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Autor Tema: POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14  (Leído 102945 veces)

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #580 en: 23 de Mayo de 2014, 22:13:14 pm »
Las suelen publicar una vez finalizados los exámenes, la semana siguiente...

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #581 en: 23 de Mayo de 2014, 23:52:14 pm »

  Flanders y demas... comentar libremente sobre una posible impugnacion incluye tambien no estar de acuerdo con los argumentos para sostenerla ¿no?. Que me tengo que alegrar porque un compañero quiera aprobar impugnando una pregunta porque debera ser no implica necesariedad...es broma supongo. Yo deseo q apruebe todo el que se lo merezca pero no me parece bien retorcer las preguntas innecesariamente por puro interes personal. Que aqui cada uno arrima el ascua a su sardina. Y yo soy el primero en criticar a los equipos docentes cuando no hacen bien su labor pero en este examen no ha habido caso practico que suele ser bastante mas complicado que preguntas teoricas sacadas en su inmensa mayoria de un manual que muchos ni siquiera han leido y se permiten criticar. Evidentemente no todas las preguntas van a ser literales...estamos en cuarto de grado de derecho y es logico que haya alguna pregunta que exija algo mas q la memorizacion y que eso mismo la haga interpretable. Pero como alguno ha admitido...se impugna razonadamente y se anula. Nadie critica eso lo que algunos ponemos en duda es la defensa de impugnar por impugnar sin razonamientos o buscando un retorcimiento en las  preguntas q no es                       
habitual en los examenes de mercantil. Yo me alegrare siempre por un aprobado de un compañero pero si es merecido...no logrado por impugnaciones masivas sin motivo como algunos planteais como hipotesis  que no se va a producir. Que mucha gente saca tiempo de donde no tiene y se estudia un manual de 600 paginas como para ahora aplaudir que se de aprobado general a base de impugnar las preguntas que no eran blanco y en botella. Y lo mas curioso es que alguien con treinta preguntas de treinta y cinco hable de examen complicadisimo...me parece cuando menos pretencioso. Yo llevo dos dieces y un 9,5 en tres examenes de mercantil y tiendo a pensar que ha sido porque el examen no era demasiado dificil mas que porque era complicadisimo y yo superdotado. Para mi los examenes de este departamento son correctos. Se aprueban sin problrmas si has estudiado y puedes sacar buena nota si has entendido bien la materia que no es facil por su dificultad intrinseca de la que, insisto, se podria hacer una autentica escabechina si este equipo docente fuese como el de administrativo o el de financiero. Esta lucha de clases profesor- alumno es un poco infantil.
  Perdon por la falta de tildes...escribo desde un teclado que no me permite ponerlas.

