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Autor Tema: POST OFICIAL PENAL II 2013/14  (Leído 80365 veces)

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Desconectado Mimi72

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #340 en: 08 de Enero de 2014, 14:42:38 pm »
A mí el profesor me ha evaluado muy bien la PEC y me ha puesto como fallo el no haber contemplado la atenuante. Yo no la contemplé porque pensaba que al haber calificado el delito como doloso, no se podía aplicar las atenuantes, pero me explicó  el profesor que también en los delitos dolosos se aplican las atenuantes (en incluso las eximentes) y me puso un ejemplo que lo comprendí rapidito jeje.


Desconectado Mimi72

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #341 en: 08 de Enero de 2014, 14:46:20 pm »
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Se me olvidó una cosa, ¿recordáis cuando dije "buen argumento" aunque calificase de delito doloso? Pues mismamente ha dicho el T.A.R.; lo que nos dan es un trocito de unos hechos, y si la calificación y la argumentación de desde nuestro punto de vista "vemos" la argumentamos bien argumentada, ¡da igual lo que digan los Sre. Magistrados en la Sentencia!  :)

Claro!! Los Sres Magistrados se decantan por una u otra interpretación de los abogados y/o fiscales. Yo hice la argumentación de la PEC como el abogado del delincuente (pero sin la atenuante)

Desconectado propter

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #342 en: 09 de Enero de 2014, 12:29:59 pm »
¿Dónde se ve si te han evaluado la PEC? A mi no me aparece nada por ningún lado... :-\

Desconectado higuedo

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #343 en: 09 de Enero de 2014, 12:31:29 pm »
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¿Dónde se ve si te han evaluado la PEC? A mi no me aparece nada por ningún lado... :-\
En Alf, en calificaciones.
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Desconectado propter

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #344 en: 09 de Enero de 2014, 13:43:29 pm »
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En Alf, en calificaciones.

Gracias. A mí me sigue sin evaluar. ;-)

Desconectado MRjordan

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #345 en: 13 de Enero de 2014, 15:20:36 pm »
Buenas

One question:
Los apartados de los apuntes, que no salen en el programa, entran en el examen???
Por ejemplo
Leccion III  Homicidio-suicidio
 o por ejemplo homicidio-suicidio entra dentro de la cooperacion al suicidio?

o el autoaborto? entra, no entra o está comprendido en el aborto conentido?

Gracias

Desconectado estefaniad01

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #346 en: 14 de Enero de 2014, 18:33:31 pm »
Entiendo que entra también, pero es sólo lo que creo, no tengo constancia de lo contrario.

Veis muy importante saber si se puede dar o no concurso de leyes y de delitos en las preguntas teóricas? Me sigo liando con los concursos y tengo dos opciones, o no ponerlo sí no estoy segura y centrarme ahora en saberme bien el resto, o ponerme con ello y machacar hasta que me lo aprenda, quitando tiempo al resto.  :-\
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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #347 en: 15 de Enero de 2014, 11:29:44 am »
Hola!He visto las preguntas de los exámenes anteriores y no aparece ninguna (desde el año 2005) sobre el tema de los delitos contra las relaciones familiares. ¿¿Entra este tema?? Porque es larguísimo!!!

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #348 en: 15 de Enero de 2014, 11:31:38 am »
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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #349 en: 15 de Enero de 2014, 11:47:50 am »
Suelen ser muy exigentes corrigiendo? He escuchado cada cosa de penal... Miedo me da!  :-\

Desconectado higuedo

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #350 en: 15 de Enero de 2014, 13:19:23 pm »
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Suelen ser muy exigentes corrigiendo? He escuchado cada cosa de penal... Miedo me da!  :-\
y a mí  :P
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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #351 en: 15 de Enero de 2014, 13:39:29 pm »
Compañeros yo estoy curado de espanto...a mi el que me da miedo es la collera wert cospedal....el resto es cuestión de tiempo

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #352 en: 17 de Enero de 2014, 00:07:39 am »
En ALF dicen que ya están todas las PECs corregidas, pero yo sigo sin nota.

