de la Haya de 1980, R.2201/2003), etc....
En el curso virtual una compañera ha colgado una hoja excel sobre lo que pides, esta en el foro de alumnos y el mensaje es
Asunto: cuadro RESUMEN para PRÁCTICA DIP

Suerte.
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Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #229 en: 21 de Mayo de 2013, 15:59:05 pm »
No puedo leerlo!! Alguna incompatibilidad con mi excel!! Quien lo puede pasar en archivo leíble??
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Desconectado ANTONIO+

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #230 en: 21 de Mayo de 2013, 16:09:37 pm »
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No puedo leerlo!! Alguna incompatibilidad con mi excel!! Quien lo puede pasar en archivo leíble??
estoy en la biblio y con el telefono no podre? lo siento, cuando llegue a casa te lo paso
Si no te equivocas de vez en cuando, es que no lo intentas.

Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #231 en: 21 de Mayo de 2013, 16:49:06 pm »
dime qué formato quieres...
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Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #232 en: 21 de Mayo de 2013, 18:03:39 pm »
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dime qué formato quieres...

Cualquiera compatible con office 2003, que es el que tengo.

Gracias.-
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Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #233 en: 21 de Mayo de 2013, 18:17:08 pm »
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Cualquiera compatible con office 2003, que es el que tengo.

Gracias.-

Dame tu correo y te lo mando en el formato que dices y además, por si las mocas, en PDF. Vaya tela Decio, tener el office 2003 es como estudiar penal por el código de 1973  ;D
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Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #234 en: 21 de Mayo de 2013, 18:26:04 pm »
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Dame tu correo y te lo mando en el formato que dices y además, por si las mocas, en PDF. Vaya tela Decio, tener el office 2003 es como estudiar penal por el código de 1973  ;D

Jajajaja, te juro que no me apaño con los offices 2007, 2010.
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Gracias Raul!!!
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Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #235 en: 21 de Mayo de 2013, 18:32:41 pm »
Oye Decio, te mando en otro mail unos extractos de las disposiciones más importantes con comentarios que acabo de terminar ahora mismo por si te sirven de ayuda para algo
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #236 en: 21 de Mayo de 2013, 19:47:24 pm »
hola compis vais mañana ??? a privado? yo si y no se si se.....
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Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #237 en: 21 de Mayo de 2013, 20:00:12 pm »
Yo voy mañana, como los valientes, a lo que salga...
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Desconectado gup

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #238 en: 21 de Mayo de 2013, 20:04:52 pm »
+1 mañana
"quotquotÉstos son mis principios; Si no le gustan, tengo otros"quotquot (G. Marx)

Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #239 en: 21 de Mayo de 2013, 20:39:02 pm »
Yo también voy mañana..... estoy de los nervios, ni por asomo igual de preparado que en el primer parcial...pero hay que  echarl  eggs....
Por cieto ...no me entero de los privilegios de los ciudadanos o nacionales de la UE en materia de aplicación de los foros del RCE 2201/2003....algún alma caritativa que me lo explique pa enerarme de una vez por favor...
No busques un culpable, busca una solución...gran consejo.