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #582 en: 24 de Mayo de 2014, 00:21:34 am »
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  Flanders y demas... comentar libremente sobre una posible impugnacion incluye tambien no estar de acuerdo con los argumentos para sostenerla ¿no?. Que me tengo que alegrar porque un compañero quiera aprobar impugnando una pregunta porque debera ser no implica necesariedad...es broma supongo. Yo deseo q apruebe todo el que se lo merezca pero no me parece bien retorcer las preguntas innecesariamente por puro interes personal. Que aqui cada uno arrima el ascua a su sardina. Y yo soy el primero en criticar a los equipos docentes cuando no hacen bien su labor pero en este examen no ha habido caso practico que suele ser bastante mas complicado que preguntas teoricas sacadas en su inmensa mayoria de un manual que muchos ni siquiera han leido y se permiten criticar. Evidentemente no todas las preguntas van a ser literales...estamos en cuarto de grado de derecho y es logico que haya alguna pregunta que exija algo mas q la memorizacion y que eso mismo la haga interpretable. Pero como alguno ha admitido...se impugna razonadamente y se anula. Nadie critica eso lo que algunos ponemos en duda es la defensa de impugnar por impugnar sin razonamientos o buscando un retorcimiento en las  preguntas q no es                       
habitual en los examenes de mercantil. Yo me alegrare siempre por un aprobado de un compañero pero si es merecido...no logrado por impugnaciones masivas sin motivo como algunos planteais como hipotesis  que no se va a producir. Que mucha gente saca tiempo de donde no tiene y se estudia un manual de 600 paginas como para ahora aplaudir que se de aprobado general a base de impugnar las preguntas que no eran blanco y en botella. Y lo mas curioso es que alguien con treinta preguntas de treinta y cinco hable de examen complicadisimo...me parece cuando menos pretencioso. Yo llevo dos dieces y un 9,5 en tres examenes de mercantil y tiendo a pensar que ha sido porque el examen no era demasiado dificil mas que porque era complicadisimo y yo superdotado. Para mi los examenes de este departamento son correctos. Se aprueban sin problrmas si has estudiado y puedes sacar buena nota si has entendido bien la materia que no es facil por su dificultad intrinseca de la que, insisto, se podria hacer una autentica escabechina si este equipo docente fuese como el de administrativo o el de financiero. Esta lucha de clases profesor- alumno es un poco infantil.
  Perdon por la falta de tildes...escribo desde un teclado que no me permite ponerlas.

Te parece razonable el argumento:
30ª) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que:
a.- Debe contener necesariamente quitas y/o esperas de los créditos.
b.- Puede alterar ola clasificación legal de los créditos.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.

   Esta pregunta resulta mal planteada en cuanto a sus respuestas ya que según parece la correcta sería la “a.-“ pero estudiando en profundidad el artículo 100 de la LC, en mi opinión la palabra “necesariamente” está de sobra y convierte la respuesta en nula.
   En mi opinión existen argumentos para sostener que el imperativo que usa el referido artículo 100.1 LC y la redacción del artículo 100.2 LC no impiden que el convenio contenga exclusivamente otras soluciones diferentes de la quita y espera, que cumplan no obstante con los límites previstos legalmente (por ejemplo, la conversión de todo el pasivo en capital o el pago inmediato del 50% del pasivo sin quita y la conversión del resto del pasivo en capital).
 Así la Ley recoge en su Exposición de Motivos que «también es flexible la ley en la regulación del contenido de las propuestas de convenio, que podrá consistir en proposiciones de quita o espera» (apartado VI). No utiliza la Exposición de motivos el imperativo “necesariamente” y a la vez presume de flexibilidad. Parece entonces que lo
que a la Ley le preocupa no es tanto si el convenio tiene quita o espera sino que éstas se mantengan dentro de los límites previstos en el artículo 100.1 LC.
   Por todo ello parece que la primera respuesta de esta pregunta 30 del modelo de examen B desvirtúa lo dicho por el artículo 100.1 LC y el texto equivalente del apartado VI de la Exposición de Motivos tienen una función más bien introductoria al indicar que caben quitas y esperas y que éstas, de incluirse, deben respetar los límites previstos en el citado artículo.

Recuerda que un buen abogado debe retorcer la realidad a su medida y a la de su cliente.
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #583 en: 24 de Mayo de 2014, 00:25:31 am »
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habitual en los examenes de mercantil. Yo me alegrare siempre por un aprobado de un compañero pero si es merecido...no logrado por impugnaciones masivas sin motivo como algunos planteais como hipotesis  que no se va a producir. Que mucha gente saca tiempo de donde no tiene y se estudia un manual de 600 paginas como para ahora aplaudir que se de aprobado general a base de impugnar las preguntas que no eran blanco y en botella. Y lo mas curioso es que alguien con treinta preguntas de treinta y cinco hable de examen complicadisimo...me parece cuando menos pretencioso. Yo llevo dos dieces y un 9,5 en tres examenes de mercantil y tiendo a pensar que ha sido porque el examen no era demasiado dificil mas que porque era complicadisimo y yo superdotado. Para mi los examenes de este departamento son correctos. Se aprueban sin problrmas si has estudiado y puedes sacar buena nota si has entendido bien la materia que no es facil por su dificultad intrinseca de la que, insisto, se podria hacer una autentica escabechina si este equipo docente fuese como el de administrativo o el de financiero. Esta lucha de clases profesor- alumno es un poco infantil.
  Perdon por la falta de tildes...escribo desde un teclado que no me permite ponerlas.