¿Le pasa a alguien más?

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #353 en: 17 de Enero de 2014, 01:52:13 am »
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En ALF dicen que ya están todas las PECs corregidas, pero yo sigo sin nota.

¿Le pasa a alguien más?

Me pasaba a mi hasta esta tarde, bueno hasta después de comer que fue cuando me di cuenta; le puse un mensaje al tutor, que de mi CA en Huelva, la única que se da de las que llevo, aunque no voy, y me la ha corregido nuestro T.A.R.; creí que me había quedado corta, pero no, está bien, muy bien, así que ya sé cómo enfocar los prácticos.

No será el quién nos corrija, pero me fío de sus explicaciones y de su buen hacer al cien por cien, y si él ha dicho que el argumento está perfecto, me lo creo, lo cual me ha dado tranquilidad. Mándale un mail, seguro que te la corrige, yo se lo mandé al tutor por la vía de ALF, bueno, más que un mensaje era un ruego, pues tenía mucha incertidumbre al no haber visto nunca un práctico de esta asignatura resuelto, al menos, no aquí, y tampoco los hice en la otra, fueron todos en la Parte General.

Saludos y suerte, tanto en una como en el otro

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #354 en: 17 de Enero de 2014, 16:23:15 pm »
¿Sabéis si el examen es tasado? Me da que es una cara de folio para cada pregunta, pero no estoy segura.
Suerte!!!

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #355 en: 17 de Enero de 2014, 16:29:24 pm »
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¿Sabéis si el examen es tasado? Me da que es una cara de folio para cada pregunta, pero no estoy segura.
Suerte!!!

Lo han preguntado en ALF; las respuestas no tiene espacio tasado, aunque ha dicho que es aconsejable saber sintetizar; los prácticos ya lo sabemos, ¡los rectángulitos!  :)

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #356 en: 17 de Enero de 2014, 17:39:12 pm »
Gracias Mnieves

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #357 en: 17 de Enero de 2014, 21:20:19 pm »
Hola, no he encontrado prácticos de Penal II por sitio alguno, algo en lo que basarme para tener referencia; un compañero realizó uno y lo colgó en ALF, pero tal y como indica nuestro estimado y solícito T.A.R., que responde a todo lo habido y por haber, él no puede decir si el caso que el compañero ha colgado ya con las respuestas está bien o mal, pues dependerá del profesor o de la profesora que vaya a corregir nuestro examen, y él no se encuentra entre ellos.

Bien, dicho esto, y no es por faldear, dado el 10 de la PEC me ha envalentonado para intentar, al menos es la intención, otra cosa es que lo empeore, a ese compañero, contestar ese caso práctico, al igual que he guarreado otros muchos en el cuaderno; únicamente me guía la buena intención, y espero no defraudarle con mi respuesta, al igual que, espero, tampoco os cause un perjuicio a los/las que participan en este foro.

Todos los exámenes de licenciatura piden un delito en concreto en la segunda pregunta del práctico, pero eso no me ha quedado claro con la respuesta dada a la pregunta de una compañera, no sé si se refiere al primer apartado o al segundo, pero ha dicho que habría que desmenuzar las figuras delictivas que se diesen, todas. Conforme a lo anterior, -me acabo de dar cuenta de que no he guardado el caso del compañero, no obstante lo podéis mirar en el Foro General de ALF-, ésta sería mi respuesta.

VALORACIÓN ATENDIENDO AL CÓDIGO PENAL

1. Delito de robo, tipo agrabado del art. 242 Cp., siendo de aplicación el apartado 3, lo que conllevaría con carácter imperativo para el juez la imposición de la pena en su mitad superior, atendiendo a los instrumentos utilizado en la violencia e intimidación –armas-.
    Posible delito de lesiones del art. 147 Cp., si bien dado lo que se aporta en el práctico, “produciendo algunas contusiones”, podría ser una lesión constitutiva de falta del art. 617 del mismo cuerpo legal. La posibles secuelas psicológicas podrán ser valoradas también a los efectos de considerar el supuesto de darse el delito de lesiones.

