Buenas a todos! Os planteo un caso que salio en un examen:
Empresa con sede social en España demanda ante los tribunales españoles a una empresa con sede social en EEUU por incumplimiento de contrato que debia haberse ejecutado en España. La empresa americana contesta a la demanda alegando la falta de competencia inernacional de los tribunales españoles, dado que, segun la empresa demandada, el contrato no tenia que ejecutarse en España. Indique:
1. Respecto de la competencia internacional de los tribunales españoles:
a) ¿cual es el texto normativo que establece el regimen legal de competencia aplicable a este litigio? LOPJ en su art. 22.3 cuando el demandado no tenga residencia (ni sucursal) en un estado miembro ya que de lo contrario sería de aplicacion el Reglamento 44/2001
b) ¿que foros atribuiran competencia a los tribunales españoles?El foro especial en materia de contrato previsto en LOPJ que asigna la competencia a los tribunales españoles cuando la obligacion contratual deba cumplirse en España. Por tanto se trata de un foro dispotivo que a falta de clausula de sumision se resolverá por lo establecido en LOPJ
En este supuesto deberá determinarse el lugar de ejecucion de la obligacion dado que dicha cuestion constituye el fundamento de la oposicion del demandado. Por tanto el tribunal español deberá acudir previamente y para fundamentar su competencia al Convenio Roma 1980 (me surge la duda sobre si debería acudir en lugar de al Convenio Roma al art. 10 del CC....

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2. sobre la base del texto elegido, la comparecencia del demandado ante el tribunal ¿podria entenderse como sumision expresa?
A mi entender no podria dicha comparecencia, en la medida que se realiza para impugnar la competencia de los tribunales no puede entenderse ni como sumision expresa ni como sumision tácita.
Que os parece??
saludos