Y esta, te parece correcto reclamar:

La Ley Concursal establece como regla general que para solicitar la declaración de concurso están legitimados:
a.- El deudor y cualquiera de sus acreedores.
b.- El deudor, cualquiera de sus acreedores y el Ministerio Fiscal.
c.- El deudor, cualquiera de sus acreedores y cualquiera de sus socios si el deudor es unsa sociedad mercantil.

Pero a mi entender falta de "d.- todas son falsas"....porque no todos los acreedores están legitimados.

Porque según el temario: están legitimados para solicitar la declaración de concurso: El deudor y cualquier acreedor, salvo aquellos que hubieran adquirido el crédito por actos inter vivos y dentro de 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud. En algunas sociedades,  están legitimados los socios ilimitadamente responsables de las deudas sociales. En caso de persona jurídica, será competente para realizar la solicitud de concurso voluntario el órgano de admón. o los liquidadores.
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #584 en: 24 de Mayo de 2014, 00:26:36 am »
es la pregunta 22 del modelo B
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #585 en: 24 de Mayo de 2014, 03:45:00 am »
Totalmente lícito, sano y productivo,r eclamar, impugnar preguntas que no tengan una respuesta clara y sea suceptible de error. en lo que no hay ninguna duda es en la pasta que pagamos por matrícula, nos merecemos  por lo menos la coherencia y la seriedad. En la Uned el único dercho claro que tenemos es a examinarnos. No hay más que ver el AlF de las asignaturas, plagadas de material, videos, conferencias, esquemas, glosarios, resúmenes, dudas resueltas, el mundo feliz  que diría alguien. Un poquito de por favor señores LIBERTAD, que cada uno haga lo que estime oprtuno, eso sí que sea responsable de sus actos.

Desconectado trasgo

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #586 en: 24 de Mayo de 2014, 07:23:48 am »
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Y esta, te parece correcto reclamar:

La Ley Concursal establece como regla general que para solicitar la declaración de concurso están legitimados:
a.- El deudor y cualquiera de sus acreedores.
b.- El deudor, cualquiera de sus acreedores y el Ministerio Fiscal.
c.- El deudor, cualquiera de sus acreedores y cualquiera de sus socios si el deudor es unsa sociedad mercantil.

Pero a mi entender falta de "d.- todas son falsas"....porque no todos los acreedores están legitimados.

Porque según el temario: están legitimados para solicitar la declaración de concurso: El deudor y cualquier acreedor, salvo aquellos que hubieran adquirido el crédito por actos inter vivos y dentro de 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud. En algunas sociedades,  están legitimados los socios ilimitadamente responsables de las deudas sociales. En caso de persona jurídica, será competente para realizar la solicitud de concurso voluntario el órgano de admón. o los liquidadores.


Justamente en esa el enunciado dice como regla general. Creo que esa es la clave, y como regla general entiendo que la "a"  es la que mejor encaja.
Fran.