ANÁLISIS

2. Respecto del delito de robo:

- El bien jurídico protegido es el patrimonio de una persona.
- Sujetos activo puede serlo cualquiera (persona).
- Sujeto pasivo: es la persona dueña del patrimonio en la que revierte la pérdida.
- Estamos ante una acción dolosa, es decir, con conocimiento y voluntad de buscar el fin perseguido con la acción.
- Se cumple la finalidad del apartado 3 del art. 242 Cp, ya que el uso del arma se cumple con la mera exhibición intimidatoria.
- Respecto de la autoría, tanto A como B son autores directos, ambos tienen el dominio del hecho.
- Respecto a C su participación en el delito es como cómplice, lo que llevará la pena inferior en grado para la impuesta a A y B.
- Se trata, asimismo, de un delito consumado en su forma de ejecución, toda vez que hay traspaso de la propiedad, independientemente de que fuesen detenidos.
- No se puede apreciar concurso de leyes, toda vez que este tipo agravado subsume tanto el allanamiento de morada como las amenazas.

3. Respecto del delito de lesiones:

- El bien jurídico protegido es la integridad corporal y la salud física y mental de una persona.
- Sujetos activo y pasivo pueden serlo cualquiera.
- Estamos ante una acción dolosa, es decir, con conocimiento y voluntad de buscar el fin perseguido con la acción.
- Respecto de la autoría, tanto A como B son autores directos, ambos tienen el dominio del hecho.
- Respecto a C su participación no es delictiva, a menos que tuviesen planeado de antemano la forma de ejecución de los hechos, de lo que podría entenderse que sí, ya que como se recoge en el práctico, tanto “A, B y C concertaron el delito, y C debía de saber que llevaban armas de fuego y dos navajas; el art. 151 castiga como actos preparatorios en este tipo de delitos la provocación, conspiración y proposición. Creo que se debería de aplicar a C la pena inferior en uno, imperativa, o en dos grados, potestativa, respecto de la pena correspondiente a A y B.
- Se trata, asimismo, de un delito consumado en su forma de ejecución.

Por último, estimo que se da un concurso real de delitos, toda vez se necesita un tipo de acción para cada delito; el que utilicen armas e instrumentos peligrosos para el delito de robo con fuerza e intimidación en las personas, no conlleva la acción de lesiones, ya se califiquen como delito o como falta.

Suerte, y puede opinar quien desee, para dar consejos, para corregir, para lo que sea, siempre que sea constructivo.  :)

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #358 en: 17 de Enero de 2014, 21:45:32 pm »
Pero mnieves, todo eso de memoria? Yo me sé algunos artículos, pero no sé. Creo que el esquema está genial, aunque veo complicado acordarse de todo, a ver que cae.
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Desconectado Mimi72

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #359 en: 17 de Enero de 2014, 22:22:40 pm »
Muy bien Manuela  :-* :-* :-*!!!

Yo el orden lo inviertí en la Pec, siguiendo un razonamiento inductivo-deductivo,  primero analicé el delito del caso particar  y luego, según análisis, llegas al tipo abstracto (genérico) de la norma penal, pero creo mucho mejor que nos ciñamos a lo que nos piden y hacerlo al revés, de lo general a lo particular.

Yo me he hecho un esquemita genérico para que no se me olvide nada en el análisis que pongo a continuación:
*Figura penal según el Código penal
*Bien jurídico protegido
*Acción/omisión:
    -Sujeto activo/pasivo
*Tipo
    -Doloso: directo, indirecto o eventual
    -Imprudente: grave, leve o profesional
    -Supuestos agravados, atenuados o faltas
*Causas de justificación
*Formas de participación: autoría y/o complicidad
*Formas de ejecución: Consumación, tentativa acabada, inacabada e inidónea.
*Provocación, conspiración y proposición (actos preparatorios)
*Condicionies objetivas de punibilidad
*Condiciones de perseguibilidad: de oficio o a instancia de parte.
*Concursos:
    -de leyes
    -de delitos: Real o ideal

Suerte a todos!!