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #587 en: 24 de Mayo de 2014, 09:04:31 am »

 ¿En que quedamos flanders?...me dices que una pregunta esta mal redactada porque "si te estudias en profundidad la ley"...porque lo que el legislador en su exposicion de motivos realmente queria era...perfecto. y puede que tengas razon...pero se entonces coherente...o el equipo docente ha puesto la pregunta utilizando el manual precisamente porque no exige tanta profundidad porque no va a pillar...o exige una profundidad al nivel de interpretar el espiritu del legislador. Dicho de otro modo...no me puedes defender al mismo tiempo que el examen era dificil porque exigia esa profunfidad y suponer que la respuesta correcta para el equipo docente va a ser la que parece a simple vista...y a vista del manual al que te advierten que se van a ceñir. Si los retorcidos sois vosotros no lo es el equipo docente. Y si lo es el equipo docente las respuestas serian las que defendeis.Es esto lo que no entiendo. Y he dicho ya que si se impugna y se razona lo aceptaran precisamente porque me parece un buen departamento. Pero vamos...si se quedan en la superficie para no pillar es que son muy malos porque la pregunta se presta a interpretacion...y si la pusieran a pillar buscando la profundidad serian malos porque bastante es saberse un manual con lo basico como para exigir todas las posibles excepciones. Y esto no lo veo coherente. Y no pasa nada. Es mas si vuestros argumentos me convencen lo admitire sin problemas pero hay que contextualizar y un examen de mercantil de la uned visto el nivel de los anteriores no es un examen de oposicion para juez. Hay que ubicarse porque si no se pierde mucha energia innecesaria en la carrera. Cuando seas el gran abogado que ojala llegues a ser retuerce la ley y profundiza al maximo.Es un consejo de buen rollo. Lo entiendo en quien se juega aprobar pero por sistema no. Y si te sabes la materia a nivel de leerte las ecposiciones de motivos de las leyes es imposible suspender este examen donde como mucho habra tres preguntas medio dudosas.
   Y por mi parte zanjo el tema pero si quiero dejar algo claro. No me gusta que se insinue que uno es mal compañero por no apoyar incondicionalmente a otros que realmente buscan su interes personal y no el respeto al espiritu de la ley. Porque yo tambien podria decir que como le toquemos mucho las narices al equipo docente podria cambiar el examen y poner uno con un caso practico eliminatorio que puede hacer de esta asignatura un nuevo financiero ii perjudicando a compañeros que vengan despues. Un saludo.

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #588 en: 24 de Mayo de 2014, 09:07:13 am »
Es cosa mía o este post ha entrado en un bucle infinito? :D

Desconectado madpol

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #589 en: 24 de Mayo de 2014, 09:27:58 am »
Es una guerra de los pro-ley contra los pro-manual 😁

Mi conclusión es que en un examen tipo test, no debería haber dudas para responder a las preguntas con ley o libro delante, y parece que en este caso, llegando a tener las dos cosas delante para hacerlo, no sacaríamos un 10. Por lo tanto, algo está mal planteado; las preguntas, las respuestas o el manual.. suerte a todos!

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #590 en: 24 de Mayo de 2014, 09:38:02 am »
Espero que nadie se moleste en lo que voy a decir pero creo que aquí hay gente que tiene un problema de comprensión lectora. Si estudiamos como papagayos y no entendemos las cosas, evidentemente cuando le damos la vuelta a la pregunta ya no sabemos ni por donde nos caen las tortas.

Yo no he hecho un exámen perfecto ni mucho menos, pero soy capaz de encontrar las respuestas en los apuntes ( ojo, no tengo ni manual) y con la propia normativa y las respuestas prácticamente no dejan duda. No hace falta irse al Supremo para encontrar las respuestas. Y es un exámen con un nivel medio, que es lo que se nos puede exigir en un 4º grado.

Suerte en las impugnaciones, pero no creo que prosperen.

 

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #591 en: 24 de Mayo de 2014, 09:47:37 am »
Bueno y de la 19 del A que opináis?, comenta nuestro compañero Pedro Luis que en el libro en la página 510 cita el artículo 3.3 diciendo que en algunas sociedades la legitimación se extiende a los socios ilimitadamente responsables, mientras que en la ley habla de socios personalmente responsables. Si esto es así es  impugnable pues la redacción es errónea no?, que opináis vosotros?

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #592 en: 24 de Mayo de 2014, 10:15:33 am »
Yo no digo que el examen fuera excesivamente difícil, es más creo que si sólo me hubiese estudiado los exámenes test, en vez de leerme, manual, leyes, y vídeos de YouTube para entender la letra, hubiese también aprobado. Lo que digo es que en un examen tipo test, en el que no hay ni un supuesto práctico, donde pueda haber varias formas de solucionarlo, no debería haber ni una sóla pregunta dudosa.

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #593 en: 24 de Mayo de 2014, 10:27:11 am »
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Es una guerra de los pro-ley contra los pro-manual 😁

Mi conclusión es que en un examen tipo test, no deberíamos haber dudas para responder a las preguntas con ley o libro delante, y parece que en este caso, llegando a tener las dos cosas delante para hacerlo, no sacaríamos un 10. Por lo tanto, algo está mal planteado; las preguntas, las respuestas o el manual.. suerte a todos!

comparto tu opinión
Fran.

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #594 en: 24 de Mayo de 2014, 11:06:51 am »
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Bueno y de la 19 del A que opináis?, comenta nuestro compañero Pedro Luis que en el libro en la página 510 cita el artículo 3.3 diciendo que en algunas sociedades la legitimación se extiende a los socios ilimitadamente responsables, mientras que en la ley habla de socios personalmente responsables. Si esto es así es  impugnable pues la redacción es errónea no?, que opináis vosotros?

Yo pienso que cuando hablan de responsabilidad personal, es sinónimo de responsabilidad ilimitada. Si la sociedad es una sociedad de responsabilidad limitada (SL o SA), los socios sólo responden con el capital social de la sociedad. Cuando se trata de una sociedad como una comunidad de bienes, los socios responden personalmente, con todos sus bienes. Por tanto, ¿son personalmente responsables? Pues sí. Y ¿qué quiere decir que son personalmente responsables? Que responden con todas sus propiedades, con todas, por tanto son ilimitadamente responsables.

Me da la impresión de que le estamos dando vueltas a algo que significa lo mismo.
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pregunta 28 de tipo B de primera semana de junio 2014.
« Respuesta #595 en: 24 de Mayo de 2014, 11:07:39 am »
Buenos días, en años anteriores, por ejemplo en el examen del año pasado en la primera semana de junio de 2013 tipo A.
27ª) La formación de la sección de calificación:
a.- Se produce siempre en caso de concurso necesario.
b.- Se produce solo en caso de apertura de la fase de liquidación.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.

en este caso se da como respuesta correcta la "C"

si observamos en el examen b de este año en la pregunta 28ª,
Dice
28ª) El juez tiene que ordenar la apertura de la sección de calificación:
a.- En caso de apertura de la fase de liquidación.
b.- Siempre que se trate de un concurso necesario.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según vosotros la respuesta correcta es la "A".

Pero si comparamos las dos preguntas, yo creo que son muy parecidas, en cuanto a lo que dice y pide. Yo creo que esta si que es impugnable, porque si induce al error.

necesito vuestra opinión compis. Gracias

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Re:pregunta 28 de tipo B de primera semana de junio 2014.
« Respuesta #596 en: 24 de Mayo de 2014, 11:37:39 am »
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Buenos días, en años anteriores, por ejemplo en el examen del año pasado en la primera semana de junio de 2013 tipo A.
27ª) La formación de la sección de calificación:
a.- Se produce siempre en caso de concurso necesario.
b.- Se produce solo en caso de apertura de la fase de liquidación.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.

en este caso se da como respuesta correcta la "C"

si observamos en el examen b de este año en la pregunta 28ª,
Dice
28ª) El juez tiene que ordenar la apertura de la sección de calificación:
a.- En caso de apertura de la fase de liquidación.
b.- Siempre que se trate de un concurso necesario.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según vosotros la respuesta correcta es la "A".

Pero si comparamos las dos preguntas, yo creo que son muy parecidas, en cuanto a lo que dice y pide. Yo creo que esta si que es impugnable, porque si induce al error.

necesito vuestra opinión compis. Gracias


La cuestión está en el "solo".

Se forma la sección de calificación siempre que se abra la liquidación...? Sí.
Se forma la sección de calificación solo cuando se abre la liquidación...? No.

Luego están bien esas respuestas... La C el año pasado, y la A este año.

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #597 en: 24 de Mayo de 2014, 11:38:18 am »
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Otra:

Tengo que decir que en la pregunta 35 examen tipo A el manual dice que la respuesta correcta también es la a). En la página 543 in fine del manual de este año y al principio del todo de la página 544 dice textualmente: "... el concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiere mediado dolo o culpa grave del deudor persona natural o de sus representantes legales o de los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, o de los apoderados generales de la persona jurídica (art. 164.1 LC), presumiéndose, iuris tantum, la existencia de dolo o culpa grave, aunque no la generación o la agravación de la insolvencia, cuando concurra cualquiera de los incumplimientos de los siguientes deberes legalmente impuestos (art. 165 LC): con carácter general, para cualquier deudor, los de solicitar el concurso, colaborar con el juez del concurso y con la administración concursal (v.STS de 23 de febrero, 17 de noviembre de 2011 y 20 de junio de 2012), facilitar la información necesaria o conveniente para el interés del concurso..."

Yo puse esa, la a), pero ¿qué opináis vosotros? ¿Pregunta anulada? Porque no encuentro la respuesta c), si me ayudáis a lo mejor aclaramos dudas...
Suete a tod@s!! ;)

Ayer era de los que creía impugnable esta pregunta, considerando correcta también la respuesta a). Pero por fin he dado con la tecla y no aprecié en el manual, o mejor dicho, en el examen, que el incumplimiento del deber con el juez del concurso admite prueba en contrario.... IURIS TANTUM!!!! Además, me colé incluyendo literalmente el texto del manual y no me percaté de que incluía dicha expresión del derecho romano!!! Ay ay ay ay!!

Consecuencia, la única respuesta correcta es la c), por lo que ya no tengo fundamentos para que mi impugnación fructifique.  ???
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Desconectado widowson

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #598 en: 24 de Mayo de 2014, 11:45:16 am »
No va por ahí, Phil Anselmo.
La falta de colaboración con el juez, supone la existencia de dolo. Pero no presupone el agravamiento de la situación patrimmonial.
El concurso se calificará como culpable, cuando exista dolo y agravamiento de la situaión patrimonial. Ambas cosas.
Vuelve a leerlo y lo verás.
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL II (2ºPP) 2013/14
« Respuesta #599 en: 24 de Mayo de 2014, 12:25:03 pm »
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Yo pienso que cuando hablan de responsabilidad personal, es sinónimo de responsabilidad ilimitada. Si la sociedad es una sociedad de responsabilidad limitada (SL o SA), los socios sólo responden con el capital social de la sociedad. Cuando se trata de una sociedad como una comunidad de bienes, los socios responden personalmente, con todos sus bienes. Por tanto, ¿son personalmente responsables? Pues sí. Y ¿qué quiere decir que son personalmente responsables? Que responden con todas sus propiedades, con todas, por tanto son ilimitadamente responsables.

Me da la impresión de que le estamos dando vueltas a algo que significa lo mismo.

pues si parece que lo lleva implícito, gracias de nuevo por tu razonamiento widowson, en fin que fastidia suspender por una pregunta, viene ahora muy al caso la frase del recopilatorio de preguntas "aun sin fuerzas sigue, el triunfo es de quienes perseveran hasta el fin", especialmente a los que como yo, estamos cerca de acabar la carrera y cada vez sentimos que nos ponen la meta un poco mas lejos, un saludo y ánimo a todos